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	<title>Cátedra José María Cervelló</title>
	
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	<description>IE Law School</description>
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		<title>LOS JUECES DE LA LEY</title>
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		<pubDate>Thu, 18 Mar 2010 12:19:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Carlos Olarra</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[derecho a la defensa]]></category>
		<category><![CDATA[garantías procesales]]></category>
		<category><![CDATA[relación abogado-cliente]]></category>

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		<description><![CDATA[Con este título se estrenó en España este drama judicial rodado en 1983, protagonizado por Michael Douglas, un Juez Instructor inmerso la enorme frustración de ser responsable del archivo de procesos contra los que él apreciaba como responsables indiscutibles de horribles crímenes (asesinato y violación de menores) por la concurrencia de simples tecnicismos o formalismos legales [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Con este título se estrenó en España este <a href="http://www.imdb.es/title/tt0086356/">drama judicial rodado en 1983</a>, protagonizado por <em>Michael Douglas</em>, un Juez Instructor inmerso la enorme frustración de ser responsable del archivo de procesos contra los que él apreciaba como responsables indiscutibles de horribles crímenes (asesinato y violación de menores) por la concurrencia de simples tecnicismos o formalismos legales aducidos por los defensores (normalmente relacionados con el derecho a un proceso con todas las garantías). Un magistrado amigo suyo (el inefable <em>Hal Hobrook</em>) le introducía en un círculo de juristas que habían decidido atajar tal despropósito formalista mediante una especie de tribunal de excepción que revisaba causas, dictaba sentencias y las ejecutaba a través de un asesino a sueldo. Finalmente el joven juez, tras promover la revisión de uno de sus casos más sangrantes y obtener la condena y el mandato de ejecución, descubría con estupor que su propia investigación adolecía de un fallo y que los señalados como responsables eran inocentes, a pesar de lo cual sus colegas del tribunal excepcional le informaban de la imposibilidad de paralizar el proceso y de la necesidad de asumir las consecuencias. La denuncia de sus colegas, por parte de <em>Michael Douglas</em> pone fin a la película con la moraleja de la vuelta al redil de las garantías procesales, por repugnantes que sean los sujetos acreedores de las mismas.</p>
<p> <span id="more-71544"></span></p>
<p>Este filme venía a mi memoria durante el fin de semana cuando, de la lectura de los periódicos, infería sin dificultad la cruzada preventiva emprendida por algunos medios de comunicación contra una eventual anulación total o parcial del denominado caso <em>Gürtel </em>(¿de dónde sale ese nombre?) por algo que al parecer se considera tan nimio como la posibilidad de que se hayan practicado escuchas ilegales de algunos detenidos en la comunicación con sus abogados defensores. No hace falta ser experto en Derecho para comprender que la comunicación de un detenido con su abogado defensor debe producirse en los términos más amplios y extensos, que pueden alcanzar en algunos casos la admisión expresa de haber cometido los hechos. Porque sólo desde un cabal conocimiento de la realidad, puede el defensor desplegar su tarea con toda la eficacia que la ley exige y la Constitución garantiza. Por eso desde muy antiguo, en los sistemas que se precian de proteger los derechos y libertades, un abogado no puedes ser interrogado sobre los hechos revelados por su defendido, ni está obligado a denunciarlos aún cuando sean constitutivos de delito. En ese mismo sentido, es radicalmente contrario al derecho a la defensa que se graben las conversaciones entre abogado y defendido, porque de existir esa posibilidad, el defendido se cuidará muy mucho de prodigarse en explicaciones a su defensor y, consecuentemente, éste verá reducidas inexorablemente sus posibilidades de articular una defensa adecuada de su cliente. Sólo la posibilidad de que el canal de comunicación entre abogado y cliente se utilice para la planificación o comisión de delitos puede constituir una excepción a tal principio, que debe ser ponderada en todo caso con la máxima prudencia.</p>
<p>Lo que no es aceptable, desde una mínima responsabilidad en el ejercicio de la comunicación pública, es crear la imagen de que las garantías procesales que contempla nuestra Constitución, y que se concretan en el derecho a un proceso con todas las garantías, incluido el derecho a la defensa y el derecho a no confesarse culpable, conformen una suerte de formalismo vacío de contenido que los abogados puedan usar como pretexto para la desactivación de las causas criminales. Un proceso sin garantías no es proceso, y quien resultase condenado sin la observancia de esos mínimos fundamentales sería objeto de una condena injusta y contraria a Derecho. Por lo tanto, como consideración preliminar, independientemente de si ello favorece o perjudica a un partido político investigado o a otro, debemos mantenernos inflexibles en la defensa de las garantías procesales de todos los ciudadanos. Por higiene mental y democrática, aunque el resultado concreto en un caso particular pueda repugnar a nuestras convicciones o nuestros intereses. Si una investigación se frustra por no respetar los derechos de los investigados, busquemos la responsabilidad entre quienes ignoraron tales derechos, no en quienes los invocaron para defenderse conforme a la ley. En caso contrario, nos deslizaremos por la misma pendiente que <em>Michael Douglas</em> en la película y tal vez, para cuando queramos darnos cuenta de nuestro error, sea demasiado tarde.</p>
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		<title>¿Quién pagará de verdad la subida del IVA?</title>
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		<pubDate>Thu, 11 Mar 2010 23:24:06 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Carlos Olarra</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[IVA]]></category>

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		<description><![CDATA[El gobierno, al hilo de su obligación de afrontar decididamente la hercúlea tarea de recortar el déficit público, nos anunció una subida del Impuesto sobre el Valor Añadido, pero acompaña dicha medida con sus previsiones que estiman que el impacto de la misma en términos de consumo no será significativo, porque han calculado que la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El gobierno, al hilo de su obligación de afrontar decididamente la hercúlea tarea de recortar el déficit público, nos anunció una subida del Impuesto sobre el Valor Añadido, pero acompaña dicha medida con sus previsiones que estiman que el impacto de la misma en términos de consumo no será significativo, porque han calculado que la mitad del incremento impositivo será absorbido por los empresarios a través de un recorte de los precios de los productos y servicios, amortiguando así el efecto final en los consumidores. Más allá de lo sorprendente que nos pueda resultar la precisa predicción, en dicha exposición de los hechos subyace una falacia o un despropósito.</p>
<p><span id="more-71541"></span></p>
<p>Toda definición académica o técnica del Impuesto sobre el Valor Añadido, en cualquier país del mundo que aplique un tributo de esta naturaleza (llámese TVA, VAT, Impuesto sobre el Valor Agregado…), subrayará como su característica esencial la de ser un impuesto en cascada, cuya vocación es la de resultar neutro para el empresario o profesional y tener como único destinatario a efectos de gravamen al consumidor final. Por lo tanto introducir una modificación consistente en un alza de tipos con la esperanza de que la dinámica y razón de ser del tributo cambien radicalmente, de suerte que el propio empresario o profesional sea el destinatario final del mismo, aunque sólo sea en parte, o es un ejercicio de voluntarismo, encaminado a aplacar las iras del consumidor con argumentos de una campaña del tipo <em>estolopagamosentretodos.org</em> o directamente es una prueba de que la ignorancia es osada y hemos llegado efectivamente a un momento en que el papel o el <em>power point</em> lo aguantan todo. Si el gobierno decide tomar una medida como la de subir los tipos del IVA, está en su derecho y en su deber, pero si lo hace sobre la expectativa de que dicho aumento no se traducirá en subida de los precios finales ni afectará a la situación económica global, o se engaña, o nos quiere engañar.</p>
<p>Pero es que además, si se cumpliesen las previsiones del gobierno y los empresarios absorbiesen parte de la subida impositiva o la totalidad de la misma, ello no sería inocuo para la situación económica global. Porque una disminución de los beneficios empresariales llevaría aparejada una caída de la recaudación en el Impuesto sobre Sociedades en lo que afecta al plano meramente fiscal, así como una reducción de la capacidad de inversión de las empresas y un recorte en la renta disponible de los empresarios que producirían el consiguiente efecto de ralentizar la recuperación del crecimiento económico.</p>
<p>Por lo tanto, ni es de esperar que la subida del IVA la paguen los empresarios, ni sería deseable para la economía en general que así fuera. El incremento impositivo lo pagaremos entre todos, de nuestros bolsillos y sufriremos además el retardo en la recuperación derivado de la contracción del consumo. Y si no, si los empresarios tienen que asumir el impacto de la medida en sus cuentas de resultados, el efecto negativo se verá incrementado por la disminución de la renta empresarial. Aunque en una cosa sí tiene razón el gobierno: ésta es la única manera de seguir viviendo por encima de nuestras posibilidades.</p>
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		<title>La asombrosa y desasogante District 9</title>
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		<pubDate>Mon, 01 Mar 2010 10:24:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Teresa Martín</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[La asombrosa y desasosegante District 9
Que Sudáfrica está de moda lo demuestran la Copa del Mundo de Fútbol y la película “Invictus”, sobre Nelson Mandela.  Hoy quiero hablar de otro producto sudafricano, la película “District 9”, de Neill Blomkamp. Este es el tráiler:
La película muestra un mundo en el que unos alienígenas humanoides (aunque tributarios [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>La asombrosa y desasosegante District 9</strong></p>
<p>Que Sudáfrica está de moda lo demuestran la Copa del Mundo de Fútbol y la película “Invictus”, sobre Nelson Mandela.  Hoy quiero hablar de otro producto sudafricano, la película “District 9”, de Neill Blomkamp. Este es el tráiler:</p>
<p><a href="http://cervello.blogs.ie.edu/2010/03/la-asombrosa-y-desasogante-district-9.html"><em>Pinche aquí para ver el vídeo</em></a></p>
<p>La película muestra un mundo en el que unos alienígenas humanoides (aunque tributarios de famosos especímenes previos como el propio Alien y Predator) han aterrizado cerca de Johannesburgo. De hecho, su nave nodriza sigue suspendida sobre el cielo de la ciudad. Los alienígenas viven en suburbios de chabolas demasiado bien hechos para ser decorados; seguramente la película se ha rodado en el extrarradio de la ciudad.</p>
<p>Los seres son bípedos, sociables y no muy agresivos, pero viven subyugados tanto por los blancos de la multinacional MNU como por una banda de nigerianos que trafica con la comida. Dominan la fabricación de unas armas que la MNU y todos los gobiernos ansían.</p>
<p>La parafernalia, vehículos y personal de la MNU tienen una estética similar a las fuerzas militares de los Cascos Azules de la ONU. Mantienen el orden en el suburbio de chabolas. Tratan a los alienígenas como a animales, lo que parece razonable a ojos del espectador visto el comportamiento de ellos durante los primeros minutos.</p>
<p>Uno de los alienígenas resulta ser mucho más inteligente. No os cuento la trama ni el final, pero la película acaba siendo una apología contra el racismo, la xenofobia, el abuso de derecho, el abuso en general, los prejuicios raciales, la hipocresía de los familiares, etc.</p>
<p>Es muy inquietante y asombroso cómo las cosas nunca son lo que parecen.</p>
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		<title>LOS DINOSAURIOS Y LA CRISIS</title>
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		<pubDate>Mon, 01 Mar 2010 10:20:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Teresa Martín</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[Los dinosaurios y la crisis
La mayor parte de los dinosaurios no murió porque les cayera encima el meteorito. Murieron porque el meteorito cambió el ambiente en el que vivían y ellos no supieron adaptarse.
En el Encuentro Empresarial de Antiguos Alumnos de ICADE, ESADE y Deusto, me alegró comprobar la decidida apuesta por el valor añadido [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Los dinosaurios y la crisis</strong></p>
<p style="text-align: justify">La mayor parte de los dinosaurios no murió porque les cayera encima el meteorito. Murieron porque el meteorito cambió el ambiente en el que vivían y ellos no supieron adaptarse.</p>
<p style="text-align: justify">En el Encuentro Empresarial de Antiguos Alumnos de ICADE, ESADE y Deusto, me alegró comprobar la decidida apuesta por el valor añadido que hacen los empresarios de éxito que allí nos hablaron. Está claro que en España todavía hay margen para salir adelante, pero hay que cambiar el chip. Al lado de los enormes dinosaurios, con su paso lento y su enorme consumo de recursos, tienen que surgir pequeños mamíferos, más ágiles y adaptables, que pueden cambiar sin sufrir, al ritmo que vaya haciendo falta. En paralelo con las empresas mastodónticas, iniciativas empresariales de valor añadido van a encontrar su lugar bajo el sol, bajo las nubes y por la noche. Cuando toque.</p>
<p style="text-align: justify">Junto al derrotismo y la falta de esperanza de tantos, junto al montón de gente que prefiere cobrar el paro antes que ganar lo mismo trabajando, surgen tendencias como el autoempleo. Muchos altos directivos dimiten antes que seguir aburridos en su trabajo, y con su indemnización, ponen un negocio. Llamadme optimista, porque de esta crisis acabaremos sacando consecuencias positivas.</p>
<p style="text-align: justify">
<p style="text-align: justify">
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		<title>Garzón: solo, pero sólo ante la ley</title>
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		<pubDate>Fri, 19 Feb 2010 16:12:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Carlos Olarra</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[garzon]]></category>
		<category><![CDATA[prevaricacion]]></category>

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		<description><![CDATA[Prevaricar es dictar una resolución injusta a sabiendas o con manifiesta ignorancia de la ley. De la sola lectura de la descripción de la conducta se deduce la enorme dificultad que plantea en la práctica probar la concurrencia de un elemento subjetivo tan íntimo como el encerrado en la locución adverbial “a sabiendas”.

 Esta es una [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Prevaricar es dictar una resolución injusta a sabiendas o con manifiesta ignorancia de la ley. De la sola lectura de la descripción de la conducta se deduce la enorme dificultad que plantea en la práctica probar la concurrencia de un elemento subjetivo tan íntimo como el encerrado en la locución adverbial “a sabiendas”.</p>
<p><span id="more-71532"></span></p>
<p> Esta es una de las razones por las cuales el número de condenas por delito de prevaricación no es muy elevado, y menos aún en el ámbito de los jueces y magistrados. La segunda razón que explica con facilidad el carácter restrictivo en la consideración de este particular tipo penal tiene que ver con la propia naturaleza y circunstancias en las que se desarrolla la labor de los jueces. Y es que en toda causa que se tramita ante un tribunal, existen al menos dos partes con intereses contrapuestos, de suerte que la conclusión del procedimiento por medio de una resolución firme resultará insatisfactoria, al menos, para una de ellas. Y la parte que ve desatendidos sus intereses, rara vez aceptará deportivamente dicho resultado, sino que es probable que considere dicha resolución judicial manifiestamente injusta y contraria a la ley, y le costará asimilar que el juez que la ha dictado no fuese consciente de tan palmaria ilegalidad o entenderá que precisamente ha sido el desconocimiento de la ley por parte del magistrado lo que ha dado lugar a la sentencia desfavorable. En suma, al final de todo proceso existe el riesgo de que una parte se sienta víctima de un delito de prevaricación. La necesidad de cercenar de raíz la amenaza de proliferación de denuncias o querellas tendentes a usar el delito de prevaricación como una especie de último recurso judicial hace que los tribunales de lo penal sean implacablemente restrictivos a la hora, no ya de enjuiciar, sino simplemente de abrir diligencias de investigación tendentes a dilucidar la posible existencia de indicios de tal conducta criminal.</p>
<p>Partiendo de esta base, la reacción que se ha producido en torno a la más que probable apertura de juicio oral a Baltasar Garzón para determinar si incurrió en delito de prevaricación cuando inició un procedimiento de instrucción en relación con las desapariciones durante el franquismo resulta cuando menos sorprendente. No tanto por parte del propio magistrado, que no hace sino desplegar cuantos medios tiene a su alcance en ejercicio del derecho fundamental a la defensa, sino de toda una serie de entornos, desde los corporativos hasta los políticos, pasando por el amalgama que se aglutina bajo la forma de grupos de <em>abajofirmantes</em>. Se antoja especialmente chocante que se pretenda defender a Garzón con dos argumentos igualmente peregrinos que se resumían en la declaración de la Unión Progresista de Fiscales, cuando afirmaba que la trayectoria profesional del magistrado no le hacía acreedor de ser objeto de una investigación a raíz de una denuncia proveniente de grupos de extrema derecha. En primer lugar, la trayectoria brillante de una persona no le priva ni exime de las responsabilidades en que, en su caso, pudiera haber incurrido por una actuación concreta. La historia está llena de ejemplos de vidas intachables que quiebran en un momento determinado por una desgraciada acción puntual y, si fuese el caso (lo cual aún no sabemos) Baltasar Garzón no podría ser una excepción. Por otro lado las sombras que sobre la causa se pretenden lanzar atribuyendo a los denunciantes una determinada adscripción política se despejan con facilidad si recurrimos al manido lugar común sobre la verdad, Agamenón y su porquero. No obstante, para evitar toda duda, debe aclararse que independientemente de quien presente la denuncia, la instrucción la lleva un juez imparcial predeterminado por la ley y el juicio lo celebrará, en su caso, un tribunal con idénticas características. Defender a Garzón apelando a sus hazañas (algunas dignas de tal nombre) en la lucha contra el terrorismo y en la defensa de los derechos humanos, o a los testimonios de juristas extranjeros es tan absurdo como lo sería acusarle con base en sus peculiares procedimientos de instrucción, que incluyen la citación de personas como testigos que transmutan en imputados una vez recibida su declaración o la frecuente casualidad con la que sus detenidos lo son en viernes por la tarde, sin posibilidad de actuación para su liberación hasta pasado el fin de semana. A Garzón no se le acusa de haber sido diputado del PSOE ni miembro del gobierno de Felipe González, pero tampoco le eximiría de sus responsabilidades, si las tiene, el haber detenido a Pinochet. Garzón sólo se enfrenta a la ley, pero precisamente por eso, ha de enfrentarse solo.</p>
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		<pubDate>Mon, 15 Feb 2010 10:20:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Teresa Martín</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[¿Constituir una sociedad o firmar un contrato?
Antes de constituir una sociedad o tomar una participación en el negocio de otra persona, hay que pararse a pensar lo que significa ser socios. A mi modo de ver, hacen falta tres requisitos:
1-     Querer ser socios.
 
A esto lo llamaban los clásicos tener “affectio societatis”, es decir, la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center"><strong>¿Constituir una sociedad o firmar un contrato?</strong></p>
<p>Antes de constituir una sociedad o tomar una participación en el negocio de otra persona, hay que pararse a pensar lo que significa ser socios. A mi modo de ver, hacen falta tres requisitos:</p>
<p>1-     <strong>Querer ser socios</strong>.</p>
<p><strong> </strong></p>
<p>A esto lo llamaban los clásicos tener “<em>affectio societatis</em>”, es decir, la voluntad de desarrollar un negocio en común. Es algo que, como el oxígeno o la libertad, no valoras hasta que no te falta. Si los socios no están dispuestos a remar en el mismo sentido, mejor que no se embarquen. Casos se han dado de graves peleas y discrepancias en la fase de noviazgo, disensiones que (vistas con perspectiva) tenían que haber dado lugar a -directamente- no constituir la sociedad. Como en la vida, si siendo novios no te entiendes, mejor que no te cases.</p>
<p><strong>2- </strong><strong>Poder ser socios. </strong></p>
<p>Desde el punto de vista legal, ha de ser posible la asociación sin impedimentos regulatorios de control de concentraciones, prohibiciones o incompatibilidades de actuación, y cumpliendo todos los socios los requisitos objetivos de ese negocio (experiencia, titulación, colegiación, etc.) En un plano psicológico o de recursos humanos, tiene que existir una cierta complementariedad entre las personas, sea por su especialidad, sea por sus aptitudes. Si estos requisitos no se cumplen, el mejor número de socios es … ¡cero!</p>
<p><strong>3- </strong><strong>Tener sobre qué ser socios. </strong></p>
<p>Os cuento el ejemplo que he tratado recientemente: La compañía A, que ha desarrollado un producto informático propio y desea colocarlo entre un número de grandes clientes con perfiles muy específicos busca quién le ayude a vender ese producto. El producto es muy bueno, pero a la compañía A le faltan los contactos para hacerlo llegar a las 20 empresas industriales mayores de España. La sociedad B, que tiene los contactos en los potenciales clientes, le ha propuesto fundar una sociedad: A aporta su producto y B, sus clientes. Pero … ¿realmente tiene que constituirse una sociedad aquí? Las leyes mercantiles exigen que todos los socios hagan una aportación con valor económico al capital de la empresa. Es más, las leyes sobre sociedades previenen en contra de los socios que sólo aportan trabajo. Al cliente A le recomendamos que, mejor que una sociedad, suscribiera un contrato de comisión en virtud del cual, por cada cliente presentado por B que se materializara en una venta, se retribuyera a la compañía B. La alternativa de constituir una sociedad se descartó por la desequilibrada aportación de cada socio al cliente, por no compartir la titularidad del programa informático y para preservar los clientes anteriores de la compañía A. ¿Desilusión? No, sólo realismo.</p>
<p>Igual que es mucho más fácil casarse (teniendo con quien) que divorciarse, es mucho más sencillo formar una sociedad que deshacerla. Piénsalo bien antes de ir al notario a firmar la escritura de constitución.</p>
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		</item>
		<item>
		<title>La versatilidad de la Biblia</title>
		<link>http://cervello.blogs.ie.edu/2010/02/la-versatilidad-de-la-biblia.html</link>
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		<pubDate>Thu, 04 Feb 2010 17:05:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Carlos Olarra</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[biblia]]></category>
		<category><![CDATA[oracion]]></category>
		<category><![CDATA[zp]]></category>

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		<description><![CDATA[Que un agnóstico reconocido sea invitado a un acto de raíz religiosa promovido por un grupo indudablemente confesional y que no pueda rechazar dicha invitación por ser la única ocasión de compartir estancia con su amado mesías laico es, sin duda, un auténtico fastidio. Francamente a uno le cuesta pensar que todo esto sea casual [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Que un agnóstico reconocido sea invitado a un acto de raíz religiosa promovido por un grupo indudablemente confesional y que no pueda rechazar dicha invitación por ser la única ocasión de compartir estancia con su amado mesías laico es, sin duda, un auténtico fastidio. Francamente a uno le cuesta pensar que todo esto sea casual y no destile vapores de la dulce venganza de aquéllos que se sintieron ofendidos por quien hoy acude a orar junto a ellos.</p>
<p><span id="more-71527"></span></p>
<p>Pero pasado ese mal trago, lo que ha descubierto nuestro Presidente es que el propio hecho de ser convocado para rezar o en torno a la oración no era un gran obstáculo ideológico ni práctico. Y ello es así por la sencilla razón de que, como decía un profesor mío, lo bueno de la Biblia es que tiene de todo, desde pasajes eróticos hasta poemas y canciones, pasando por gloriosos episodios de hazañas bélicas o de relatos de héroes y heroínas, sin olvidar las bajas pasiones, traiciones y renores que competirían con los más poderosos culebrones.</p>
<p>Por ello le ha costado muy poco a ZP encontrar un pasaje del Deuteronomio en el que inspirar un discurso apegado a sus más preciados afanes, desde la alianza de civilizaciones hasta la justicia social y, si me apuran, la reforma de las pensiones y del mercado de trabajo.</p>
<p>Por otra parte lo bueno y lo malo de la Biblia es que se sabe como acaba. Aunque aquí hay una disparidad, y mientras algunos piensan que termina con la resurección, otros apuntan que concluye con el apocalipsis. Claro que, si nuestro actual gobierno resucita, no sé si la realidad no se parecerá bastante al apocalipsis (FMI dixit).</p>
<p>En todo caso, que Dios se apiade de nostros</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Obama: el Tribunal Supremo asesta un golpe a la democracia</title>
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		<pubDate>Tue, 26 Jan 2010 12:55:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Carlos Olarra</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derecho]]></category>
		<category><![CDATA[democracia]]></category>
		<category><![CDATA[financiacion]]></category>
		<category><![CDATA[obama]]></category>
		<category><![CDATA[partidos]]></category>

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		<description><![CDATA[Parece que últimamente el hombre más poderoso de la tierra se ha planteado seriamente &#8220;hacer amigos&#8221;. Un día después de decir a los bancos que &#8220;si quieren pelea, la tendrán&#8221; comentó en los términos que titulan esta entrada la última sentencia del Tribunal Supremo de EE.UU. relativa a la financiación de los partidos por parte de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Parece que últimamente el hombre más poderoso de la tierra se ha planteado seriamente &#8220;hacer amigos&#8221;. Un día después de decir a los bancos que &#8220;si quieren pelea, la tendrán&#8221; comentó en los términos que titulan esta entrada la <a href="http://www.supremecourtus.gov/opinions/09pdf/08-205.pdf">última sentencia del Tribunal Supremo de EE.UU. relativa a la financiación de los partidos por parte de las corporaciones privadas</a>. Esta abrupta posición tiene probablemente dos razones de ser; una puramente coyuntural y otra de más hondo calado.</p>
<p><span id="more-71519"></span></p>
<p>La primera es bastante evidente. Barack Hussein Obama, como todo mandatario político que se precie en nuestros días, presta enorme atención a las encuestas sobre su grado de aceptación y popularidad, con vistas a la siguiente contienda electoral, en este caso las elecciones intermedias. En este sentido, la derrota histórica -en todos los sentidos- en la elección parcial de Massachussets es lo suficientemente elocuente para comprender que el comandante en jefe necesita de modo apremiante remarcar su perfil populista y recrear un falso combate contra las grandes corporaciones, en beneficio de la democracia. Pueril, pero probablemente efectivo.</p>
<p>La segunda es más importante, en cuanto supone un intento de modificar de forma sustantiva el sistema político de los Estados Unidos de América. En efecto, el razonamiento de Obama consiste en denunciar que el Tribunal Supremo, al anular la disposición legal que limita las aportaciones de las corporaciones privadas a los partidos políticos, deja a éstos en manos de los grupos de interés privados, lo cual implica para el presidente un golpe a la democracia. Lo que el inquilino de la Casa Blanca no revela es que el sistema de político norteamericano se basa precisamente en que los partidos no son sino máquinas electorales, puesto que la representación de los intereses privados de los distintos grupos (empresas, sindicatos, asociaciones de derechos civiles&#8230;) se articula a través de<em> loobbies</em> o grupos de interés, exhaustivamente regulados y sometidos a niveles de transparencia bastante superiores a los de los partidos políticos en la Europa continental. Lo que el presidente tampoco reconoce es que él mismo pretende, desde su inapelable victoria electoral, transformar dicho sistema, creando un auténtico aparato de poder en el seno del Partido Demócrata, tomando como base el más de un millón de voluntarios de su campaña, a los que se propone utilizar como fuerza de corps de su futura estructura de mando.</p>
<p>Pero no se puede obviar que la sentencia del Tribunal Supremo no es ningún capricho, sino un control de constitucionalidad de la citada disposición limitativa de aportaciones (por otro lado plenamente transparentes) y que el fundamento de dicha resolución no es otro que garantizar el derecho a la participación política. Este derecho es el que BHO estaría poniendo en cuestión cuando ataca el pronunciamiento del alto tribunal. Entonces ¿quién está asestando un golpe a la democracia?</p>
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		<title>Marta del Castillo y el derecho de sus asesinos</title>
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		<pubDate>Fri, 22 Jan 2010 11:58:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Sergio Sánchez</dc:creator>
				<category><![CDATA[Opinión Legal]]></category>

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		<description><![CDATA[Hace prácticamente un año tuvimos conocimiento del fallecimiento de la joven sevillana Marta del Castillo. Durante días varios días las distintas cadenas de televisión abrían sus informativos con los avances de la investigación y con que si los presuntos culpables habían cambiado la versión de los hechos incriminando al hermano de uno o dando una [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hace prácticamente un año tuvimos conocimiento del fallecimiento de la joven sevillana Marta del Castillo. Durante días varios días las distintas cadenas de televisión abrían sus informativos con los avances de la investigación y con que si los presuntos culpables habían cambiado la versión de los hechos incriminando al hermano de uno o dando una nueva ubicación del cadáver porque en un primer momento dijeron que lo habían tirado al Guadalquivir y cuando la Guardia Civil había dragado casi todo el río sin encontrar el cuerpo, cambian la versión y dicen que el cuerpo está en un vertedero de escombros, habiéndose procedido a mover todos los escombros del vertedero (con el coste económico que ellos implica) para tampoco encontrar el cadáver. Ahora nos salen con que tampoco está allí y que no saben donde está.</p>
<p>La estrategia que está siguiendo la defensa de los asesinos confesos (no presuntos ya que han confesado que la mataron ellos) es burlar a la justicia y reírse del sistema judicial, de los cuerpos de seguridad del Estado, de la familia de la víctima y de todos los españoles en general tratando de que no aparezca el cadáver porque cree que le va a favorecer en el proceso.</p>
<p><span id="more-71517"></span>Aquí es donde creo que está el error y el posible fallo de la Ley. No es posible que unos niñatos estén cambiando de versión cada vez que la anterior se ve desmontada y que esta actitud vaya a favorecerles.</p>
<p>No voy a proponer las medidas que se utilizaban en otras épocas para hacer “cantar” a la gente y que son de sobra conocidas por todos. Bastaría con que si no aparece el cuerpo no solo beneficie a los asesinos, si no, muy al contrario, que les perjudique.</p>
<p>El propio Ministro dijo en su día que “los imputados tienen derecho a mentir”. Yo no soy penalista y puede ser que haya algo que se escape, pero hasta donde llegan mis conocimientos, el imputado tiene derecho a no declarar contra sí mismo, que es muy distinto a mentir.</p>
<p>Otro papel fundamental en estos casos es el de los abogados defensores. Hojeando la versión digital de un periódico nacional me encuentro con las <a href="http://www.abc.es/20100122/nacional-sucesos/asesino-confeso-joven-sabe-201001221026.html">declaraciones </a>de la nueva abogada del asesino confeso que no tienen desperdicio.</p>
<p>Aun estando de acuerdo con que el acusado no facilite pruebas que puedan ir en su contra, no concibo que esta actitud pueda favorecerle en una hipotética sentencia. Estoy seguro que si los asesinos supieran que con estas actitudes obstruccionistas iban a tener una sentencia con la pena máxima, colaborarían mucho más al objeto de intentar una rebaja de la pena.</p>
<p>Cuestión distinta es que no se tenga claro el autor de los hechos donde la presunción de inocencia debe prevalecer y su culpabilidad o no dependerá de la fase probatoria, en el caso de alguien que se ha confesado autor del asesinato no puede gozar de ese privilegio.</p>
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		<title>Los nuevos tiempos no corren</title>
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		<pubDate>Wed, 20 Jan 2010 11:51:19 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Teresa Martín</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[Las nuevas medidas del tiempo
20-Enero-2010, por Teresa Martín
La medida del tiempo ha cambiado. Un minuto ya no dura sesenta segundos, dura una eternidad. ¿Quién (sin desesperarse) se pasa un minuto esperando a que se le descarguen 12 megas que le mandaron por correo? Ayer me apareció un anuncio en la pantalla ofreciendo un programa para [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Las nuevas medidas del tiempo</strong></p>
<p>20-Enero-2010<em>, por Teresa Martín</em></p>
<p>La medida del tiempo ha cambiado. Un minuto ya no dura sesenta segundos, dura una eternidad. ¿Quién (sin desesperarse) se pasa un minuto esperando a que se le descarguen 12 megas que le mandaron por correo? Ayer me apareció un anuncio en la pantalla ofreciendo un programa para que el ordenador se encendiera y apagara más deprisa, y tentada estuve de comprarlo porque el proceso se eterniza.</p>
<p>El tiempo ya no se mide con el reloj de pulsera, artefacto decimonónico superado para siempre por el móvil, el I-Phone, el I-Pod, el relojillo del ordenador, la pantallita del teléfono.</p>
<p>Gracias a nuestro informático he aprendido el significado de los “Minutos Windows”, que no duran sesenta segundos. Cuando Windows dice “la copia se realizará en un minuto”, luego resulta que puede ser medio minuto, uno y medio o cinco, cualquiera sabe, pues el mensaje va renovándose y la máquina va cambiando de opinión. La informática no es una ciencia exacta.</p>
<p>Otra curiosa medida del tiempo viene marcada por la “Mayoría de Edad Iberia”. Si te sientas en la puerta de emergencia de un avión, se te exige poder manipular la puerta. Para ello se requiere que tengas quince años o, si tienes menos, que sepas entender las instrucciones. Ojo, se exige una cosa o la otra, de modo que podemos perfectamente confiar nuestros destinos en medio del Atlántico a un preadolescente de doce años adicto a la Nintendo DS. Ciertamente, estaremos en buenas manos.</p>
<p>También es curiosa la medida del tiempo aeroportuaria, pues sabemos que debemos llegar al aeropuerto con 45 minutos (estos sí, de reloj) de antelación a una hora ideal predeterminada para que nos den la tarjeta de embarque. Sin embargo, ya contamos con que nos harán esperar un tiempo indeterminado, normalmente por culpa del tiempo (atmosférico) o de los revueltos tiempos sindicales de los controladores aéreos. La aeronáutica tampoco es una ciencia exacta.</p>
<p>También estamos acostumbrándonos a las respuestas inmediatas: si no te cogen el móvil, mandas un sms. Si no te responden a un e-mail, lo reenvías por si acaso se perdió en el ciberespacio. Hace unos días un cliente me comentó que había dejado a su abogado anterior porque tardaba un día en darle una cita. Ese abogado había sido ventajosamente sustituido por un abogado que le dio su número de móvil, con todo lo que eso conlleva. A ver cuándo el ejemplo se extiende a los médicos, a los notarios y a los talleres de reparación de cualquier cosa, para quienes las citas son aproximadas y se sabe cuándo llegas y no cuando sales.</p>
<p>Del tiempo judicial, mejor ni hablamos. Produce mucha curiosidad a demandantes, demandados, querellantes, querellados, contratantes, despedidos y ciudadanos en general. Todos ellos preguntan sin parar ¿cuánto durará este procedimiento?, ¿qué plazo tiene el juez para dictar sentencia? Pues bien, eso no se mide en tiempo convencional. El tiempo judicial lleva su propio ritmo.</p>
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