<?xml version='1.0' encoding='UTF-8'?><rss xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:openSearch="http://a9.com/-/spec/opensearchrss/1.0/" xmlns:blogger="http://schemas.google.com/blogger/2008" xmlns:georss="http://www.georss.org/georss" xmlns:gd="http://schemas.google.com/g/2005" xmlns:thr="http://purl.org/syndication/thread/1.0" version="2.0"><channel><atom:id>tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056</atom:id><lastBuildDate>Fri, 08 Nov 2024 15:40:45 +0000</lastBuildDate><category>competencia</category><category>telefonia</category><category>cmc</category><category>consumidor</category><category>seguros</category><category>tarifa plana de llamadas</category><category>&quot;engaño&quot; al consumidor</category><category>902</category><category>SACs</category><category>arbitraje</category><category>banco</category><category>bono social</category><category>clausulas nulas</category><category>conratos farragosos</category><category>contrato</category><category>cri</category><category>daños</category><category>empresa</category><category>facturas</category><category>familias numerosas</category><category>hipoteca</category><category>letra pequeña</category><category>liberalización del sector eléctrico</category><category>moviles prepago</category><category>móviles</category><category>pago</category><category>participaciones preferentes</category><category>preferentes</category><category>prestamo</category><category>problemas</category><category>publicidad engañosa</category><category>reclamaciones</category><category>regateo</category><category>sancion</category><category>suministrador</category><category>swap</category><category>último recurso</category><title>BANCOS, ASEGURADORAS, TELECOS Y OTRAS GRANDES EMPRESAS...</title><description>Curiosidades, triquiñuelas, conductas y abusos de las grandes compañías en relación a sus clientes.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/</link><managingEditor>noreply@blogger.com (Unknown)</managingEditor><generator>Blogger</generator><openSearch:totalResults>17</openSearch:totalResults><openSearch:startIndex>1</openSearch:startIndex><openSearch:itemsPerPage>25</openSearch:itemsPerPage><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-5979253767288909044</guid><pubDate>Sat, 08 Oct 2011 04:25:00 +0000</pubDate><atom:updated>2011-10-10T06:14:21.429-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">telefonia</category><title>Odisea en naranja...</title><description>Lo que voy a contar a continuación es una vergüenza que suceda, pero desgraciadamente ocurre todos los días a cientos de usuarios de telefonía móvil que viajan al extranjero, y no todo el mundo utiliza bien sus &quot;armas&quot; para defenderse adecuadamente de tan impresentable tropelía... Me veo casi en la obligación de exponer el relato de los hechos con pelos y señales para intentar evitar, en la medida de lo posible, que alguien más caiga en lo que yo denominaría un auténtico atropello al consumidor de servicios de telefonía móvil.&lt;br /&gt;En primer lugar, mirad &lt;a href=&quot;http://movil.orange.es/internacional-y-roaming/roaming/buscador/paises.html?turquia&quot;&gt;esto&lt;/a&gt;, haced clic en el boton que pone &quot;internet/datos&quot; y decidme qué entendéis...&lt;br /&gt;Pues bien, empiezo a contaros:&lt;br /&gt;&lt;b&gt;1.-&lt;/b&gt; Hace escasos meses me disponía a viajar al extranjero (del 12 al 18 de junio), concretamente a Turquía. Iba a estar una semana laborable fuera, por lo que antes de salir me informé a través de la página web de mi operadora móvil de las tarifas de datos en el país al que iba. Como habréis podido comprobar en el &lt;a href=&quot;http://movil.orange.es/internacional-y-roaming/roaming/buscador/paises.html?turquia&quot;&gt;enlace&lt;/a&gt; que os he puesto más arriba (no olvidéis hacer clic en el boton que pone &quot;internet/datos&quot;), allí pone &quot;5€/día&quot;.&lt;br /&gt;&lt;b&gt;2.-&lt;/b&gt; Ya en Turquía hice uso de mi conexión de datos durante el primer lunes día 13. Y lo hice únicamente ese día porque luego ya no funcionaba, ni datos ni voz. Yo pensé que ya no había cobertura en el lugar donde me encontraba y no le dí mayor importancia.&lt;br /&gt;&lt;b&gt;3.-&lt;/b&gt; Una vez regresado a España el sábado 18, desde el aeropuerto de Barcelona comprobé que ya había cobertura e hice una llamada a casa para avisar de que habíamos llegado. En vez de salirme mi familia, salió al aparato una persona de Orange que básicamente dijo que tenía el servicio interrumpido desde el día 14 por un consumo excesivo de datos, y que si quería que lo restableciesen tenía que hacerles una transferencia de 700 euros a no sé qué cuenta. Me pareció alucinante claro, pero no era momento ni lugar de discutir con aquella persona y lo dejé para cuando llegase a casa más tranquilo.&lt;br /&gt;&lt;b&gt;4.-&lt;/b&gt; Ya en casa, las conversaciones telefónicas con los operarios de los teléfonos 1414 y 471 se sucedieron continuamente durante horas y horas y con diferentess operarios de atención al cliente. Ninguno de ellos atendía a razones, y ninguno me decía lo mismo que el anterior. Unos me decían que lo que tenía que abonar eran 580 euros, otros que 800, otro me dijo que 1.000, y finalmente otro me lo concretó en 1.141,08 euros. Yo les pedía encarecidamente que me restablecieran el servicio que me habían cortado hacía ya seis días por cuanto que, en primer lugar no reconocía facturación alguna de datos que no fuese la que publicitan en la web oficial, en segundo lugar porque sin tener absolutamente nada por escrito, cada vez me decían una cosa y/o una cifra diferente, en tercer lugar porque no habiendo dejado de pagar ni un recibo, aun en el hipotético caso de que procediese el pago, yo por mi parte no había incumplido absolutamente ninguna de las obligaciones contractuales que nos unían. Por supuesto, el sinsentido se apoderó de tal manera de la situación que no tuve más remedio que desistir de la vía telefónica y pasar a la vía escrita. He de decir que, entre la cantidad de estupideces que escuché de los diferentes operarios telefónicos con los que conversé, las dos más significativas fueron que debería haber llamado antes de viajar pues todo el mundo sabe que la información que facilitan las empres a traves de sus webs no es vinculante, y que en cualquier caso la información de la web de Orange cumple los requisitos del artículo 12 del Real Decreto 899/2009, es decir, que la información sobre los precios del roaming en Turquía es &quot;veraz, eficaz, suficiente, transparente y actualizada&quot;. Manda huevos! pensé, pues para mi leal saber y entender, y a la luz de las explicaciones posteriores por parte de los operarios telefónicos, una información realmente &quot;veraz, eficaz, suficiente, transparente y actualizada&quot; de las tarifas en cuestión debería ser, en letras bien grandes, subrayadas, en rojo y negrita, algo así:&lt;b&gt;&lt;span class=&quot;Apple-style-span&quot;&gt;&lt;span class=&quot;Apple-style-span&quot;&gt; ¡ADVERTENCIA, LO DE 5€/DÍA NO ES PARA NADA CIERTO, REALMENTE EL SERVICIO SE TARIFICARÁ NO POR DÍA SINO POR PAQUETES DE DATOS, Y TENIENDO EN CUENTA QUE UN SIMPLE EMAIL CONTIENE UN MONTÓN DE ESOS PAQUETES, POR FAVOR, A NO SER QUE USTED SEA MILLONARIO, ABSTENGANSE DE ABRIR DOCUMENTOS ADJUNTOS, Y YA NO DIGAMOS UN VIDEO DE YOU TUBE POR EJEMPLO, PUES EN TAL CASO SU COSTE PUEDE SER REALMENTE ELEVADO, PUDIENDO LLEGAR A COSTARLE MÁS EL ESTAR COMUNICADO DURANTE SU VIAJE QUE EL PROPIO VIAJE!!!&lt;/span&gt;.&lt;/span&gt;&lt;/b&gt; Y aún así, creo que hay gente que picaría...&lt;br /&gt;Así pues, harto de tanta incongruencia verbal, me dispuse a explicárselo por escrito a través del servicio de reclamaciones que tiene la propia web de ORANGE, lo cual resultó imposible porque sencillamente no funciona, tal y como puedo acreditar.&lt;br /&gt;&lt;b&gt;5.-&lt;/b&gt; Por tal motivo, el lunes inmediatamente posterior a mi regreso, en primer lugar acudí a una notaría para que el Sr. Notario levantase acta de lo que decía la página web en cuestión, por si acaso luego lo cambiaban y me quedaba sin argumentos para el caso de que el consumo de datos que supuestamente había realizado fuere realmente cierta. Sorprendentemente a fecha de hoy no han cambiado nada, según podéis apreciar en el &lt;a href=&quot;http://movil.orange.es/internacional-y-roaming/roaming/buscador/paises.html?turquia&quot;&gt;enlace&lt;/a&gt; que ya os había puesto arriba; probablemente porque ya tienen estudiado que resulta más rentable darle la razón a unos cuantos usuarios que reclaman (la minoría) que modificar la información engañosa y sustituirla por otra realmente veraz, eficaz, suficiente, transparente y actualizada, para que dejen de caer en la trampa miles de usuarios diariamente.&lt;br /&gt;En segundo lugar, realicé la reclamación por escrito ante el Servicio de Atención al Cliente (SAC) por vía electrónica, según el procedimiento de las Condiciones Generales que regulan el contrato, que dicho sea de paso también me costó encontrar pues los enlaces de la web con dichas condiciones tampoco funcionan.&lt;br /&gt;&lt;b&gt;6.-&lt;/b&gt; Pese a la ausencia de contestación por escrito, las llamadas de los operarios de atención al cliente eran continuas reiterando una y otra vez el esquema preconcebido que tienen asignado que consiste básicamente en hacer como que escuchan al usuario interlocutor, pero acabar respondiendo como si no hubiesen escuchado absolutamente nada. Por ello, y tal como les anuncié en mi reclamación escrita, como quiera que no me restablecieron el servicio, inicié los trámites para la portabilidad de las líneas a otra compañía, lo cual se produjo aproximadamente al cabo de 20 días de la fecha de la suspensión del servicio, el 4 de julio. He de decir que una vez tomada la decisión de la portabilidad por mi parte me restablecieron el servicio de voz pero no así el de datos, lo cual, aparte de incongruente con el planteamiento, me pareció absolutamente insuficiente.&lt;br /&gt;&lt;b&gt;7.-&lt;/b&gt; Aún sin haber dado respuesta escrita a mi reclamación, tuvieron la cara de pasarme el recibo al banco por los &quot;definitivos&quot; 1.426,81 euros de la factura que igualmente me enviaron, y que lógicamente dí orden al banco de devolver. Tras ello volvieron al ataque con las continuas llamadas y, tras reiterar unas diez o doce veces más mis argumentos, negándolos por su parte con todo tipo de absurdos planteamientos como los citados supra, finalmente el 14 de julio me llamó una negociadora que parecía no sujeta a los esquemas de hacer como que te escuchan para terminar diciéndote lo mismo de siempre como si no hubiesen escuchado nada, quien me propuso cerrar definitivamente el asunto, primero por 900 euros, luego por 600, más tarde por 400,  y aún otra vez por 282 (todo ello con supuestos argumentos que justificaban cada una de las cifras; vamos, sencillamente ¡alucinante!), para acabar -pidiéndome (¡¡¡por primera vez en todo el periplo!!!, pues hasta ese preciso instante yo no fui para ellos más que un usuario paleto y ofuscado que se negaba a pagar un servicio) &quot;sinceras disculpas&quot;, y reconociéndome por su parte que ciertamente tenía yo razón y que la información facilitada en la web no era muy clara- anulando la factura de 1.426,81 euros sustituyéndola por otra de 93,41 euros, fechada el 14 de julio, en concepto de voz consumida desde que la restablecieron hasta que se produjo la portabilidad y como finiquito final del contrato; lo cual ya agotado acepté, sin perjuicio -les dije- de la reclamación que me reservo respecto de los daños y perjuicios sufridos por mí como consecuencia del incumplimiento del contrato de forma unilateral por la operadora  con el corte del servicio, así como respecto de los padecimientos sufridos con las horas al teléfono tontamente perdidas.&lt;br /&gt;&lt;b&gt;8.-&lt;/b&gt; Así ocurrió... en quince días me remitieron una factura rectificativa por 93,41 euros que el 3 de agosto aboné dando por zanjado el triste tema.&lt;br /&gt;&lt;b&gt;9.-&lt;/b&gt; ¡Ingenuo de mí!, pues, a mi vuelta de las vacaciones del mes de agosto, me encuentro una carta de Orange titulada &quot;AVISO DE PAGO&quot; en la que me comunican que &quot;su factura de 26/07/2011, por importe de 96,13.-€, se halla pendiente de pago&quot; (factura por supuesto que desconozco porque ni me ha llegado, ni he visto).&lt;div&gt;En un principio pensé que se trataba de la anterior y que no les constaría el pago por mi parte, ya que lo hice ya en agosto. Sin embargo, al no coincidir exactamente las cifras, llamo al teléfono que me ponen en el comunicado y entonces ya es cuando empiezo a pensar que lo que está sucediendo es ciencia ficción... Primero me dicen que es por el prorrateo de las líneas por el espacio de tiempo que me restablecieron la voz hasta el 4 de julio que se produjo la portabilidad con otra compañía, lo cual, ante mis aplastantes argumentos respecto de su improcedencia (habida cuenta del finiquito pactado y otros detalles), modifican los suyos diciéndome que en realidad se trata de una penalización por haber incumplido la obligación de permanencia... He de decir, en primer lugar que yo no tenía obligación de permanencia, y en segundo lugar, que, aun en el supuesto de que la tuviere, ¿cómo me pueden pedir penalización por incumplimiento cuando los que han incumplido son ellos y por eso me marché? En definitiva, tras las vacaciones volvemos al sinsentido ya conocido, a las contínuas llamadas, etc, etc., hasta que por fin creo haberles convencido y me dejan en paz.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;b&gt;10.-&lt;/b&gt; Pues NO! tampoco hemos acabado... Ahora ha tomado el relevo una empresa de recuperación de cuentas deudoras que se llama SEINCO, SL que, pese a haberles explicado por activa y por pasiva, una y otra vez (incluso por escrito), el porqué no voy a pagar la supuesta nueva factura, me siguen amenazando con &quot;Incluirme en los ficheros públicos de impagados (Asnef y Badex), la reclamación judicial de los 96,13.-€, y la pérdida de mi número de teléfono&quot;...&lt;/div&gt;&lt;div&gt;Llegados a este punto, no he tenido más remedio que ser un poco antipático con estos señores y decirles que me dejen en paz y vayan a defender sus 96,13 a los tribunales, ante los que por lo menos sabré a qué atenerme, podré desplegar mi defensa con todas las garantías, y evitarán decir todas las tonterías que hasta el momento he tenido que oir.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div&gt;A veces pienso que La Odisea que escribió Homero era casi más creible que lo que yo he escrito aquí.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div&gt;Espero sirva de algo esta entrada a todos esos cientos de usuarios que se ven en inmersos en este tipo de abuso.&lt;/div&gt;&lt;div&gt;  &lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;br /&gt;&lt;/div&gt;</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2011/10/odisea-en-naranja.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-5022511519944850303</guid><pubDate>Fri, 20 May 2011 13:57:00 +0000</pubDate><atom:updated>2011-05-20T07:01:59.477-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">telefonia</category><title>INTERESANTE ARTÍCULO EN CINCO DIAS</title><description>&lt;strong&gt;Diez consejos antes de lanzarse a un amago de portabilidad&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Inés Abril - Madrid - 20/05/2011&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Ni todas las operadoras contraofertan, ni a todos los clientes se les va a proponer lo mismo. Que su vecino haya logrado un iPhone a cambio de quedarse con su compañía de móvil o una rebaja del 50% en el ADSL no significa que a usted le vaya a pasar lo mismo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Lo cierto, sin embargo, es que en la mayoría de los casos alguna ventaja va a conseguir, al menos mientras las operadoras tengan tiempo para realizar su contraoferta. Eso es algo que la próxima obligación de realizar la portabilidad en un día pone en riesgo. Pero hasta que entre en vigor, todavía hay tiempo de conseguir una rebaja de precios o un mejor terminal de móvil.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;1.- ¿Cómo se hace un amago de portabilidad?&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Lo primero que hay que saber es que la portabilidad es un proceso técnico que consiste en pasar la línea de fijo o móvil de un operador a otro. Usted tiene su telefonía fija y banda ancha o su móvil con la compañía A y quiere cambiar a la empresa B sin perder su número de teléfono, lo que requiere una serie de actuaciones para hacerlo posible.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Este proceso obliga a la operadora que gana el cliente a contactar con la que lo pierde para que se inicien los trámites. En ese momento, el operador conoce las intenciones de su usuario y pone en marcha la maquinaria para intentar hacerle cambiar de opinión. La fórmula suele pasar por tentar a los abonados con rebajas de precios, mejoras de las condiciones o regalo de terminales celulares de última generación. Por eso cada vez hay más clientes que usan ese conocimiento en su propio beneficio e inician la portabilidad sin intención de irse para lograr algo a cambio. Es lo que se conoce como amago de portabilidad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;2.- ¿Todas las operadoras contraofertan?&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Ahí está la clave para saber si usted se está arriesgando mucho o poco a la hora de amagar. Hay compañías que contraofertan a todo el que se mueve y otras que no. Más de una persona se ha encontrado como cliente de una compañía sin quererlo realmente porque su operadora no contraofertó.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En general, la mayoría de las operadoras responde al amago. &quot;Todas lo hacemos&quot;, asegura, tajante, una fuente del sector. Sin embargo, Orange afirma que solo lo hace en casos puntuales, según un portavoz de la compañía. Su máxima es que su oferta es buena y que eso es lo que debe primar ante los clientes, mucho más que entrar en el mercadeo de la retención a última hora.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;También hay que tener claro que Telefónica puede contraofertar lo que quiera en telefonía móvil para intentar retener al cliente, pero que en fijo la regulación se lo impide. Como operadora dominante, Telefónica tiene en teoría prohibido ponerse en contacto con el cliente que ha mostrado su voluntad de abandonarle por una de sus rivales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Luego están los imponderables, los errores, los problemas de tiempo o de recursos. Eso significa que una compañía puede querer contraofertar a un cliente, pero el mensaje no ha llegado a la persona que tenía que saberlo o ese día hay saturación de portabilidades y ciertos usuarios se quedan fuera.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;3.- ¿Todos los clientes reciben la misma oferta?&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;La respuesta es un no radical. Las operadoras tienen perfectamente identificados a sus usuarios: saben desde cuándo son clientes, si han llegado desde otro operador o no, cuánto gastan... De hecho, los tienen clasificados en categorías. Para las telecos, los peores son los promocioneros, aquellos que amagan con la portabilidad en cuanto se les termina el periodo en que el precio está promocionado o el periodo de permanencia. Son los que quieren un móvil nuevo cada 12 o 18 meses o cuotas al 50% cada seis.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Las compañías limitan sus contraofertas cuando un cliente con este perfil amaga con la portabilidad. Saben que ese usuario nunca será demasiado rentable, porque volverá a lanzar su farol en cuanto se le acabe la nueva promoción, así que lo normal es que este tipo de abonados esté saltando de operadora en operadora constantemente. Claro que todo depende de la empresa y del momento en que esté. Si necesita mejorar sus datos porque está teniendo un mal mes, es posible que la contraoferta sea buena.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Luego están los clientes fieles; aquellos que llevan varios años y que deciden irse. Con ellos se hace un esfuerzo mayor.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Y por último está la clasificación por gasto de cada usuario. Sobre todo en móvil, donde el consumo es muy variable, no se trata igual a un abonado con facturas de 10 euros al mes que a otro que se deje 40 o 50 euros cada 30 días. Estos últimos tienen muchas más posibilidades de recibir un terminal de última generación a coste cero.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Todos estos factores dan un resultado: las contraofertas son personalizadas y hay una casi para cada cliente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;4.- ¿Todas las peticiones de portabilidad son amagos?&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Ni mucho menos. Las operadoras han detectado tres razones fundamentales para iniciar la portabilidad. Una de ellas es el amago, pero también está la insatisfacción del cliente y la decisión libre de cambiar de compañía porque la competencia da precios o condiciones mejores, según explican fuentes de las operadoras.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;5.- ¿Cómo reaccionan las operadoras a las peticiones de portabilidad?&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;La política común de casi todas las compañías es ponerse en contacto con el cliente para conocer las razones de malestar o su deseo de cambiar. Es información útil para ellas aunque no pretendan contraofertar, porque les permite conocer cómo se percibe su servicio y lo que piensan los usuarios. Dependiendo de la respuesta, y de la estrategia de la empresa, se decide si se va a luchar por ese cliente y con qué grado de agresividad.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;6.- ¿Dónde se dan más amagos?&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;El móvil se lleva la palma. El número de usuarios que se mueve al son de terminales gratis o rebajas de precios es muy superior al de la telefonía fija. Según datos no oficiales que maneja la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), el 40% de las portabilidades de móvil va de farol. Pero eso no quiere decir la telefonía fija y la banda ancha no tenga su cuota.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Es imposible encontrar datos oficiales y públicos, porque no hay manera de saber a ciencia cierta si la petición de portabilidad de un cliente va de farol o no. Sin embargo, las compañías sí que saben cuántas portabilidades logran cancelar. Según fuentes del sector, las empresas con los clientes más descontentos retienen al 10% de los que quieren o amenazan con irse, mientras que las operadoras con mejor servicio logran convencer a la mitad, al 50%.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;7.- ¿Esperan las operadoras a que el cliente se vaya para reaccionar?&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Las operadoras consultadas aseguran que no, que se contacta frecuentemente con los usuarios para conocer su satisfacción y ofrecerles mejoras. Vodafone recuerda que hace muy pocos días bajó las tarifas a cuatro millones de clientes para mejorar su satisfacción y sin peticiones previas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La sensación de buena parte de los clientes es, sin embargo, diferente. Y de ahí las altas cifras de portabilidad en España. El año pasado, 6,6 millones de usuarios de móvil y fijo fueron infieles a su teleco y cambiaron de operador. Si a esta cifra se suma los que lo intentaron y al final no lo hicieron, el número seguro que supera los 10 millones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;8.- ¿Qué quieren los clientes que amagan?&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Eso depende de qué servicio tengan. Si es un paquete de telefonía fija y banda ancha, lo que buscan es una rebaja de precio. Si es telefonía móvil, más o menos la mitad busca lo mismo, pero la otra mitad lo que quiere es un terminal nuevo gratis y, a ser posible, de tercera generación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;9.- ¿Va a acabar la portabilidad en el día con los amagos?&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Las noticias que vienen de ese campo no son buenas. El Gobierno, asumiendo las recomendaciones de la Comisión Europea, ha aprobado que la portabilidad fija y móvil se haga en 24 horas y eso limita radicalmente la capacidad de las operadoras para contraofertar. En ese escaso tiempo, las compañías tendrían que hacer el proceso técnico y, a la vez, poner en marcha su maquinaria comercial, de forma que unos y otros estén conectados al segundo. Para ello, el departamento comercial tendría que ser informado inmediatamente de cada portabilidad, estudiar cada caso y qué contraoferta hacer, llamar al cliente, localizarlo y convencerlo.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Algunas operadoras consideran que en móvil hay alguna posibilidad de conseguirlo, aunque no con todos los clientes que pidan la portabilidad. En fijo parece imposible.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;De todas formas, varias operadoras aseguran que igual de imposible que contraofertar en 24 horas es realizar la portabilidad fija en este tiempo, así que confían en que finalmente no salga adelante la propuesta del Gobierno.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El argumento de estas compañías es que el cambio de operador en móvil es un tema virtual en el que basta con poner al día los sistemas. En telefonía fija exige la presencia de una persona, que tiene que ir a la central telefónica, desconectar el par de cobre de un usuario de una operadora y conectarlo con otra. Eso, en centrales repartidas por toda España y teniendo en cuenta que la media de portabilidades fijas por día laborable del año pasado rondó las 7.500. Eso exigiría a las empresas, sobre todo a Telefónica, que es la dueña de la mayoría de los cables, a disponer de muchos trabajadores dedicados solo a la portabilidad, con la posibilidad de que un día no logren cumplir las exigencias porque las portabilidades se disparen y otro estén de brazos cruzados porque en esa fecha casi nadie quiera cambiar.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;10.- ¿Cuánto tiempo queda?&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;Tal y como está el escenario, en móvil quedan unas semanas o pocos meses hasta que la CMT, que es la encargada de regular los plazos de la portabilidad, establezca la obligación de que se haga en un día. Para la telefonía fija queda más tiempo y puede incluso que las operadoras convenzan al regulador y el plazo sea mayor a 24 horas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Fuente: &lt;a href=&quot;http://www.cincodias.com/articulo/tecnologia/consejos-lanzarse-amago-portabilidad/20110520cdscdstec_1/&quot;&gt;AQUÍ&lt;/a&gt;</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2011/05/interesante-articulo-en-cinco-dias.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-438130163260975914</guid><pubDate>Thu, 04 Feb 2010 22:43:00 +0000</pubDate><atom:updated>2010-02-04T15:44:15.660-08:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">cmc</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">competencia</category><title>La historia de los geles...</title><description>Hace escasos días, con la &lt;a href=&quot;http://www.cncompetencia.es/Administracion/GestionDocumental/tabid/76/Default.aspx?EntryId=34143&amp;Command=Core_Download&amp;Method=attachment&quot;&gt;resolución de la Comisión Nacional de la Competencia&lt;/a&gt; de 21 de enero de 2010, por fin nos enteramos de porqué de pronto todos los envases de geles se hicieron más pequeños... ¿sería porque alguna universidad americana había demostrado que pesaban demasiado en la bolsa de la compra del consumidor, hasta el punto de poder acarrearle problemas de espalda?, ¿sería porque eran más cómodos ergonómicamente?, ¿sería porque su contenido se hallaba más concentrado y el cambio de tamaño incitaba psicológicamente a gastar menos producto al objeto de no dañar la piel del consumidor? -nos preguntábamos quienes lo observamos... Pues no!, resulta que todo era una manera muy sutil de subir los precios en torno a ¡¡¡un 20%!!! si que nadie se diera cuenta...&lt;br /&gt;Lo cierto es que las sanciones (en torno a los 3 millones de euros a cada una de las tres empresas sancionadas -página 70 de la resolución-) son tremendas, pero sin duda ejemplarizantes. Ya quisieran los consumidores que otros organismos reguladores (Comisión Naconal del Mercado de Valores -&lt;a href=&quot;http://www.cnmv.es/index.htm&quot;&gt;CNMV&lt;/a&gt;-, Banco de España -&lt;a href=&quot;http://www.bde.es/webbde/es/&quot;&gt;BE&lt;/a&gt;-, Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones -&lt;a href=&quot;http://www.cmt.es/cmt_ptl_ext/SelectOption.do&quot;&gt;CMT&lt;/a&gt;-, etc) o incluso la propia Comisión Nacional de la Competencia -&lt;a href=&quot;http://www.cncompetencia.es/&quot;&gt;CNC&lt;/a&gt;- en otros campos sectoriales, se esmerasen tanto, y/o que otras empresas denunciasen los abusos de sus competidoras.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2010/02/la-historia-de-los-geles.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-1354714331616271730</guid><pubDate>Tue, 19 Jan 2010 21:52:00 +0000</pubDate><atom:updated>2010-01-20T01:03:58.388-08:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">competencia</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">consumidor</category><title>Grandes compañías de fabricación y mantenimiento de ascensores. La esclavitud del cliente y el cuadro de maniobra...</title><description>Ya va siendo hora de hablar de las &quot;triquiñuelas&quot; que utilizan algunas -demasiadas- empresas del sector...&lt;br /&gt;Cuando la promotora de un edificio contrata con la empresa especializada de turno la instalación de los ascensores del inmueble, ésta &quot;obliga&quot; a aquella a la formalización de un contrato de mantenimiento de los ascensores por un plazo, generalmente excesivo, y por un precio, habitualmente elevado. Alto coste y fijo que, en cuanto la promotora vende los pisos, es asumido deportivamente por la Comunidad de Propietarios de razón.&lt;br /&gt;Hasta aquí, todo parece normal, pero es cuando la Comunidad de Propietarios se dispone a cambiar de empresa mantenedora de los ascensores cuando se lleva las sorpresas. La primera sorpresa es darse cuenta de que existen otras empresas de mantenimiento infinitamente más baratas que la suya. La segunda sorpresa es que la suya les tiene esclavizados gracias al &quot;bloqueo&quot; del CUADRO DE MANIOBRA.&lt;br /&gt;El cuadro de maniobra es como el cerebro del ascensor (la caja que procesa los impulsos eléctricos que le llegan para después enviar otros y hacer que sucedan cosas -suba, baje, abra puertas, cierre, memoria, etc-), y el bloqueo al que nos referimos consiste en la imposibilidad de que una tercera empresa pueda hacerse cargo del mantenimiento de los ascensores ya sea porque el programa del cuadro de maniobra está codificado, ya porque el esquema del mismo no se le entrega a su propietario, de tal modo que un cambio de proveedor de mantenimiento supondría tener que cambiar el propio cuadro o incluso la instalación entera que controlaría el nuevo cuadro; ambas cosas tan costosas que son implanteables.&lt;br /&gt;Por si fuera poco lo expresado hasta aquí, me consta que algunas empresas han llegado incluso a programar los cuadros de maniobras con bloqueos automáticos del ascensor cada 2.000 ó 3.000 maniobras, lo que obliga a tener que llamar urgentemente a la empresa de mantenimiento por parte del usuario (para que ésta llegue y apriete un botón -sin que se entere nadie de lo que ha hecho- y diga que ya funciona), lo que hace que parezca que el alto precio que paga el destinatario del servicio de mantenimiento viene siendo el merecido y está plenamente justificado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Nota útil.- &quot;Abuso de posición dominante&quot; es una de las conductas prohibidas por la &lt;a href=&quot;http://www.cncompetencia.es/Administracion/GestionDocumental/tabid/76/Default.aspx?EntryId=16040&amp;Command=Core_Download&amp;Method=attachment&quot;&gt;Ley de Defensa de la Competencia&lt;/a&gt;. Por posición dominante se entiende la situación en la que una empresa tiene la posibilidad de desarrollar un comportamiento relativamente independiente que le permite actuar en el mercado sin tener en cuenta a los proveedores, clientes o competidores. La legislación española no sanciona la mera posición dominante, puesto que ésta puede ser resultado de un buen desempeño empresarial, sino un abuso de la misma que pretenda restringir la libre competencia debilitando a los competidores, obstaculizando la entrada a otras empresas o aplicando condiciones injustas a clientes o proveedores. Ver &lt;a href=&quot;http://www.cncompetencia.es/&quot;&gt;Comisión Nacional de la Competencia&lt;/a&gt;.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2010/01/grandes-companias-de-fabricacion-y.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-7120110382805886579</guid><pubDate>Thu, 19 Nov 2009 09:48:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-11-19T14:16:27.169-08:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">clausulas nulas</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">moviles prepago</category><title>¿Qué pasa con el saldo de los clientes de telefonía prepago a quienes las compañías dan de baja por no recargar en los plazos establecidos?</title><description>Siempre me he preguntado qué pasa con el saldo de todos esos niños a los que en su comunión o cumpleaños algún familiar desaprensivo les regala un móvil prepago y, tras la novedad de la primera semana en que llaman a sus pocos contactos, lo guardan en un cajón hasta que sean un poquito más mayores, o con el de todos aquellos mayores que adquieren su teléfono prepago por si les llaman sus nietos o para llevarlo en el coche por si pinchan una rueda y gracias a Dios pasan meses o años sin tener que precisarlos... Pues sencillamente, que las operadoras se apropian indebidamente del importe del saldo no consumido de llamadas cuando les dan de baja por no efectuar una nueva recarga que no precisan...&lt;br /&gt;En efecto, al menos las tres más grandes compañías de telefonía móvil que operan en España (la azul, la roja y la naranja) se apoderan sin ningún reparo de los saldos no consumidos por aquellos clientes que no recargan su saldo en los plazos establecidos (siete, diez y trece meses) perdiendo tanto el saldo como el número.&lt;br /&gt;Si éticamente parece inmoral, también legalmente resulta inconcebible. Vean si no lo que dice la &lt;strong&gt;Ley de Consumidores y Usuarios&lt;/strong&gt; (&lt;a href=&quot;http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-2007.html&quot;&gt;RDLeg 1/2007&lt;/a&gt;) respecto de las cláusulas de los contratos que provocan lo referido:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;em&gt;&quot;&lt;strong&gt;Artículo 83&lt;/strong&gt;. Nulidad de las cláusulas abusivas e integración del contrato.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1. &lt;strong&gt;Las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas&lt;/strong&gt;.&lt;br /&gt;...&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;Artículo 87&lt;/strong&gt;. Cláusulas abusivas por falta de reciprocidad.&lt;br /&gt;...&lt;br /&gt;6. Las estipulaciones que impongan obstáculos onerosos o desproporcionados para el ejercicio de los derechos reconocidos al consumidor y usuario en el contrato, en particular en los contratos de prestación de servicios o suministro de productos de tracto sucesivo o continuado, la imposición de plazos de duración excesiva, la renuncia o el establecimiento de limitaciones que excluyan u obstaculicen el derecho del consumidor y usuario a poner fin a estos contratos, así como la obstaculización al ejercicio de este derecho a través del procedimiento pactado, cual es el caso de las que prevean la imposición de formalidades distintas de las previstas para contratar o &lt;strong&gt;la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado&lt;/strong&gt;, el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente, la atribución al empresario de la facultad de ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente o la fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados.&lt;br /&gt;...&quot;&lt;/em&gt;&lt;br /&gt;Lo malo, como siempre, es que ni los abuelitos ni los niños protestan.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/11/que-pasa-con-el-saldo-de-los-clientes.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-4962083235448273523</guid><pubDate>Tue, 17 Nov 2009 10:17:00 +0000</pubDate><atom:updated>2010-01-12T17:08:20.481-08:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">cmc</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">competencia</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">sancion</category><title>Seguiremos esperando a que la publiquen...</title><description>El pasado día 12, la Comisión Nacional de la Competencia (&lt;a href=&quot;http://www.cncompetencia.es&quot;&gt;CMC&lt;/a&gt;) publicó una &lt;a href=&quot;http://www.cncompetencia.es/Administracion/GestionDocumental/tabid/76/Default.aspx?EntryId=33096&amp;Command=Core_Download&amp;Method=attachment&quot;&gt;nota de prensa&lt;/a&gt; por la que hacía pública la imposición de una sanción a ciertas compañías aseguradoras por la realización de un acuerdo de &lt;a href=&quot;http://es.wikipedia.org/wiki/Cartel_(econom%C3%ADa)&quot;&gt;cártel&lt;/a&gt; de fijación de precios mínimos en los seguros decenales de daños a la edificación en España durante los años 2002-2007. Sin perjuicio de mantenerme a la espera de que la CNC publique en &lt;a href=&quot;http://www.cncompetencia.es/Inicio/Expedientes/tabid/116/Default.aspx&quot;&gt;su web&lt;/a&gt; la resolución sancionadora acordada (a día de hoy no lo ha hecho) para opinar sobre su contenido, ahora entiendo las quejas de los promotores desde la entrada en vigor de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (&lt;a href=&quot;http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l38-1999.html&quot;&gt;LOE&lt;/a&gt;) cuando decían que para contratar un seguro de responsabilidad decenal (conforme al artículo 19.1.c de dicha norma) medianamente competitivo tenían que ir a parar a aseguradoras extranjeras con nombres rarísimos que no las conocía ni su padre...&lt;br /&gt;Ver la Resolución citada &lt;a href=&quot;http://www.cncompetencia.es/Administracion/GestionDocumental/tabid/76/Default.aspx?EntryId=33204&amp;Command=Core_Download&amp;Method=attachment&quot;&gt;AQUÍ&lt;/a&gt;.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/11/seguiremos-esperando.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-1065845897061228913</guid><pubDate>Mon, 16 Nov 2009 16:54:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-11-17T02:38:25.638-08:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">contrato</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">telefonia</category><title>PYMES, ¡Mucho Ojo con los regalos de las operadoras de teleónía móvil..!</title><description>Cuando ves que ciertas cosas pasan una vez, resulta anecdótico, pero cuando las ves más de dos veces descubres la triquiñuela...&lt;br /&gt;Me refiero a los &quot;regalos&quot; de las compañías de telefonía móvil a sus clientes con varios terminales contratados (generalmente PYMES). Cuando entra en la vida de una PYME un comercial de telefonía móvil todo son facilidades... Parece un rey mago. Teléfonos último modelo cada tres meses, facturas de abonos que parece que nadie paga pero que son deducibles, paquetes de regalo de &quot;esemeses&quot; con factura deducible incluida que tampoco pagas nunca, etc, etc. Y todo sin preguntar al cliente si lo desea, ni explicar ningún tipo de detalle adicional, letra pequeña y demás particularidades que a nadie importan de momento.&lt;br /&gt;La sorpresa llega el día que por el motivo que fuere (generalmente alguna queja en el servicio de tal trascendencia que merece una ruptura), el empresario decide cambiar de compañía. Entonces todos los &quot;regalos&quot; -envenenados, por supuesto- se transforman empíricamente en obligaciones económicas perfectamente cuantificadas, y generalmente inasumibles,  respecto de las que el empresario está totalmente atrapado durante un periodo de permanencia -en el mejor de los casos- de 18 meses. Es entonces cuando recuerda aquello que le decía su padre -&lt;em&gt;&quot;nadie da duros a cuatro pesetas&quot;&lt;/em&gt;- y se da cuenta de que todos los &quot;regalos&quot; los ha pagado con creces.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/11/la-tremenda-rapidez-de-la-secretaria-de.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-8230404278617880060</guid><pubDate>Thu, 09 Jul 2009 16:55:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-07-10T05:24:15.204-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">banco</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">consumidor</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">empresa</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">hipoteca</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">prestamo</category><title>Lo último de lo último... el no va más de los abusos de poder por parte de los bancos para sanear sus balances a costa de empresarios y consumidores</title><description>Esta crisis no para de sorprendernos. Y cuanto más está uno en contacto con los problemas que aquejan a la generalidad de los ciudadanos más se sorprende. La primera vez que lo escuché me pareció tan fuerte como anecdótico, la segunda tan  inverosimil como problemático, y las sucesivas ya lo veo como algo globalmente preocupante...&lt;br /&gt;Empresario X, aún vivo, dedicado a la promoción inmobiliaria que, contra el viento y la marea que está padeciendo, consigue tener para entregar una promoción de -por poner un ejemplo en números redondos del que resulte fácil extraer un porcentaje- 10 viviendas terminadas. Empieza a llamar a los compradores para escriturar y se encuentra con que, de los diez, 5 no desean escriturar pese a perder lo que tengan que perder (no obstante pelearán hasta el final para perder lo menos posible) respecto de las cantidades entregadas a cuenta. De los cinco que quedan, a 1 (generalmente o rico heredero o millonario jubilado o funcionario) el banco le admite subrogarse en el préstamo promotor. Y a los otros cuatro, el banco les dice que en su caso no admite la subrogación, pero (y ahí viene lo fuerte...) que si realmente quieren adquirir una vivienda, sí que les concedería un préstamo hipotecario para adquirir una de las que el banco tiene en su amplísima cartera de inmuebles. Y lo peor de todo: NADIE SE QUEJA.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/07/lo-ultimo-de-lo-ultimo-el-no-va-mas.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-4241011606502155211</guid><pubDate>Thu, 02 Jul 2009 09:27:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-07-02T11:51:25.304-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">bono social</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">familias numerosas</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">liberalización del sector eléctrico</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">suministrador</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">tarifa plana de llamadas</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">último recurso</category><title>SUR, TUR, OPCIÓN, BONO SOCIAL... un galimatías un tanto lioso para que la liberalización del sector eléctrico no se note demasiado</title><description>Resumiendo mucho las cosas, parece ser que, sin saberlo, estabamos disfrutando de la luz más barata de toda Europa debido a que los precios en España los fijaba el Gobierno en vez de el mercado. Al Gobierno eso le venía fenomenal porque entre otras cosas era un elemento trascendental para controlar el IPC. Sin embargo, esa situación tenía que cambiar por dos motivos: porque supuestamente las empresas eléctricas perdían dinero al no poder fijar el precio en función de sus costes reales, y porque la Unión Europea y el concepto de libre mercado inherente a la misma obligaban a la liberalización, tanto de precios como de posibilidad de elección de la empresa suministradora.&lt;br /&gt;Para llevar a cabo esa liberalización del sector y ajuste de precios a mercado se dictaron una serie de normas que ahora no nos interesan. Y para regular el que ello no suponga un trauma para la sociedad, se han dictado recientemente otras normas, entre las que destacamos el &lt;a href=&quot;http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdl6-2009.html#dt2&quot;&gt;RDL 6/2009&lt;/a&gt; y la &lt;a href=&quot;http://www.boe.es/boe/dias/2009/06/29/pdfs/BOE-A-2009-10672.pdf&quot;&gt;Resolución de 26 de junio de 2009&lt;/a&gt;.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Los conceptos utilizados para explicar todo esto al destinatario final son tan extraños (SUR = Suministrador de Último Recurso; TUR = Tarifa de Último Recurso) como farragosos de entender, y me temo que, a pesar de los &lt;a href=&quot;http://www.cne.es/consumidores/pdf/electricidad/CNE_Consumidores_Electricidad.pdf?id_nodo=368&amp;&amp;&amp;keyword=&amp;auditoria=F&quot;&gt;intentos de la Comisión Nacional de la Energía&lt;/a&gt;, la gente en general lleva un &lt;a href=&quot;http://www.cne.es/consumidores/home.html&quot;&gt;lío&lt;/a&gt; en la cabeza de tres pares de narices. &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Continuando con el talante resumidor, podemos concluir que:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1.- Desde el 1 de julio de 2009 todo el mundo puede elegir la empresa que le suministre la electricidad, con independencia de quién la produzca.&lt;br /&gt;2.- Que los que tengan contratadas potencias superiores a 10 KW tendrán que buscarse la vida en el mercado libre pactando las condiciones con las empresas suministradoras.&lt;br /&gt;3.- Que los que no superen los 10 KW de potencia contratada podrán, además de buscarse la vida en el mercado libre como los anteriores, acogerse al SUR (Suministrador de Último Recurso) cuyo precio vendrá marcado por la TUR (Tarifa de Último Recurso) que seguirá fijando el Gobierno.&lt;br /&gt;4.- Y que, además, de entre los que se acojan al SUR, aquellos más olvidados de la mano de Dios (los que no tienen ni lavadora, ni secadora, ni calefacción, ni microondas -contratos de menos de 3 KW-; los pensionistas mayores de 60 años que cobren la pensión mínima; las familias numerosas y aquellas en que todos sus miembros estén en paro) podrán acogerse también al BONO SOCIAL (invento para evitar hundir más aún en la miseria a los citados como consecuencia de las considerables subidas de precios que afectarán al resto de mortales). &lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Vamos, que van a subir la luz un huevo a todo el mundo (a unos con control del Gobierno -a través de la fijación de la TUR-, y a otros sin él) menos a los que tengan contratados menos de 3 KW, a los pensionistas mayores de 60 años que cobren la pensión mínima, a las familias numerosas, o a aquellas en que todos sus miembros estén en paro.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Si bien esto último es de agradecer, no entiendo porqué directamente el Gobierno (que tiene datos suficientes para saber quién se encuentra en cualquiera de las circunstancias susceptibles de BONO SOCIAL) no remite directamente a las compañías SUR la relación de ciudadanos a quienes se les debe aplicar el bono en vez de obligar a que sean aquellos quienes tengan que solicitar y acreditar a las eléctricas su condición.&lt;br /&gt;Me temo que este detalle ocasionará que a muchos de esos &quot;olvidados&quot; no se les aplique nunca el bono como consecuencia de no haberse ni enterado de la película.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/07/sur-tur-opcion-bono-social-un.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-2153835197507971447</guid><pubDate>Thu, 18 Jun 2009 08:42:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-06-26T03:32:22.492-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">arbitraje</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">facturas</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">móviles</category><title>La &quot;falsa solución&quot; del Arbitraje para dirimir las discrepencias entre telecos y consumidores</title><description>Seguramente un 90% de los consumidores que firman un contrato de telefonía móvil (esos en papel cebolla, fino y autocipiativo, que llevan un montón de letra pequeña, en el que el vendedor hace dos cruces marcando dónde tienes que firmar, y que nadie se lee) ni siquiera reparan en que han estampado dos firmas -una más o menos por en medio y la otra en la parte baja del documento-. Del 10% que sí reparan en el hecho de las dos firmas, el 90% no se leen ni lo que están asumiendo con la primera y mucho menos con la segunda. En definitiva, queda un 1% que también acaba firmando aun siendo consciente de que con la segunda de las firmas está asumiendo someterse a un arbitraje de equidad (en virtud de la &lt;a href=&quot;http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l60-2003.html&quot;&gt;Ley 60/2003 de Arbitraje&lt;/a&gt;) a través de la Asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad (&lt;a href=&quot;http://www.aeade.org&quot;&gt;AEADE&lt;/a&gt;) para la resolución de cualquier conflicto que pudiere surgir entre la empresa suministradora y el firmante (en principio, hasta parece positivo para él).&lt;br /&gt;A partir de dicho momento la posibilidades son múltiples: desde el consumidor que jamás tiene una queja de la compañía, hasta el que acaba abandonándola harto de incumplimientos, discrepancia de lo prometido con lo recibido, mal servicio, cobro de conceptos no contratados, etc.&lt;br /&gt;De éstos últimos clientes, hay demasiados que, tras sus quejas telefónicas sin solución a las teleoperadoras (no sin soportar antes de forma estoica los cansinos filtros de los correspondientes robots contestadores) por la razón que sea, y cansados de lo que consideran una tomadura de pelo, dan de baja (también telefónicamente -por lo que luego no tendrán prueba alguna en su poder de este hecho-) sus lineas y dan orden al banco de que devuelva los recibos con los que no están de acuerdo. Y en ese momento es cuando empieza a operar la segunda firma que pusieron en el &quot;contrato cebollero&quot;.&lt;br /&gt;La operadora sigue pasando al cobro dos o tres meses de recibos (hasta que se da cuenta de que no es que no le pagan por error sino por convicción). Entonces lleva el asunto al arbitraje al que se han sometido las partes.&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;Dicho arbitraje suele acabar mal para el consumidor, a parte de proporcionarle desagradabilísimas nuevas sorpresas, por varios motivos:&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;1.-&lt;/strong&gt; Porque normalmente el consumidor lleva tal mosqueo con la operadora -por la manera que han pasado de él- que nisiquiera se defiende en el procedimiento arbitral, bien porque piensa &quot;¡que les den!...&quot; o porque el defenderse precisa dedicarle más tiempo todavía y algo de asesoramiento, aunque sea básico (es decir, más dinero del que ya le ha supuesto la mala experiencia).&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;2.-&lt;/strong&gt; Porque aunque intente defenderse, no dispone de una sola prueba que acredite las horas perdidas al teléfono manifestando sus quejas, ni la baja telefónica del servicio. Además, no puede alegar argumento jurídico alguno (como por ejemplo la mismísima nulidad de la cláusula de sometimiento al arbitraje en base a previsto por los artículos 80 y siguientes de la &lt;a href=&quot;http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-2007.html&quot;&gt;Ley de Consumidores y Usuarios&lt;/a&gt;) puesto que el arbitraje &quot;asumido&quot; y que se va a aplicar es el de &quot;equidad&quot; (es decir, resultará lo que le parezca al/los árbitro/s, en base a su &quot;leal saber y entender&quot; sin ninguna otra consideración legal).&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;3.-&lt;/strong&gt; Porque el Laudo Arbitral que se dicte (es decir, la decisión de los árbitros) tiene la misma fuerza ejecutiva que una Sentencia Judicial (es decir, se puede ejecutar por la vía judicial -requerimiento de pago, embargo de bienes, subasta, más costas, etc.- lo mismo que una sentencia).&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;4.-&lt;/strong&gt; Y porque la condena en el Laudo conlleva la imposición de los costes del arbitraje a la parte condenada, lo cual puede suponer multiplicar el coste real de la &quot;tostada&quot; por cuatro o cinco veces la suma que supuestamente se adeudaba a la operadora y por la que se ha llegado hasta este punto (Derechos de admisión 300.-€, más Honorarios de los árbitros a un mínimo de 75.-€ por árbitro, más Derechos de administración a un mínimo de 150.-€, más el 16% de IVA -ver &lt;a href=&quot;http://www.aeade.org/descargas/REGLAMENTO_AEADE_NUEVO.pdf&quot;&gt;Anexo I del Reglamento de la AEADE&lt;/a&gt;-).&lt;br /&gt;En definitiva, al pobre desgraciado que ha devuelto dos recibos indebidos (después de haberse dado de baja) por importe de 90 euros -por poner un ejemplo-, se le ha transformado el &quot;problema&quot; en un Laudo -ejecutable judicialmente- que le condena al pago de 783 euros, más el importe que le cobre su abogado por estudiarse el asunto y recomendarle que pague y se olvide, puesto que litigar contra lo que cualquier persona sensata entendería como &quot;inmoral&quot; le va a suponer todavía otro coste añadido y sin garantía alguna de recuperación, habida cuenta de lo dicho, y del detalle de que ya han transcurrido los dos meses de plazo que le dispensa la Ley de arbitraje para instar judicialmente la anulación del injusto Laudo.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/06/la-solucion-del-arbitraje-para-dirimir.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-7934585587754042165</guid><pubDate>Thu, 11 Jun 2009 08:53:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-07-10T05:15:45.954-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">regateo</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">seguros</category><title>Los consumidores españoles somos idiotas por definición</title><description>Resulta que cuando voy a un mercadillo miro y remiro por los diferentes puestos el artículo que me interesa adquirir y, finalmente, cuando ya tengo claro lo que me interesa, pierdo un cuarto de hora en regatear con el vendedor para conseguir que me rebaje dos euros respecto del precio que me dió en primer término. Fantástico -pienso-, he conseguido lo que quiero a un precio fenomenal y me he ahorrado 2.-€. En realidad, he salido ganando dos euros, pero, no nos engañemos, el hippie no ha perdido con su venta (esto lo tengo claro). Si embargo, acaban las vacaciones y nos convertimos en auténticos idiotas, pues pensamos que las gandes compáñías nada tienen que ver con los hippies del mercadillo. Gran equivocación; SON ABSOLUTAMENTE IGUALES, y para muestra un botón:&lt;br /&gt;Hoy, aún con la carta de la aseguradora -con la que tengo contratada la póliza de seguro del coche- encima de la mesa, avisándome de que en 15 días me vence la póliza, motivo por el cual en breve me pasarán al cobro el importe de la misma por 758,69.-€ (todo riesgo con franquicia de 240.-€), abro el correo electrónico y me entra un spam de otra compañía aseguradora (tan conocida como la mía) con un enlace para pedir presupuesto inmediato online. Por curiosidad -y sin ánimo alguno de hacer lo que luego hice-, cliqueo en dicho enlace, meto todos los datos (tipo de vehículo, etc, etc, etc.) y me envían un presupuesto personalizado de seguro a todo riesgo -con franquicia de 180.-€- por importe de 540,95.-€. Es decir, 217,74.-€ más barata que la que tengo y con una franquicia más baja que la que tengo. Acto seguido llamo a mi aseguradora y, sin discutir ni un ápice, le explico a la señorita que me atiende lo que he referido en las anteriores líneas y... en menos de cinco minutos me ha ofrecido lo mismo que tengo contratado, pero con la franquicia de 180.-€ en vez de 240.-€, por 547,54.-€.&lt;br /&gt;Con el hippie me costó quince minutos conseguir una rebaja de dos euros, con la aseguradora cinco minutos una rebaja de 211,15 euros. El hippie seguía ganando con la venta, la aseguradora también. Cada minuto de regateo con el hippie me supuso un ahorro de 0,13 euros, y cada minuto de &quot;razonamiento&quot; con la aseguradora 42,23.-€.&lt;br /&gt;Y ahora, las preguntas que me asaltan: ¿Cuántos consumidores regateamos a los hippies? ¿Y cuántos a las aseguradoras? ¿Somos idiotas o no?</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/06/los-consumidores-espanoles-somos.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-322781834345577565</guid><pubDate>Sat, 30 May 2009 20:20:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-05-30T14:02:41.817-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">participaciones preferentes</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">preferentes</category><title>El &quot;invento&quot; del siglo: Las participaciones Preferentes</title><description>Hace ya un par de semanas que quería hablar de &quot;el chollo&quot; de las participaciones preferentes. Eso que los bancos venden últimamente a &lt;a href=&quot;http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&amp;LEMA=tutiplen&quot;&gt;tutiplén&lt;/a&gt; contándote verdades a medias, entre las que destacan sobre todo su altísimo interés (6%, 7% ó incluso más) en estos momentos en que los tipos están por los suelos y ya no es tan fácil conseguir productos seguros con esas cotas de rentabilidad, &lt;strong&gt;pero con infinidad de posibles sorpresas que nunca te mencionan&lt;/strong&gt;.&lt;br /&gt;Iba yo dándole vueltas a cómo expresar las &lt;a href=&quot;http://www.cnmv.es/inversores/esp/index.htm?con_or_dparticipaciones.html~orientacion2&quot;&gt;&quot;bondades&quot;&lt;/a&gt; de este producto cuando me he topado con este magnífico artículo, publicado en &quot;cotizalia.com&quot; que me ha parecido difícil de mejorar. Por ello, considero literariamente más económico pegar su enlace, citando su fuente y autoría, que reiterar su conenido.&lt;br /&gt;El título: &lt;a href=&quot;http://www.cotizalia.com/cache/2009/05/30/noticias_54_preferentes_vende_banca_espanola_caras_perpetuas_riesgo.html&quot;&gt;Las preferentes que vende la banca española son caras, perpetuas y de alto riesgo&lt;/a&gt;&lt;br /&gt;El Autor: Eduardo Segovia</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/05/el-inveto-del-siglo-las-participaciones.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-8995556079147161304</guid><pubDate>Fri, 29 May 2009 10:47:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-06-26T03:35:04.020-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">problemas</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">reclamaciones</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">SACs</category><title>Porqué las grandes compañías “torean” a los clientes insatisfechos hasta el final</title><description>Siempre me he preguntado porqué las grandes compañías nunca hacen caso a los clientes a la primera cuando éstos reclaman lo que es justo. Porqué los marean tanto -hasta el agotamiento- en los Servicios de Atenicón al Cliente (SACs), y al final -en la mayoría de los casos- ni siquiera les dan la razón hasta que éstos no interponen una reclamación en regla y fundamentada jurídicamente o bien acuden a los tribunales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Personalmente, la respuesta a estas preguntas siempre la he tenido clarísima por pura intuición.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Sin embargo, tras rescatar un &lt;a href=&quot;http://www.consumo-inc.es/Informes/docs/Satisfaccion_consumidores.pdf&quot;&gt;estudio&lt;/a&gt; del Instituto Nacional de Consumo (INC) del año 2006 (ya podrían hacer un estudio cada año) en relación a la Satisfacción de los Consumidores Españoles, mi intuición se transforma en empírica.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;Según dicho estudio&lt;/strong&gt;, en torno a &lt;strong&gt;una media global de un 10%&lt;/strong&gt; (en algunos sectores muy superior, pero tomamos el 10% como media) &lt;strong&gt;de los clientes ha tenido o tiene problemas con el servicio prestado&lt;/strong&gt; por las grandes compañías.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;strong&gt;De ese porcentaje&lt;/strong&gt;, aproximadamente una media global de &lt;strong&gt;un 75% reclama&lt;/strong&gt;.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Y dichas reclamaciones, en su conjunto, se canalizan de la siguiente manera:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;- &lt;strong&gt;El 76,08% de las reclamaciones, a través de los servicios de atención al cliente (SACs)&lt;/strong&gt;.&lt;br /&gt;- El 2,83%, a través de los cauces establecidos en las organizaciones de consumidores.&lt;br /&gt;- El 2,76%, en las Oficinas Municipales de Información a los Consumidores,&lt;br /&gt;habilitadas a tales efectos en las Corporaciones Locales.&lt;br /&gt;- &lt;strong&gt;El 1,3% interponen demandas ante los juzgados&lt;/strong&gt;.&lt;br /&gt;- El 1,0% se dirigen a las dependencias existentes en las Comunidades&lt;br /&gt;Autónomas.&lt;br /&gt;- El 0,96%, a los medios de comunicación.&lt;br /&gt;- El 14,9%, ante otras instituciones.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Es decir, si de cada millón de clientes cien mil han tenido problemas, y de esos cien mil, setenta y cinco mil reclaman, y de esos setenta y cinco mil, cincuenta y siete mil lo hacen a los SACs, no hace falta ser muy listo para darse cuenta de lo rentable que es la táctica del “toreo” del cliente en dichos SACs, pues el gran problemón que supone para cualquier entidad la existencia de una gran bolsa de 57.000 reclamantes por cada millón de clientes, queda reducido -con esa política- a una llevadera y anecdótica bolsita de tan sólo 1.300 problemillas por millón.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/05/porque-las-grandes-companias-torean-los.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-135332850866195951</guid><pubDate>Fri, 29 May 2009 08:52:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-05-30T13:49:29.961-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">daños</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">pago</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">seguros</category><title>El abuso del &quot;escaqueo&quot; de las aseguradoras a la hora de pagar el siniestro</title><description>Cada día que pasa está siendo más habitual por parte de las aseguradoras (política agudizada más aún con la crisis) excusarse del pago de la indemnización por siniestro a que vienen obligadas, conforme a los artículos 18 y concordantes de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, en base a excusas de lo más variopinto. Las más comunes son el que &quot;precísamente&quot; ese riesgo no estaba cubierto, o que venía expresamente excluido en las condiciones particulares o generales (esa letra pequeña que nadie se lee porque confía en que el vendedor del seguro no le va a meter el gomazo). Recientemente he tenido el &quot;privilegio&quot; de leer contestaciones de las aseguradoras que le dicen a un Arquitecto que su seguro de responsabilidad civil no le cubre la que se derive de los daños producidos por defectos de diseño, o a un transportista que su seguro del camión sólo le cubre el chásis del vehículo y no todo lo demás, o que a una empresa constructora su seguro de responsabilidad civil no le cubre los daños producidos en una excavación, etc... ¿Porqué los vendedores de seguros no explican a sus clientes esos detallitos?, ¿o es que los desconocen?, ¿o es que tanto a ellos como a las aseguradoras les interesa que no se sepan?&lt;br /&gt;Cada cual que piense lo que le parezca, pero, de momento, al transportista le pagaron su camión íntegro (no sin antes reclamar, claro).</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/05/el-abuso-del-escaqueo-de-las.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-7792622493249478663</guid><pubDate>Thu, 07 May 2009 23:49:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-06-25T04:38:16.726-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">cri</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">swap</category><title>SWAPs, CRIs y otros inventos ideados por los bancos para seguir ganando en los malos tiempos</title><description>A mediados de 2008, cuando los cerebros de los bancos y cajas -quienes se encargan de pensar en cómo obtener resultados- veían que el ganar dinero con los intereses de los préstamos hipotecarios a tipo variable se iba a poner difícil (la cotización del euribor ayer cerró al 1,704 %), rescataron de la chistera &quot;nuevos&quot; productos para colocar a sus clientes y obtener pingües beneficios sustitutorios de los anteriores. Entre otros se encuentran los denominados comúnmente SWAPs de tipo de interés -contrato por el cual dos partes se comprometen a intercambiar una serie de cantidades de dinero en fechas futuras referenciadas a tipos de interés- o IRS (Interest Rate Swap) y CRIs (cobertura de riesgo de interés). SWAP es la denominación guay -que suena genial- y CRI es el spanish name de un mismo producto. También se les denomina &quot;Clips&quot; de lo que supuestamente garanticen (generalmente el tipo de interés de la hipoteca, aunque puede ir referenciado también a cambio de divisas o cualquier otro concepto variable).&lt;br /&gt;En líneas generales se trata de contratos financieros cuya filosofía (la que se trasmite al cliente, e incluso se publicita de manera absolutamente engañosa por lo que luego diremos) es la de “asegurarse” unas cuotas fijas/estables en el hipotecario de turno a interés variable pese a la variación que pudiera sufrir éste. Es decir, la idea que se vende en la letra grande (publicidad) y de viva voz (por los comerciales) es la de que se trata de un producto parecido a un seguro sobre la cuota a pagar; si esta sube como consecuencia de la subida del euribor, te ingresan la diferencia del incremento de la cuota, y si baja, tú pagas la diferencia hasta la cuota fijada a un tipo de interés de referencia pactado (como si éste fuese fijo, vamos) en los momentos convenidos en cada caso para regularizar dichas diferencias.&lt;br /&gt;Si bien a priori pudiera parecer un producto estupendo, a cualquiera que piense un poco le asalta la siguiente duda: ¿porqué, si lo que quieren es estabilizar las cuotas como si se tratase de un interés fijo, no se dejan de patrañas y directamente nos conceden el hipotecario a interés fijo sin más, en vez de a tipo variable? Y la respuesta a esta duda no es ni más ni menos que lo que referíamos al principio: Por definición, LA BANCA SIEMPRE GANA, y todo cuanto ésta piense, cree, innove, ofrezca o contrate va dirigido al cumplimiento de dicho axioma.&lt;br /&gt;¿Cuáles son las “trampas” de estos productos?... Pues sin ánimo de exhaustivizar podríamos citar las siguientes:&lt;br /&gt;1ª.- Directamente la publicidad que le muestran al cliente dice “asegurarte una cuota estable a un interés fijo del X% aunque suban los tipos”. Al cliente le parece fantástico y firma el contrato que le ponen delante y que no se lee hasta que no se lleva la primera sorpresa cuando ve que ha sido un error contratar el producto en cuestión puesto que hoy estaría pagando muchísimo menos sin éste (en el mejor de los casos), o bien cuando le hacen un cargo de regularización que le deja temblando (en el peor). En ese momento -cuando lee el contrato- se da cuenta de que el coste de desligarse del SWAP es, en tres palabras, impresionante e inasumible. Entre otros motivos porque los derechos económicos derivados del SWAP ya se los habrán colocado a un tercero que no estará dispuesto a deshacerse de él en estos momentos en que los tipos de interés están por los suelos.&lt;br /&gt;2ª.- El bancario de turno que te coloca el producto utiliza las mismas palabras o similares que los papeles publicitarios de la trampa 1ª. Te parece igual de fantástico y luego te llevas la misma sorpresa.&lt;br /&gt;3ª.- No sabías ni que existía dicho producto hasta que en la misma notaría en la que vas a firmar tu hipoteca el hombre del banco se saca unos papeles de la cartera que te dice que también tienes que firmar por tu bien para asegurarte el no llevarte sorpresas con las subidas de tipos. En ese momento piensas -qué majos son, están en todo hasta el último momento y siempre pensando en mis intereses… Luego, si te lees el contrato piensas -ya sabía yo que nadie da duros a cuatro pesetas… o -¡qué gol me han colado por la cara!&lt;br /&gt;4ª.- En el propio contrato del SWAP te fijan un periodo de regularización diferente al fijado para la actualización del tipo variable de la hipoteca, con lo que los cambios de tipo no producen el efecto “prometido” con el SWAP, no cumpliendo éste su función sino todo lo contrario.&lt;br /&gt;5ª.- El propio contrato del SWAP te marca unos márgenes diferenciales respecto del tipo fijado como referencia, que si se rebasan tienen penalización, lo que en la práctica puede traducirse en regularizaciones cuyo montante supondría un interés abusivo o leonino.&lt;br /&gt;6ª.- El periodo de vigencia de SWAP contratado se circunscribe a un plazo temporal en el que el banco sabe con un 90% de certeza que los tipos tienden a bajar y no a subir o a mantenerse por debajo del fijado como referencia. Vamos, más o menos, como si un afamado meteorólogo te vende un carísimo seguro que cubre durante dos años parte de los daños que ocasione la lluvia en el desierto del Sahara, sin contarte que tiene encima de su mesa un pronóstico de sequía para los próximos doce meses.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Estas y otras “trampas” admiten todas las combinaciones, pues pueden aparecer todas juntas, cada una por separado, o combinadas unas con otras al estilo ensalada de sorpresas...&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Y todo ello, desde la premisa de que los bancos sabían de sobra hace un año que los tipos de interés no iban a subir sino a bajar durante una larga temporada. Curioso.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/05/swaps-cris-y-otros-inventos-ideados-por.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>1</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-767892442207411710</guid><pubDate>Mon, 04 May 2009 22:40:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-06-11T03:20:15.916-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">902</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">tarifa plana de llamadas</category><title>La cara oculta de los números 902 y la &quot;trampa&quot; de la tarifa plana de llamadas nacionales</title><description>Los teléfonos 902 son aquellos que en teoría cuando los marcas resultan ser llamadas locales. En realidad la idea que se vende al consumidor es esa y debería ser así, pues no son más que números genéricos que llevan asociados números normales a los que te redirigen la llamada. Estos números cada vez son más utilizados por las grandes compañías que (en teoría) facilitan al usuario un teléfono de atención 902 diciendo que es llamada local. Sin embargo, si bien pudiera parecer que con el uso de los 902 nos hacen un favor tanto las operadoras como las compañías que los utilizan para facilitar servicios de atención al cliente, en realidad resulta justamente todo lo contrario. En primer lugar, a la empresa que contrata el 902 le cobran por el servicio (ya ganan &quot;por la cara&quot; una primera vez las operadoras de turno), y en segundo lugar, a quien llama a un número 902, pese a reenviarse la llamada a un número normal y generalmente de la misma población, lo cierto es que se le cobra como llamada &quot;especial&quot; y por supuesto fuera de la tarifa plana que tenga contratada en su caso. Ese es el motivo por el cual todos aquellos que tienen contratada por ejemplo la tarifa plana de llamadas nacionales por x euros, suelen llevarse habitualmente desagradables sorpresas al comprobar mes a mes que la factura definitiva generalmente asciende a 2x porque resulta que hay un montón de llamadas a números especiales... En ese momento, analizando la factura, es cuando te das cuenta de que esa llamada al SAC de tu seguro para dar un parte o cada llamada al banco para que te den el saldo, o cada llamada para cualquier idiotez, en la que un desagradable &quot;robot&quot; te alarga la espera absurdamente con el típico si desea... maque 1, si desea... marque 2, si desea... marque 3, etc, te han costado ni más ni menos que 9 euros del ala (mil quinientas pelas de las de antes) cada una y por el morro. &lt;br /&gt;Como siempre, todo menos hablar claro al consumidor.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pdta.- Me tomo la libertad de añadir esta postdata, al mes de escribir el artículo, para compartir un &lt;a href=&quot;http://wiki.nomasnumeros900.com/Portada&quot;&gt;enlace&lt;/a&gt; que sin duda será de gran utilidad a quienes hayan verificado lo que explico en el mismo. Se trata de una wiki en la que se puede buscar el equivalente número normal (incluido en la tarifa plana) al que te redirige un 902, para evitar estos carísimos números:  &lt;a href=&quot;http://wiki.nomasnumeros900.com/Portada&quot;&gt;NO MÁS NÚMEROS 900&lt;/a&gt;.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/05/la-cara-oculta-de-los-numeros-902-y-la.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-6450782159665178056.post-2524999947208824451</guid><pubDate>Sun, 26 Apr 2009 20:07:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-05-30T18:38:07.670-07:00</atom:updated><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">&quot;engaño&quot; al consumidor</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">conratos farragosos</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">letra pequeña</category><category domain="http://www.blogger.com/atom/ns#">publicidad engañosa</category><title>El gran error de &quot;engañar&quot; al cliente por sistema</title><description>Estoy harto de ver cómo las grandes compañías de servicios dirigidos a cientos de miles de destinatarios y a los que nadie puede ser ajeno (bancos, aseguradoras, telecos, suministradoras de gas o electricidad, concesionarias de autopistas, grandes comercios, etc.) &quot;engañan&quot;, a veces (las menos, gracias a Dios) descaradamente, otras (las más) sutilmente, a sus clientes, ya sea para captarlos, para mantenerlos, para colocarles nuevos productos, o para sacarles más dinero aún por los que ya tienen contratados...&lt;br /&gt;Hay mil maneras de &quot;engañar&quot;... verdades a medias, afirmaciones confusas, publicidad directamente engañosa o con tanta letra pequeña que desconfigura absolutamente la idea que te crea la letra grande y, sobre todo, contratos en los que cualquier parecido con la &quot;moto&quot; que te ha vendido el comercial de turno es pura coincidencia o sencillamente tan farragosos que no los entiende ni éste último. Ello sin entrar en los &quot;errores&quot; de facturación por conceptos y/o productos que no hemos contratado o que dimos de baja o que simplemente desconocemos y nunca nos enteramos...&lt;br /&gt;Me cuesta entender porqué, con lo fácil que es llamar a las cosas por su nombre, estas grandes empresas se empeñan en complicarlo todo de tal modo que luego llegan las sorpresas... Bueno, en realidad, y si somos honestos, es muy fácil de entender: si contaran siempre la verdad, integra, real, clara y sin trucos, no venderían ni una escoba.&lt;br /&gt;Supongo que, disponiendo como disponen de &quot;grandes&quot; gestores y ejecutivos con sueldos millonarios, esa manera de actuar debe estar más que justificada por los resultados pese a que los clientes la detesten; y esa es la razón por la que siguen utilizándola desde hace décadas, hoy acrecentada en mayor medida aún con la crisis pues hay que sacar resultados de donde sea. No obstante, me pregunto... ¿ninguno de esos grandes gestores y ejecutivos se ha planteado el porqué la empresa más grande del mundo de internet es tan grande (con tan sólo 11 años de vida) y está tan bien valorada por sus clientes/usuarios? El gran secreto es QUE NO ENGAÑA A NADIE. Al menos de momento; y el día que lo haga, su declive será tan rápido como su ascensión.</description><link>http://bancosaseguradorastelecosyotras.blogspot.com/2009/04/el-gran-error-de-enganar-al-cliente-por.html</link><author>noreply@blogger.com (Unknown)</author><thr:total>0</thr:total></item></channel></rss>