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	<title>DYNCR Blog - Legal Advice from Costa Rica - Abogado Costa Rica</title>
	
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	<description>Just another WordPress weblog</description>
	<pubDate>Thu, 12 Jan 2012 00:24:19 +0000</pubDate>
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		<title>Impuesto a las Sociedades y que hacer a futuro</title>
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		<pubDate>Thu, 12 Jan 2012 00:24:19 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Español]]></category>

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		<description><![CDATA[Como ha sido sobradamente comentado, fue aprobada la ley que crea un impuesto anual a las sociedades en Costa Rica.
La pregunta es: y Ahora que? si antes se elegía una sociedad para registrar el carro y la casa, y &#8220;protegerla&#8221;, ahora que hacemos?.
Tradicionalmente y con sobradas razones, se había venido utilizando las sociedades como escudo, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Como ha sido sobradamente comentado, fue aprobada la ley que crea un impuesto anual a las sociedades en Costa Rica.</p>
<p>La pregunta es: y Ahora que? si antes se elegía una sociedad para registrar el carro y la casa, y &#8220;protegerla&#8221;, ahora que hacemos?.</p>
<p><span id="more-522"></span>Tradicionalmente y con sobradas razones, se había venido utilizando las sociedades como escudo, para así protegerlos de vicisitudes, sea económicas, etc. y claro, el hecho que no tenían ningún costo fijo anual, las hacia aun mas atractivas.</p>
<p>Pero, ahora al crearse un Impuesto a las Sociedades, los notarios estamos siendo contactados por muchas personas, para &#8220;disolver la sociedad&#8221;, el tema no genera mayor problema si estas sociedades no tenían bienes, pues es bastante sencillos y bajo costo, el proceso de disolver la sociedad.</p>
<p>Ahora bien, que pasa cuando nuestras sociedades (anónima o Ltda) tienen bienes y consideramos que el costo de mantenerlas anualmente es alto?</p>
<p>Pues ha existido y existe una forma de proteger los bienes de forma ordenada, y aun mejor que traspasarlos a una sociedad, y es el Fideicomiso.</p>
<p>Esta figura es perfecta para situaciones como esta, pues estructurado de forma correcta, es perfecto para proteger los bienes, e incluso prever situaciones futuras sin tener que hacer inversiones o pagos en impuestos de Traspaso y timbres. Y no es solo para situaciones de negocios, es perfecto para situaciones de bienes familiares, etc.</p>
<p>Lo ideal es que contacte a un profesional en Derecho y pida información sobre los diferentes tipos de Fideicomiso, y cual se adapta a sus necesidades, aca en le podemos brindar información con todo gusto, por medio de info@dyncr.com</p>
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		</item>
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		<title>Impuesto a las sociedades - traspasos sin pagar impuestos</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/impuesto-a-las-sociedades-traspasos-sin-pagar-impuestos/</link>
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		<pubDate>Tue, 10 Jan 2012 16:05:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Español]]></category>

		<category><![CDATA[Impuestos]]></category>

		<category><![CDATA[corporativo]]></category>

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		<description><![CDATA[Traspaso de Muebles e Inmuebles sin pagar impuestos ni timbres
Al entrar vigencia la ley del impuesto a las Personas Jurídicas, el día 1 de abril del 2012, y por un plazo de 6 meses, todos los traspasos de bienes muebles e inmuebles, estarán exentos del pago de Impuesto de Traspaso, timbres y derecho de Registro, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Traspaso de Muebles e Inmuebles sin pagar impuestos ni timbres</p>
<p>Al entrar vigencia la ley del impuesto a las Personas Jurídicas, el día 1 de abril del 2012, y por un plazo de 6 meses, todos los traspasos de bienes muebles e inmuebles, estarán exentos del pago de Impuesto de Traspaso, timbres y derecho de Registro, esto según lo dispone el transitorio V, de la citada ley (9024).</p>
<p>Este transitorio puede tener mas trascendencia económica, que el mismo impuesto a recaudar, pues anualmente el monto a pagar por cada sociedad no supera los $400 USD anuales, veamos:</p>
<p><span id="more-520"></span>Básicamente la ley y este transitorio en particular dice que para estar exento de todo impuesto de traspaso y timbres, se debe de cumplir con dos requisitos:</p>
<p>Que el Inmueble este inscrito a nombre de una sociedad.<br />
Que dicha sociedad haya estado &#8220;inactiva&#8221; en la administración Tributaria por al menos 24 meses antes de la entrada en vigencia de la ley, sea desde abril 2010.</p>
<p>El termino &#8220;Sociedad Inactiva&#8221; desde el punto de vista Tributario local, hace referencia a sociedades sin actividad comercial y que estén registradas como tales en la Administración Tributaria, usualmente este proceso se lleva a cabo cuando se crea una sociedad para registrar un bien (la casa de habitación, etc) sin actividad comercial.</p>
<p>Esta figura (sociedad inactiva) ha sido también de uso común en proyectos urbanísticos, que registran cada uno de los lotes, casas o condominios a nombre de sociedades, justamente como SOCIEDADES INACTIVAS.</p>
<p>Entonces, de la lectura de la ley, un proyecto urbanístico o un desarrollador que antes de vender sus propiedades a su comprador final, las registró en sociedades, tiene la oportunidad (de oro) de venderlos, sin que deba - junto con el comprador - de pagar el impuestos de traspaso, timbres y derechos de Registro.</p>
<p>Pero de que montos estamos hablando:</p>
<p>Algunos ejemplos:</p>
<p>Una transacción de un inmueble cuyo valor es de $1.000.000,00 USD<br />
dejara de pagar:<br />
Impuesto de traspaso: 7.760.550<br />
Timbres: 11.700.000<br />
total sin pagar: 19.460.550</p>
<p>Representa para una sociedad inactiva, 216 periodos (años) sin pagar el impuesto a las sociedades.</p>
<p>Una transacción cuyo valor es de $750.000,00 USD<br />
Impuesto de traspaso: 5.820.413<br />
Timbres: 8.763.000<br />
total sin pagar: 14.583.413</p>
<p>Representa para una sociedad inactiva, 160 periodos (años) sin pagar el impuesto a las sociedades.</p>
<p>Una Transacción cuyo Valor sea $500.000 USD<br />
Impuesto de traspaso: 3.880.275<br />
Timbres: 5.850.000<br />
total sin pagar: 9.730.275</p>
<p>Representa para una sociedad inactiva, 108 periodos (años) sin pagar el impuesto a las sociedades.</p>
<p>La pregunta acá es. Que sentido tiene exonerar tan abiertamente una actividad comercial tan activa (bienes raíces), pues no se delimito el adquirente final, esto quiere decir que por seis meses va a existir una puerta abierta para traspasar inmuebles.</p>
<p>Entendía que la idea de esto era, entre otras cosas, evitar la evasión de impuestos (al disimular traspasos de inmuebles, simulando un endoso de acciones), pero justamente esto confunde un poco, pues al final se les &#8220;premió&#8221; con una exoneración.</p>
<p>Es necesario esperar a que se apruebe el Reglamento, sin embargo la regla o norma esta clara en la ley, y el Reglamento no podría venir a variar sustancialmente lo que la norma dice.</p>
<p>Aclaro que elegí esos tres ejemplos x que creo que el monto del impuesto a pagar no representada nada comparados con transacciones grandes y que a diario se dan, ahora, las preguntas finales son?</p>
<p>QUE SENTIDO TIENE INCLUIR ESE TRANSITORIO EN LA LEY Y QUE BENEFICIO TRAE Y A QUIENES?</p>
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		</item>
		<item>
		<title>Impuesto a las sociedades en Costa Rica</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/impuesto-a-las-sociedades-en-costa-rica/</link>
		<comments>http://www.dyncr.com/blog/impuesto-a-las-sociedades-en-costa-rica/#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 06 Jan 2012 15:18:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Español]]></category>

		<category><![CDATA[Impuestos]]></category>

		<category><![CDATA[corporativo]]></category>

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		<description><![CDATA[Ha sido aprobada por la Asamblea Legislativa de Costa Rica, un ley que crea un impuesto a las sociedades mercantiles, sea la forma que sea, que estén inscrita o bien que se inscriban en el Registro Nacional.
Características del Impuesto:
Es un impuesto Anual, que corre del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ha sido aprobada por la Asamblea Legislativa de Costa Rica, un ley que crea un impuesto a las sociedades mercantiles, sea la forma que sea, que estén inscrita o bien que se inscriban en el Registro Nacional.</p>
<p>Características del Impuesto:</p>
<p>Es un impuesto Anual, que corre del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, en el caso que la sociedad se inscriba en el transcurso del periodo fiscal (digamos el  15 de mayo) pagara a prorrata.</p>
<p>La ley a hecho una distinción entre &#8220;sociedades activas&#8221; y &#8220;sociedades inactivas&#8221;, y según cual sea la sociedad pagara un 50% o un 25% respectivamente del salario base vigente en el periodo fiscal, que a hoy 6 de enero 2011, esta en 360.300 colones, entonces pagaría 180.150 y 90.075 anualmente, con excepción del periodo comprendido al 2012, pues al entrar en vigencia el abril 2011, la suma será inferior.</p>
<p>Que opciones presenta la Ley a parte de cancelar el impuesto:</p>
<p>Primero tenemos que tener claro que los impuestos son &#8220;hipoteca legal&#8221; esto es que si no se paga el Estado en su poder de imperio, puede perseguir los bienes del deudor y cobrar el impuesto como si tuviera una hipoteca.</p>
<p>Si el impuesto no se paga por tres periodos consecutivos el Registro Publico de forma automática cancelara la inscripción, pues esta deuda es causal de disolución de la sociedad, ahora bien, ademas de la disolución el representante legal de la empresa, se constituye en deudor del impuesto, entonces no solo se disuelve la sociedad sino que el Estado puede perseguir al (ex) representante para que pague la deuda.</p>
<p>Ahora, la ley permite varias opciones, veamos:</p>
<p>Exoneración: Si la sociedad esta registrada como micro o pequeña empresa ante el MEIC, y a la vez esta registrado como contribuyente ante la Administración Tributaria (Dirección de Tributación), podrá exonerarse del tributo, sea no esta obligado al pago.<br />
2. Disolución Voluntaria: Si los socios así lo deciden, y dentro del plazo de 3 meses a partir de la vigencia de la ley, no pagaran el impuesto.<br />
3. Renuncia de la Representacion: En aquellos casos en que una persona figure en una sociedad, la ley permite que la renuncia al cargo, mediante un proceso ante un notario publico, esto le liberaría de </p>
<p>y para mi criterio la puerta abierta mas grande en la historia de los bienes raíces:</p>
<p>4. Por un plazo de 6 meses a partir de la vigencia, están exentos del pago de Impuestos de Traspaso, timbres y derechos registrales, los traspasos de los bienes inmuebles de sociedades mercantiles que hayan estado inactivas (sin actividad en Tributación reza la ley) en los últimos 24 meses. </p>
<p>Este es un resumen somero de la Ley, existen una serie de elementos complejos en la ley, que deben de analizarse detenidamente, y la idea de este resumen es dar una pincelada sobre la ley.</p>
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		</item>
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		<title>Servicios legales para empresas en Centroamerica</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/servicios-legales-para-empresas-en-centroamerica/</link>
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		<pubDate>Wed, 21 Dec 2011 22:48:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Español]]></category>

		<category><![CDATA[corporativo]]></category>

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		<description><![CDATA[En seguimiento de nuestra misión de cubrir todas las necesidades corporativas de nuestros clientes en un solo lugar dentro de los más altos estándares de calidad, DYN recientemente estableció relaciones cooperativas con profesionales de destacada competencia a lo largo de Centroamérica.
Sabemos que Centroamerica es considerada un todo como punto de negocios para empresas, esto nos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En seguimiento de nuestra misión de cubrir todas las necesidades corporativas de nuestros clientes en un solo lugar dentro de los más altos estándares de calidad, DYN recientemente estableció relaciones cooperativas con profesionales de destacada competencia a lo largo de Centroamérica.</p>
<p>Sabemos que Centroamerica es considerada un todo como punto de negocios para empresas, esto nos ha movido a estructurar una cadena de apoyo legal a empresas en el Area.</p>
<p>Nos puede contactar facilmente a nuestro correo info@dyncr.com</p>
<p><span id="more-505"></span>Desde ahora podrá obtener asesoría y servicios legales, tanto en español como en inglés, en El Salvador, Guatemala y Honduras, mediante abogados experimentados y especializados en las siguientes áreas:</p>
<p>• Derecho Corporativo (inscripción y seguimiento de sociedades mercantiles, consultoría e investigación, entre otros)</p>
<p>• Derecho de Propiedad Intelectual (marcas, patentes de invención, derechos de autor y afines)</p>
<p>• Derecho Comercial</p>
<p>• Derecho Laboral</p>
<p>• Derecho Migratorio</p>
<p>Encuentre en DynCR todos los servicios que requiere para desarrollar su negocio en Centroamerica, tenemos 15 años de experiencia apoyando empresas, sea en Guatemala, Honduras, El Salvador, o Costa Rica, cuente con nuestro equipo de abogados.</p>
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		</item>
		<item>
		<title>Apostilla en Costa Rica - un paso adelante en la simplificación de trámites</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/apostilla-en-costa-rica-un-paso-adelante-en-la-simplificacion-de-tramites/</link>
		<comments>http://www.dyncr.com/blog/apostilla-en-costa-rica-un-paso-adelante-en-la-simplificacion-de-tramites/#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 07 Dec 2011 20:40:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Español]]></category>

		<category><![CDATA[corporativo]]></category>

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		<description><![CDATA[Finalmente se va a poner en practica el convenio de Apostilla en Costa Rica, puntualmente el día 14 de diciembre del 2011.
Existe un convenio (acuerdo entre países) llamado Convenio de la Haya del 5 de octubre de 1961, y nuestro país acordó la adhesión a el.  Este convenio permite que el proceso de legalización [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Finalmente se va a poner en practica el convenio de Apostilla en Costa Rica, puntualmente el día 14 de diciembre del 2011.</p>
<p>Existe un convenio (acuerdo entre países) llamado Convenio de la Haya del 5 de octubre de 1961, y nuestro país acordó la adhesión a el.  Este convenio permite que el proceso de legalización de documentos sea mas sencillo y uniforme.</p>
<p><span id="more-501"></span>Al ser reciproco el Convenio tanto los documentos enviados desde Costa Rica, como los que recibiremos de países adheridos a citado Convenio, podrán ser certificados mediante este sistema.</p>
<p>Ademas de que el proceso es mucho mas sencillo, el costo varia sustancialmente, pues ahora el costo es únicamente de 626 colones en timbres fiscal.</p>
<p>Explicado de una forma sencilla, a partir de la fecha indicada, para &#8220;apostillar&#8221; un documento, digamos una Certificación de Personería emitida por el Registro Publico, una vez que se tiene el certificado, se cancelan los 626 colones y se visita el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para su apostillaje y listo para enviar al país de destino.</p>
<p>La lista completa de países adheridos a este Convenio puede ser encontrada aca: www.hcch.net</p>
<p>Y recuerden entra a regir el 14 de diciembre del 2011./</p>
<p>He explicado de forma muy sencilla el procedimiento, tratando de hacer accesible la información.</p>
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		<item>
		<title>Sociedades Anonimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada en Costa Rica</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/sociedades-anonimas-y-sociedades-de-responsabilidad-limitada-en-costa-rica/</link>
		<comments>http://www.dyncr.com/blog/sociedades-anonimas-y-sociedades-de-responsabilidad-limitada-en-costa-rica/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 05 Dec 2011 17:05:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Español]]></category>

		<category><![CDATA[Outsourcing]]></category>

		<category><![CDATA[corporativo]]></category>

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		<description><![CDATA[Si bien existen varias opciones para crear sociedades en Costa Rica, existen dos que son las que mas ventajas ofrecen. nos referidos a las Sociedades de Responsabilidad Limitada (LTDA) y la Sociedad Anónima (S.A.). Las diferencias entre ambas podríamos decir que son doctrinales, pues en la vida practica ofrecen casi lo mismo.
Para elegir entre una [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si bien existen varias opciones para crear sociedades en Costa Rica, existen dos que son las que mas ventajas ofrecen. nos referidos a las Sociedades de Responsabilidad Limitada (LTDA) y la Sociedad Anónima (S.A.). Las diferencias entre ambas podríamos decir que son doctrinales, pues en la vida practica ofrecen casi lo mismo.</p>
<p><span id="more-496"></span>Para elegir entre una y otra, se debe de considerar particularmente, la estructura operacional que se requiere, entonces, empresas con la Coca Cola, definitivamente van a utilizar la opción de la S.A., pues su operación requiere de una Junta Directiva; empresas con operación mas pequeñas, definitivamente la opción de la LTDA, es la ideal, pues no importa el volumen de negocios que tenga, no requiere de una Junta Directiva, sino de gerentes que desarrollen el negocio.</p>
<p>Para mayor detalle podríamos resumir varios de las características:</p>
<p>Ambas son sociedades mercantiles que se constituyen con fines lucrativos.</p>
<p>Su tratamiento a nivel tributario es igual; es decir, no hay mayores o menores beneficios por elegir uno u otro tipo de sociedad.</p>
<p>Las sociedades de responsabilidad limitada se constituyen para negocios pequeños o medianos y su administración es más sencilla.  Se requiere como mínimo de un gerente, pero se pueden nombrar tantos administradores como sea necesario.</p>
<p>Las sociedades anónimas se constituyen para negocios de mayor volumen y con mayor número de socios.  Su administración requiere una Junta Directiva por al menos 3 integrantes, los cuales son Presidente, Secretario y Tesorero, así como un Fiscal.</p>
<p>Las sociedades de responsabilidad limitada dividen su capital en cuotas sociales, las cuales son traspasadas por cesión.</p>
<p>Las sociedades anónimas dividen su capital en acciones y su traspaso se realiza mediante endoso, ya que tienen la naturaleza de un título valor, parecido a un cheque.</p>
<p>El costo de creación de ambas es idéntico, los Derechos de Registro son los mismos.</p>
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		</item>
		<item>
		<title>Servicios Administrativos a empresas en Costa Rica</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/servicios-administrativos-a-empresas-en-costa-rica/</link>
		<comments>http://www.dyncr.com/blog/servicios-administrativos-a-empresas-en-costa-rica/#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 18 Nov 2011 18:03:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Español]]></category>

		<category><![CDATA[Outsourcing]]></category>

		<category><![CDATA[corporativo]]></category>

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		<description><![CDATA[DyNCR, como una solución a las necesidades actuales de las empresas en operación en Costa Rica, ha implementado un servicio de apoyo secretarial y administrativo. Nuestro equipo de trabajo, brinda apoyo a su empresa, según sus necesidades.
¿Tiene una empresa en operación en Costa Rica, o piensa en establecer un negocio en Costa Rica? Esta opción [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>DyNCR, como una solución a las necesidades actuales de las empresas en operación en Costa Rica, ha implementado un servicio de apoyo secretarial y administrativo. Nuestro equipo de trabajo, brinda apoyo a su empresa, según sus necesidades.</p>
<p><span id="more-493"></span>¿Tiene una empresa en operación en Costa Rica, o piensa en establecer un negocio en Costa Rica? Esta opción es genial para ello; ofrecemos servicios a costos muy pequeños, sabemos que muchas empresas requieren de servicios básicos y por tiempos determinados de tiempo durante el mes. ¡Pues esta es la opción! Nuestro equipo se ajusta a sus requerimientos.<br />
Ofrecemos:<br />
- Digitación</p>
<p><span style="-webkit-tap-highlight-color: rgba(26, 26, 26, 0.296875); -webkit-composition-fill-color: rgba(175, 192, 227, 0.230469); -webkit-composition-frame-color: rgba(77, 128, 180, 0.230469);">- Telefonía (recepción y toma de mensajes)</span></p>
<p>- Manejo del correo electrónico<br />
- Organización de conferencias, reuniones y demás eventos<br />
- Paquetería<br />
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- Facturación<br />
- Redactar notas e informes<br />
- Creación de presentaciones<br />
- Traducciones<br />
- Atención a proveedores<br />
- Gestión de cobranzas<br />
- Soporte en tareas contables y administrativas<br />
- Planeamiento de viajes<br />
- Logística</p>
<img src="http://feeds.feedburner.com/~r/DyncrBlog/~4/Pz6S-f3FcBo" height="1" width="1"/>]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Oficinas Virtuales y fisicas en Costa Rica</title>
		<link>http://www.dyncr.com/blog/oficinas-virtuales-y-fisicas-en-costa-rica/</link>
		<comments>http://www.dyncr.com/blog/oficinas-virtuales-y-fisicas-en-costa-rica/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 17 Nov 2011 23:35:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Español]]></category>

		<category><![CDATA[Outsourcing]]></category>

		<category><![CDATA[corporativo]]></category>

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		<description><![CDATA[DyNCR, en su proceso de crecimiento y atendiendo las necesidades de nuestros clientes, continúa implementando nuevos servicios, ahora contamos con servicio de Oficinas Virtuales y Físicas.
Nuestras oficinas virtuales ofrecen recepción de paquetería, recepción de fax, número de teléfono asignado que se atiende con el nombre de su empresa o negocio, entre otros, lo cual hace [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>DyNCR, en su proceso de crecimiento y atendiendo las necesidades de nuestros clientes, continúa implementando nuevos servicios, ahora contamos con servicio de Oficinas Virtuales y Físicas.</p>
<p><span id="more-491"></span><!--more--><span style="-webkit-tap-highlight-color: rgba(26, 26, 26, 0.292969); -webkit-composition-fill-color: rgba(175, 192, 227, 0.230469); -webkit-composition-frame-color: rgba(77, 128, 180, 0.230469);">Nuestras oficinas virtuales ofrecen recepción de paquetería, recepción de fax, número de teléfono asignado que se atiende con el nombre de su empresa o negocio, entre otros, lo cual hace que su negocio se presente de forma más profesional.</span></p>
<p>Contamos con Sala de Conferencias que se puede rentar por horas, completamente equipada, y con servicio de cafetería y bocadillos.</p>
<p>La opción de oficinas físicas, ofrece un excelente lugar para instalar su negocio en Costa Rica. Lo que ofrecemos es más que la renta de un espacio, es también apoyo completo para su negocio, además de contar con una excelente ubicación. Puede contar también con el apoyo adicional de nuestro equipo de trabajo, lo que facilita su operación.</p>
<p>Dentro de los Servicios Adicionales que ofrecemos están:</p>
<p>·         Servicios Administrativos: nuestro equipo de trabajo apoya profesionalmente en procesos de cobro de facturas, trámites ante instituciones del Gobierno, etc.</p>
<p>·         Servicios Secretariales: con esta modalidad su empresa puede contar con apoyo secretarial, sin que necesite contratar este a tiempo completo, de esta manera usted paga sólo por el servicio que requiere.</p>
<p>Más que una empresa de servicios, hemos llegado a ser un centro de negocios; y bajo la modalidad de tercerización de procesos –outsourcing-, los resultados para nuestros clientes son excelentes. Es notable la baja en los costos de operación, la mejora en imagen de su empresa… En fin, es el paso extra por tomar!</p>
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		<title>Libros Legales II Costa Rica, por fin digitales</title>
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		<pubDate>Fri, 11 Nov 2011 17:58:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Español]]></category>

		<category><![CDATA[corporativo]]></category>

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		<description><![CDATA[Finalmente la Direccion General de Tributacion de Costa Rica, apoyados en la Resolucion DGT-034-2011 del 18 de octubre del 2011, ha autorizado que tanto los libros legales como los contables, sean llevamos en forma digital. Esta es una gran noticia por varias razones: 1. Faciita el proceso Contable y desaparece el tedioso trabajo para los [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><span style="-webkit-tap-highlight-color: rgba(26, 26, 26, 0.296875); -webkit-composition-fill-color: rgba(175, 192, 227, 0.230469); -webkit-composition-frame-color: rgba(77, 128, 180, 0.230469);">Finalmente la Direccion General de Tributacion de Costa Rica, apoyados en la Resolucion DGT-034-2011 del 18 de octubre del 2011, ha autorizado que tanto los libros legales como los contables, sean llevamos en forma digital. Esta es una gran noticia por varias razones:</span> 1. Faciita el proceso Contable y desaparece el tedioso trabajo para los Contadores y Auxiliares, pues ahora todo se puede llevar digitalmente.<br />
<span id="more-487"></span>2. Baja Costos: Ya no es necesario comprar libros, solo para cumplir con el requisito.<br />
3. El pais avanza en el camino a la digitalizacion.<br />
4.  Genera Ahorro de papel y consecuentemente se cuida el Ambiente.</p>
<p>El proceso es sumamente sencillo, y de hecho no tiene diferencia en como se ha venido haciendo durante años.</p>
<p><strong>Transformacion de Libros físicos a digitales:</strong><br />
Ahora bien, y algo que me parece aun mejor, las sociedades que tienen libros &#8220;físicos&#8221; pueden hacer el cambio o transformación a digital, simplemente marcando la casilla TRANSFORMACION. No siendo necesario llevar los libros a la Administracion Tributaria, pues todo el proceso lo puede hacer el contribuyente con el &#8220;recibido&#8221; que se le entrega.</p>
<p>Mas adelante comentare sobre la firma digital necesaria para llevar y firmar estos libros digitales.</p>
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		<title>Mis records personales en publico</title>
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		<pubDate>Mon, 19 Sep 2011 15:59:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Luis</dc:creator>
		
		<category><![CDATA[Deudas de Tarjetas de Credito]]></category>

		<category><![CDATA[Español]]></category>

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		<description><![CDATA[Después de miles de consultas vía email y al blog, así como visitas de deudores a mi despacho sobre el tema de deudas en Costa Rica, he podido llegar a varias conclusiones, una de ellas tiene que ver con nuestros récords crediticios.
Existen varias empresas cuyo fin u objetivo es recopilar la información de los ciudadanos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Después de miles de consultas vía email y al blog, así como visitas de deudores a mi despacho sobre el tema de deudas en Costa Rica, he podido llegar a varias conclusiones, una de ellas tiene que ver con nuestros récords crediticios.</p>
<p>Existen varias empresas cuyo fin u objetivo es recopilar la información de los ciudadanos y con ella ofrecer reportes de nuestros &#8220;récords&#8221;, su objetivo es obtener información de varios o diferentes fuentes, digamos Registro Civil (estado civil, etc) Registro Público (bienes ), etc etc etc, y es así como logran que en un solo punto, se pueda acceder a un &#8220;resumen&#8221; de nuestra &#8220;situación actual&#8221;.</p>
<p>Y que hacen estas empresas con la información? Pues sencillamente lucrar, como toda empresa privada, su objetivo es obtener un beneficio económico por la actividad que despliegan, entonces venden esta información a otras entidades que de  una u otra forma requieren de ella.</p>
<p>Entonces, estas empresas con mi información personal están obteniendo beneficio económico? Exacto!!, que no tiene nada de ilegal, sin embargo, esto tiene efectos muy interesantes y de obligado análisis, veamos:</p>
<p>1- Actualmente muchas de las empresas que buscan recurso humano, en proceso de contratación,  usan estos servicios para &#8220;conocer&#8221; al posible nuevo trabajador, y por razones que aun no entiendo, NO ESTAN CONTRATANDO a personas con deudas morosas.</p>
<p>2- El nivel de información contenido en estos récords es completo, DIRECCIONES DE RESIDENCIA, TELEFONOS, LUGARES DE TRABAJO, SALARIOS, en fin todo nuestro perfil, y a la mano miles de personas, ALGO QUE SE PUEDE CONSIDERAR MUY RIESGOSO HOY EN DÍA.</p>
<p>3- Si bien llevan un control de visitas a cada &#8220;perfil&#8221;, esto no garantiza ante un proceso de carácter penal que se pueda determinar  quien específicamente accedió a nuestra información.</p>
<p>4- Si es una empresa privada, cuyo producto a vender es nuestra información personal, por que razón al menos no requieren de nuestra autorización? Entendemos que parece no ser necesario según la Sala Constitucional, pero entonces, es nuestra decisión la que debe de privar y que dependa de nosotros si se publica y se lucra con nuestra información.</p>
<p>El sistema financiero nacional tiene su propio sistema de registro y categorizacion de los deudores, se llama SUGEF y fue creado justamente para ello, estos otros sistemas son optativos, y perfectamente pueden no existir, el registro de la SUGEF es mas especifico y concreto.</p>
<p>Creo que debemos cada uno de nosotros analizar si es nuestra voluntad que nuestra información este a disposición publica y tras de ello esté siendo utilizada para generar riqueza sin nada a cambio. Destaco, que no solo por el tema financiero y de como atendemos nuestras deudas, estos registros van mas allá e incluyen lo que podríamos llamar información sensible&#8221;.</p>
<p>Recomiendo que cada uno analice si está de acuerdo con facilitar su información a terceros, y le recuerdo que puede pedir (exigir) sea eliminado, eliminación que no lo convierte en un invisible, pues repito, el sistema financiero tiene herramientas suficientes para conocer sus récords, sin los efectos secundarios tan polémicos y peligrosos que comenté atrás.</p>
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