<?xml version='1.0' encoding='UTF-8'?><?xml-stylesheet href="http://www.blogger.com/styles/atom.css" type="text/css"?><feed xmlns='http://www.w3.org/2005/Atom' xmlns:openSearch='http://a9.com/-/spec/opensearchrss/1.0/' xmlns:blogger='http://schemas.google.com/blogger/2008' xmlns:georss='http://www.georss.org/georss' xmlns:gd="http://schemas.google.com/g/2005" xmlns:thr='http://purl.org/syndication/thread/1.0'><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091</id><updated>2026-10-26T07:03:05.521-07:00</updated><category term="Consejos"/><category term="Remates Judiciales"/><category term="BBVA"/><category term="BCP"/><category term="REMATE SUNAT"/><category term="Remaju Lima Casas"/><title type='text'>Remates Judiciales</title><subtitle type='html'>remaju</subtitle><link rel='http://schemas.google.com/g/2005#feed' type='application/atom+xml' href='http://www.rematecasas.com/feeds/posts/default'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default?redirect=false'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/'/><link rel='hub' href='http://pubsubhubbub.appspot.com/'/><link rel='next' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default?start-index=26&amp;max-results=25&amp;redirect=false'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><generator version='7.00' uri='http://www.blogger.com'>Blogger</generator><openSearch:totalResults>4348</openSearch:totalResults><openSearch:startIndex>1</openSearch:startIndex><openSearch:itemsPerPage>25</openSearch:itemsPerPage><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-2900587849578008760</id><published>2026-10-26T07:03:05.521-07:00</published><updated>2026-10-26T07:03:05.521-07:00</updated><title type='text'>Pachacamac de Manzana I Sub Lote E Urb Huertos De</title><content type='html'>EDICTO DE SUBASTA JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA.Expediente N° 00569-2015-0-1817-JR-CO-10. En los seguidos por PROMOTORA OPCIÓN SA EAFC, contra DANIEL RIGOBERTO ARIAS ZAV ALA, sobre ejecución de garantías. Por orden del Décimo Juzgado CivilSubespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima cuyo despacho se encuentra a cargo del magistrado Dr. Luis Gustavo de la Cruz Mallaupoma, con la participación de la Especialista Legal Dra. Beatriz Modesta Zurita Cabello; han facultado al suscrito Martillero Público Abog. Edwin Abanto Peralta, con Registro Nº 322, para sacar a Remate Judicial en PRIMERA CONVOCATORIA el vehículo con placa de rodaje A0P-009, CATEGORÍA CAMIONETA, MARCA TOYOTA, MODELO LAND CRUISER PRADO 2.7, TX-LA/T, año de fabricación 2010, Serie JTEBX9FJ6AK022188, Color BEIGE METÁLICO, N° de Motor 2TR0914070, cuyas características se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° 52065736, del Registro de Propiedad Vehicular de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° X Sede Lima.-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; US$ 9,294.08 (Nueve mil doscientos noventa y cuatro con 08/100 dólares americanos).&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; 6,196.05 (Seis mil ciento noventa y seis con 05/100 dólares americanos), que equivale a las 2/3 partes del valor de tasación aprobado mediante Resolución Número Veinticinco, de fecha 19 de septiembre del 2023.CARGAS Y .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Cargas y gravamenes&lt;/h2&gt; Garantía Mobiliaria constituida por su propietario a favor de PROMOTORA OPCIÓN S.A. EAFC., hasta por el monto de US$. 15,350.76 dólares americanos. Así y con más detalle obra inscrito en la Partida Electrónica N° 52065736, del Registro de Propiedad Vehicular de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° X Sede Lima.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Fecha de remate&lt;/h2&gt; lunes, 02 de noviembre del 2026, a horas 09:00 A.M.-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Lugar de remate&lt;/h2&gt; El acto público de remate judicial en primera convocatoria se realizará en el lugar en donde se encuentra ubicado actualmente el vehículo, esto es, inmueble ubicado en la MANZANA I, SUB. LOTE 3E, Urb. Huertos de Villena, distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima.Los postores oblarán el 10% de valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia no negociable girado a nombre del postor. Asimismo, deberán pagar en el Banco de la Nación el Arancel Judicial por derecho de participar en remate público de bien mueble con el Código 07153, consignando número de expediente, Juzgado e identificación del postor y proceder a validarlo en la Oficina de REPEJ-REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lima. Los honorarios del Martillero son de cargo del adjudicatario.Lima, 12 de mayo del 2026.Edwin Abanto Peralta MARTILLERO PUBLICO R.M.P . N° 322.PODER JUDICIAL. BEATRIZ MODESTA ZURITA CABELLO ESPECIALISTA LEGAL.10° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA.&lt;!--catini Pachacamac catfin--&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/2900587849578008760'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/2900587849578008760'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/pachacamac-de-manzana-i-sub-lote-e-urb.html' title='Pachacamac de Manzana I Sub Lote E Urb Huertos De'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-8312897569994461707</id><published>2026-10-21T07:03:43.246-07:00</published><updated>2026-10-21T07:03:43.246-07:00</updated><title type='text'>Remate judicial de San Mateo Huarochiri y Lima Inscrita en La</title><content type='html'>EDICTO DE PRIMER REMATE JUDICIAL.Por orden del 33° Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima a cargo el Juez Dr. Edwin Arturo Sovero Peñaloza, Especialista legal Rosa Maribel Moreno Ayala, Expediente 44696-2002-0-1801-JR-CI-06, en los seguidos por FONAFE sucesor procesal del BANCO MINERO DEL PERU EN LIQUIDACION contra la EMPRESA MINERA SAN NONATO SA sobre obligación de dar suma de dinero; se saca a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes inmuebles: A. CONCESIÓN MINERA “SARITA”; con un área de 16.00 Has. Ubicado en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, inscrita en la Partida N°02008254 del Registro de Derechos Mineros CARGAS Y GRAVÁMENES: 1) Asiento 12, 14, 18, 21 y 23 Promesa de 1° Hipoteca y ampliaciones a favor del Banco Minero del Perú, que en más de 30 años no han sido canceladas. 2) Asiento 17 Contrato de Cesión, a favor de Empresa Minera San Nonato S.A. por plazo indefinido. Inscrito el 18/04/1977. 3) Asiento 25 Ampliación de 1° Hipoteca, hasta por US$ 129,600.00 a favor del Banco Minero del Perú. Inscrito el 22/04/1997. Sustituido por FONAFE en Asiento 27,inscrito el 29/01/2010. 4) Asiento 26 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 166,000.00, en los seguidos por Banco Minero del Perú contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 28/01/2002. 5) Asiento 29 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por FONAFE contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 15/07/2010. .-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; S/150,658.20 (ciento cincuenta mil seiscientos cincuenta y ocho con 20/100 soles). .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; S/100,438.80 (cien mil cuatrocientos treinta y ocho con 80/100 soles) DIA Y HORA DE LA SUBASTA: 03 de noviembre del año 2026 a las 11:00 am.B. CONCESIÓN MINERA “JORGE CHÁVEZ”; con un área de 12.00 hectáreas. Ubicado en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, inscrita en la Partida N°02008343 del Registro de Derechos Mineros. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1) Asiento 06, 07, 10 y 13 1° Hipoteca y ampliaciones a favor del Banco Minero del Perú, que en más de 30 años no han sido canceladas. 2) Asiento 09 Contrato de Cesión, a favor de Empresa Minera San Nonato S.A. por plazo indefinido. Inscrito el 19/04/1977. 3) Asiento 17 Ampliación de 1° Hipoteca, hasta por US$ 129,600.00 a favor del Banco Minero del Perú. Inscrito el 22/04/1997. Sustituido por FONAFE en Asiento 19, inscrito el 29/01/2010. 4) Asiento 18 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 166,000.00, en los seguidos por Banco Minero del Perú contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 28/01/2002. 5) Asiento 21 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por FONAFE contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 15/07/2010. .-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; S/ 115,178.25 (ciento quince mil ciento setenta y ocho con 25/100 soles). .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; S/ 76,785.50 (setenta y seis mil setecientos ochenta y cinco con 50/100 soles) DIA Y HORA DE LA SUBASTA: 03 de noviembre del 2026 a las 12:00pm.C. CONCESIÓN MINERO “CARLOS V”; con un área de 6.00 hectáreas. Ubicado en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, inscrita en la Partida N°02008240 del Registro de Derechos Mineros. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. Asiento 05, 11, 17 y 20, 1° Hipoteca y ampliaciones, a favor del Banco Minero del Perú, que en más de 30 años no han sido canceladas 2. Asiento 18 Contrato de Cesión, a favor de Empresa Minera San Nonato S.A. por plazo indefinido. Inscrito el 18/04/1977. 3. Asiento 24 Ampliación de 1° Hipoteca; hasta por US$ 129,600.00 a favor del Banco Minero del Perú. Inscrito el 22/04/1997. Sustituido por FONAFE en Asiento 22, inscrito el 29/01/2010. 4. Asiento 26 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 166,000.00, en los seguidos por Banco Minero del Perú contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 28/01/2002. 5. Asiento 29 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por FONAFE contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 15/07/2010. .-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; S/78,133.77 (setenta y ocho mil ciento treinta y tres con 77/100 soles). .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; S/52,089.13 (cincuenta y dos mil ochenta y nueve con 13/100 soles) DIA Y HORA DE LA SUBASTA: 05 de noviembre del año 2026 a las 11:00 am.D. CONCESIÓN MINERA “PIGRICIA”: Con un área de 2.8987 hectáreas. Ubicado en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, inscrita en la Partida N°02004998 del Registro de Derechos Mineros. AFECTACIÓN DE CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. Asiento.07, 09, 11 y 14; 1° Hipoteca y ampliaciones, a favor del Banco Minero del Perú, que en más de 30 años no han sido canceladas. 2. Asiento 20 Ampliación de 1° Hipoteca; hasta por US$ 129,600.00 a favor del Banco Minero del Perú. Inscrito el 22/04/1997. Sustituido por FONAFE en Asiento 22, inscrito el 29/01/2010. 3. Asiento 21 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 166,000.00, en los seguidos por Banco Minero del Perú contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 28/01/2002. 4. Asiento 24 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por FONAFE contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 15/07/2010. .-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; S/79,588.08 (setenta y nueve mil quinientos ochenta y ocho con 08/100 soles). .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; S/53,058.72 (cincuenta y tres mil cincuenta y ocho con 72/100 soles) DIA Y HORA DE LA SUBASTA: 05 de noviembre del año 2026 a las 12:00 pm. E. CONCESIÓN MINERO “LA POSITIVA”: Con un área de 4.00 hectáreas. Ubicado en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, inscrita en la Partida N°02008242 del Registro de Derechos Mineros. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. Asiento 05, 08, 10, 14, 17 y 19; Promesa de 1° Hipoteca y ampliaciones, a favor del Banco Minero del Perú, que en más de 30 años no han sido canceladas. 2. Asiento 18 Contrato de Cesión, a favor de Empresa Minera San Nonato S.A. por plazo indefinido. Inscrito el 18/04/1977. 3. Asiento 21 Ampliación de 1° Hipoteca, hasta por US$ 129,600.00 a favor del Banco Minero del Perú. Inscrito el 22/04/1997. Cesión de posición contractual a favor de FONAFE en Asiento 23, inscrito el 29/01/2010. 4. Asiento 22 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 166,000.00, en los seguidos por Banco Minero del Perú contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 28/01/2002. 5. Asiento 25 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por FONAFE contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 15/07/2010. .-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; S/84,251.31 (ochenta y cuatro mil doscientos cincuenta y uno con 31/100 soles). .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; S/56,167.54 (cincuenta y seis mil ciento sesenta y siete con 54/100 soles) DIA Y HORA DE LA SUBASTA: 10 de noviembre del año 2026 a las 11:00 AM.F. CONCESIÓN MINERA “VISO CINCO B”: Con un área de 1.00 hectárea. Ubicado en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, inscrita en la Partida N°02015272 del Registro de Derechos Mineros. AFECTACIÓN DE CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. Asiento.03, 04, 05 y 07; 1° Hipoteca y ampliaciones, a favor del Banco Minero del Perú, que en más de 30 años no han sido canceladas. 2. Asiento 09 Ampliación de 1° Hipoteca; hasta por US$ 129,600.00 a favor del Banco Minero del Perú. Inscrito el 22/04/1997. Sustituido por FONAFE en Asiento.13, inscrito el 29/01/2010. 3. Asiento 12 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 166,000.00, en los seguidos por Banco Minero del Perú contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 28/01/2002. 4. Asiento 15 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por FONAFE contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 15/07/2010. .-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; S/84,255.62 (Ochenta y cuatro mil doscientos cincuenta y cinco con 62/100 soles). .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; S/56,170.41 (cincuenta y seis mil ciento setenta con 41/100 soles) DIA Y HORA DE LA SUBASTA: 10 de noviembre del año 2026 a las 12:00 pm.G. CONCESIÓN MINERA “VISO DOS A”: Con un área de 3.00 hectáreas. Ubicado en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, inscrita en la Partida N° 02015285 del Registro de Derechos Mineros. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. Asiento 03, 04, 05 y 07; 1° Hipoteca y ampliaciones, a favor del Banco Minero del Perú, que en más de 30 años no han sido canceladas. 2. Asiento 11 Ampliación de 1° Hipoteca, hasta por US$ 129,600.00 a favor del Banco Minero del Perú. Inscrito el 22/04/1997. Cesión de posición contractual a favor de FONAFE en Asiento.13, inscrito el 29/01/2010. 3. Asiento 12 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por Banco Minero del Perú contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 18/06/1999. 4. Asiento 15 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por FONAFE contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 15/07/2010. .-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; S/65,002.08 (sesenta y cinco mil dos con 08/100 soles). .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; S/43,334.75 (cuarenta y tres mil trecientos treinta y cuatro con 75/100 soles) DIA Y HORA DE LA SUBASTA: 12 de noviembre del año 2026 a las 11:00 am.H. CONCESIÓN MINERA “VISO DOS B”: con un área de 8.00 hectáreas. Ubicado en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, inscrita en la Partida N°02015286 del Registro de Derechos Mineros. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. Asiento 03, 04, 05 y 07 1° Hipoteca y ampliaciones, a favor del Banco Minero del Perú, que en más de 30 años no han sido canceladas. 2. Asiento 11 Ampliación de 1° Hipoteca, hasta por US$ 129,600.00 a favor del Banco Minero del Perú. Inscrito el 22/04/1997. Cesión de posición contractual a favor de FONAFE en Asiento.13, inscrito el 29/01/2010. 3. Asiento 12 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por Banco Minero del Perú contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 18/06/1999. 4. Asiento 15 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por FONAFE contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 15/07/2010. .-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; S/66,868.23 (sesenta y seis mil ochocientos sesenta y ocho con 23/100 soles). .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; S/44,578.82 (cuarenta y cuatro mil quinientos setenta y ocho con 82/100 soles) DIA Y HORA DE LA SUBASTA: 12 de noviembre del año 2026 a las 12:00 pm.I. CONCESIÓN MINERA “VISO SEIS A”: con un área de 1.00 hectárea. Ubicado en el distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, inscrita en la Partida N°02015197 del Registro de Derechos Mineros. CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. Asiento 03, 04, 05 y 07 1° Hipoteca y ampliaciones, a favor del Banco Minero del Perú, que en más de 30 años no han sido canceladas. 2. Asiento 09 Ampliación de 1° Hipoteca, hasta por US$ 129,600.00 a favor del Banco Minero del Perú. Inscrito el 22/04/1997. Sustituido por FONAFE en Asiento 13, inscrito el 29/01/2010. 3. Asiento 12 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por Banco Minero del Perú contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 18/06/1999. 4. Asiento 15 Embargo en forma de inscripción, hasta por US$ 200,000.00, en los seguidos por FONAFE contra Empresa Minera San Nonato S.A. Inscrito el 15/07/2010. .-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; S/64,255.62 (sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta y cinco con 62/100 soles). .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; S/42,837.08 (cuarenta y dos mil ochocientos treinta y siete con 08/100 soles). DIA Y HORA DE LA SUBASTA: 17 de noviembre del año 2026 a las 11:00 am.-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Lugar de remate&lt;/h2&gt; Se realizará a la hora exacta en la Sala de Remates de los Juzgados Comerciales ubicado en el sexto piso de la Av. Petit Thouars N°4979, Distrito Miraflores, Departamento de Lima.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Postores&lt;/h2&gt; deberán depositar en efectivo o cheque de gerencia (girado a nombre del postor) una cantidad no menor al 10% de la tasación de cada bien, y deberá presentar el arancel por derecho de participar en remate indicando el número del juzgado y expediente. Martillera Pública Pamela Marisol Alva Rivera con Reg.319. PODER JUDICIALEspecialista legal Rosa Maribel Moreno Ayala. Lima 10 de setiembre del 2026.&lt;!--catini Huarochiri catfin--&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/8312897569994461707'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/8312897569994461707'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/remate-judicial-de-san-mateo-huarochiri.html' title='Remate judicial de San Mateo Huarochiri y Lima Inscrita en La'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-7821832406579801315</id><published>2026-10-14T07:01:00.781-07:00</published><updated>2026-10-14T07:01:00.781-07:00</updated><title type='text'>Venta de casa Callao Mz J Lt y Pampas y Hoyadas Asoc</title><content type='html'>PRIMER REMATE JUDICIAL.EXP . N° 21589-2025.En los seguidos por EAFC MAQUISISTEMA S.A. contra GENESIS SATELLITE PERU S.A.C., sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, el 11° JUZGADO CIVIL-COMERCIAL, a cargo del Juez JUAN CARLOS CIEZA ROJAS, Especialista Legal ANDERSON AGUSTÍN MECA CARRASCO, ha dispuesto sacar a PRIMER REMATE JUDICIAL el siguiente bien mueble: VEHÍCULO DE PLACA A5X-423, marca NISSAN, modelo ALMERA, categoría M1, carrocería SEDAN, año modelo y fabricación 2010, color PLATA DEPORTIVO, N° de serie/VIN KNMC4C2HMAP791713, N° de motor QG16315404P , inscrito en la Partida N° 51985319 del Registro de Propiedad Vehicular de Lima, Zona Registral N° IX – Sede Lima.-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; US$ 5,000.00 (CINCO MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS).&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; US$ 3,333.33 (TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES Y 33/100 DÓLARES AMERICANOS), equivalente a las dos terceras partes de la tasación anotada.CARGAS Y .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Cargas y gravamenes&lt;/h2&gt; 1) Garantía mobiliaria por US$ 11,657.16, a favor de EAFC MAQUISISTEMA S.A.; 2) embargo en forma de inscripción por S/ 736.24, a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO; y 3) medida cautelar por S/ 1,678.72, a favor del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – SAT, conforme al Certificado Registral Vehicular.LUGAR .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Fecha de remate&lt;/h2&gt; En el depósito donde se encuentra el bien mueble sito en: MZ. J1-LT. 3 Y 4, PAMPAS Y HOYADAS – ASOC. LAS HUERTAS DE ORO DE SAN HILARION, DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE Y DEPARTAMENTO DE LIMA, el día 23 de octubre de 2026 a las 11:00am. El remate estará a cargo de la Martillero Público CARLA FRANCISCA GALINDO SCHRODER, teléfono 999-310-311 y correo: carlagalindoschroder@gmail.com, los postores oblarán el diez por ciento (10%) del valor de tasación y presentarán el recibo de pago del arancel judicial por derecho a participar en el remate judicial, debidamente suscrito por el titular de dicho arancel, en el que conste el número de expediente y su número de DNI o RUC, adjuntando copias del propio arancel y del respectivo documento nacional de identidad. Los honorarios del martillero público son de cuenta y cargo del adjudicatario conforme a ley.Lima, 29 de septiembre de 2026.Carla Francisca Galindo Schroder – Martillero Público registro N.º 280.PODER JUDICIAL ANDERSON AGUSTIN MECA CARRASCO ESPECIALISTA LEGAL 11° JUZGADO CIVIL SUBESPECIALIDAD COMERCIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA.&lt;!--catini Callao catfin--&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/7821832406579801315'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/7821832406579801315'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/venta-de-casa-callao-mz-j-lt-y-pampas-y.html' title='Venta de casa Callao Mz J Lt y Pampas y Hoyadas Asoc'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-7288121370314362795</id><published>2026-10-13T07:00:59.988-07:00</published><updated>2026-10-13T07:00:59.988-07:00</updated><title type='text'>Inmueble en remate Callao Judicial Jr Co Scotiabank Peru S A</title><content type='html'>EDICTO.PRIMER REMATE JUDICIAL.Exp. 00414-2021-0-1817-JR-CO-13, en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. contra FELIX URBICIO ORMEÑO V ARGAS, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. El 13 Juzgado Especializado en Civil Comercial de Lima, que Despacha el Sr. Juez Juan Pablo Rengifo Santander, Especialista Legal Manuel Rodolfo Quezada Escobedo; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes bienes muebles: 1.-) Vehículo de Placa de Rodaje N° AUX934, Marca KIA, Modelo K2700, valorizado en la suma de US$ 8,065.00 dólares americanos. 1.1) .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 5,376.67 (CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 67/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.2) &lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Fecha de remate&lt;/h2&gt; 28 de octubre del 2026 a horas 11:00 de la mañana 1.3) CARGAS Y .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Cargas y gravamenes&lt;/h2&gt; EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION de fecha de afectación 03/06/2021 emitida por el 13 Juzgado Civil Comercial de Lima en el Exp. 00414-2021-0-1817-JR-CO-13, por la Causal: US$ 5,000.00 dólares americanos, demandante Scotiabank Perú S.A.A., demandado: FÉLIX URBICIO ORMEÑO V ARGAS; 2.Vehículo de Placa de Rodaje N° C5H-840, Marca HAFEI, Modelo XINYI, valorizado en la suma de US$ 2,037.00 dólares americanos. 2.1) .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 1,358.00 (MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 2.2) &lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Fecha de remate&lt;/h2&gt; 28 de octubre del 2026 a horas 11:00 de la mañana 2.3) CARGAS Y .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Cargas y gravamenes&lt;/h2&gt; CARGAS Y .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Cargas y gravamenes&lt;/h2&gt; EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION de fecha de afectación 03/06/2021 emitida por el 13 Juzgado Civil — Comercial de Lima en el Exp. 00414-2021-0-1817-JR-CO-13, por la Causal: US$ 3,000.00 dólares americanos, demandante Scotiabank Perú S.A.A., demandado: FÉLIX URBICIO ORMEÑO V ARGAS; 3.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Lugar de remate&lt;/h2&gt; Av. Argentina N° 5621-5591, Callao, lugar donde se encuentran en custodia los bienes muebles antes mencionados.4.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Postores&lt;/h2&gt; Presentarán en Efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación sin sello de no negociable, D.N.I. original y adjuntar la Tasa Judicial correspondiente a la orden del 13 Juzgado Civil Comercial de Lima debiendo consignarse en la misma el número de expediente, monto, el acto procesal a realizar y el número de documento de identidad del postor; con la firma de este al dorso del arancel, (con una copia fotostática del arancel y D.N.I.), en caso corresponda original de la Vigencia de Poder debidamente registrado y actualizado. El presente remate estará a cargo del Martillero Público Ricardo Andres Miranda Centeno, con Reg. 374. Los HONORARIOS MARTILLERO tabla establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV . CEL. 994213086.Lima, 28 de abril del 2026.PODER JUDICIAL MANUEL RODOLFO QUEZADA ESCOBEDO ESPECIALISTA LEGAL 13° Juzgado Civil Subespecialidad Comercial CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA.Dr. Ricardo A. Miranda Centeno MARTILLERO PÚBLICO Reg. N° 374.&lt;!--catini Callao catfin--&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/7288121370314362795'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/7288121370314362795'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/inmueble-en-remate-callao-judicial-jr.html' title='Inmueble en remate Callao Judicial Jr Co Scotiabank Peru S A'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-1366024975789764728</id><published>2026-10-12T07:00:59.133-07:00</published><updated>2026-10-12T07:00:59.133-07:00</updated><title type='text'>Miraflores Remate Publico en en El Proceso Penal Por</title><content type='html'>REMATE PUBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA.En el proceso penal por el Delito de Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud Lesiones Culposas Agravadas contra JUAN ANTONIO MURDOCH LÓPEZ en agravio de YOUSEF NASIM HODALI MUKARKER y JOSUE MIGUEL CRAMAN DE CARMAND VEREAU en el Expediente Nro. 26573-2010-0-1801-JR-PE-00 el 37º Juzgado de Investigación Preparatoria (AD FUN LIQ) – Sede Anselmo Barreto León a cargo de la Juez Dra. JESSICA SHIRLEY CAMACHO PEVES y Especialista Legal RICHAR MANUEL ESCOBEDO HORNA autorizaron proceder con el REMATE PUBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA sobre el inmueble ubicado: Calle Víctor Fajardo Numero 180, Departamento 301, Tercer Piso, distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima, inscrito en Partida Nro. 11049574 Zona Registral N.º IX Sede Lima, Oficina Registral Lima.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Cargas y gravamenes&lt;/h2&gt; HIPOTECA Asiento D0004 la Sociedad conyugal Alonso Esteban Choza Rondón y Robin Tone Choza han hipotecado a favor del BBV A BANCO CONTINENTAL hasta por US$170,000.00 dólares americanos. Escritura Pública del 21/05/2012 Inscrita 07/06/2012.SENTENCIA Asiento C00004 Por resolución de fecha 06/04/2015 del 32ºJuzgado Penal de Lima y resolución del 24/02/2017 se ha dispuesto la inscripción definitiva de nulidad de transferencia que celebro Juan Murdoch López a favor de la Sociedad Conyugal de Guillermo Torres Castillo y Verónica Zevallos Escomel y su cancelación definitiva (Asiento C00002). Inscrito 08/06/2017.EMBARGO Asiento D00006 Resolución de fecha 18/03/2019 expedida por el 46º Juzgado Penal de Lima inscribir el embargo hasta por la suma de S/ 650,000.00 Soles proceso seguido contra Juan Antonio Murdoch López por el delito de Lesiones Culposas en agravio de Josué Miguel Craman de Craman Vereau y Otro. Exp.26573-20100-1801-JR-PE-00. Inscrito 22/08/2019. EMBARGO PENAL Asiento D00007 Resolución judicial nro.09 de fecha 09/11/2022 expedida por 18º Juzgado Penal de Lima que traba embargo en forma de inscripción sobre el inmueble de propiedad del sentenciado Juan Antonio Murdoch López hasta por S/ 160,000.00 Soles en el proceso contra Juan Antonio Murdoch López por delito de Lesiones Culposas en agravio de Josué Miguel Craman de Craman Vereau y Otro. Exp.26573-2010-0-1801-JR-PE-00. Inscrito 28/11/2022.-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; US$ 294,900.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CON 00/100 dólares americanos).&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; US$ 142,043.50 (CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CUARENTA Y TRES CON 50/100 dólares americanos) correspondiente a las dos terceras partes del valor de Tasación menos dos veces un quince por ciento.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Fecha de remate&lt;/h2&gt; Día Veintisiete de octubre del dos mil veintiséis a horas 11:00 a.m.-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Lugar de remate&lt;/h2&gt; Sala de Remates Sede Comerciales en: Avenida Petit Thouars Nro. 4979 – 6to Piso, Distrito de Miraflores, Provincia de Lima y Departamento de Lima.REQUISITOS DEL POSTOR: 1. Presentar DNI y copia 2. Arancel judicial Código 07153 Participar en Remate de Inmueble, nro. expediente, juzgado, DNI/RUC del postor; y 3. Consignar con Cheque de Gerencia girado a su nombre (sin sello no negociable) o Deposito Judicial Electrónico: sobre el diez por ciento del valor de tasación al Exp.26573-2010-0-1801-JR-PE-00 del 37º Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima indicando DNI/ RUC del Postor. 4. De actuar como representante acreditar Poder suficiente inscrito. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del 3er. día de cerrada el acta bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. La comisión del Martillero Publico será cancelado por el adjudicatario más el IGV , al finalizar el remate. El remate será efectuado por Fanny Adeli Vergara Coaguila – Martillera Publica Registro N.º 316 Celular 903-334391.Lima, 17 setiembre del 2026.PODER JUDICIAL.JESSICA SHIRLEY CAMACHO PEVES JUEZ PENAL 37° Juzgado de Investigación Preparatoria.CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA.&lt;!--catini Miraflores catfin--&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/1366024975789764728'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/1366024975789764728'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/miraflores-remate-publico-en-en-el.html' title='Miraflores Remate Publico en en El Proceso Penal Por'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-9042044037501143726</id><published>2026-10-06T07:00:55.609-07:00</published><updated>2026-10-06T07:00:55.609-07:00</updated><title type='text'>Pachacamac Remate Judicial Unidad Vehicular Placa Ma Tipo de Uso</title><content type='html'>REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA. En el expediente N° 00025-2016-0-1706-JR-CO-08, seguido por Promotora Opción S.A. EAFC, contra Alex Chavez Yrigoin, sobre ejecución de garantías reales, tramitado ante el 8° Juzgado Civil– Comercial de Chiclayo, a cargo del Juez Dr. Cesar Mateo Agramonte Herrera, interviniendo como Especialista Legal Dra. Betty Varías Céspedes, ha facultado de conformidad con Ley Nº 28371 al martillero público Eloy Octavio Pisfil Flores con Reg. 307, para realizar el Remate Público en Primera Convocatoria del bien mueble UNIDAD VEHICULAR, PLACA M3A262, TIPO DE USO VEHICULOS PARTICULARES (CATEGORIA M), CATEGORIA M1, CARROCERIA SEDAN, MARCA HYUNDAI, MODELO ELANTRA, AÑO MOD. 2013, AÑO FAB. 2013, N° VERSION GL, N° SERIE KMHDG41CADU996221, N° VIN KMHDG41CADU996221, COLOR BLANCO, N° MOTOR G4FGDU170340, TIPO COMBUSTIBLE GASOLINA, POT. MOTOR 96.00@6300, N° CILINDROS 4, CILINDRADA 1.591 L, y demás características se encuentran inscritas en la partida N°60711472 del Registro de Bienes Muebles, Registro de Propiedad Vehicular de la Zona Registral Nº II, Oficina Registral Chiclayo. .-&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; USD $ 7,189.18 (SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE CON 18/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE (POSTURA): USD $ 4,792.79 (CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 79/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las dos terceras partes de la tasación.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Cargas y gravamenes&lt;/h2&gt; Hipoteca a favor de Promotora Opción S.A, hasta por la suma de US$. 17,051.60. LUGAR, DIA Y HORA DE LA DILIGENCIA: El día DIECISEIS DE OCTUBRE DEL 2026 a las TRECE HORAS, en la siguiente dirección: Mz I, Sublote 3-E, Urb. Huertos de Villena, Distrito de Pachacamac, Provincia y Departamento de Lima.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; Depositar en efectivo o en cheque de gerencia el equivalente al 10% del valor de la tasación, DNI y el arancel judicial por participación en remate -Código 07153. HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los honorarios estarán a cargo del adjudicatario, según Decreto Supremo Nro 008-2005-JUS más el IGV , debiendo ser cancelado al finalizar el acto del remate. Martillero Publico Eloy Octavio Pisfil Flores, celular 979856568. Chiclayo, 03 julio del 2026. Dra. Betty del Socorro Varías Céspedes ESPECIALISTA LEGAL Octavo Juzgado CivilComercial Chiclayo PODER JUDICIAL-CSJLA.&lt;!--catini Pachacamac catfin--&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/9042044037501143726'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/9042044037501143726'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/pachacamac-remate-judicial-unidad.html' title='Pachacamac Remate Judicial Unidad Vehicular Placa Ma Tipo de Uso'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-6238235955917592883</id><published>2026-10-02T07:05:24.796-07:00</published><updated>2026-10-02T07:05:24.796-07:00</updated><title type='text'>Venta de Casa en Villa Maria del Triunfo Lima Precio Base $ 68866</title><content type='html'>Inmueble ubicado en el Pueblo Joven Inca Pachacutec, Calle Sinchi Roca N� 124, Mz. 1, Lote 20, Sector Micaela Bastidas, distrito de Villa Maria del &lt;br&gt;
Tasación: $ 103,300.00. &lt;b&gt;Precio Base: $ 68,866.67&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 206.60. Arancel: S/. 825.00. Oblaje: $ 10,330.00.. Distrito Judicial: LIMA SUR. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. &lt;b&gt;Distrito: VILLA MARIA DEL TRIUNFO&lt;/b&gt;. &lt;br&gt;
Partida Registral: P03043550 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: CASA.&lt;/b&gt; Dirección: Pueblo Joven Inca Pachacutec, Calle Sinchi Roca N� 124, Mz. 1, Lote 20, Sector Micaela Bastidas Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;02/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;11/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;16/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;21/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;22/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 13375-2024-0-1828-JR-CO-10. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: PUICAN VILLACREZ ZOILA NELLY CECILIA. Especialista: TOLENTINO ZUMAETA FERNANDO ROBIN. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: DOCE . Fecha Resolución: 02/10/2025. Tipo Cambio: S/. 3.429 a la fecha 30/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25485&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;/div&gt;
&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-casa-en-junin-parco-precio.html&quot;&gt;Venta de Casa en Junin Parco Precio Base S/ 38721&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-lambayeque-conjunto.html&quot;&gt;Remate judicial Lambayeque Conjunto Habitacional Batangrande Mz A&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/remju-almacan-en-venta-en-huanuco.html&quot;&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; Almac�n en Venta en Huanuco Amarilis Precio Base $ 553593&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : FONDO CAPITAL EMPRENDEDOR - FONDO DE INVERSION, &lt;br&gt;
Resolución Nro. Doce Miraflores, dos de octubre Del año dos mil veinticinco.- &lt;br&gt;
DADO CUENTA el escrito con ingreso N� 266226-2025 de fecha 09 de setiembre del 2025, presentado por el demandante con el pago por derechos de notificación que adjunta; Al principal y segundo otrosí: Con las instrumentales y arancel por remate que se adjunta; Téngase por cumplido con lo ordenado por resolución diez; AUTOS Y VISTOS Y ATENDIENDO: &lt;br&gt;
PRIMERO.- Que, conforme a lo prescrito por el artículo I 1 del Título Preliminar del Código Adjetivo, toda persona tiene el derecho que se le haga justicia, es decir, a que cuando pretenda algo de otra, esta pretensión sea atendida por el órgano jurisdiccional, a través de un proceso con garantías mininas, por ello, la Tutela Procesal efectiva, no solo implica que el Juez se pronuncie sobre el derecho discutido mediante decisión motivada, sino que además implica que lo resuelto se ejecute sin dilación, por ende, la tutela se da antes del proceso, durante el proceso y comprende también la fase de ejecución. &lt;br&gt;
SEGUNDO.- Que, asimismo y conforme a lo prescrito por el artículo IX 2 del Título Preliminar del Código Adjetivo, la actividad judicial es una función pública realizada con exclusividad por el Estado. En uso del Ius Imperium, comprende a las normas &lt;br&gt;
1 Articulo I Derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva Que, toda persona tiene derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, con sujeción a un debido proceso. 2 Artículo IX.-Titulo Preliminar C.P.C. Principios de Vinculación y de Formalidad.- Las normas procesales contenidas en este Código son de carácter imperativo, salvo regulación permisiva en contrario. &lt;br&gt;
procesales dentro del derecho público, dadas a fin de mantener el orden público; por tanto estas normas son obligatorias y de carácter imperativo. &lt;br&gt;
TERCERO.- Que, mediante Resolución Administrativa N� 268-2016-CE-PJ de fecha 19 de octubre de 2016, se dispuso: i) el funcionamiento del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales - REM@JU, en órganos jurisdiccionales civiles con subespecialidad comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, ii) la implementación progresiva del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales - REM@JU, a nivel nacional, de acuerdo a la factibilidad técnica que corresponderá determinar a la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial. &lt;br&gt;
CUARTO.- Que, la Resolución Administrativa N� 015-2020-CE-PJ de fecha 15 de enero de 2020, aprobó la Directiva N� 001-2020-CE-PJ, denominada �Normas para la realización del Remate Electrónico Judicial� y el procedimiento denominado �Ejecución del Remate Electrónico Judicial�; documentos normativos que incorporan nuevas disposiciones, en mérito a las casuísticas y experiencias obtenidas en los juzgados comerciales de Lima, sede Piloto de los Remates Electrónicos Judiciales - REM@JU, las cuales han redundado en las mejoras de las funcionalidades del Sistema que servirán de soporte informático para su desarrollo y ejecución, teniendo en cuenta el cumplimiento de los plazos legales que establece la Ley N� 30229. &lt;br&gt;
QUINTO.- Que, a través de la Ley N� 32297 publicada en el Diario Oficial el Peruano el día 11 de abril del 2025, se modificó diversos artículos de la Ley 27728 � Ley del Martillero Público, así como también diversos artículos de la Ley 30229, Ley que adecúa el uso de las tecnologías de información y comunicaciones en el sistema de remates judiciales y en los servicios de notificaciones de las resoluciones judiciales, y que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo, la figura del Martillero Público (Órgano de Auxilio Judicial) ha sido incorporada a los Remates Judiciales. &lt;br&gt;
SEXTO.- Teniendo en consideración que la figura del Martillero Público aún no ha sido incorporada al aplicativo del Sistema de Remates Judiciales Electrónicos, siendo ello necesario para su correspondiente aplicación en los diversos procesos judiciales que se encuentran pendientes de emitir resolución de convocatoria de remate; en ese sentido y mientras no se encuentre incorporado a dicho sistema, los procesos judiciales que se encuentren justamente en la etapa técnica de ejecución no pueden estar paralizados hasta que dicho aplicativo entre en función, todas vez que ello generaría dilación y sobrecarga en la judicatura, razón por la cual y en estricta aplicación a los principios de concentración, economía y celeridad procesales establecidos en el artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Civil, las convocatorias de remate, se seguirán tramitando, conforme se viene realizando a la fecha, esto es a través de los medios electrónicos ya establecidos. &lt;br&gt;
DECISIÓN: &lt;br&gt;
Por estos fundamentos, se resuelve: 1. CONVÓQUESE A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente inmueble hipotecado: &lt;br&gt;
PUEBLO JOVEN INCA PACHACUTEC, CALLE SINCHI ROCA N� 124, MZ. 1, LOTE 20, SECTOR MICAELA BASTIDAS, DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA. &lt;br&gt;
2. En caso de declararse desierto la convocatoria en primer remate judicial electrónico, convóquese AUTOMÁTICAMENTE por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos: &lt;br&gt;
A. DESCRIPCIÓN: &lt;br&gt;
Inmueble ubicado en el PUEBLO JOVEN INCA PACHACUTEC, CALLE SINCHI ROCA N� 124, MZ. 1, LOTE 20, SECTOR MICAELA BASTIDAS, DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, inscrito en la Partida Electrónica Nro. P03043550 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. &lt;br&gt;
B. CARGAS Y GRAVÁMENES: &lt;br&gt;
Asiento 0016.- HIPOTECA Unilateral, hasta por la suma de US$ 84,640.00 dólares americanos. &lt;br&gt;
C. TASACIÓN COMERCIAL ACTUALIZADA. . &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; (fs. 109 a 118): que asciende a la suma de US$ 103,300.00 (CIENTO TRES MIL TRESCIENTOS y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); debiendo tenerse como base las siguientes posturas: ? EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a US$. 68,866.67 (SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS y 67/100 DÓLARES AMERICANOS). ? EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 58,536.67 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS y 67/100 DÓLARES AMERICANOS). ? EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediata anterior ascendente a US$. 49,756.17 (CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS y 17/100 DÓLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
3. OBLAJE: Se deberá oblar el 10% de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación, conforme el artículo 17� 3 del Reglamento de la Ley N� 30229; y el arancel judicial correspondiente. &lt;br&gt;
3 .- Articulo 17.- Pago de Oblaje: 17.1 El pago se oblaje se efectúa en la moneda en que se realizo la tasación del bien- 17.2 La exclusión del ejecutante o del tercero legitimado del pago de oblaje, no exonera de la declaración jurada sobre fondos lícitos. &lt;br&gt;
4. PUBLICACIÓN: &lt;br&gt;
Procédase a la PUBLICACIÓN EN EL PORTAL WEB DEL PODER JUDICIAL del aviso de convocatoria respectivo y FÍJESE los Carteles en el local del Juzgado y en el inmueble sub-litis; Al primer otrosí: Con el certificado de depósito judicial electrónico N� 2025009501486 que se adjunta; TENGASE POR CONSIGNADO la suma de S/. 1070.00 soles por concepto de honorarios del perito contable; Notificándose.- &lt;br&gt;
17.3 El usuario postor debe ingresar en el REM@JU los datos de referencia de los depósitos del arancel y de oblaje, correspondiente-&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;200&quot; data-original-width=&quot;199&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhd0OJzg2WXr78yZYsMWkxJwVWip_081PA8kV9CPhS9N7eSTN6kFupsD7RGq-gTEoIZLyEhvgP3R5CJc4wC7GcZ89z0Nyny9_nJzcjI_Z9avMeYUITnkrgf4dvQaO-aZRl1D76JwVJVR4n4eZho34tO5tNtvj9mcU5XjG8JVw7jFCi2k9xZOh9Z6hgx/s72-c/casa-2-villa-maria-del-triunfo.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- VILLA MARIA DEL TRIUNFO, Casa --&gt;&lt;!-- id=25485 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/6238235955917592883'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/6238235955917592883'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/venta-de-casa-en-villa-maria-del.html' title='Venta de Casa en Villa Maria del Triunfo Lima Precio Base $ 68866'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhd0OJzg2WXr78yZYsMWkxJwVWip_081PA8kV9CPhS9N7eSTN6kFupsD7RGq-gTEoIZLyEhvgP3R5CJc4wC7GcZ89z0Nyny9_nJzcjI_Z9avMeYUITnkrgf4dvQaO-aZRl1D76JwVJVR4n4eZho34tO5tNtvj9mcU5XjG8JVw7jFCi2k9xZOh9Z6hgx/s72-c/casa-2-villa-maria-del-triunfo.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-7917483826944763502</id><published>2026-10-02T07:04:19.495-07:00</published><updated>2026-10-02T07:04:19.495-07:00</updated><title type='text'>Subasta Judicial Banco de Casa en Ucayali Padre Abad Precio Base S/ 69900</title><content type='html'>Descripcion Calle S/n, Mz. Q2, Lote 14b, Centro Poblado Villa Aguayt�?a, distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad, Departamento de Ucayali &lt;br&gt;
Tasación: S/. 104,850.18. &lt;b&gt;Precio Base: S/. 69,900.12&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: S/. 209.70. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: S/. 10,485.02.. Distrito Judicial: UCAYALI. &lt;b&gt;Departamento: UCAYALI&lt;/b&gt;. Provincia: PADRE ABAD. Distrito: PADRE ABAD. &lt;br&gt;
Partida Registral: P19045387 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: CASA.&lt;/b&gt; Dirección: 1.1 Descripcion: Calle S/n, Mz. Q2, Lote 14b, Centro Poblado Villa Aguayt�?a, Distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad, Departamento de Ucayali, Inscrito En la Partida Electr�nica N� P19045387 de la Zona Registral N� Vi � Sede Pucallpa, Oficina Registral Pucallpa. Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;02/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;11/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;16/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;21/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;22/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 00491-2023-0-2402-JR-CI-01. Distrito Judicial: UCAYALI. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: TUCTO SANTAMARIA CESAR JEAN FRANK. Especialista: CERCEDO SANCHEZ YOSELIN JANI. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 10. Fecha Resolución: 19/11/2024 &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25487&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
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&lt;/div&gt;
&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-de-casa-banco-en-callao-precio.html&quot;&gt;Remate de Casa Banco en Callao Precio Base $ 80050&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/terrenos-en-remate-judicial-bcp-en.html&quot;&gt;Terrenos en Remate Judicial BCP en Lambayeque Chiclayo Precio Base $ 37473&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-de-casa-en-ica-precio.html&quot;&gt;Remate Judicial de Casa en Ica Precio Base S/ 61984&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en UCAYALI?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA &lt;br&gt;
SEÑOR JUEZ: &lt;br&gt;
Con el debido respeto me dirijo a usted, y en cumplimiento a mis funciones cumplo con indicar que en la fecha se procede a dar cuenta del ingreso N� 11001-2024, debido a las recargadas labores que mantiene la secretaría a mi cargo. Lo que hago de su conocimiento para los fines de ley. Pucallpa, 19 de noviembre del año 2024.- &lt;br&gt;
RESOLUCIÓN NÚMERO: DIEZ Pucallpa, diecinueve de noviembre del año dos mil veinticuatro. - &lt;br&gt;
AUTOS y VISTOS: El escrito con registro de ingreso N� 10039-2024 y N� 12239-2024, presentado por la ejecutante Scotiabank Perú S.A.A. Al Principal y Otrosí: Téngase por subsanada las omisiones advertidas con la copia literal actualizada, por ende agréguese a los autos, y teniendo en cuenta el arancel judicial por solicitud de remate que obra en autos y ATENDIENDO: Primero: Que, del examen de autos se advierte que el auto final expedido por resolución número cinco de fecha 19 de octubre de 2023, la misma que fue declarada consentida mediante resolución número siete de fecha 05 de diciembre de 2023, adquiriendo la calidad de cosa juzgada, encontrándose los autos en etapa de ejecución forzada, a fin de proseguir al amparo de lo dispuesto en el artículo 742� del Código Procesal Civil; Segundo: Estando a lo glosado precedentemente, teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por la entidad ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12� 1 de la Ley N� 30229 y artículo 13� del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativo de &lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; del portal web del Poder Judicial; Tercero: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto; Cuarto: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13� de la Ley 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación; Quinto: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la 1 Artículo 12 .Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (�) ; SEDE CENTRAL - JR. UCAYALI N� 499 PUCALLPA, Juez:TUCTO SANTAMARIA Cesar Jean Frank FAU 20602729762 soft Fecha: 25/11/2024 16:09:34,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: UCAYALI / CORONEL PORTILLO,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA UCAYALI - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE CENTRAL - JR. UCAYALI N� 499 PUCALLPA, Secretario:LOPEZ PARADO Irma Doris FAU 20602729762 soft Fecha: 25/11/2024 17:28:39,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: UCAYALI / CORONEL PORTILLO,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA UCAYALI - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente; Sexto: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: &lt;br&gt;
1) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de garantía hipotecaria. DEJAR CONSTANCIA que dicho acto procesal se deberá ejecutar a través del aplicativo REM@JU DEL Portal Web del Poder Judicial según la convocatoria que corresponda (Primera, segunda o Tercera) en los siguientes términos: 1.1 DESCRIPCION: Calle S/N, Mz. Q2, Lote 14B, Centro Poblado Villa Aguaytía, Distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad, Departamento de Ucayali, inscrito en la Partida Electrónica N� P19045387 de la Zona Registral N� VI � Sede Pucallpa, Oficina Registral Pucallpa. &lt;br&gt;
2) CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE al PRIMER REMATE, seguidamente el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. &lt;br&gt;
3) CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 3.1.- Hipoteca: Constituida a favor de SCOTIABANK PERU S.AA. hasta por la suma de S/103,831.66. Así consta en escritura pública del 18/01/2020 otorgada ante Notario Público de Pucallpa, Dr. Eudocio Raúl Salazar Martínez. Partida Electrónica Nro. P19045387. 4) .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de S/ 104,850.18 (CIENTO CUATRO MIL OCHOCIENTOS CIENCUENTA CON 18/100 SOLES). &lt;br&gt;
5) PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en UCAYALI?&lt;/h4&gt; 5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: S/ 69,900.12 (SESESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CON 12/100 SOLES). 5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de S/ 52,415.10 (CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON 10/100 SOLES). 5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: S/ 50,502.84 (CINCUENTA MIL QUINIENTOS DOS CON 84/100 SOLES). &lt;br&gt;
6) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación de los bienes conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. &lt;br&gt;
7) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15� de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. &lt;br&gt;
8) Para ello el Secretario Judicial deberá también realizar el pegado de los avisos de remate tanto en el local del Juzgado como en el bien inmueble, bajo responsabilidad funcional, quien deberá faccionar el acta correspondiente. Notifíquese. - 1� JUZGADO CIVIL - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 00491-2023-0-2402-JR-CI-01 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : TUCTO SANTAMARIA CESAR JEAN FRANK ESPECIALISTA : LIBIA ALBERTINA DAVILA MOGROVEJO DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA &lt;br&gt;
RESOLUCIÓN NRO. VEINTITRÉS Pucallpa, diecisiete de noviembre de dos mil veinticinco.- &lt;br&gt;
AUTOS y VISTOS: Puesto los autos a Despacho; y, CONSIDERANDO: 1. Es deber del Juez dirigir el proceso, velar por su rápida solución, adoptar las medidas convenientes para impedir su paralización y procurar la economía procesal, conforme lo dispone el artículo 50� inciso 1) del Código Procesal Civil, concordante con el artículo II del Título Preliminar del mismo cuerpo legal, el cual establece que, la dirección del proceso está cargo del Juez, quien la ejerce de acuerdo a lo dispuesto en el código. 2. Que, el Proceso Civil, es un conjunto ordenado y sucesivo de actos y formas, que deben ser cumplidos, a fin de obtener un pronunciamiento jurisdiccional válido que resuelva un conflicto intersubjetivo de intereses o una incertidumbre jurídica; por ello las normas contenidas en el Código Procesal Civil, son de carácter imperativo, salvo disposición en contrario. 3. Que, el artículo 171 del Código Procesal Civil establece: �La nulidad se sanciona sólo por causa establecida en la ley. Sin embargo, puede declararse cuando el acto procesal careciera de requisitos indispensables para la obtención de su finalidad. (�)�; por ello se dice que, la nulidad ha sido definida como la sanción que tiende a privar de efectos a un acto en cuya ejecución no ha guardado ciertas formas. 4. Del estudio de los actuados, se tiene que mediante resolución número trece, de fecha 22 de setiembre de 2025, se dispone declarar Improcedente la corrección solicitada por la entidad ejecutante SCOTIABANK PERÚ S.A.A., respecto al Valor Comercial, conforme al fundamento segundo de la citada resolución, señalando que el valor comercial del inmueble es de: S/ 104,850.18, Lo que hace ver que no existe error alguno al momento de desarrollar el punto 4) valor de tasación contenida en la resolución N� diez, de fecha 19 de noviembre de 2024; sin embargo, no se advirtió el contenido del escrito presentado por la entidad ejecutante SCOTIABANK PERU S.A.A., en el extremo que solicita la corrección del precio base en segunda convocatoria, siendo que en el punto cinco 5) PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en UCAYALI?&lt;/h4&gt; 5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: se consigno la suma de S/ 52,415.10; siendo lo correcto: S/ 59,415.10 (CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON 10/100 SOLES). 5. Que, conforme lo establece el artículo 407� del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al caso de autos: �Antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución (�)� 6. En ese orden de ideas, habiendo incurrido error al momento de proveer la solicitud de corrección presentada por la entidad ejecutante SCOTIABANK PERÚ S.A.A., conforme lo desarrollado precedentemente, y renovando el acto procesal viciado corresponder emitir pronunciamiento al pedido de corrección presentado por la ejecutante mediante escrito de fecha 22 de agosto de 2025. 7. Por resolución N� 10, de fecha 19 de noviembre de 2024, en el punto 5) PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en UCAYALI?&lt;/h4&gt; 5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA se ha incurrido en errores numéricos, de la siguiente manera: SEDE SAENZ PEÑA - AV. SAENZ PEÑA N� 360, Juez:TUCTO SANTAMARIA Cesar Jean Frank FAU 20602729762 soft Fecha: 12/01/2026 16:21:48,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: UCAYALI / CORONEL PORTILLO,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA UCAYALI - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE SAENZ PEÑA - AV. SAENZ PEÑA N� 360, Secretario:DAVILA MOGROVEJO Libia Albertina FAU 20602729762 soft Fecha: 12/01/2026 17:05:58,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: UCAYALI / CORONEL PORTILLO,FIRMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA UCAYALI - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE ? 5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de S/ 52,415.10, siendo lo correcto: S/ 59,415.10 (CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON 10/100 SOLES). Por estos fundamentos, y al amparo de lo dispuesto por el artículo 50� del acotado Código: SE RESUELVE: A. DECLARAR DE OFICIO la nulidad de la resolución N� TRECE de fecha 22 de setiembre de 2025, que resuelve: IMPROCEDENTE la corrección solicitada por la entidad ejecutante SCOTIABANK PERÚ S.A.A., respecto al valor comercial, y renovando el acto procesal viciado. B. CORREGIR: La Resolución número 13, de fecha 22 de setiembre de 2025, conforme lo desarrollado en el punto 7 de la presente resolución. C. Llámese severamente la atención a la secretaria Libia A. Dávila Mogrovejo por el error incurrido, a fin de que tenga mayor celo en el cumplimiento de sus funciones. Notifíquese.- &lt;br&gt;
PODER JUDICIAL DEL PERÚ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE UCAYALI MÓDULO CIVIL CORPORATIVO DE LITIGACIÓN ORAL � 1�Juzgado Civil Sede Domingo García Roda (Ex INIA) � Av. Centenario S/N - Callería &lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;br&gt;
Modulo Civil Corporativo de Litigación Oral � 1� Juzgado Especializado en lo Civil EXPEDIENTE : 00491-2023-0-2402-JR-CI-01 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : TUCTO SANTAMARIA CESAR JEAN FRANK ESPECIALISTA: CERCEDO SANCHEZ YOSELIN JANI PALOMINO GAMBOA, EDUARDO ANTONIO SANTAMARIA NATIVIDAD, REINA ISABEL DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA &lt;br&gt;
SEÑOR JUEZ: Doy cuenta a Usted que mediante el Memorando N�000042-2026-UAF-GAD-CSJUC/PJ, de fecha 29 de enero de 2026, emitido por el Jefe de la Unidad de Administración y Finanzas de la C.S.J Ucayali, la suscrita asume las funciones de Secretaria Judicial en el Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral, a partir del 03 de marzo del año 2026; por lo que en cumplimiento de mis funciones, conforme al estado del proceso, procedo a dar cuenta del expediente judicial. Lo que informo a usted para los fines pertinentes. &lt;br&gt;
Pucallpa, 12 de marzo del 2026. &lt;br&gt;
RESOLUCIÓN NÚMERO: QUINCE Pucallpa, doce de marzo de dos mil veintiséis. - &lt;br&gt;
AUTOS y VISTOS: conforme al estado del proceso; y, ADVIRTIENDO: &lt;br&gt;
1. Que al momento de expedir resolución de fecha 17 de noviembre de 2025, se ha incurrido en error material de lo siguiente: Al momento de consignar el numero correlativo de resolución, se consignó resolución numero veintitrés debiendo ser lo correcto resolución numero catorce. Asimismo, en la parte resolutiva literal B, se consignó corregir la resolución número 13, de fecha 22 de setiembre de 2025, conforme lo desarrollado en el punto 7 de la presente resolución. Debiendo ser lo correcto corregir la resolución número 10, de fecha 19 de noviembre de 2024, conforme lo desarrollado en el punto 7 de la presente resolución. 2. El artículo 125� del Código Procesal Civil establece: �Las resoluciones judiciales serán numeradas correlativamente en el día de su expedición, bajo responsabilidad.� 3. Que, conforme lo establece el artículo 407� del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al caso de autos: �Antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. Los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución (�)� 4. Por estos fundamentos y las normas antes citadas, SE RESUELVE: Primero: CORREGIR: La resolución de fecha 17 de noviembre de 2025, en el extremo del número de resolución, debiendo ser lo correcto resolución numero catorce, de fecha 17 de noviembre de 2025. Segundo: CORREGIR: La resolución de fecha 17 de noviembre de 2025, en el extremo de la parte resolutiva literal B, debiendo ser lo correcto corregir la resolución número 10, de fecha 19 de noviembre de 2024, conforme lo desarrollado en el punto 7 de la presente resolución. Quedando subsiste todo lo demás que contiene. Tercero: Al ingreso N�1786-2026, presentado por la parte ejecutante, estando a lo que solicita, estese a la presente resolución. Pídase en su oportunidad. Interviniendo la secretaria judicial por disposición superior. Notifíquese. SEDE SAENZ PEÑA - AV. SAENZ PEÑA N� 360, Juez:TUCTO SANTAMARIA Cesar Jean Frank FAU 20602729762 soft Fecha: 17/03/2026 12:13:45,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: UCAYALI / CORONEL PORTILLO,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA UCAYALI - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE SAENZ PEÑA - AV. SAENZ PEÑA N� 360, Secretario:CERCEDO SANCHEZ Yoselin Jani FAU 20602729762 soft Fecha: 17/03/2026 14:08:32,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: UCAYALI / CORONEL PORTILLO,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA UCAYALI - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;202&quot; data-original-width=&quot;208&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh8kX2hqNOmvPPu8K6H1wk0A0d55vMcmEXCpue59jtiHv8bFSfavORJI0jearKbkRaKcYBulxpOvoi3q-Y_RWh9acGOoPklyAR6X7YoFg-fKnlQ8pk_O3y4TIciTuiRVwVaGngMFFsN1i6zogyv7XIBpCZl8VYvnepkX6RntkP23xGcbVEzHPF-c_BF/s72-c/casa-3-ucayali.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- UCAYALI, Casa --&gt;&lt;!-- id=25487 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/7917483826944763502'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/7917483826944763502'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/subasta-judicial-banco-de-casa-en.html' title='Subasta Judicial Banco de Casa en Ucayali Padre Abad Precio Base S/ 69900'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh8kX2hqNOmvPPu8K6H1wk0A0d55vMcmEXCpue59jtiHv8bFSfavORJI0jearKbkRaKcYBulxpOvoi3q-Y_RWh9acGOoPklyAR6X7YoFg-fKnlQ8pk_O3y4TIciTuiRVwVaGngMFFsN1i6zogyv7XIBpCZl8VYvnepkX6RntkP23xGcbVEzHPF-c_BF/s72-c/casa-3-ucayali.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-6825051513749690390</id><published>2026-10-02T07:03:14.636-07:00</published><updated>2026-10-02T07:03:14.636-07:00</updated><title type='text'>Remate Judicial Banco de Stand en Lima Precio Base S/ 52188</title><content type='html'>Se trata de un STAND ubicado en el Mezzanine del Segundo Piso de un Local Comercial Galeria Mercado Central . Inmueble que se Encuentra Bajo el &lt;br&gt;
Tasación: S/. 78,282.64. &lt;b&gt;Precio Base: S/. 52,188.43&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: S/. 156.57. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: S/. 7,828.26.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. &lt;b&gt;Distrito: LIMA&lt;/b&gt;. &lt;br&gt;
Partida Registral: 40471561 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: STAND.&lt;/b&gt; Dirección: Local Nro. 3045 Mezzanine 2� Piso, Jir�n Cuzco Nro.626-640 Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;02/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;11/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;16/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;21/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;22/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 15415-2018-0-1817-JR-CO-08. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: GRANADOS MANZANEDA HUGO JURGEN. Especialista: SALINAS HUAMANI, SALOME. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 31 . Fecha Resolución: 19/06/2025 &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25489&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-casa-en-arequipa-la-joya.html&quot;&gt;Venta de Casa en Arequipa La Joya Precio Base S/ 27841&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/casa-inmueble-en-remate-judicial-en.html&quot;&gt;Casa Inmueble en Remate Judicial en Rimac Lima Precio Base $ 52000&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remju-casa-bbva-en-venta-en-los-olivos.html&quot;&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; Casa BBVA en Venta en Los Olivos Lima Precio Base $ 188120&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., &lt;br&gt;
Resolución Nro. TREINTA Y UNO Lima, diecinueve de junio del dos mil veinticinco. - &lt;br&gt;
Dado cuenta en la fecha debido a las recargadas labores del Juzgado que tramita tanto expedientes judiciales electrónicos como expedientes judiciales físicos y carga procesal del escrito ingresado a través de la mesa de partes electrónica signado con el Nro. 343635-2024 de fecha 25/11/2024 presentado por MIBANCO Banco de la Microempresa S.A: &lt;br&gt;
A lo Principal y otrosí: con los anexos que se adjuntan, y arancel judicial por la suma de S/.2060.00 soles, &lt;br&gt;
I ATENDIENDO: &lt;br&gt;
PRIMERO: A que mediante el escrito que se da cuenta la entidad financiera demandante adjunta copia literal de los inmuebles materia de ejecución forzada, adjuntando además el arancel judicial por concepto de convocatoria a remate, ello en cumplimiento de lo ordenado en la resolución Nro. 30. Asimismo, solicita la corrección de la resolución antes acotada ya que se colocó ii) Local Nro. 30453 debiendo ser lo correcto: ii) Local Nro. 3043. &lt;br&gt;
SEGUNDO: Que, siendo ello así, téngase por cumplido lo ordenado en la resolución Nro. 30. &lt;br&gt;
Con respecto al pedido de corrección de la resolución Nro. 30 en el extremo indicado, tratándose de un error material en aplicación del artículo 407 del Código Procesal Civil deberá corregirse la acotada resolución, debiendo precisarse que el número del local del inmueble indicado en el punto ii) de la parte resolutiva es Nro. 3043 y no como se indicara Nro. 30453. &lt;br&gt;
En cuanto al pedido de convocatoria a remate de los inmuebles otorgados en garantía hipotecaria solicitado en su escrito que corre en la página 369, cabe precisar previamente lo siguiente ello a mérito de las modificaciones publicadas algunos artículos de la Ley 30229 y artículo 731 del Código Procesal Civil. &lt;br&gt;
2.1 Mediante Ley Nro. 32297, publicada en el Diario Oficial El Peruano del 11 de Abril de 2025, se modificó diversos artículos de la Ley del Martillero Publico- Ley 27728-, asimismo, los artículos de la ley 30220 � Ley que adecua el uso de la Tecnologías de información y comunicaciones en el Sistema Judicial, y el Código Procesal Civil ello a fin de a fin de incorporar disposiciones sobre la actividad que ha de desplegar el Martillero Publico en los remates judiciales electrónicos dispuestos por la autoridad jurisdiccional. &lt;br&gt;
2.2 Del tenor de las modificaciones realizadas a los siguientes artículos 1� 1 ,12� 2 ,13� 3, 15� 4 y 16� 5 de la Ley 30229- Ley que adecua el uso de las Tecnologías de información y comunicaciones en el Sistema judicial; y el artículo 731 6 del Código Procesal Civil, se ha dispuesto que los remates judiciales electrónicos � REM@JU- estarían a cargo de un Martillo Publico hábil el cual sería nombrado en forma correlativo por el Juez en la resolución que disponga el remate judicial electrónico. &lt;br&gt;
2.3 El Martillero Publico de conformidad con los artículos 13, 15 y 16 de la Ley 30229 � artículos modificados por la Ley 32297- establece que &lt;br&gt;
1 Articulo 1 � Objeto de la Ley. La presente ley regula los remates judiciales dispuestos por los órganos jurisdiccionales que se realicen a través de medios electrónicos a cargo de Martillero Público hábil, estableciendo su ámbito de aplicación, su accesibilidad, los derechos y obligaciones de los postores, los bienes, las condiciones y modalidades para el remate electrónico judicial por internet, las restricciones y ausencias, la adjudicación, las nulidades y la notificación electrónica de las resoluciones judiciales. &lt;br&gt;
2 Artículo 12. Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplirse con los siguientes requisitos: (�) &lt;br&gt;
c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización, nombrando al Martillero Público en forma correlativa. (�) &lt;br&gt;
3 Artículo 13. Ausencia de Ofertas. 13.1 En caso de que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el Martillero Público a cargo lo declara desierto. En este supuesto, el Remate Electrónico Judicial (REM@JU) debe reprogramar una segunda convocatoria con la reducción en un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial. &lt;br&gt;
4 Artículo 15. Fases del remate electrónico judicial. (�) b) Publicidad de convocatoria (�) Adicionalmente, el Martillero Publico, el ejecutante o el ejecutado pueden efectuar otra publicidad por su cuenta en internet u otros medios. &lt;br&gt;
5 Artículo 16. Adjudicación. (�) Una vez verificado el pago y la identidad del usuario postor ganador, así como el pago de honorarios al Martillero Público, el REM@JU expide y entrega el certificado digital de postor ganador, que contiene las formalidades del artículo 738 del Código Procesal Civil autenticado por el Martillero Público o fedatario juramentado informático, el cual tiene la misma validez y efectos que el acta de remate, regulada por el código acotado. Copia del certificado se adjunta al expediente�. &lt;br&gt;
6 Artículo 731. Convocatoria: Aprobada la tasación o siendo innecesaria esta, el Juez convocará a remate. El remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU), de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 30229, Ley que adecúa el uso de las tecnologías de información y comunicaciones en el sistema de remates judiciales y en los servicios de notificaciones de las resoluciones judiciales, y que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo. En los demás casos, el remate público es realizado por martillero público hábil. (:�) &lt;br&gt;
dicho órgano de auxilio judicial se encargara de realizar entre las siguientes funciones: &lt;br&gt;
i. Declarar Deserto el remate en el caso de que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. &lt;br&gt;
ii. Adicionalmente, puede efectuar otra publicidad por su cuenta en internet u otros medios; y &lt;br&gt;
iii. iii) El certificado digital de postor ganador es autenticado por el Martillero Publico o fedatario juramentado informático. &lt;br&gt;
2.4 Por otro lado, la Ley establece que será obligatoria la matricula del Martillero Publico en el Registro Administrativo de la Sunarp además de encontrarse inscrito por ante la Cámara del Martillero Público creada para tal efecto tal como así lo regula el Artículo 7� de la Ley de Martillo Publico modificado por el artículo 1� de la Ley 27728. &lt;br&gt;
2.5 Ahora bien, en el Sistema informático del Sistema de Remates Judiciales Electrónicos � REM@JU- la figura del Martillero Publico aún no ha sido implementada, por lo tanto, la actividad que tiene que desplegar dicho órgano de auxilio judicial para realizar el remate judicial electrónico a través de dicho aplicativo tal como lo regula las normas modificadas en la Ley 30229 a la fecha no es posible al no haberse aún implementado en dicho Sistema de Remates Judiciales. &lt;br&gt;
TERCERO: Los actuados se encuentran en la etapa técnica de ejecución, por lo cual el proceso no podrá retardarse o suspenderse en su ejecución ni ser paralizado por dichos inconvenientes. Se estableció como precedente vinculante 7 que al momento de interpretarse dispositivos legales debe partirse de la presunción de su validez y legitimidad, realizando no solo un juicio de relevancia de las normas interpretadas sino también una labor de interpretación exhaustiva que permita salvaguardar su constitucionalidad. Con ello, este juzgador considera que la referida normatividad, no debe ser excluida por irreparabilidad de los vacíos y defectos detectados, pero sí debe interpretarse como condicionada al cumplimiento previo de otros hechos (como los mencionados en el considerando segundo), por lo que debe procederse al remate electrónico como se venía realizando hasta la completa implementación del nuevo régimen. &lt;br&gt;
CUARTO: Que, teniendo en cuenta lo glosado en el considerando precedente, y habiendo el ejecutante cumplido con los requisitos inherentes para la convocatoria a remate de los inmuebles sublitis y de conformidad con lo establecido en el artículo 731 del Código Procesal &lt;br&gt;
7 Así, en la consulta número 1618-2016 Lima Norte, emitido por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema Justicia de la República. Civil y artículos 12 8 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial. &lt;br&gt;
QUINTO: Que con respecto a la convocatoria a remate judicial electrónico de los inmuebles sublitis, debe indicarse que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. &lt;br&gt;
SEXTO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicará el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicará los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. &lt;br&gt;
SETIMO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicará el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. &lt;br&gt;
OCTAVO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: &lt;br&gt;
1) CORRIJASE la resolución Nro. 30, en el extremo señalado en el primer párrafo del segundo considerando, debiendo precisarse que el inmueble indicado en el punto ii) de la parte resolutiva de la resolución acotada es el: Local Nro. 3043 y no como por error se indicara Nro. 30453, formando la presente parte integrante de la resolución corregida. &lt;br&gt;
2) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA de los siguientes inmuebles hipotecados que son materia de ejecución forzada: &lt;br&gt;
DESCRIPCION &lt;br&gt;
8 Artículo 12. Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes.; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (�), nombrando al Martillero Publico en forma correlativa. &lt;br&gt;
a) Local Nro. 3045 Mezzanine 2� Piso, Jirón Cuzco Nro.626- 640, Distrito de Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima con las áreas y medidas perimétricas y características descritas en la Partida Electrónica Nro. 40471561 de Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. &lt;br&gt;
b) Local Nro. 3043 Mezzanine 2� Piso, con frente al Pasaje M-4 ubicado en el Jirón Cuzco Nro.626-640, Distrito de Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima con las áreas y medidas perimétricas y características descritas en la Partida Electrónica Nro. 40471545 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. &lt;br&gt;
CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base . &lt;br&gt;
3) CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt;&lt;br&gt;
Inmueble ítem a) Partida Electrónica Nro.40471561 &lt;br&gt;
Hipoteca: Constituida a favor de MIBANCO Banco De La Microempresa S.A. hasta por la suma de S/. 193,344.00 nuevos soles. Así consta en la Esc. Publica de fecha 30/09/2015 otorgada ante el Notario Publico de Lima Dr. Francisco Banda Gonzales. Así consta inscrito en el Asiento D00001. &lt;br&gt;
Inmueble ítem a) Partida Electrónica Nro.40471545 &lt;br&gt;
Hipoteca: Constituida a favor de MIBANCO Banco De La Microempresa S.A. hasta por la suma de S/. 207,350.00 nuevos soles. Así consta en la Esc. Publica de fecha 30/09/2015 otorgada ante el Notario Público de Lima Dr. Francisco Banda Gonzales. Así consta inscrito en el Asiento D00001. &lt;br&gt;
4) .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; COMERCIAL ACTUALIZADA: Tasación Comercial aprobada en autos por resolución Nro. 30. &lt;br&gt;
Inmueble descrito en el item a) � Partida Electrónica Nro. 40471561 asciende en la suma de S/78,282.64 (SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 64/100 SOLES). Inmueble descrito en el item b) � Partida Electrónica Nro. 40471545 asciende en la suma de S/. 78,282.64 (SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 64/100 SOLES). &lt;br&gt;
5) PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt;&lt;br&gt;
5.1 Inmueble descrito en el item a) � Partida Electrónica Nro. 40471561 &lt;br&gt;
PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: S/.52,188.43 (CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 43/100 SOLES). &lt;br&gt;
SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos t terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de S/.44,360.16 CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA CON 16/100 SOLES) &lt;br&gt;
TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: S/.37,706.14 (TREINTA Y SIETE MIL SETESCIENTOS SEIS CON 14/100 SOLES). &lt;br&gt;
5.2 Inmueble descrito en el item a) � Partida Electrónica Nro. 40471545. &lt;br&gt;
PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: S/.52,188.43 (CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 43/100 SOLES) &lt;br&gt;
SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos t terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de S/.44,360.16 (CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA CON 16/100 SOLES). &lt;br&gt;
TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: S/.37,706.14 (TREINTA Y SIETE MIL SETESCIENTOS SEIS CON 14/100 SOLES). &lt;br&gt;
6) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. &lt;br&gt;
7) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. &lt;br&gt;
8) FIJESE los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble por parte de los responsables del Servicio de los Remates judiciales Electrónicos del REM@JU del Callao. &lt;br&gt;&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;219&quot; data-original-width=&quot;220&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDiRZy1Xag5khrLZaRGT3Koss42r-ypoBBU6lXN7BIwZ-P7fkE4tv-JTbe5MH2LR6ZrMqSFeKZbOpzkOKZpwFS5ca5kuFjLyhq8yqGy8F2FQytnY06x6RQkuFRn799WhfiwikJGYz4lJFpO-yron4r0xu9BE2FUjtvA_37KtLQS-JCVFqpxgU_WLeM/s72-c/casa-4-lima.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- LIMA, Stand --&gt;&lt;!-- id=25489 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/6825051513749690390'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/6825051513749690390'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/remate-judicial-banco-de-stand-en-lima.html' title='Remate Judicial Banco de Stand en Lima Precio Base S/ 52188'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDiRZy1Xag5khrLZaRGT3Koss42r-ypoBBU6lXN7BIwZ-P7fkE4tv-JTbe5MH2LR6ZrMqSFeKZbOpzkOKZpwFS5ca5kuFjLyhq8yqGy8F2FQytnY06x6RQkuFRn799WhfiwikJGYz4lJFpO-yron4r0xu9BE2FUjtvA_37KtLQS-JCVFqpxgU_WLeM/s72-c/casa-4-lima.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-8425493259798611690</id><published>2026-10-02T07:02:09.148-07:00</published><updated>2026-10-02T07:02:09.148-07:00</updated><title type='text'>Venta de Casa en San Juan de Lurigancho Lima Precio Base S/ 127138</title><content type='html'>Inmueble de dos Pisos, CASA. Area Techada 160.00 m&lt;sup&gt;2&lt;/sup&gt; &lt;br&gt;
Tasación: S/. 190,707.12. &lt;b&gt;Precio Base: S/. 127,138.08&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: S/. 381.41. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: S/. 19,070.71.. Distrito Judicial: LIMA ESTE. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. &lt;b&gt;Distrito: SAN JUAN DE LURIGANCHO&lt;/b&gt;. &lt;br&gt;
Partida Registral: P02194776 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: CASA.&lt;/b&gt; Dirección: Pueblo Joven Sol de la Justicia, Manzana B, Lote 10 Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;02/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;11/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;16/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;21/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;22/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 29326-2023-0-1817-JR-CO-08. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: GRANADOS MANZANEDA HUGO JURGEN. Especialista: BENITES CLAVIJO ROSA JEANINA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 09. Fecha Resolución: 15/04/2026 &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25491&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;/div&gt;
&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/subasta-judicial-canete-publico-jr-co.html&quot;&gt;Subasta judicial Cañete Publico Jr Co Publico Jr Co&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/casa-inmueble-en-remate-bbva-en-ancash.html&quot;&gt;Casa Inmueble en Remate BBVA en Ancash Moro Precio Base $ 26021&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remju-casa-en-venta-en-lambayeque.html&quot;&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; Casa en Venta en Lambayeque Chiclayo Precio Base $ 167702&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., &lt;br&gt;
Resolución Nro. NUEVE Lima, quince de abril del dos mil veintiséis. � &lt;br&gt;
Puesto a despacho y estando a la razón que antecede de la especialista legal que da cuenta en la fecha y dando cuenta en la fecha, ello debido a las recargadas labores del Juzgado que tramita tanto expedientes judiciales electrónicos como expedientes judiciales físicos y carga procesal que supera los �Estándares de expedientes principales resueltos para los órganos jurisdiccionales ubicados en las sedes principales de las Cortes Superior de Justicia del País�, según lo establecido en la R.A. N� 395-2020-CE-PJ, el escrito ingresado a través del a mesa de partes electrónica con el No 208577-2025 de fecha 14/07/2025, presentado por la parte demandante MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A, cumple mandato ordenado por la resolución Nro 8: &lt;br&gt;
AL PRINCIPAL Al escrito presentado, Y Estando a lo expuesto, y con respecto a la convocatoria a remate del bien materia de ejecución inscrito en la Partida Electrónica N� P02194776 de los Registros de Propiedad Inmueble de Lima y ATENDIENDO: en consecuencia, se dispone: PRIMERO: Que, el demandante MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A solicita se convoque a remate judicial electrónico en primera convocatoria respecto del bien materia de ejecución en el presente proceso; &lt;br&gt;
SEGUNDO: Estando a lo glosado precedentemente, teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 1 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial; &lt;br&gt;
TERCERO: Que, resulta preciso señalar que mediante la expedición de la Ley N� 32297 publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 11 de abril del año en curso se ha dispuesto la modificación de la Ley N� 27728 � Ley del Martillero Publico, la Ley N� 30229, la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del Trabajo. &lt;br&gt;
La ley antes señalada modifica los artículos 1�,12�,13�,15� y 16� de la Ley N� 30229 disponiendo que los remates judiciales dispuestos por los órganos jurisdiccionales que se realicen a través de medios electrónicos se efectuaran a cargo de Martillero Publico hábil, el cual será designado por el Juez en la resolución que disponga el remate electrónico judicial. &lt;br&gt;
Sin embargo, cabe señalar que aún no se encuentra implementada en el sistema de remates judiciales electrónicos el acceso para el Martillero Publico para el ejercicio de sus funciones, De igual manera, no se ha establecido la nómina de martilleros públicos para su designación en forma correlativa y no se ha creado la Cámara del Martillero Publico. &lt;br&gt;
Deberá tenerse presente que los actuados se encuentran en la etapa técnica de ejecución, por lo cual el proceso no podrá retardarse o suspenderse en su ejecución ni ser paralizado por dichos inconvenientes. &lt;br&gt;
Asimismo, se estableció como precedente vinculante 1 que al momento de interpretarse dispositivos legales debe partirse de la presunción de su validez y legitimidad, realizando no solo un juicio de relevancia de las normas interpretadas sino también una labor de interpretación exhaustiva que permita &lt;br&gt;
1 Sentencia de &lt;b&gt;Casa&lt;/b&gt;ción recaída en el expediente número 1266-2022-LIMA, fundamento quinto, emitido por la Tercera Sala de Derecho Constitucionmal y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. salvaguardar su constitucionalidad. Con ello, este juzgador considera que la referida normatividad, no debe ser excluida por irreparabilidad de los vacíos y defectos detectados, pero sí debe interpretarse como condicionada al cumplimiento previo de otros hechos (como los mencionados anteriormente). &lt;br&gt;
Por consiguiente, el presente proceso no podrá retardarse en su ejecución ni ser paralizado por dichos inconvenientes, por lo cual en aplicación de los artículos II y V del título preliminar del Código Procesal Civil y en el artículo 139� inciso 2 de la Constitución Política del Estado deberá continuarse el remate judicial electrónico a través del aplicativo informático del REM@JU. &lt;br&gt;
CUARTO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto; &lt;br&gt;
QUINTO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13� de la Ley 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicará el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicará los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. &lt;br&gt;
SEXTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicará el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente; &lt;br&gt;
SETIMO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: &lt;br&gt;
1) CONVÓQUESE A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble materia de ejecución forzada siguiente: &lt;br&gt;
DESCRIPCIÓN: Inmueble sito en: Pueblo Joven Sol de la Justicia, Manzana B, Lote 10 del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrita en la Partida Registral Nro P02194776 del registro de propiedad inmueble de la Oficina Registral y zona registral N� IX � Sede Lima. &lt;br&gt;
2) CONVÓQUESE AUTOMÁTICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. &lt;br&gt;
3) CARGA Y GRAVÁMENES: &lt;br&gt;
3.A.- HIPOTECA: constituida a favor de MIBANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A a fin de garantizar el préstamo por S/. 211,197.00, así como de garantizas las demás obligaciones que se señala en contrato que se archiva. Así consta en la Escritura Pública de fecha 19/09/2016 otorgada ante Notario Público de Lima Dr. Marco Becerra Sosaya. Inscrita en el asiento D00003 de la Partida Electrónica N� P02194776. &lt;br&gt;
EMBARGOS: &lt;br&gt;
3.8.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Por orden del Juez JUAN PABLO RENGIFO SANTANDER del 13� Juzgado Civil Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima resuelve trabar Embargo en forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 61,000.00 soles sobre el inmueble de propiedad de AGUEDO, MARINA MAELA referente al inmueble inscrito en la presente partida. Así y más extenso constan en la resolución N� 3 de fecha 18/08/2020 y mediante resolución N� 4 de fecha 15/10/2020. Expediente N� 03460-2020-72-1817-JR-CO- 13. Inscrita en el asiento D00004 de la Partida Electrónica N� P02194776. &lt;br&gt;
4) VALOR DE TASACIÓN: Tasación Comercial obrante en autos asciende a la suma de S/. 190,707.12 (CIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS SIETE CON 12/100 SOLES). &lt;br&gt;
5) PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt;&lt;br&gt;
5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: S/. 127.138.08 (CIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTOS TREINTA Y OCHO CON 08/100 SOLES). &lt;br&gt;
5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de S/. 108.067.37 (CIENTOS OCHO MIL SESENTA Y SIETE CON 37/100 SOLES). &lt;br&gt;
5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: S/. 91.857.26 (NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 26/100 SOLES). &lt;br&gt;
6) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley 30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. &lt;br&gt;
7) PUBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15� de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. &lt;br&gt;
8) FIJESE los Carteles en la vitrina del local del Juzgado por parte de la Especialista Legal de Actos Externos PREVIA programación por parte de la ejecutante, en forma oportuna y BAJO SU RESPONSABILIDAD y en el bien inmueble a rematar por parte del personal responsable de los remates electrónicos judiciales REM@JU de Lima en forma oportuna, bajo responsabilidad. Sea esta resolución consentida o ejecutoriada. Notifíquese. � &lt;br&gt;
9) Verificándose el certificado de gravamen OFÍCIESE al 13� Juzgado Civil Subespecialidad Comercial, Expediente N� 03460-2020-72-1817-JR-CO-13a fin de que tome conocimiento de la presente convocatoria. Al escrito Nro. 5950-2026 de fecha 19/03/2026, presentado por la parte demandante, téngase presente el apersonamiento de su apoderado ROY RICHARD CASASOLA COZ, identificado con DNI N� 09447029, &lt;br&gt;
AL PRIMER OTROSI: Téngase por variado su casilla postal a la Casilla procesal Física N� 10080 del Ilustre Colegio de Abogados de Lima y téngase por ratificado su domicilio procesal en la Casilla electrónica N� 26141 del SINOE y téngase presente el correo electrónico con terminación Gmail que indica y su número de celular. Notifíquese. - &lt;br&gt;
AL SEGUNDO OTROSI: Téngase presente lo descrito en esta resolución. &lt;br&gt;
AL TERCER OTROSI: Téngase por autorizadas a las personas que se indican a fin de realizar las gestiones que se señalan; excepto para la lectura del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 138� del Código Procesal Civil. &lt;br&gt;
Interviniendo la Secretario judicial que da cuenta por disposición del Superior. Llámese la atención al señor especialista legal por la demora en dar cuenta del escrito. Notifíquese. - &lt;br&gt;&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;265&quot; data-original-width=&quot;293&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiJgX5RyedJnLMSucOwIK8Lv3OCN2tyuyaJgwWx_wZKoj5rHqlo7-ggdiQcwvrI_ZvwSNP19SolbevH92X0uirJ3Gmag4hXj4Ptop7pDWsORlTwYDQkdrM1VlprlsCxsymy2gc4HHbeH5N1dSfBUjENA6diZTBtE8v9sURBoYGaF4k--er1U_zFpmcW/s72-c/casa-2-san-juan-de-lurigancho.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- SAN JUAN DE LURIGANCHO, Casa --&gt;&lt;!-- id=25491 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/8425493259798611690'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/8425493259798611690'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/venta-de-casa-en-san-juan-de-lurigancho.html' title='Venta de Casa en San Juan de Lurigancho Lima Precio Base S/ 127138'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiJgX5RyedJnLMSucOwIK8Lv3OCN2tyuyaJgwWx_wZKoj5rHqlo7-ggdiQcwvrI_ZvwSNP19SolbevH92X0uirJ3Gmag4hXj4Ptop7pDWsORlTwYDQkdrM1VlprlsCxsymy2gc4HHbeH5N1dSfBUjENA6diZTBtE8v9sURBoYGaF4k--er1U_zFpmcW/s72-c/casa-2-san-juan-de-lurigancho.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-3273385308254910581</id><published>2026-10-02T07:01:02.863-07:00</published><updated>2026-10-02T07:01:02.863-07:00</updated><title type='text'>Rem@ju Casa Banco en Venta en Ancash Chimbote Precio Base $ 40122</title><content type='html'>Pueblo Joven Florida Baja Mza. H� Lote 25 &lt;br&gt;
Tasación: $ 60,183.70. &lt;b&gt;Precio Base: $ 40,122.47&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 120.37. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: $ 6,018.37.. Distrito Judicial: DEL SANTA. &lt;b&gt;Departamento: ANCASH&lt;/b&gt;. Provincia: SANTA. Distrito: CHIMBOTE. &lt;br&gt;
Partida Registral: P09034205 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: CASA.&lt;/b&gt; Dirección: Pueblo Joven Florida Baja Mza. H� Lote 25 Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;03/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;13/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;16/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;17/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;21/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;22/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 01709-2017-0-2501-JR-CI-02. Distrito Judicial: DEL SANTA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: GARCIA MARIN EDWARD SANTIAGO. Especialista: RUIZ CHAVEZ JULIA JACQUELINE. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 44. Fecha Resolución: 18/06/2026. Tipo Cambio: S/. 3.447 a la fecha 01/10/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25493&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-de-departamento-en.html&quot;&gt;Remate Judicial de Departamento en Junin Pilcomayo Precio Base S/ 147260&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-casa-banco-en-ancash-chimbote.html&quot;&gt;Venta de Casa Banco en Ancash Chimbote Precio Base $ 7171&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-casa-en-ancash-chimbote.html&quot;&gt;Remate Judicial Casa en Ancash Chimbote Precio Base $ 14538&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ANCASH?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : SCOTIABANK PERU SAA &lt;br&gt;
RESOLUCIÓN NÚMERO: CUARENTA Y CUATRO Nuevo Chimbote, dieciocho de junio del dos mil veintiséis.- &lt;br&gt;
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con el auto de vista y los escritos 28922-2025, 38078- 2025 y 19870-2026 presentado por la entidad ejecutante estando a lo solicitado se emite la resolución correspondiente y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley N�30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12� 1 de Ley N�30229 y artículo 13� del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativo de &lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; del portal web del Poder Judicial. SEGUNDO: Que, es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria electrónico se declarara desierto. TERCERO: Que, declarado desierta la primera convocatoria, conforme lo establece el artículo 13� de la Ley N�30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria, donde se indicará el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% 1 Artículo 12.Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (..) ; sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicará los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. CUARTO: Que, en caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicará el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. QUINTO: Que, por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya; por estas consideraciones: SE RESUELVE: &lt;br&gt;
1. CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: a) DESCRIPCION: Bien inmueble ubicado en el Pueblo Joven Florida Baja Mza. H� lote 25 del distrito Chimbote, Provincia del Santa, departamento de Ancash inscrito en la partida registral N� P09034205 del Registro de Propiedad Inmueble Registro de Predios de la Zona Registral Nro. VII Sede Huaraz Oficina Registral Chimbote. 2. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. 3.&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 3.1. Hipoteca: a) En el asiento N�8 de la Partida N� P09034205 de la Zona Registral Nro. VII Sede Huaraz Oficina Registral Chimbote, se ha inscrito una hipoteca constituida por los titulares del bien a favor de SCOTIABANK Perú S.A.A., hasta por la suma de S/ 164.340.00 soles. 4.&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación comercial según informe de Valuación presentada por el ejecutante en su escrito de demanda, en la suma de US$/ 60,183.70 (SESENTA MIL CIENTO OCHENTA Y TRES CON 70/100 DOLARES AMERICANOS). 5. PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en ANCASH?&lt;/h4&gt; a) PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de US$ 40,122.47 dólares americanos (CUARENTA MIL CIENTO VEINTIDOS CON 47/100 DOLARES AMERICANOS). b) SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 34,104.10 dólares americanos (TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO CUATRO CON 10/100 DOLARES AMERICANOS) c) TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de US$ 28,988.48 dólares americanos (VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 48/100 DOLARES AMERICANOS). 6. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley N�30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 7. PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15� de la Ley N�30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. El cronograma correspondiente a cada remate se genera automáticamente por el aplicativo informático REM@JU al que podrán acceder las partes en el portal institucional del Poder Judicial www.pj.gob.pe, enlace virtual de REM@JU, para su visualización. 8. FIJESE los Carteles en la vitrina del local del Juzgado por parte del Especialista Legal de Actos Externos en forma oportuna; y en el inmueble a rematar por parte del personal responsable de los remates electrónicos judiciales REM@JU en forma oportuna y bajo responsabilidad. 9. NOTIFÍQUESE a la parte ejecutada, dejándose a salvo su derecho de formular oposición solamente en base a la causal prevista legalmente. 10. CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE con solicitar el registro del remate electrónico en el sistema informático una vez vencido el plazo para formular oposición o una vez desestimada ésta en caso se hubiere formulado. Notifíquese. -&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;225&quot; data-original-width=&quot;225&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgScGzE-9EV9__F_U0-kLBvbHWuBYDmrG-GCmccmhPHHi3cMlQykK2x_P9UPOvEBV9-XGDI2IMsuthnmeTnhcXkGxqfE8NQ2IpPF0A6oIB9mROe2TEaWh_0TmCjh48GrzLnihXZ8y_u2aHuiR-rQKZBShhKh31xtaKQLEE5tmQ1X1sJ2w-NWW-3ioD0/s72-c/casa-1-ancash.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- ANCASH, Casa --&gt;&lt;!-- id=25493 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/3273385308254910581'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/3273385308254910581'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/10/remju-casa-banco-en-venta-en-ancash.html' title='Rem@ju Casa Banco en Venta en Ancash Chimbote Precio Base $ 40122'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgScGzE-9EV9__F_U0-kLBvbHWuBYDmrG-GCmccmhPHHi3cMlQykK2x_P9UPOvEBV9-XGDI2IMsuthnmeTnhcXkGxqfE8NQ2IpPF0A6oIB9mROe2TEaWh_0TmCjh48GrzLnihXZ8y_u2aHuiR-rQKZBShhKh31xtaKQLEE5tmQ1X1sJ2w-NWW-3ioD0/s72-c/casa-1-ancash.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-8088841821564797649</id><published>2026-09-29T07:05:19.049-07:00</published><updated>2026-09-29T07:05:19.049-07:00</updated><title type='text'>Oficina BBVA en Venta en San Isidro Lima Precio Base $ 559032</title><content type='html'>OFICINA 1601 Cuya �?rea Ocupada Es de 418.00 m&lt;sup&gt;2&lt;/sup&gt; y �?rea Techada Es de 418.00 m&lt;sup&gt;2&lt;/sup&gt;, de Tipolog�?a Comercial Administrativo. el &lt;br&gt;
Tasación: $ 838,548.90. &lt;b&gt;Precio Base: $ 559,032.60&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 1,677.10. Arancel: S/. 1,100.00. Oblaje: $ 83,854.89.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. &lt;b&gt;Distrito: SAN ISIDRO&lt;/b&gt;. &lt;br&gt;
Partida Registral: 41307455 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: OFICINA.&lt;/b&gt; Dirección: Oficina N� 1601, D�cimo Sexto Piso Ubicado En Av. Paseo de la Rep�blica 3245 Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;30/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;16/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;21/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;22/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 00050-2015-0-1817-JR-CO-17. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CALLE TAGUCHE, RICARDO LUIS. Especialista: ALARCÓN ROJAS SOLEDAD ELIZABETH. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 75. Fecha Resolución: 01/04/2024. Tipo Cambio: S/. 3.432 a la fecha 28/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25398&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;/div&gt;
&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/venta-de-casa-en-ica-santiago-precio.html&quot;&gt;Venta de Casa en Ica Santiago Precio Base S/ 86498&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/casa-en-venta-en-san-martin-tarapoto.html&quot;&gt;Casa en Venta en San Martin Tarapoto Precio Base S/ 114036&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/remate-judicial-en-lambayeque-chiclayo.html&quot;&gt;Remate Judicial en Lambayeque Chiclayo de Terrenos Precio Base $ 12300&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : BANCO BBVA PERU, &lt;br&gt;
Resolución 75 Lima, primero de abril del dos mil veinticuatro Dado cuenta al escrito N� 272464-2023 presentado por Banco BBVA Perú: con el arancel judicial y las partidas registrales que se adjuntan: ATENDIENDO: &lt;br&gt;&lt;br&gt;
 PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731� del Código Procesal Civil modif icado por la Ley 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 1 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, &lt;br&gt;
1 Articulo 12 .Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del &lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; procede al cumplir con los siguientes requisitos: &lt;br&gt;
a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes.; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (�) ; &lt;br&gt;
debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial; &lt;br&gt;&lt;br&gt;
--SEGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. &lt;br&gt;&lt;br&gt;
- TERCERO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. &lt;br&gt;&lt;br&gt;
- CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. &lt;br&gt;&lt;br&gt;
--QUINTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: 1) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 1.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Oficina&lt;/b&gt; N� 1601, Décimo Sexto Piso Ubicado en Av. Paseo de la República 3245 � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41307455 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 1.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 1.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 1.3.1. HIPOTECA: en el asiento D00014 de la Partida Electrónica N� 41307455 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 1.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 838,548.90 (OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 90/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 1.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 559,032.60 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y DOS Y 60/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 475,177.71 (CUATROSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 71/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 403,901.05 (CUATROCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS UNO Y 05/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
2) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 2.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Estacionamiento 32, Edificio El Senador, Av. Paseo de La República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41299959 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 2.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 2.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 2.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electrónica N� 41299959 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 2.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electrónica N� 41299959 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 2.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 2.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
3) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 3.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en Estacionamiento 33, Edificio El Senador, Av. Paseo de La República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41299967 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 3.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 3.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 3.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electrónica N� 41299967 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 3.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electrónica N� 41299967 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 3.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 3.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
4) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 4.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en Estacionamiento 34, Edificio El Senador, Av. Paseo de La República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41299975 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 4.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 4.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 4.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electrónica N� 41299975 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 4.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electrónica N� 41299975 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 4.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 4.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
5) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 5.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en Estacionamiento 35, Edificio El Senador, Av. Paseo de La República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41299983 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 5.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 5.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 5.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electrónica N� 41299983 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 5.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electrónica N� 41299983 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 5.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 5.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 5.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 5.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 5.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
6) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 6.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Oficina&lt;/b&gt; N� 07, Noveno Piso, Edificio El Senador, Av. Paseo de la República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41307390 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 6.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 6.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 6.3.1. HIPOTECA: en el asiento D00008 de la Partida Electrónica N� 41307390 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 6.3.2 EMBARGO: en el asiento D00009 de la Partida Electrónica N� 41307390 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, La Ejecutora Coactiva de la Municipalidad de San Isidro ha ordenado Trabar Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 40,000.00 Soles en el procedimiento de Cobranza Coactiva N� 2016-008540AC 6.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 838,548.90 (OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 90/100 DOLARES AMERICANOS) 6.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 6.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 559,032.60 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y DOS Y 60/100 DOLARES AMERICANOS) 6.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 475,177.71 (CUATROSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 71/100 DOLARES AMERICANOS) 6.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 403,901.05 (CUATROCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS UNO Y 05/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
7) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 7.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en Estacionamiento 10, Edificio El Senador, Av. Paseo de La República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41288906 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 7.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 7.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 7.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00008 de la Partida Electrónica N� 41288906 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 7.3.3 EMBARGO: en el asiento D00010 de la Partida Electrónica N� 41288906 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 7.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 7.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 7.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 7.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 7.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). 8) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizo la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la L ey 30229 ; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 9) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. 10) FIJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de litis por parte del Especialista Legal de Actos Externos en forma oportuna y bajo responsabilidad. 11) OFICIESE a la SUNAFIL y a la Municipalidad de San Isidro a fin de poner en su conocimiento lo dispuesto en la presente resolución, debiendo la parte demandante cumplir con precisar la dirección de éstos.- &lt;br&gt;&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;219&quot; data-original-width=&quot;220&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDiRZy1Xag5khrLZaRGT3Koss42r-ypoBBU6lXN7BIwZ-P7fkE4tv-JTbe5MH2LR6ZrMqSFeKZbOpzkOKZpwFS5ca5kuFjLyhq8yqGy8F2FQytnY06x6RQkuFRn799WhfiwikJGYz4lJFpO-yron4r0xu9BE2FUjtvA_37KtLQS-JCVFqpxgU_WLeM/s72-c/casa-4-lima.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- SAN ISIDRO, Oficina --&gt;&lt;!-- id=25398 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/8088841821564797649'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/8088841821564797649'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/oficina-bbva-en-venta-en-san-isidro.html' title='Oficina BBVA en Venta en San Isidro Lima Precio Base $ 559032'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDiRZy1Xag5khrLZaRGT3Koss42r-ypoBBU6lXN7BIwZ-P7fkE4tv-JTbe5MH2LR6ZrMqSFeKZbOpzkOKZpwFS5ca5kuFjLyhq8yqGy8F2FQytnY06x6RQkuFRn799WhfiwikJGYz4lJFpO-yron4r0xu9BE2FUjtvA_37KtLQS-JCVFqpxgU_WLeM/s72-c/casa-4-lima.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-2686116043638264679</id><published>2026-09-29T07:04:15.437-07:00</published><updated>2026-09-29T07:04:15.437-07:00</updated><title type='text'>Venta de Estacionamiento BBVA en San Isidro Lima Precio Base $ 11391</title><content type='html'>El ESTACIONAMIENTO 33 Cuya �?rea Ocupada Es de 15.00 m&lt;sup&gt;2&lt;/sup&gt; y �?rea Techada Es de 15.00 m&lt;sup&gt;2&lt;/sup&gt; . el Per�?metro de la Unidad &lt;br&gt;
Tasación: $ 17,086.86. &lt;b&gt;Precio Base: $ 11,391.24&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 34.17. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: $ 1,708.69.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. &lt;b&gt;Distrito: SAN ISIDRO&lt;/b&gt;. &lt;br&gt;
Partida Registral: 41299967 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: ESTACIONAMIENTO.&lt;/b&gt; Dirección: Estacionamiento 33, Edificio el Senador, Av. Paseo de la Rep�blica Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;30/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;16/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;21/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;22/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 00050-2015-0-1817-JR-CO-17. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CALLE TAGUCHE, RICARDO LUIS. Especialista: ALARCÓN ROJAS SOLEDAD ELIZABETH. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 75. Fecha Resolución: 01/04/2024. Tipo Cambio: S/. 3.432 a la fecha 28/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25400&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-sunat-inmuebles-end-output-from.html&quot;&gt;Remate SUNAT Inmuebles &lt;!-- END OUTPUT from &#39;core/modules/views/templates/views-view-field.html.twig&#39;&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;&lt;a class=&#39;miraa&#39; href=&#39;http://www.rematecasas.com/2026/09/casa-inmueble-en-remate-bcp-en-loreto.html&#39;&gt;Casa Inmueble en Remate BCP en Loreto Iquitos Precio Base S/ 121264&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;&lt;a class=&#39;miraa&#39; href=&#39;http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-casa-en-junin-parco-precio.html&#39;&gt;Venta de Casa en Junin Parco Precio Base S/ 38721&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;/ul&gt;&lt;/div&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : BANCO BBVA PERU, &lt;br/&gt;Resoluci&amp;oacute;n 75 Lima, primero de abril del dos mil veinticuatro Dado cuenta al escrito N� 272464-2023 presentado por Banco BBVA Per&amp;uacute;: con el arancel judicial y las partidas registrales que se adjuntan: ATENDIENDO: &lt;br/&gt;&lt;br/&gt; PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa t&amp;eacute;cnica de ejecuci&amp;oacute;n forzada, de conformidad con lo disciplinado en el art&amp;iacute;culo 731� del C&amp;oacute;digo Procesal Civil modif icado por la Ley 30229; y verific&amp;aacute;ndose que la presente solicitud cumple con los requisitos se&amp;ntilde;alados en el art&amp;iacute;culo 12 1 de Ley 30229 y art&amp;iacute;culo 13 del Reglamento de la citada Ley, &lt;br/&gt;1 Articulo 12 .Condiciones para remate por internet. El remate electr&amp;oacute;nico judicial a trav&amp;eacute;s del &lt;a href=&#39;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&#39; target=&#39;_blank&#39;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; procede al cumplir con los siguientes requisitos: &lt;br/&gt;a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripci&amp;oacute;n jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electr&amp;oacute;nico judicial por REM@JU en funci&amp;oacute;n de las facilidades y condiciones tecnol&amp;oacute;gicas existentes.; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resoluci&amp;oacute;n que disponga el remate electr&amp;oacute;nico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los grav&amp;aacute;menes, de ser el caso, y el monto de su valorizaci&amp;oacute;n. (�) ; &lt;br/&gt;debe procederse a efectuar el remate electr&amp;oacute;nico a trav&amp;eacute;s del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial; &lt;br/&gt;&lt;br/&gt;--SEGUNDO: Es menester se&amp;ntilde;alar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electr&amp;oacute;nico se declarara desierto. &lt;br/&gt;&lt;br/&gt;- TERCERO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el art&amp;iacute;culo 13 de la Ley 30229 � el REM@JU generar&amp;aacute; autom&amp;aacute;ticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducci&amp;oacute;n del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electr&amp;oacute;nico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripci&amp;oacute;n, presentaci&amp;oacute;n de ofertas y fecha l&amp;iacute;mite de cancelaci&amp;oacute;n. &lt;br/&gt;&lt;br/&gt;- CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generar&amp;aacute; autom&amp;aacute;ticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos se&amp;ntilde;alados en el considerando precedente. &lt;br/&gt;&lt;br/&gt;--QUINTO: Por &amp;uacute;ltimo, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electr&amp;oacute;nico judicial, procedi&amp;eacute;ndose conforme a las normas del C&amp;oacute;digo Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: 1) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecuci&amp;oacute;n forzada siguiente: 1.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Oficina N� 1601, D&amp;eacute;cimo Sexto Piso Ubicado en Av. Paseo de la Rep&amp;uacute;blica 3245 � San Isidro inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41307455 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima. 1.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a trav&amp;eacute;s del aplicativo inform&amp;aacute;tico del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 1.3 CARGA Y .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 1.3.1. HIPOTECA: en el asiento D00014 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41307455 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, Lichtfield de Per&amp;uacute; SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 1.4 .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasaci&amp;oacute;n Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 838,548.90 (OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 90/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5 PRECIO .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 1.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n que asciende a la suma de: US$ 559,032.60 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y DOS Y 60/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras del valor de la tasaci&amp;oacute;n deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 475,177.71 (CUATROSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 71/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n con deducci&amp;oacute;n en un 15% adicional a la cantidad que sirvi&amp;oacute; de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 403,901.05 (CUATROCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS UNO Y 05/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br/&gt;2) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecuci&amp;oacute;n forzada siguiente: 2.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Estacionamiento&lt;/b&gt; 32, Edificio El Senador, Av. Paseo de La Rep&amp;uacute;blica � San Isidro inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299959 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima. 2.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a trav&amp;eacute;s del aplicativo inform&amp;aacute;tico del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 2.3 CARGA Y .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 2.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299959 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, Lichtfield de Per&amp;uacute; SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 2.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299959 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalizaci&amp;oacute;n Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripci&amp;oacute;n hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 2.4 .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasaci&amp;oacute;n Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5 PRECIO .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 2.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras del valor de la tasaci&amp;oacute;n deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n con deducci&amp;oacute;n en un 15% adicional a la cantidad que sirvi&amp;oacute; de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br/&gt;3) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecuci&amp;oacute;n forzada siguiente: 3.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Estacionamiento&lt;/b&gt; 33, Edificio El Senador, Av. Paseo de La Rep&amp;uacute;blica � San Isidro inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299967 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima. 3.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a trav&amp;eacute;s del aplicativo inform&amp;aacute;tico del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 3.3 CARGA Y .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 3.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299967 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, Lichtfield de Per&amp;uacute; SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 3.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299967 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalizaci&amp;oacute;n Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripci&amp;oacute;n hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 3.4 .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasaci&amp;oacute;n Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5 PRECIO .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 3.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras del valor de la tasaci&amp;oacute;n deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n con deducci&amp;oacute;n en un 15% adicional a la cantidad que sirvi&amp;oacute; de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br/&gt;4) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecuci&amp;oacute;n forzada siguiente: 4.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Estacionamiento&lt;/b&gt; 34, Edificio El Senador, Av. Paseo de La Rep&amp;uacute;blica � San Isidro inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299975 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima. 4.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a trav&amp;eacute;s del aplicativo inform&amp;aacute;tico del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 4.3 CARGA Y .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 4.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299975 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, Lichtfield de Per&amp;uacute; SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 4.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299975 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalizaci&amp;oacute;n Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripci&amp;oacute;n hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 4.4 .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasaci&amp;oacute;n Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5 PRECIO .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 4.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras del valor de la tasaci&amp;oacute;n deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n con deducci&amp;oacute;n en un 15% adicional a la cantidad que sirvi&amp;oacute; de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br/&gt;5) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecuci&amp;oacute;n forzada siguiente: 5.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Estacionamiento&lt;/b&gt; 35, Edificio El Senador, Av. Paseo de La Rep&amp;uacute;blica � San Isidro inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299983 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima. 5.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a trav&amp;eacute;s del aplicativo inform&amp;aacute;tico del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 5.3 CARGA Y .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 5.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299983 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, Lichtfield de Per&amp;uacute; SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 5.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41299983 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalizaci&amp;oacute;n Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripci&amp;oacute;n hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 5.4 .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasaci&amp;oacute;n Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 5.5 PRECIO .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 5.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 5.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras del valor de la tasaci&amp;oacute;n deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 5.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n con deducci&amp;oacute;n en un 15% adicional a la cantidad que sirvi&amp;oacute; de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br/&gt;6) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecuci&amp;oacute;n forzada siguiente: 6.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Oficina N� 07, Noveno Piso, Edificio El Senador, Av. Paseo de la Rep&amp;uacute;blica � San Isidro inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41307390 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima. 6.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a trav&amp;eacute;s del aplicativo inform&amp;aacute;tico del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 6.3 CARGA Y .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 6.3.1. HIPOTECA: en el asiento D00008 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41307390 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, Lichtfield de Per&amp;uacute; SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 6.3.2 EMBARGO: en el asiento D00009 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41307390 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, La Ejecutora Coactiva de la Municipalidad de San Isidro ha ordenado Trabar Embargo en Forma de Inscripci&amp;oacute;n hasta por la suma de S/. 40,000.00 Soles en el procedimiento de Cobranza Coactiva N� 2016-008540AC 6.4 .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasaci&amp;oacute;n Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 838,548.90 (OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 90/100 DOLARES AMERICANOS) 6.5 PRECIO .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 6.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n que asciende a la suma de: US$ 559,032.60 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y DOS Y 60/100 DOLARES AMERICANOS) 6.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras del valor de la tasaci&amp;oacute;n deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 475,177.71 (CUATROSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 71/100 DOLARES AMERICANOS) 6.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n con deducci&amp;oacute;n en un 15% adicional a la cantidad que sirvi&amp;oacute; de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 403,901.05 (CUATROCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS UNO Y 05/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br/&gt;7) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecuci&amp;oacute;n forzada siguiente: 7.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Estacionamiento&lt;/b&gt; 10, Edificio El Senador, Av. Paseo de La Rep&amp;uacute;blica � San Isidro inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41288906 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima. 7.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a trav&amp;eacute;s del aplicativo inform&amp;aacute;tico del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 7.3 CARGA Y .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 7.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00008 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41288906 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, Lichtfield de Per&amp;uacute; SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 7.3.3 EMBARGO: en el asiento D00010 de la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 41288906 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros P&amp;uacute;blicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalizaci&amp;oacute;n Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripci&amp;oacute;n hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 7.4 .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasaci&amp;oacute;n Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 7.5 PRECIO .&lt;br/&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 7.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 7.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras del valor de la tasaci&amp;oacute;n deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 7.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n con deducci&amp;oacute;n en un 15% adicional a la cantidad que sirvi&amp;oacute; de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). 8) OBLAJE: Los postores deber&amp;aacute;n cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasaci&amp;oacute;n arriba indicada mediante dep&amp;oacute;sito electr&amp;oacute;nico judicial en la moneda en que se realizo la tasaci&amp;oacute;n del bien conforme a lo dispuesto en el art&amp;iacute;culo 17� del Reglamento de la L ey 30229 ; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 9) PUBLICACION: Proc&amp;eacute;dase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a trav&amp;eacute;s del aplicativo inform&amp;aacute;tico del REM@JU por el termino de ley conforme as&amp;iacute; lo regula el art&amp;iacute;culo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resoluci&amp;oacute;n al haber vencido el plazo de oposici&amp;oacute;n; publicaci&amp;oacute;n que tendr&amp;aacute; validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base se&amp;ntilde;alado de las mismas en la presente resoluci&amp;oacute;n. 10) FIJESE por &amp;uacute;nica vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de litis por parte del Especialista Legal de Actos Externos en forma oportuna y bajo responsabilidad. 11) OFICIESE a la SUNAFIL y a la Municipalidad de San Isidro a fin de poner en su conocimiento lo dispuesto en la presente resoluci&amp;oacute;n, debiendo la parte demandante cumplir con precisar la direcci&amp;oacute;n de &amp;eacute;stos.- &lt;br/&gt;&lt;img border=&#39;0&#39; data-original-height=&#39;219&#39; data-original-width=&#39;220&#39; height=&#39;72&#39; src=&#39;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDiRZy1Xag5khrLZaRGT3Koss42r-ypoBBU6lXN7BIwZ-P7fkE4tv-JTbe5MH2LR6ZrMqSFeKZbOpzkOKZpwFS5ca5kuFjLyhq8yqGy8F2FQytnY06x6RQkuFRn799WhfiwikJGYz4lJFpO-yron4r0xu9BE2FUjtvA_37KtLQS-JCVFqpxgU_WLeM/s72-c/casa-4-lima.png&#39; width=&#39;72&#39; /&gt;&lt;!-- SAN ISIDRO, Estacionamiento --&gt;&lt;!-- id=25400 --&gt; &lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/2686116043638264679'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/2686116043638264679'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-estacionamiento-bbva-en-san.html' title='Venta de Estacionamiento BBVA en San Isidro Lima Precio Base $ 11391'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDiRZy1Xag5khrLZaRGT3Koss42r-ypoBBU6lXN7BIwZ-P7fkE4tv-JTbe5MH2LR6ZrMqSFeKZbOpzkOKZpwFS5ca5kuFjLyhq8yqGy8F2FQytnY06x6RQkuFRn799WhfiwikJGYz4lJFpO-yron4r0xu9BE2FUjtvA_37KtLQS-JCVFqpxgU_WLeM/s72-c/casa-4-lima.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-1522821959043303696</id><published>2026-09-29T07:03:09.554-07:00</published><updated>2026-09-29T07:03:09.554-07:00</updated><title type='text'>Remate Judicial BBVA de Estacionamiento en San Isidro Lima Precio Base $ 11391</title><content type='html'>El ESTACIONAMIENTO 35 Cuya �?rea Ocupada Es de 15.00 m&lt;sup&gt;2&lt;/sup&gt; y �?rea Techada Es de 15.00 m&lt;sup&gt;2&lt;/sup&gt; . el Per�?metro de la Unidad &lt;br&gt;
Tasación: $ 17,086.86. &lt;b&gt;Precio Base: $ 11,391.24&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 34.17. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: $ 1,708.69.. Distrito Judicial: LIMA. Departamento: LIMA. Provincia: LIMA. &lt;b&gt;Distrito: SAN ISIDRO&lt;/b&gt;. &lt;br&gt;
Partida Registral: 41299983 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: ESTACIONAMIENTO.&lt;/b&gt; Dirección: Estacionamiento 35, Edificio el Senador, Av. Paseo de la Rep�blica Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;30/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;16/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;21/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;22/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 00050-2015-0-1817-JR-CO-17. Distrito Judicial: LIMA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CALLE TAGUCHE, RICARDO LUIS. Especialista: ALARCÓN ROJAS SOLEDAD ELIZABETH. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 75. Fecha Resolución: 01/04/2024. Tipo Cambio: S/. 3.432 a la fecha 28/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25402&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-terrenos-en-ucayali-calleria.html&quot;&gt;Venta de Terrenos en Ucayali Calleria Precio Base $ 12073&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-de-departamento-banco.html&quot;&gt;Remate Judicial de Departamento Banco en Santa Anita Lima Precio Base S/ 137807&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-de-casa-banco-en-callao-precio.html&quot;&gt;Remate de Casa Banco en Callao Precio Base $ 80050&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LIMA?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : BANCO BBVA PERU, &lt;br&gt;
Resolución 75 Lima, primero de abril del dos mil veinticuatro Dado cuenta al escrito N� 272464-2023 presentado por Banco BBVA Perú: con el arancel judicial y las partidas registrales que se adjuntan: ATENDIENDO: &lt;br&gt;&lt;br&gt;
 PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo disciplinado en el artículo 731� del Código Procesal Civil modif icado por la Ley 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12 1 de Ley 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada Ley, &lt;br&gt;
1 Articulo 12 .Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del &lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; procede al cumplir con los siguientes requisitos: &lt;br&gt;
a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes.; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (�) ; &lt;br&gt;
debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de REM@JU del portal web del Poder Judicial; &lt;br&gt;&lt;br&gt;
--SEGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. &lt;br&gt;&lt;br&gt;
- TERCERO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. &lt;br&gt;&lt;br&gt;
- CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. &lt;br&gt;&lt;br&gt;
--QUINTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya. Por consiguiente: SE RESUELVE: 1) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 1.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Oficina N� 1601, Décimo Sexto Piso Ubicado en Av. Paseo de la República 3245 � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41307455 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 1.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 1.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 1.3.1. HIPOTECA: en el asiento D00014 de la Partida Electrónica N� 41307455 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 1.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 838,548.90 (OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 90/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 1.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 559,032.60 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y DOS Y 60/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 475,177.71 (CUATROSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 71/100 DOLARES AMERICANOS) 1.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 403,901.05 (CUATROCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS UNO Y 05/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
2) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 2.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Estacionamiento&lt;/b&gt; 32, Edificio El Senador, Av. Paseo de La República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41299959 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 2.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 2.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 2.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electrónica N� 41299959 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 2.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electrónica N� 41299959 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 2.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 2.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 2.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
3) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 3.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Estacionamiento&lt;/b&gt; 33, Edificio El Senador, Av. Paseo de La República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41299967 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 3.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 3.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 3.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electrónica N� 41299967 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 3.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electrónica N� 41299967 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 3.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 3.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 3.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
4) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 4.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Estacionamiento&lt;/b&gt; 34, Edificio El Senador, Av. Paseo de La República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41299975 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 4.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 4.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 4.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electrónica N� 41299975 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 4.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electrónica N� 41299975 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 4.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 4.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 4.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
5) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 5.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Estacionamiento&lt;/b&gt; 35, Edificio El Senador, Av. Paseo de La República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41299983 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 5.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 5.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 5.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00011 de la Partida Electrónica N� 41299983 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 5.3.3 EMBARGO: en el asiento D00012 de la Partida Electrónica N� 41299983 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 5.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 5.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 5.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 5.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 5.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
6) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 6.1 DESCRIPCION: inmueble ubicado en Oficina N� 07, Noveno Piso, Edificio El Senador, Av. Paseo de la República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41307390 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 6.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 6.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 6.3.1. HIPOTECA: en el asiento D00008 de la Partida Electrónica N� 41307390 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 6.3.2 EMBARGO: en el asiento D00009 de la Partida Electrónica N� 41307390 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, La Ejecutora Coactiva de la Municipalidad de San Isidro ha ordenado Trabar Embargo en Forma de Inscripción hasta por la suma de S/. 40,000.00 Soles en el procedimiento de Cobranza Coactiva N� 2016-008540AC 6.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 838,548.90 (OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 90/100 DOLARES AMERICANOS) 6.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 6.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 559,032.60 (QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y DOS Y 60/100 DOLARES AMERICANOS) 6.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 475,177.71 (CUATROSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE Y 71/100 DOLARES AMERICANOS) 6.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 403,901.05 (CUATROCIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS UNO Y 05/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
7) CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: 7.1 DESCRIPCION: DESCRIPCION: inmueble ubicado en &lt;b&gt;Estacionamiento&lt;/b&gt; 10, Edificio El Senador, Av. Paseo de La República � San Isidro inscrito en la Partida Electrónica N� 41288906 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima. 7.2 CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria ha sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base 7.3 CARGA Y .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 7.3.1 HIPOTECA: en el asiento D00008 de la Partida Electrónica N� 41288906 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, Lichtfield de Perú SAC ha inscrito una hipoteca por la suma de US$ 1�000,000.00 en conjunto con otros inmuebles favor del BBVA Banco Continental. 7.3.3 EMBARGO: en el asiento D00010 de la Partida Electrónica N� 41288906 Zona Registral IX � Sede Lima de los Registros Públicos de Lima, El ejecutor Coactivo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral � Intendencia de Lima Metropolitana ha inscrito un embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 38, 410.25 soles en el procedimiento de cobranza coactiva sobre multa Expediente coactivo N� 0100-2015-SUAFIL/ILM- EC01 7.4 .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación Comercial que obra en autos asciende a la suma de US$ 17,086.86 (DIECISIETE MIL OCHENTA Y SEIS Y 86/100 DOLARES AMERICANOS) 7.5 PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LIMA?&lt;/h4&gt; 7.5.1 PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de: US$ 11,391.24 (ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 24/100 DOLARES AMERICANOS) 7.5.2 SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$ 9,682.55 (NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 55/100 DOLARES AMERICANOS) 7.5.3 TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de: US$ 8,230.17 (OCHO MIL DOSCIENTOS TRESINTA Y 17/100 DOLARES AMERICANOS). 8) OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizo la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la L ey 30229 ; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. 9) PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15 de la Ley 30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. 10) FIJESE por única vez los Carteles en la vitrina del local del Juzgado y en el inmueble materia de litis por parte del Especialista Legal de Actos Externos en forma oportuna y bajo responsabilidad. 11) OFICIESE a la SUNAFIL y a la Municipalidad de San Isidro a fin de poner en su conocimiento lo dispuesto en la presente resolución, debiendo la parte demandante cumplir con precisar la dirección de éstos.- &lt;br&gt;&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;219&quot; data-original-width=&quot;220&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDiRZy1Xag5khrLZaRGT3Koss42r-ypoBBU6lXN7BIwZ-P7fkE4tv-JTbe5MH2LR6ZrMqSFeKZbOpzkOKZpwFS5ca5kuFjLyhq8yqGy8F2FQytnY06x6RQkuFRn799WhfiwikJGYz4lJFpO-yron4r0xu9BE2FUjtvA_37KtLQS-JCVFqpxgU_WLeM/s72-c/casa-4-lima.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- SAN ISIDRO, Estacionamiento --&gt;&lt;!-- id=25402 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/1522821959043303696'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/1522821959043303696'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-bbva-de-estacionamiento.html' title='Remate Judicial BBVA de Estacionamiento en San Isidro Lima Precio Base $ 11391'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDiRZy1Xag5khrLZaRGT3Koss42r-ypoBBU6lXN7BIwZ-P7fkE4tv-JTbe5MH2LR6ZrMqSFeKZbOpzkOKZpwFS5ca5kuFjLyhq8yqGy8F2FQytnY06x6RQkuFRn799WhfiwikJGYz4lJFpO-yron4r0xu9BE2FUjtvA_37KtLQS-JCVFqpxgU_WLeM/s72-c/casa-4-lima.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-2186673488609162731</id><published>2026-09-29T07:01:00.344-07:00</published><updated>2026-09-29T07:01:00.344-07:00</updated><title type='text'>Remate Judicial de Departamento en Junin Pilcomayo Precio Base S/ 147260</title><content type='html'>Avenida Huamachuco Nro. 770 DEPARTAMENTO 707 del Centro Poblado de Pilcomayo, distrito de Pilcomayo, Provincia de Huancayo, DEPARTAMENTO de Jun�?n el &lt;br&gt;
Tasación: S/. 220,891.00. &lt;b&gt;Precio Base: S/. 147,260.67&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: S/. 441.78. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: S/. 22,089.10.. Distrito Judicial: JUNIN. &lt;b&gt;Departamento: JUNIN&lt;/b&gt;. Provincia: HUANCAYO. Distrito: PILCOMAYO. &lt;br&gt;
Partida Registral: P16089535 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO.&lt;/b&gt; Dirección: Avenida Huamachuco Nro. 770 Departamento 707 del Centro Poblado de Pilcomayo, Distrito de Pilcomayo, Provincia de Huancayo, Departamento de Jun�?n Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;30/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;16/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;21/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;22/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 02660-2021-0-1501-JR-CI-01. Distrito Judicial: JUNIN. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: ALANYA CASTILLO MIGUEL ANGEL. Especialista: LEON HEREDIA LIZETH. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 12. Fecha Resolución: 26/08/2026 &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25406&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;/div&gt;
&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-casa-en-lambayeque-chiclayo.html&quot;&gt;Venta de Casa en Lambayeque Chiclayo Precio Base $ 134372&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-bcp-de-departamento-en.html&quot;&gt;Remate Judicial BCP de Departamento en Ica Chincha Alta Precio Base $ 32200&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/subasta-judicial-canete-publico-jr-co.html&quot;&gt;Subasta judicial Cañete Publico Jr Co Publico Jr Co&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en JUNIN?&lt;/h4&gt;&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;250&quot; data-original-width=&quot;252&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhjPcs-VdmVMBFOmby8NX3ddjnZRyNKWcT0sO7FGXvvIHk8EKo29RF_ZYQwoOxLmM5Y23iB8zB42q3k5xD8OG997jsxSKCAvb7RtYtOA32zU8g_AZRraIgDn0Ronaj3Vlcml3fiJSoj47OARR7acc2Gbegjwb4IWAcN-KUx6hgDgD4csqgpesJ956bU/s72-c/casa-2-junin.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- JUNIN, Departamento --&gt;&lt;!-- id=25406 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/2186673488609162731'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/2186673488609162731'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-de-departamento-en.html' title='Remate Judicial de Departamento en Junin Pilcomayo Precio Base S/ 147260'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhjPcs-VdmVMBFOmby8NX3ddjnZRyNKWcT0sO7FGXvvIHk8EKo29RF_ZYQwoOxLmM5Y23iB8zB42q3k5xD8OG997jsxSKCAvb7RtYtOA32zU8g_AZRraIgDn0Ronaj3Vlcml3fiJSoj47OARR7acc2Gbegjwb4IWAcN-KUx6hgDgD4csqgpesJ956bU/s72-c/casa-2-junin.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-24506630470548127</id><published>2026-09-28T07:06:11.324-07:00</published><updated>2026-09-28T07:06:11.324-07:00</updated><title type='text'>Venta de Casa Banco en Ancash Chimbote Precio Base $ 7171</title><content type='html'>Bien Inmueble ubicado en la Mz. Q2 Lote 4 Asentamiento Humano Cambio Puente Sector A, del distrito de Chimbote, Provincia del Santa, Departamento de &lt;br&gt;
Tasación: $ 10,757.60. &lt;b&gt;Precio Base: $ 7,171.73&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 21.52. Arancel: S/. 275.00. Oblaje: $ 1,075.76.. Distrito Judicial: DEL SANTA. &lt;b&gt;Departamento: ANCASH&lt;/b&gt;. Provincia: SANTA. Distrito: CHIMBOTE. &lt;br&gt;
Partida Registral: P09110092 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: CASA.&lt;/b&gt; Dirección: Mz. Q2 Lote 4 Asentamiento Humano Cambio Puente Sector A, del Distrito de Chimbote, Provincia del Santa, Departamento de Ancash Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;05/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;06/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;10/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;11/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 00744-2018-0-2501-JR-CI-01. Distrito Judicial: DEL SANTA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: .ALZA VASQUEZ RICARDO MANUEL. Especialista: YESSICA PAOLA AMAYA QUILCATE. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 32. Fecha Resolución: 22/05/2026. Tipo Cambio: S/. 3.40 a la fecha 24/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25365&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;/div&gt;
&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/remju-casa-banco-en-venta-en-comas-lima.html&quot;&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; Casa Banco en Venta en Comas Lima Precio Base $ 74051&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/remju-casa-en-venta-en-arequipa-sachaca.html&quot;&gt;REM@JU Casa en Venta en Arequipa Sachaca Precio Base S/ 146323&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/casa-en-venta-en-junin-perene-precio.html&quot;&gt;Casa en Venta en Junin Perene Precio Base S/ 401113&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ANCASH?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : BANCO AGROPECUARIO &lt;br&gt;
Resolución número TREINTA Y DOS Nuevo Chimbote, veintidós de mayo del dos mil veintiséis.- &lt;br&gt;
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta, con el escrito presentado por la parte demandante, estando a lo expuesto téngase por cumplido el mandato contenido en la resolución que antecede, estando a lo solicitado se emite la que corresponde, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley N� 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12� 1 de Ley N� 30229 y artículo 13� del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativo de REM@JU del portal web del Poder Judicial. SEGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. TERCERO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13� de la Ley N� 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. QUINTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya; por estas consideraciones: SE RESUELVE: &lt;br&gt;
1. CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA de los inmuebles materia de ejecución forzada siguiente: &lt;br&gt;
1 Artículo 12.Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (..) ; 2 &lt;br&gt;
a) DESCRIPCION: &lt;br&gt;
a.1 Bien inmueble ubicado en la Mz. Q2 lote 4 Asentamiento Humano Cambio Puente Sector A, del distrito de Chimbote, Provincia del Santa, Departamento de Ancash, inscrito en la Partida Registral N� P09110092 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos Zona Registral N� VII Sede Huaraz de la Oficina Registral de Chimbote. &lt;br&gt;
2. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. &lt;br&gt;
3.&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 3.1. Hipoteca: a) En el asiento N� 00005 de la Partida N� P09110092 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos Zona Registral N� VII Sede Huaraz de la Oficina Registral de Chimbote, se ha inscrito una hipoteca constituida por Alex Habran Granados Carranza, hasta por la suma de S/. 29,681.15 soles a favor de Banco Agropecuario, y conforme al título que da merito a dicha inscripción. &lt;br&gt;
4.&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación conforme al informe pericial aprobado en autos, en la suma de US $ 10,757.60 dólares americanos (DIEZ MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 20/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
5. PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en ANCASH?&lt;/h4&gt; a) PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de US $ 7,171.73 dólares americanos (SIETE MIL CIENTO SETENTA Y UNO CON 73/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
b) SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de $ 6,095.97 dólares americanos (SEIS MIL NOVENTA Y CINCO CON 97/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
c) TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de $ 5,181.57 dólares americanos (CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y UN CON 57/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
b) DESCRIPCION: &lt;br&gt;
b.1 Bien inmueble ubicado la Mz. LL2, lote 13 del Asentamiento Humano Cambio Puente Sector A, del distrito de Chimbote, provincia de Santa, Departamento de Ancash, inscrito en la Partida Registral N� P09110077 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos Zona Registral N� VII Sede Huaraz de la Oficina Registral de Chimbote. 3 &lt;br&gt;
6. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. &lt;br&gt;
7.&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; 7.1. Hipoteca: a) En el asiento N� 00005 de la Partida N� P09110077 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos Zona Registral N� VII Sede Huaraz de la Oficina Registral de Chimbote, se ha inscrito una hipoteca constituida por Alex Habran Granados Carranza, hasta por la suma de S/. 32,405.76 soles a favor de Banco Agropecuario, y conforme al título que da merito a dicha inscripción. &lt;br&gt;
8.&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación conforme al informe pericial aprobado en autos, en la suma de US $ 12,626.88 dólares americanos (DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS CON 88/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
9. PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en ANCASH?&lt;/h4&gt; d) PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de US $ 8,417.92 dólares americanos (OCHO MIL CUATROSCIENTOS DIECISIETE CON 92/100 DOLARES AMERICANOS). e) SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US $ 7,155.23 dólares americanos (SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 23/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
f) TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de US $ 6,081.94 dólares americanos (SEIS MIL OCHENTA Y UNO CON 94/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
10. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley N�30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. &lt;br&gt;
11. PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos de los remates EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15� de la Ley N�30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. El cronograma correspondiente a cada remate se genera automáticamente por el aplicativo informático REM@JU al que podrán acceder las partes en el portal institucional del Poder Judicial www.pj.gob.pe, enlace virtual de REM@JU, para su visualización. 4 &lt;br&gt;
12. FIJESE los Carteles en la vitrina del local del Juzgado; y en los inmuebles a rematar por parte de la especialista legal responsable de los remates electrónicos judiciales REM@JU en forma oportuna y bajo responsabilidad. &lt;br&gt;
13. NOTIFÍQUESE a la parte ejecutada, dejándose a salvo su derecho de formular oposición solamente en base a la causal prevista legalmente. &lt;br&gt;
14. CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE con solicitar el registro del remate electrónico en el sistema informático una vez vencido el plazo para formular oposición o una vez desestimada ésta en caso se hubiere formulado. 15. NOTIFIQUESE a las partes procesales, en su domicilio real, y casilla electrónica de corresponder, y a los ocupante de los inmuebles sub litis.- Notifíquese.- &lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;225&quot; data-original-width=&quot;225&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgScGzE-9EV9__F_U0-kLBvbHWuBYDmrG-GCmccmhPHHi3cMlQykK2x_P9UPOvEBV9-XGDI2IMsuthnmeTnhcXkGxqfE8NQ2IpPF0A6oIB9mROe2TEaWh_0TmCjh48GrzLnihXZ8y_u2aHuiR-rQKZBShhKh31xtaKQLEE5tmQ1X1sJ2w-NWW-3ioD0/s72-c/casa-1-ancash.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- ANCASH, Casa --&gt;&lt;!-- id=25365 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/24506630470548127'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/24506630470548127'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-casa-banco-en-ancash-chimbote.html' title='Venta de Casa Banco en Ancash Chimbote Precio Base $ 7171'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgScGzE-9EV9__F_U0-kLBvbHWuBYDmrG-GCmccmhPHHi3cMlQykK2x_P9UPOvEBV9-XGDI2IMsuthnmeTnhcXkGxqfE8NQ2IpPF0A6oIB9mROe2TEaWh_0TmCjh48GrzLnihXZ8y_u2aHuiR-rQKZBShhKh31xtaKQLEE5tmQ1X1sJ2w-NWW-3ioD0/s72-c/casa-1-ancash.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-7138743294971674531</id><published>2026-09-28T07:05:03.382-07:00</published><updated>2026-09-28T07:05:03.382-07:00</updated><title type='text'>Remate Judicial Casa en Ancash Chimbote Precio Base $ 14538</title><content type='html'>Bien Inmueble ubicado en el Centro Poblado Menor Cambio Puente Manzana V2 Lote 25 distrito de Chimbote, Provincia del Santa, Departamento de Ancash &lt;br&gt;
Tasación: $ 21,808.00. &lt;b&gt;Precio Base: $ 14,538.67&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 43.62. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: $ 2,180.80.. Distrito Judicial: DEL SANTA. &lt;b&gt;Departamento: ANCASH&lt;/b&gt;. Provincia: SANTA. Distrito: CHIMBOTE. &lt;br&gt;
Partida Registral: P09050549 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: CASA.&lt;/b&gt; Dirección: Bien Inmueble Ubicado En el Centro Poblado Menor Cambio Puente Manzana V2 Lote 25 Distrito de Chimbote, Provincia del Santa, Departamento de Ancash, Inscrito En la Partida Registral N� P09050549 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chimbote. Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;05/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;06/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;10/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;11/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 00164-2025-0-2501-JR-CI-03. Distrito Judicial: DEL SANTA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: VERGARA MENDOZA SEGUNDO ROGER.. Especialista: LOPEZ LUJAN ELIZABETH MARIANELLA. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 7. Fecha Resolución: 16/04/2026. Tipo Cambio: S/. 3.40 a la fecha 24/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25367&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;/div&gt;
&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/remaju-casa-en-venta-en-ica-pisco.html&quot;&gt;Remaju Casa en Venta en Ica Pisco Precio Base S/ 295668&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/venta-de-casa-en-ica-san-jose-de-los.html&quot;&gt;Venta de Casa en Ica San Jose de Los Molinos Precio Base S/ 14343&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/venta-de-casa-en-junin-pichanaqui.html&quot;&gt;Venta de Casa en Junin Pichanaqui Precio Base S/ 88774&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ANCASH?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : CAJA MUNIC. AHORRO Y CREDIT DEL SANTA SA &lt;br&gt;
RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE Nuevo Chimbote, dieciséis de abril del dos mil veintiséis. - &lt;br&gt;
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con los autos en despacho se procede a emitir la presente resolución, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley N� 30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12� 1 de Ley N� 30229 y artículo 13� del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativo de &lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; del portal web del Poder Judicial. SEGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. TERCERO: Declarado Desierto la Primera Convocatoria, conforme lo establece el artículo 13� de la Ley N� 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. QUINTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya; por estas consideraciones: SE RESUELVE: &lt;br&gt;
1 Artículo 12.Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (..) ; SEDE CHAMPAGNAT - AV. JOSÉ GALVEZ N� 290, Juez:VERGARA MENDOZA Segundo Roger FAU 20541763849 soft Fecha: 17/04/2026 15:28:58,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: DEL SANTA / SANTA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SEDE CHAMPAGNAT - AV. JOSÉ GALVEZ N� 290, Secretario:LOPEZ LUJAN Elizabeth Marianella FAU 20541763849 soft Fecha: 17/04/2026 16:59:28,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: DEL SANTA / SANTA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE 1. CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA de los inmuebles materia de ejecución forzada siguiente: &lt;br&gt;
a) DESCRIPCION: &lt;br&gt;
Bien inmueble ubicado en el CENTRO POBLADO MENOR CAMBIO PUENTE MANZANA V2 LOTE 25 distrito de Chimbote, Provincia del Santa, Departamento de Ancash, inscrito en la Partida Registral N� P09050549 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chimbote. &lt;br&gt;
2. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. &lt;br&gt;
3.&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; Hipoteca: a. Asiento 00008 Hipoteca hasta por la suma de US$ 17,446.40 dólares americanos soles a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa SA. &lt;br&gt;
4.&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuál es el valor de tasación del inmueble?&lt;/h4&gt; Tasación en la suma de US$ 21,808.00 dólares americanos. &lt;br&gt;
5. PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en ANCASH?&lt;/h4&gt; a) PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de US$. 14,538.66 dólares americanos (CATORCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON 66/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
b) SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$. 12,357.86 dólares americanos (DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 86/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
c) TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de US$. 10,504.18 dólares americanos (DIEZ MIL QUINIENTOS CUATRO CON 18/100 DOLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
6. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley N�30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. &lt;br&gt;
7. PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos de los remates EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15� de la Ley N�30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. El cronograma correspondiente a cada remate se genera automáticamente por el aplicativo informático REM@JU al que podrán acceder las partes en el portal institucional del Poder Judicial www.pj.gob.pe, enlace virtual de REM@JU, para su visualización. &lt;br&gt;
8. FIJESE los Carteles en la vitrina del local del Juzgado; y en los inmuebles a rematar por parte de la especialista legal responsable de los remates electrónicos judiciales REM@JU en forma oportuna y bajo responsabilidad. &lt;br&gt;
9. NOTIFÍQUESE a la parte ejecutada, dejándose a salvo su derecho de formular oposición solamente en base a la causal prevista legalmente. &lt;br&gt;
10. CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE con solicitar el registro del remate electrónico en el sistema informático una vez vencido el plazo para formular oposición o una vez desestimada ésta en caso se hubiere formulado. 11. NOTIFIQUESE a las partes procesales a las partes procesales, en su domicilio procesal o casilla electrónica, y en la dirección de los inmuebles sub Litis, asi como notifíquese a los poseedores del bien materia de Litis.- Notifíquese. - &lt;br&gt;
3� JUZGADO CIVIL EXPEDIENTE : 00164-2025-0-2501-JR-CI-03 MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS JUEZ : VERGARA MENDOZA SEGUNDO ROGER. ESPECIALISTA : LOPEZ LUJAN ELIZABETH MARIANELLA DEMANDANTE : CAJA MUNIC. AHORRO Y CREDIT DEL SANTA SA &lt;br&gt;
RESOLUCION NUMERO OCHO Nuevo Chimbote, treinta de abril del dos mil veintiséis. - &lt;br&gt;
DADO CUENTA: Con el escrito que antecede solicitando la corrección de la resolución siete, téngase presente y, se advierte en efecto que la resolución siete, del dieciséis de abril del presente año, en su parte resolutiva, en el punto carga y gravámenes, Hipoteca, se ha consignado erradamente �Asiento 00008 (�)�, por lo que en atención a lo dispuesto por el artículo 407 del Código Procesal Civil, se dispone corregir la resolución siete, únicamente en dicho extremo siendo lo correcto: �Asiento 00006 (�).�; quedando subsistente los demás extremos. Cedulas. - &lt;br&gt;
SEDE CHAMPAGNAT - AV. JOSÉ GALVEZ N� 290, Secretario:LOPEZ LUJAN Elizabeth Marianella FAU 20541763849 soft Fecha: 06/05/2026 16:48:59,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: DEL SANTA / SANTA,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL SANTA - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;225&quot; data-original-width=&quot;225&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgScGzE-9EV9__F_U0-kLBvbHWuBYDmrG-GCmccmhPHHi3cMlQykK2x_P9UPOvEBV9-XGDI2IMsuthnmeTnhcXkGxqfE8NQ2IpPF0A6oIB9mROe2TEaWh_0TmCjh48GrzLnihXZ8y_u2aHuiR-rQKZBShhKh31xtaKQLEE5tmQ1X1sJ2w-NWW-3ioD0/s72-c/casa-1-ancash.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- ANCASH, Casa --&gt;&lt;!-- id=25367 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/7138743294971674531'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/7138743294971674531'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-casa-en-ancash-chimbote.html' title='Remate Judicial Casa en Ancash Chimbote Precio Base $ 14538'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgScGzE-9EV9__F_U0-kLBvbHWuBYDmrG-GCmccmhPHHi3cMlQykK2x_P9UPOvEBV9-XGDI2IMsuthnmeTnhcXkGxqfE8NQ2IpPF0A6oIB9mROe2TEaWh_0TmCjh48GrzLnihXZ8y_u2aHuiR-rQKZBShhKh31xtaKQLEE5tmQ1X1sJ2w-NWW-3ioD0/s72-c/casa-1-ancash.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-889523867350188635</id><published>2026-09-28T07:03:58.443-07:00</published><updated>2026-09-28T07:03:58.443-07:00</updated><title type='text'>Remate Judicial BCP de Departamento en Ica Chincha Alta Precio Base $ 33200</title><content type='html'>Inmueble ubicado en Av. Luis Massaro N�510 � 512, DEPARTAMENTO 302. Block �c�? distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, DEPARTAMENTO de &lt;br&gt;
Tasación: $ 49,800.00. &lt;b&gt;Precio Base: $ 33,200.00&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 99.60. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: $ 4,980.00.. Distrito Judicial: ICA. &lt;b&gt;Departamento: ICA&lt;/b&gt;. Provincia: CHINCHA. Distrito: CHINCHA ALTA. &lt;br&gt;
Partida Registral: 11053723 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO.&lt;/b&gt; Dirección: Inmueble Ubicado En Av. Luis Massaro N�510 � 512, Departamento 302. Block �c�? Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, Inscrito En la Partida Electr�nica N� 11053723, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chincha. Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;05/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;06/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;10/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;11/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 00307-2021-0-1408-JR-CI-01. Distrito Judicial: ICA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: PORTAL LLANOS MARIA ADRIANA. Especialista: CRISTOBAL MANRIQUE LITMAN ULISES. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 24. Fecha Resolución: 01/07/2026. Tipo Cambio: S/. 3.40 a la fecha 24/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25369&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-lambayeque-conjunto.html&quot;&gt;Remate judicial Lambayeque Conjunto Habitacional Batangrande Mz A&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/remju-almacan-en-venta-en-huanuco.html&quot;&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; Almac�n en Venta en Huanuco Amarilis Precio Base $ 553593&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/venta-de-casa-en-lambayeque-monsefu.html&quot;&gt;Venta de Casa en Lambayeque Monsefu Precio Base $ 34034&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ICA?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU &lt;br&gt;
Resolución N� 24. Chincha Alta, uno de julio del año dos mil veintiséis. &lt;br&gt;
Puestos los presentes actuados en Despacho para emitir el auto para remate electrónico. VISTOS: y, considerando: PRIMERO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 623 del Código Procesal Civil, el Juez convocará a remate. SEGUNDO: El Remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (REM@JU), si no existe oposición de ninguna de las partes o terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia�. TERCERO: Estando al estado del proceso -etapa de ejecución forzada- y verificándose que dicha solicitud (de fecha 03 de agosto de 2023, cumple con los requisitos señalados en el artículo N� 12 de la Ley N� 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada ley; SE RESUELVE: 1.- CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos de que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien inmueble hipotecado: 2.- En caso de declararse desierta la convocatoria en PRIMER REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO, convóquese AUTOMÁTICAMENTE, por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente, de ser el caso, al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos: a) DESCRIPCIÓN: 1.- Inmueble ubicado en Av. Luis Massaro N� 510 � 512, &lt;b&gt;departamento&lt;/b&gt; 302. Block �C� distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, &lt;b&gt;Departamento&lt;/b&gt; de Ica, inscrito en la Partida electrónica N� 11053723, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chincha. 2.- Inmueble ubicado en Av. Luis Massaro N� 510 � 512, &lt;b&gt;departamento&lt;/b&gt; 401. Block �C� distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, &lt;b&gt;Departamento&lt;/b&gt; de Ica, inscrito en la Partida electrónica N� 11053728, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chincha. 3.- Inmueble ubicado en Av. Luis Massaro N� 510 � 512, &lt;b&gt;departamento&lt;/b&gt; 402. Block �C� distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, &lt;b&gt;Departamento&lt;/b&gt; de Ica, inscrito en la Partida electrónica N� 11053729, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chincha. &lt;br&gt;
b) CARGAS Y GRAVÁMENES: Inmueble 1) En el Asiento D00003, Inscripción de Hipoteca Inmueble 2) En el Asiento D00002, Inscripción de Hipoteca Inmueble 3) En el Asiento D00002, Inscripción de Hipoteca &lt;br&gt;
c) TASACIÓN COMERCIAL ACTUALIZADA: En los presentes actuados asciende a: Inmueble 1) U.S. $ 49,800.00 Inmueble 2) U.S. $ 51,800.00 Inmueble 3) U.S. $ 48,300.00. &lt;br&gt;
c.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a: Inmueble 1) U.S. $ 33,200.00 Inmueble 2) U.S. $ 34,533.33. Inmueble 3) U.S. $ 35,200.00 &lt;br&gt;
c.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediatamente anterior ascendente a: Inmueble 1) U.S. $ 28,220.00. Inmueble 2) U.S. $ 29,353.33. Inmueble 3) U.S. $ 29,920.00. &lt;br&gt;
c.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de a convocatoria inmediata anterior ascendente a: Inmueble 1) U.S. $ 23,987.00 Inmueble 2) U.S. $ 24,950.33 Inmueble 3) U.S. $ 25,432.00 d) OBLAJE: &lt;br&gt;
Se deberá oblar el 10 % de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17 del Reglamento de la Ley N� 30229; FÍJESE: los carteles en el Local del Juzgado y en el inmueble sub Litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales de Ica. &lt;br&gt;
e) ASIMISMO: Conforme a la naturaleza del presente acto procesal, NOTIFÍQUESE a los ejecutados y a los terceros ocupantes del inmueble con copia de la presente resolución y escrito respectivo. En cuanto al pedido de aprobar la actualización de la deuda de la demandada al 04 de setiembre de 2025; por la suma de $ 364,903.71. Es de advertirse que dicha liquidación se ejecuta en ejecución de sentencia, en conformidad del artículo 746 del Código Procesal Civil, �al disponer el pago al ejecutante, el Juez ordenara al secretario de Juzgado liquidar los intereses, costas y costos del proceso�, resultando Improcedente su pedido. Dado cuenta, con el escrito de cargo de ingreso número 2612-2026, escrito de cargo de ingreso número 4912-2026 y escrito de cargo de ingreso número 6014- 2026, todos presentados por la ejecutante. Al Principal: Refiriendo se reitere la aprobación de escritos y Otros. Estese a lo dispuesto en la presente resolución. Notifíquese.- &lt;br&gt;&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;176&quot; data-original-width=&quot;195&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh-0at4n4edDDBoPTTIk3pctw1XEhyHhQ7scZBJwbGUQk2lH5vy1jnhTxjuALrDBDi684utuPHXgU6pcvXK3oFz9RYBEADreASxRbR3PMa3uAhoF_EGXafCZ4vXMR3fPhcE0lm6bCkx4Xhpfyj52M4R3dmqthtcgBBxx-o8DRZcMD8zII1DenGMaXhN/s72-c/casa-ica.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- ICA, Departamento --&gt;&lt;!-- id=25369 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/889523867350188635'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/889523867350188635'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-bcp-de-departamento-en_0391066495.html' title='Remate Judicial BCP de Departamento en Ica Chincha Alta Precio Base $ 33200'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh-0at4n4edDDBoPTTIk3pctw1XEhyHhQ7scZBJwbGUQk2lH5vy1jnhTxjuALrDBDi684utuPHXgU6pcvXK3oFz9RYBEADreASxRbR3PMa3uAhoF_EGXafCZ4vXMR3fPhcE0lm6bCkx4Xhpfyj52M4R3dmqthtcgBBxx-o8DRZcMD8zII1DenGMaXhN/s72-c/casa-ica.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-4478120303107978352</id><published>2026-09-28T07:03:25.919-07:00</published><updated>2026-09-28T07:03:25.919-07:00</updated><title type='text'>Venta de Casa en Lambayeque Chiclayo Precio Base $ 134372</title><content type='html'>Inmueble ubicado En en el Primer Sector Mz. a Lot 1, Sector 4, Calle Manuel Seoane No. 597 distrito de la Victoria, Provincia de Chiclayo &lt;br&gt;
Tasación: $ 201,559.00. &lt;b&gt;Precio Base: $ 134,372.67&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 403.12. Arancel: S/. 1,100.00. Oblaje: $ 20,155.90.. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. &lt;b&gt;Departamento: LAMBAYEQUE&lt;/b&gt;. Provincia: CHICLAYO. Distrito: CHICLAYO. &lt;br&gt;
Partida Registral: P10010930 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: CASA.&lt;/b&gt; Dirección: Primer Sector Mz. a Lot 1, Sector 4, Calle Manuel Seoane No. 597 Distrito de la Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;05/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;06/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;10/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;11/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 03070-2015-0-1706-JR-CI-06. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: VILCHEZ GUIVAR LEYLA IVON. Especialista: SANCHEZ MENDOZA KARIN IVETTE. Materia: DIVISION Y PARTICIPACION DE BIENES. Resolución: 54. Fecha Resolución: 04/09/2026. Tipo Cambio: S/. 3.40 a la fecha 24/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25370&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-sunat-inmuebles-end-output-from.html&quot;&gt;Remate SUNAT Inmuebles &lt;!-- END OUTPUT from &#39;core/modules/views/templates/views-view-field.html.twig&#39;&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;&lt;a class=&#39;miraa&#39; href=&#39;http://www.rematecasas.com/2026/09/casa-inmueble-en-remate-bcp-en-loreto.html&#39;&gt;Casa Inmueble en Remate BCP en Loreto Iquitos Precio Base S/ 121264&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;&lt;a class=&#39;miraa&#39; href=&#39;http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-casa-en-junin-parco-precio.html&#39;&gt;Venta de Casa en Junin Parco Precio Base S/ 38721&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;/ul&gt;&lt;/div&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LAMBAYEQUE?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : ZU&amp;Ntilde;IGA ALCANTARA, JUAN MATIAS &lt;br/&gt;Chiclayo, cuatro de setiembre Del a&amp;ntilde;o dos mil veintis&amp;eacute;is.- Resoluci&amp;oacute;n n&amp;uacute;mero: cincuenta y cuatro AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con el escrito que antecede, prove&amp;iacute;do en la fecha debido a las recargadas labores de la secretar&amp;iacute;a; y CONSIDERANDO: PRIMERO: El art&amp;iacute;culo 731 del c&amp;oacute;digo procesal civil, modificado por Ley No. 30229, establece que �Aprobada la tasaci&amp;oacute;n o siendo innecesaria esa, el Juez convocar&amp;aacute; a remate. El remate o subasta de bienes muebles o inmuebles se efect&amp;uacute;an por medio del Remate Judicial Electr&amp;oacute;nico (REMAJU) si no existe oposici&amp;oacute;n de ninguna de las partes o de terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia�. SEGUNDO: Asimismo la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia de Lambayeque mediante Resoluci&amp;oacute;n Administrativa No. 00173-2021-P- CSJLA/PJ de fecha veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno dispone: �Poner en marcha el servicio de Remates Electr&amp;oacute;nicos Judiciales- REMAJU en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque a partir del veinticinco de febrero del a&amp;ntilde;o dos mil veintiuno�, siendo de obligatorio cumplimiento que los &amp;oacute;rganos jurisdiccionales realicen los remates judiciales de conformidad a las disposiciones contenidas en el Ley No. 30229 y su reglamento as&amp;iacute; como en las disposiciones contenidas en la Resoluci&amp;oacute;n Administrativa No. 015-2020-CE-PJ de fecha quince de enero del a&amp;ntilde;o dos mil veinte y Resoluci&amp;oacute;n Administrativa No. 0000943-2021-CE- PJ de fecha doce de febrero del a&amp;ntilde;o dos mil veintiuno, documentos normativos aprobados por el Concejo Ejecutivo del Poder Judicial. TERCERO: En el caso de autos se tiene que mediante resoluci&amp;oacute;n n&amp;uacute;mero cincuenta de fecha veinticuatro de noviembre del a&amp;ntilde;o dos mil veinticinco, entre otros se aprob&amp;oacute; la tasaci&amp;oacute;n de folios 707 a 715 correspondiente al inmueble ubicado en: en el Primer Sector Mz. A Lot 1, Sector 4, calle Manuel Seoane No. 597 distrito de La Victoria, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. CUARTO: Mediante escrito de fecha veintiocho de abril presentado por Juan Mat&amp;iacute;as Zu&amp;ntilde;iga Alc&amp;aacute;ntara solicita remate electr&amp;oacute;nico y ha cumplido con adjuntar los aranceles judiciales respectivos por solicitud de remate; siendo as&amp;iacute; el Juzgado deber&amp;aacute; emitir pronunciamiento al respecto. QUINTO: Continuando con la ejecuci&amp;oacute;n de la presente corresponde la procedencia del remate electr&amp;oacute;nico judicial, de conformidad con lo establecido en la Ley No. 30229. Ley que adec&amp;uacute;a el uso de las tecnolog&amp;iacute;as de informaci&amp;oacute;n y comunicaciones en el sistema de remates judiciales, corresponde llevar a cabo el remate electr&amp;oacute;nico. M&amp;aacute;xime si la resoluci&amp;oacute;n que declara infundada la observaci&amp;oacute;n a la tasaci&amp;oacute;n, ha sido confirmada por el superior en grado. SEXTO: Dado a los nuevos lineamientos establecidos para los remates electr&amp;oacute;nicos, es necesario se&amp;ntilde;alar que en caso de no haber usuarios postores inscritos o si no han ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en primera convocatoria se declara desierto; en este caso, el REMAJU debe programar una segunda convocatoria con la reducci&amp;oacute;n de un quince por ciento sobre el precio base del bien o bienes materia de remate electr&amp;oacute;nico. De igual forma de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, se procede a una tercera convocatoria, reduciendo un quince por ciento del precio base de la convocatoria anterior sobre el precio base del remate electr&amp;oacute;nico, advirti&amp;eacute;ndose que el pegado del cartel se realizar&amp;aacute; una sola vez, antes de la fecha de remate de primera convocatoria, toda vez que luego de realizado el remate judicial en primera convocatoria, la segunda y tercera convocatoria no hay postores se culmina el procedimiento de remate electr&amp;oacute;nico judicial, y siendo esta por ausencia de ofertas, se procede conforme a las normas del C&amp;oacute;digo Procesal Civil o a la norma que lo sustituya. Por las consideraciones expuestas; SE RESUELVE: 1] CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL (&lt;a href=&#39;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&#39; target=&#39;_blank&#39;&gt;REM@JU&lt;/a&gt;) a efectos que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del 100 % del bien inmueble siguiente: Inmueble ubicado en: en el Primer Sector Mz. A Lot 1, Sector 4, calle Manuel Seoane No. 597 distrito de La Victoria, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. 2] En caso de declararse desierto la primera convocatoria, CONVOQUESE en forma autom&amp;aacute;tica a trav&amp;eacute;s del sistema de remates electr&amp;oacute;nica judiciales, REMAJU, el segundo remate electr&amp;oacute;nico y posteriormente el tercer remate electr&amp;oacute;nico de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarada desierta a trav&amp;eacute;s del aplicativo inform&amp;aacute;tico REMAJU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, teniendo en cuenta los t&amp;eacute;rminos que a continuaci&amp;oacute;n detalla: 1. DESCRIPCION: Inmueble ubicado en: Primer Sector Mz. A Lot 1, Sector 4, calle Manuel Seoane No. 597 distrito de La Victoria, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. 2. CARGAS Y GRAV&amp;Aacute;MENES: Anotaci&amp;oacute;n de demanda. Asiento de presentaci&amp;oacute;n No. 2023-02980582 del 12 de octubre del dos mil veintitr&amp;eacute;s. Fecha de inscripci&amp;oacute;n 21 de junio de 1999. 3. TASACI&amp;Oacute;N COMERCIAL ACTUALIZADA: Primer Sector Mz. A Lot 1, Sector 4, calle Manuel Seoane No. 597 distrito de La Victoria, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque por la suma de Doscientos Un Mil Quinientos Cincuenta y Nueve D&amp;oacute;lares Americanos. EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; las dos terceras partes del valor de la tasaci&amp;oacute;n: Siendo as&amp;iacute; el mismo saldr&amp;aacute; a remate por CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES DOLARES AMERICANOS con cuatro centavos de d&amp;oacute;lar. EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; la deducci&amp;oacute;n del 15% del precio que sirvi&amp;oacute; de base de la convocatoria inmediata anterior. Siendo as&amp;iacute; saldr&amp;aacute; a remate por CIENTO CATORCE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE DOLARES AMERCIANOS con ocho centavos de d&amp;oacute;lar. EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura ser&amp;aacute; la deducci&amp;oacute;n del 15% del precio que sirvi&amp;oacute; de base de la convocatoria inmediata anterior: Siendo as&amp;iacute; saldr&amp;aacute; a remate por Noventa y Siete Mil Ochenta y Cuatro D&amp;oacute;lares Americanos con cincuenta y dos centavos de d&amp;oacute;lar. 3] OBLAJE: Se deber&amp;aacute; oblar el 10% de la tasaci&amp;oacute;n mencionada en dep&amp;oacute;sito electr&amp;oacute;nico Judicial en la moneda de la tasaci&amp;oacute;n conforme el art&amp;iacute;culo 17� 3 del Reglamento de la Ley N� 30229; y el arancel judicial correspondiente. 4] PROC&amp;Eacute;DASE a la publicaci&amp;oacute;n en el Portal Web del Poder Judicial el aviso de convocatoria a remate electr&amp;oacute;nico por el plazo de diez d&amp;iacute;as, en conformidad con lo previsto en el art&amp;iacute;culo 15 del reglamento de la Ley N� 30229, debiendo comisionarse la publicaci&amp;oacute;n del aviso de remate al responsable del Servicio de Remate Electr&amp;oacute;nico Judicial de esta ciudad. Notif&amp;iacute;quese con las formalidades de ley. Avoc&amp;aacute;ndose al conocimiento del proceso la se&amp;ntilde;ora Juez que suscribe por disposici&amp;oacute;n superior. &lt;br/&gt; &lt;br/&gt;&lt;img border=&#39;0&#39; data-original-height=&#39;220&#39; data-original-width=&#39;240&#39; height=&#39;72&#39; src=&#39;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgX2xVDrzqdUqz4ipUKKZKjr6k_-uZCde4QHptd1xa4TicQ5zjyBYyyM1pwqMr_kZXEm3hLLkvEjXqWG1hzAUsuirzcd-OleS-ojCPaRqQY8iRwA0KYzPPau8tIw9B5IN1zZIGCzPgISKzhIkD0kkEJsbEash3nFDcCM8FZNUV_FBehxsydCJhzBZBR/s72-c/casa-4-lambayeque.png&#39; width=&#39;72&#39; /&gt;&lt;!-- LAMBAYEQUE, Casa --&gt;&lt;!-- id=25370 --&gt; &lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/4478120303107978352'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/4478120303107978352'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-casa-en-lambayeque-chiclayo.html' title='Venta de Casa en Lambayeque Chiclayo Precio Base $ 134372'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgX2xVDrzqdUqz4ipUKKZKjr6k_-uZCde4QHptd1xa4TicQ5zjyBYyyM1pwqMr_kZXEm3hLLkvEjXqWG1hzAUsuirzcd-OleS-ojCPaRqQY8iRwA0KYzPPau8tIw9B5IN1zZIGCzPgISKzhIkD0kkEJsbEash3nFDcCM8FZNUV_FBehxsydCJhzBZBR/s72-c/casa-4-lambayeque.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-5273765627254363751</id><published>2026-09-28T07:02:22.909-07:00</published><updated>2026-09-28T07:02:22.909-07:00</updated><title type='text'>Remate Judicial BCP de Departamento en Ica Chincha Alta Precio Base $ 32200</title><content type='html'>Inmueble ubicado en Av. Luis Massaro N�510 � 512, DEPARTAMENTO 402. Block �c�? distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, DEPARTAMENTO de &lt;br&gt;
Tasación: $ 48,300.00. &lt;b&gt;Precio Base: $ 32,200.00&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 96.60. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: $ 4,830.00.. Distrito Judicial: ICA. &lt;b&gt;Departamento: ICA&lt;/b&gt;. Provincia: CHINCHA. Distrito: CHINCHA ALTA. &lt;br&gt;
Partida Registral: 11053729 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: DEPARTAMENTO.&lt;/b&gt; Dirección: Inmueble Ubicado En Av. Luis Massaro N�510 � 512, Departamento 402. Block �c�? Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, Inscrito En la Partida Electr�nica N� 11053729, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chincha. Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;26/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;05/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;06/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;10/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;11/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 00307-2021-0-1408-JR-CI-01. Distrito Judicial: ICA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: PORTAL LLANOS MARIA ADRIANA. Especialista: CRISTOBAL MANRIQUE LITMAN ULISES. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: 24. Fecha Resolución: 01/07/2026. Tipo Cambio: S/. 3.40 a la fecha 24/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25372&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;/div&gt;
&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-terrenos-en-ucayali-calleria.html&quot;&gt;Venta de Terrenos en Ucayali Calleria Precio Base $ 12073&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-de-departamento-banco.html&quot;&gt;Remate Judicial de Departamento Banco en Santa Anita Lima Precio Base S/ 137807&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-de-casa-banco-en-callao-precio.html&quot;&gt;Remate de Casa Banco en Callao Precio Base $ 80050&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ICA?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU &lt;br&gt;
Resolución N� 24. Chincha Alta, uno de julio del año dos mil veintiséis. &lt;br&gt;
Puestos los presentes actuados en Despacho para emitir el auto para remate electrónico. VISTOS: y, considerando: PRIMERO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 623 del Código Procesal Civil, el Juez convocará a remate. SEGUNDO: El Remate o la subasta de bienes muebles e inmuebles se efectúan por medio del Remate Judicial Electrónico (&lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt;), si no existe oposición de ninguna de las partes o terceros legitimados de ser el caso, conforme con la ley especial sobre la materia�. TERCERO: Estando al estado del proceso -etapa de ejecución forzada- y verificándose que dicha solicitud (de fecha 03 de agosto de 2023, cumple con los requisitos señalados en el artículo N� 12 de la Ley N� 30229 y artículo 13 del Reglamento de la citada ley; SE RESUELVE: 1.- CONVOCAR A REMATE ELECTRÓNICO JUDICIAL (REM@JU) a efectos de que se proceda al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien inmueble hipotecado: 2.- En caso de declararse desierta la convocatoria en PRIMER REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO, convóquese AUTOMÁTICAMENTE, por el REM@JU al SEGUNDO REMATE ELECTRÓNICO, seguidamente, de ser el caso, al TERCER REMATE ELECTRÓNICO, en los siguientes términos: a) DESCRIPCIÓN: 1.- Inmueble ubicado en Av. Luis Massaro N� 510 � 512, &lt;b&gt;departamento&lt;/b&gt; 302. Block �C� distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, &lt;b&gt;Departamento&lt;/b&gt; de Ica, inscrito en la Partida electrónica N� 11053723, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chincha. 2.- Inmueble ubicado en Av. Luis Massaro N� 510 � 512, &lt;b&gt;departamento&lt;/b&gt; 401. Block �C� distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, &lt;b&gt;Departamento&lt;/b&gt; de Ica, inscrito en la Partida electrónica N� 11053728, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chincha. 3.- Inmueble ubicado en Av. Luis Massaro N� 510 � 512, &lt;b&gt;departamento&lt;/b&gt; 402. Block �C� distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, &lt;b&gt;Departamento&lt;/b&gt; de Ica, inscrito en la Partida electrónica N� 11053729, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Chincha. &lt;br&gt;
b) CARGAS Y GRAVÁMENES: Inmueble 1) En el Asiento D00003, Inscripción de Hipoteca Inmueble 2) En el Asiento D00002, Inscripción de Hipoteca Inmueble 3) En el Asiento D00002, Inscripción de Hipoteca &lt;br&gt;
c) TASACIÓN COMERCIAL ACTUALIZADA: En los presentes actuados asciende a: Inmueble 1) U.S. $ 49,800.00 Inmueble 2) U.S. $ 51,800.00 Inmueble 3) U.S. $ 48,300.00. &lt;br&gt;
c.1) EN PRIMERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendente a: Inmueble 1) U.S. $ 33,200.00 Inmueble 2) U.S. $ 34,533.33. Inmueble 3) U.S. $ 35,200.00 &lt;br&gt;
c.2) EN SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de la convocatoria inmediatamente anterior ascendente a: Inmueble 1) U.S. $ 28,220.00. Inmueble 2) U.S. $ 29,353.33. Inmueble 3) U.S. $ 29,920.00. &lt;br&gt;
c.3) EN TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la deducción del 15% del precio que sirvió de base de a convocatoria inmediata anterior ascendente a: Inmueble 1) U.S. $ 23,987.00 Inmueble 2) U.S. $ 24,950.33 Inmueble 3) U.S. $ 25,432.00 d) OBLAJE: &lt;br&gt;
Se deberá oblar el 10 % de la tasación mencionada en depósito electrónico Judicial en la moneda de la tasación conforme al artículo 17 del Reglamento de la Ley N� 30229; FÍJESE: los carteles en el Local del Juzgado y en el inmueble sub Litis, debiendo comisionarse la publicación del aviso de remate al responsable del Servicio de Remates Electrónicos Judiciales de Ica. &lt;br&gt;
e) ASIMISMO: Conforme a la naturaleza del presente acto procesal, NOTIFÍQUESE a los ejecutados y a los terceros ocupantes del inmueble con copia de la presente resolución y escrito respectivo. En cuanto al pedido de aprobar la actualización de la deuda de la demandada al 04 de setiembre de 2025; por la suma de $ 364,903.71. Es de advertirse que dicha liquidación se ejecuta en ejecución de sentencia, en conformidad del artículo 746 del Código Procesal Civil, �al disponer el pago al ejecutante, el Juez ordenara al secretario de Juzgado liquidar los intereses, costas y costos del proceso�, resultando Improcedente su pedido. Dado cuenta, con el escrito de cargo de ingreso número 2612-2026, escrito de cargo de ingreso número 4912-2026 y escrito de cargo de ingreso número 6014- 2026, todos presentados por la ejecutante. Al Principal: Refiriendo se reitere la aprobación de escritos y Otros. Estese a lo dispuesto en la presente resolución. Notifíquese.- &lt;br&gt;&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;176&quot; data-original-width=&quot;195&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh-0at4n4edDDBoPTTIk3pctw1XEhyHhQ7scZBJwbGUQk2lH5vy1jnhTxjuALrDBDi684utuPHXgU6pcvXK3oFz9RYBEADreASxRbR3PMa3uAhoF_EGXafCZ4vXMR3fPhcE0lm6bCkx4Xhpfyj52M4R3dmqthtcgBBxx-o8DRZcMD8zII1DenGMaXhN/s72-c/casa-ica.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- ICA, Departamento --&gt;&lt;!-- id=25372 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/5273765627254363751'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/5273765627254363751'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-judicial-bcp-de-departamento-en.html' title='Remate Judicial BCP de Departamento en Ica Chincha Alta Precio Base $ 32200'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh-0at4n4edDDBoPTTIk3pctw1XEhyHhQ7scZBJwbGUQk2lH5vy1jnhTxjuALrDBDi684utuPHXgU6pcvXK3oFz9RYBEADreASxRbR3PMa3uAhoF_EGXafCZ4vXMR3fPhcE0lm6bCkx4Xhpfyj52M4R3dmqthtcgBBxx-o8DRZcMD8zII1DenGMaXhN/s72-c/casa-ica.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-5352418175118800091</id><published>2026-09-28T07:00:57.178-07:00</published><updated>2026-09-28T07:00:57.178-07:00</updated><title type='text'>Subasta judicial Cañete Publico Jr Co Publico Jr Co</title><content type='html'>SEGUNDO REMATE PÚBLICO.EXPEDIENTE N° 25470-2025-0-1828-JR-CO-15.SEGUNDO REMATE PÚBLICO, Expediente N° 25470-2025-0-1828-JR-CO-15, en los seguidos por EAFC MAQUISISTEMA S.A. contra PZH TRADING PERU E.I.R.L, ACREEDOR NO EJECUTANTE SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LIMA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, por orden del Décimo Quinto Juzgado Civil SubEspecialidad Comercial de Lima, a cargo del señor Juez José Miguel Hidalgo Chávez, Especialista Legal Salvador Allen Iglesias Matos, remataré en SEGUNDA convocatoria el vehículo: Marca Changan, placa de rodaje Nº CBI679, motor Nº 4G18M2PA8T000163, modelo CX70, serie Nº LS4ASJ2E8PA981150, carrocería SUV , color 1: Plata, Bi-combustible GLP , año de fabricación 2023. El vehículo se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 54809220 del Registro de Bienes Muebles, Registro de Propiedad Vehicular, Zona Registral Nº IX – Sede Lima, Oficina Registral Lima. .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Valor de tasacion&lt;/h2&gt; Tasado en la suma de US$ 13,700.00 (trece mil setecientos con 00/100 dólares americanos). .&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Base de remate&lt;/h2&gt; US$ 7,763.33 (siete mil setecientos sesenta y tres con 33/100 dólares americanos), con la deducción del quince por ciento sobre la base de la primera convocatoria a remate. &lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Fecha de remate&lt;/h2&gt; El día 05 de octubre de 2026 a las doce horas del mediodía.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Lugar de remate&lt;/h2&gt; MZ. J1, LT. 3 y 4 Pampas y Hoyadas, Asociación Las Huertas de Oro de San Hilarión, Distrito de Chilca, Provincia de Cañete y Departamento de Lima.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Afectaciones&lt;/h2&gt; 1 Constitución Garantía Mobiliaria y Otros Actos, acreedor EAFC MAQUISISTEMA S.A., causal US$ 19,310.90, Expediente 2703250, fecha de afectación 13/09/2022, Juez Donato Hernán Carpio Vélez. 2 Constitución Garantía Mobiliaria y Otros Actos, Embargo en Forma de Inscripción, demandante SAT, Causal S/ 617.38, Expediente 564939, fecha de afectación 20/02/2025, Juez Juan Manuel Pajuelo Suarez.&lt;br&gt;
&lt;h2 class=&quot;h2title&quot;&gt;Postores&lt;/h2&gt; Oblarán el diez por ciento del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE) y presentar su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario, de acuerdo al arancel establecido en el artículo 18 del D.S. 008-2005 JUS y están afectos al IGV . Wilber Teodomiro Alegre Elera MARTILLERO PÚBLICO Registro a nivel Nacional Nº 167, Cel. 9992-11575.PODER JUDICIAL SALV ADOR ALLEN IGLESIAS MATOS ESPECIALISTA LEGAL 15 Juzgado Comercial CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA.&lt;!--catini Cañete catfin--&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/5352418175118800091'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/5352418175118800091'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/subasta-judicial-canete-publico-jr-co.html' title='Subasta judicial Cañete Publico Jr Co Publico Jr Co'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-308039504982026046</id><published>2026-09-25T07:05:26.752-07:00</published><updated>2026-09-25T07:05:26.752-07:00</updated><title type='text'>Casa Inmueble en Remate BBVA en Ancash Moro Precio Base $ 26021</title><content type='html'>Tipo de Bien CASA - Habitaci�n. Ubicaci�n � Direcci�n Terreno Asentamiento Humano Nuevo Moro Mz I Lote 12, Asentamiento Humano Nuevo Moro &lt;br&gt;
Tasación: $ 39,032.68. &lt;b&gt;Precio Base: $ 26,021.79&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 78.07. Arancel: S/. 550.00. Oblaje: $ 3,903.27.. Distrito Judicial: DEL SANTA. &lt;b&gt;Departamento: ANCASH&lt;/b&gt;. Provincia: SANTA. Distrito: MORO. &lt;br&gt;
Partida Registral: P09109605 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: CASA.&lt;/b&gt; Dirección: Tipo de Bien: Casa - Habitaci�n. Ubicaci�n � Direcci�n: Terreno Asentamiento Humano Nuevo Moro Mz I Lote 12, Asentamiento Humano Nuevo Moro, Distrito Moro, Provincia del Santa, Departamento de Ancash. Partida Electr�nica: Partida P09109605 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofician Registral de Chimbote. �?rea Terreno: 147.00 M2. �?rea Construida: 140.00 M2 Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;25/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;04/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;05/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;07/10/2026&lt;/td&gt;
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  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;08/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
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  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 02380-2022-0-2501-JR-CI-04. Distrito Judicial: DEL SANTA. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: CIPRIANO PICHON CARLOS ALBERTO. Especialista: KELLY RODRIGUEZ VASQUEZ. Materia: OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. Resolución: 17. Fecha Resolución: 11/09/2025. Tipo Cambio: S/. 3.38 a la fecha 23/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25351&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
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 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/casa-inmueble-en-remate-judicial-en.html&quot;&gt;Casa Inmueble en Remate Judicial en Lurin Lima Precio Base $ 81246&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/venta-de-casa-en-junin-chanchamayo.html&quot;&gt;Venta de Casa en Junin Chanchamayo Precio Base S/ 16280&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/venta-de-departamento-bcp-en-ancash.html&quot;&gt;Venta de Departamento BCP en Ancash Chimbote Precio Base $ 33606&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en ANCASH?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : BANCO BBVA PERU &lt;br&gt;
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE Nuevo Chimbote, once de setiembre de dos mil veinticinco. &lt;br&gt;
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con el escrito presentado por la parte ejecutante, estando a lo solicitado y arancel que adjunta, agréguese a los autos, y se procede a emitir lo que corresponde, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Teniendo en cuenta la solicitud de convocatoria a remate efectuada por el ejecutante, y siendo el estado del proceso el de encontrarse en la etapa técnica de ejecución forzada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731� del Código Procesal Civil modificado por la Ley N�30229; y verificándose que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12� 1 de Ley N�30229 y artículo 13� del Reglamento de la citada Ley, debe procederse a efectuar el remate electrónico a través del aplicativa de &lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; del portal web del Poder Judicial. SGUNDO: Es menester señalar que en caso de ausencia de ofertas ello debido a que no se hayan inscrito usuarios postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base, el remate en Primera Convocatoria Electrónico se declarara desierto. TERCERO: Declarado desierto la primera convocatoria, conforme lo establece el artículo 13� de la Ley N� 30229 � el REM@JU generará automáticamente el aviso de convocatoria donde se indicara el cronograma correspondiente a la segunda convocatoria con la reducción del 15% sobre la base del bien o bienes materia de remate electrónico judicial, en los que se indicara los plazos para inscripción, presentación de ofertas y fecha límite de cancelación. CUARTO: En caso de no presentarse ofertas en la segunda convocatoria, el REM@JU generará automáticamente el aviso de la tercera convocatoria reduciendo en un 15% el precio base de la convocatoria anterior, donde se indicara el cronograma correspondiente bajo los mismos lineamientos señalados en el considerando precedente. QUINTO: Por último, en caso de no haber postores en la tercera convocatoria, se culmina el procedimiento de remate electrónico judicial, procediéndose conforme a las normas del Código Procesal Civil o la norma que la sustituya; por estas consideraciones: SE RESUELVE: &lt;br&gt;
1 Artículo 12.Condiciones para remate por internet. El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplir con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel judicial por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función de las facilidades y condiciones tecnológicas existentes; c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el Juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. (..) ; 1. CONVOQUESE A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL � REM@JU a efectos de proceder al remate en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble materia de ejecución forzada siguiente: a) DESCRIPCION: Tipo de Bien: &lt;b&gt;Casa&lt;/b&gt; - Habitación. Ubicación � Dirección: Terreno Asentamiento Humano Nuevo Moro MZ I Lote 12, Asentamiento Humano Nuevo Moro, distrito Moro, Provincia Del Santa, Departamento de Ancash. Partida Electrónica: Partida P09109605 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofician Registral de Chimbote. Área Terreno: 147.00 m2. Área Construida: 140.00 m2 &lt;br&gt;
2. CONVOQUESE AUTOMATICAMENTE el SEGUNDO REMATE y seguidamente el TERCER REMATE ELECTRONICO JUDICIAL de ser necesario, siempre y cuando la primera convocatoria haya sido declarado desierto a través del aplicativo informático del REM@JU por ausencia de postores o no hayan ingresado ofertas superiores al precio base. &lt;br&gt;
3.&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; a. Asiento 0004: Inscripción de Embargo hasta por la suma de S/ 135,000.00 (CIENTO TREINTA Y MIL CON 00/100 SOLES), a favor del BANCO BBVA PERU, ordenada por resolución N� DOS del 21/09/2022, expedida por el Cuarto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa, Exp. 02380- 2022-49-2501-JR-CI-04. b. Asiento 0005: Inscripción de Embargo hasta por la suma de US $/6,081.96 (SEIS MIL OCHENTA Y UNO MIL CON 96/100 DÓLARES AMERICANOS), a favor del TECNOLOGÍA QUIMICA Y COMERCIO SA S/D, ordenada por resolución N� DOS del 02/014/2024, expedida por el Cuarto Juzgado de Paz Letrado � Corte Superior de Justicia Lima Este (ATE- LIMA), Exp. 1451-2024-1-3202-JP-CI-04. &lt;br&gt;
4. VALOR DE TASACIÓN: Tasación convencional según escritura pública de constitución de hipoteca que obra en autos, en la suma de US$. 39,032.68 dólares americanos (TREINTA Y NUEVE MIL TREINTA Y DOS CON 68/100 DÓLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
5. PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en ANCASH?&lt;/h4&gt; a) PRIMERA CONVOCATORIA: Las dos terceras partes del valor de la tasación que asciende a la suma de US$/26,021.78 (VEINTISÉIS MIL VEINTIUNO CON 78/100 DÓLARES AMERICANOS). b) SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras del valor de la tasación deducida en un 15%, esto es, la suma de US$/22,118.51 (VEINTIDÓS MIL CIENTO DIECIOCHO CON 51/100 DÓLARES AMERICANOS) c) TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación con deducción en un 15% adicional a la cantidad que sirvió de base en la anterior subasta, ascendiendo a la suma de US$/18,800.74 (DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS CON 74/100 DÓLARES AMERICANOS). &lt;br&gt;
6. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con lo siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley N�30229; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. &lt;br&gt;
7. PUBLICACION: Procédase a la PUBLICACION de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el termino de ley conforme así lo regula el artículo 15� de la Ley N�30229 y su reglamento una vez de haber quedado firme la presente resolución al haber vencido el plazo de oposición; publicación que tendrá validez para la segunda y tercera convocatoria teniendo en cuenta el precio base señalado de las mismas en la presente resolución. El cronograma correspondiente a cada remate se genera automáticamente por el aplicativo informático REM@JU al que podrán acceder las partes en el portal institucional del Poder Judicial www.pj.gob.pe, enlace virtual de REM@JU, para su visualización. 8. FIJESE los Carteles en la vitrina del local del Juzgado; y en el inmueble a rematar por parte del especialista legal responsable de los remates electrónicos judiciales REM@JU en forma oportuna y bajo responsabilidad. 9. NOTIFÍQUESE a la parte ejecutada, dejándose a salvo su derecho de formular oposición solamente en base a la causal prevista legalmente. 10. CUMPLA LA PARTE DEMANDANTE con solicitar el registro del remate electrónico en el sistema informático una vez vencido el plazo para formular oposición o una vez desestimada ésta en caso se hubiere formulado. 11. NOTIFIQUESE a las partes procesales.-&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;225&quot; data-original-width=&quot;225&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgScGzE-9EV9__F_U0-kLBvbHWuBYDmrG-GCmccmhPHHi3cMlQykK2x_P9UPOvEBV9-XGDI2IMsuthnmeTnhcXkGxqfE8NQ2IpPF0A6oIB9mROe2TEaWh_0TmCjh48GrzLnihXZ8y_u2aHuiR-rQKZBShhKh31xtaKQLEE5tmQ1X1sJ2w-NWW-3ioD0/s72-c/casa-1-ancash.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- ANCASH, Casa --&gt;&lt;!-- id=25351 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/308039504982026046'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/308039504982026046'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/casa-inmueble-en-remate-bbva-en-ancash.html' title='Casa Inmueble en Remate BBVA en Ancash Moro Precio Base $ 26021'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgScGzE-9EV9__F_U0-kLBvbHWuBYDmrG-GCmccmhPHHi3cMlQykK2x_P9UPOvEBV9-XGDI2IMsuthnmeTnhcXkGxqfE8NQ2IpPF0A6oIB9mROe2TEaWh_0TmCjh48GrzLnihXZ8y_u2aHuiR-rQKZBShhKh31xtaKQLEE5tmQ1X1sJ2w-NWW-3ioD0/s72-c/casa-1-ancash.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-3873469627158423314</id><published>2026-09-25T07:04:22.921-07:00</published><updated>2026-09-25T07:04:22.921-07:00</updated><title type='text'>Rem@ju Casa en Venta en Lambayeque Chiclayo Precio Base $ 167702</title><content type='html'>Inmueble ubicado En Mz S Lote 10 [calle el Taymi N� 157], Urb. San Lorenzo, distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, inscrito &lt;br&gt;
Tasación: $ 251,553.00. &lt;b&gt;Precio Base: $ 167,702.00&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 503.11. Arancel: S/. 1,100.00. Oblaje: $ 25,155.30.. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. &lt;b&gt;Departamento: LAMBAYEQUE&lt;/b&gt;. Provincia: CHICLAYO. Distrito: CHICLAYO. &lt;br&gt;
Partida Registral: 02189908 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: CASA.&lt;/b&gt; Dirección: Ubicado En: Mz S Lote 10 [calle el Taymi N� 157], Urb. San Lorenzo, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, Inscrito En la Partida Electr�nica N� 02189908 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. Sede Chiclayo. Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Hasta&lt;/th&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;25/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;04/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;05/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;07/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;08/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 01694-2022-0-1706-JR-CI-02. Distrito Judicial: LAMBAYEQUE. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: DIEZ CANSECO SOLANO CARLOS ALFONSO JESUS. Especialista: DIAZ CUBAS SILVIA GREGORIA. Materia: DIVISION Y PARTICIPACION DE BIENES. Resolución: 22. Fecha Resolución: 03/03/2026. Tipo Cambio: S/. 3.38 a la fecha 23/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25353&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;/div&gt;
&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/remate-judicial-en-independencia-lima.html&quot;&gt;Remate Judicial en Independencia Lima de Casa Precio Base S/ 648814&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/remate-judicial-de-casa-en-ucayali.html&quot;&gt;Remate Judicial de Casa en Ucayali Calleria Precio Base $ 18983&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/remate-judicial-de-casa-bbva-en-tacna.html&quot;&gt;Remate Judicial de Casa BBVA en Tacna Pocollay Precio Base S/ 284789&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LAMBAYEQUE?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : CASTRO GUEVARA, RONALD JOHN &lt;br&gt;
RESOLUCIÓN NÚMERO: VEINTIDÓS Chiclayo, tres de marzo del año dos mil veintiséis. - AUTOS Y VISTOS: DADO CUENTA, con el escrito presentado por la parte demandante, y habiendo adjuntando certificado de cargas y gravámenes actualizado del bien inmueble materia de ejecución, así como el arancel judicial por concepto de remate, mediante escrito de fecha dos de diciembre del dos mil veinticinco; y, ATENDIENDO: PRIMERO. - 1] Mediante escrito de fecha uno de diciembre del dos mil veinticinco Julio Edilberto Guevara Barreda, Roman Eusebio Guevara Barrera y Milagros del Pilar Dávila Guevara solicitan que se venda el inmueble materia de división, de manera directa, proponiendo al demandante buscar cada uno el comprador y venderlo a quien les dé mejor precio, invocando para ello los artículos 319� y 320� del Código Procesal Civil, solicitando la suspensión del proceso. 2] Por escrito de fecha catorce de enero del dos mil veintiséis el demandante solicita que se continúe con la ejecución del remate conforme lo establecido en el artículo 728� del Cód igo Procesal Civil, precisando que las personas interesadas en la compra del inmueble deberán apersonarse como postores con las formalidades de ley. 3] De autos se desprende que mediante resolución Catorce de fecha quince de enero del dos mil veinticinco, evidenciándose que no existía entre las partes uniformidad respecto a la partición del inmueble materia de litis, se resolvió cursar oficio a REPEJ para que nombre a dos peritos de la especialidad de ingeniería civil y proceda a la tasación del inmueble materia de división y partición, resolución que no fue apelada por los demandados; por lo que su pedido de suspensión del proceso deviene en improcedente, toda vez que si no se encontraban conformes con la tasación del inmueble, debieron hacer valer su derecho a doble instancia en su oportunidad y esperar que la tasación emitida por los peritos nombrados en autos sea aprobada, para solicitar venta directa de inmueble y suspensión del proceso, sin haber considerado que el derecho a la Ejecución de Sentencias y resoluciones Judiciales, forma parte del derecho fundamental a la Tutela Judicial Efectiva. Su reconocimiento se encuentra contenido en el numeral 2) del artículo 139 de nuestra constitución política del Perú, en el que se menciona que &quot;ninguna autoridad puede (�) dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada (�) ni retardar su ejecución. SEGUNDO. - De lo actuado puede verificarse que las partes procesales han sido debidamente notificadas con la resolución número VEINTE de fecha veinte de noviembre del dos mil veinticinco, conforme se puede apreciar de los cargos de notificación de fojas trescientos cuarenta y dos; y, no habiendo la parte demandada interpuesto medio impugnatorio contra la citada resolución, debe declararse su consentimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 123� inciso 2) del citado código. TERCERO. - Por otro lado, estando a la solicitud de convocatoria a remate y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 731� de l Código Procesal Civil modificado por la Ley N� 30229 y su Reglamento D.S. N� 003-201 5-JUS y directivas vigentes, corresponde precisar que la ejecución del remate judicial se efectuará a través del aplicativo &lt;a href=&quot;https://www.rematecasas.com/2012/05/como-participar-en-un-remate-judicial.html&quot; target=&quot;_blank&quot;&gt;REM@JU&lt;/a&gt; del Portal Web del Poder Judicial. CUARTO. - De la revisión de los autos se ha podido verificar que la presente solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 12� de la Ley 30229 1 y artículo 13� del Reglamento de la citada Ley 2 . &lt;br&gt;
1 Artículo Artículo Artículo Artículo 12� Ley Nro. 30229 12� Ley Nro. 30229 12� Ley Nro. 30229 12� Ley Nro. 30229: Condiciones para remate por internet. - El remate electrónico judicial a través del REM@JU procede al cumplirse con los siguientes requisitos: a) Que se cumpla con el pago del arancel por concepto de remate. b) Que, en su circunscripción jurisdiccional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial haya dispuesto el remate electrónico judicial por REM@JU en función a las facilidades y condiciones tecnológicas existentes. c) Que, verificadas las condiciones anteriores, el juez dicte la resolución que disponga el remate electrónico judicial identificando en aquella un resumen descriptivo del bien incluidas las cargas y los gravámenes, de ser el caso, y el monto de su valorización. 2 Artículo 1 Artículo 1 Artículo 1 Artículo 13� del Reglamento de la Ley Nro. 3� del Reglamento de la Ley Nro. 3� del Reglamento de la Ley Nro. 3� del Reglamento de la Ley Nro. 3022 3022 3022 30229 9 9 9: Procedencia del remate de bienes a través del REM@JU. QUINTO. - Una vez vencida el plazo de oposición a que se refiere el artículo 14.2 del reglamento de la Ley N� 30229 3 , el secretario judicial de la causa publicará en el aplicativo REM@JU la convocatoria con la información relacionada con el proceso de remate electrónico judicial y demás actos pertinentes, tal como se dispone en el artículo 15 de la Ley 30229, el cual generará automáticamente el aviso de convocatoria que contendrá el cronograma con la fecha programada para el acto de remate. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día, tal como lo dispone el artículo 16 del reglamento de la Ley N� 30229, bajo apercibimiento de declarársele la nulidad del remate. SEXTO. - En ese sentido, y conforme al estado del proceso, y en aplicación de lo dispuesto por los Artículo 731� y 736� inciso uno d el código acotado: SE RESUELVE: 1]IMPROCEDENTE el pedido suspensión del proceso solicitada mediante escrito de fecha uno de diciembre del dos mil veinticinco por Julio Edilberto Guevara Barreda, Roman Eusebio Guevara Barrera y Milagros del Pilar Dávila Guevara. 2]DECLARAR CONSENTIDA LA RESOLUCION VEINTE de fecha veinte de noviembre del dos mil veinticinco; y, 2] CONVOCAR A REMATE ELECTRONICO JUDICIAL - REM@JU a efectos de proceder el remate en PRIMERA CONVOCATORIA la bien inmueble materia de división y partición, conforme al siguiente detalle: 1. DESCRIPCION: A) Inmueble ubicado en: MZ S LOTE 10 [Calle El Taymi N� 157], URB. SAN LORENZO, distrito y provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N� 02189908 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nro. Sede Chiclayo. &lt;br&gt;
2.&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las cargas y gravámenes del inmueble en remate?&lt;/h4&gt; Ninguno &lt;br&gt;
3. VALOR DE LA TASACIÓN: Tasación Comercial que obra en autos de fojas 309- 326, presentada por los peritos designados en autos mediante escrito de fecha uno de octubre del dos ml veinticinco, la misma que asciende a la suma de US$ 251,553.00 [DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS]. &lt;br&gt;
 13.1. El remate de bienes muebles e inmuebles se realiza por medio del REM@JU, en mérito a la resolución a que se refiere el artículo 731� del Código Procesal Civil. Para estos efectos, debe verificarse las condiciones señaladas en el artículo 12� de la Ley. 13.2. El pedido de corrección para subsanar errores de forma a que se refiere el artículo 12 de la Ley se presenta dentro del plazo de tres 83) días hábiles siguientes de notificada la resolución que dispone el remate judicial por vía electrónica y se resuelve en un plazo similar. &lt;br&gt;
4. PRECIO .&lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cuáles son las bases del remate judicial en LAMBAYEQUE?&lt;/h4&gt; La base de la postura será las dos terceras partes del valor de la tasación, ascendiendo a la suma de US$. 167,702.00 [TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS] &lt;br&gt;
5. OBLAJE: Los postores deberán cumplir con los siguiente: a) Depositar el 10% del valor de la tasación arriba indicada mediante depósito electrónico judicial en la moneda en que se realizó la tasación del bien conforme a lo dispuesto en el artículo 17� del Reglamento de la Ley N� 302999; y b) Adjuntar el arancel judicial correspondiente. &lt;br&gt;
6. PÚBLICACIÓN: Procédase a la PUBLICACIÓN de los avisos del remate EN EL PORTAL WEB del Poder Judicial a través del aplicativo informático del REM@JU por el término de ley, conforme lo regula el artículo 15 del reglamento de la Ley 30229, luego haber quedado firme la presente resolución. &lt;br&gt;
7. FIJESE los carteles en la vitrina del local del Juzgado por parte del Especialista legal y en el inmueble a rematar en forma oportuna, bajo responsabilidad, previa programación de los interesados de manera presencial en la secretaria del Juzgado, bajo responsabilidad. &lt;br&gt;
8. En el supuesto de no haber adjudicación en la primera convocatoria, y de conformidad con la regulación vigente, CONVÓQUESE AUTOMATICAMENTE AL SEGUNDO REMATE y seguidamente AL TERCER REMATE de ser necesario con los siguientes parámetros: 8.1. PARA LA SEGUNDA CONVOCATORIA: La base de la postura será establecida para la primera convocatoria, reducida en un 15%; la misma que asciende a la suma de US$ 142,546.70 [CIENTO CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 70/100 DÓLARES AMERICANOS]. 8.2. PARA LA TERCERA CONVOCATORIA: La base de la postura será la establecida para la segunda convocatoria, reducida en un 15%; la misma que asciende a la suma de US$ 121,164.695 [VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CON 81/100 DÓLARES AMERICANOS]. &lt;br&gt;
De conformidad con el artículo 12 de la Ley N� 3022 9 la presente resolución es inimpugnable bajo la salvedad señalada en el tercer párrafo del indicado artículo; NOTIFIQUESE la presente resolución a las partes procesales.&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;220&quot; data-original-width=&quot;240&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgX2xVDrzqdUqz4ipUKKZKjr6k_-uZCde4QHptd1xa4TicQ5zjyBYyyM1pwqMr_kZXEm3hLLkvEjXqWG1hzAUsuirzcd-OleS-ojCPaRqQY8iRwA0KYzPPau8tIw9B5IN1zZIGCzPgISKzhIkD0kkEJsbEash3nFDcCM8FZNUV_FBehxsydCJhzBZBR/s72-c/casa-4-lambayeque.png&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- LAMBAYEQUE, Casa --&gt;&lt;!-- id=25353 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/3873469627158423314'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/3873469627158423314'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/remju-casa-en-venta-en-lambayeque.html' title='Rem@ju Casa en Venta en Lambayeque Chiclayo Precio Base $ 167702'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgX2xVDrzqdUqz4ipUKKZKjr6k_-uZCde4QHptd1xa4TicQ5zjyBYyyM1pwqMr_kZXEm3hLLkvEjXqWG1hzAUsuirzcd-OleS-ojCPaRqQY8iRwA0KYzPPau8tIw9B5IN1zZIGCzPgISKzhIkD0kkEJsbEash3nFDcCM8FZNUV_FBehxsydCJhzBZBR/s72-c/casa-4-lambayeque.png" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-4407159793647818662</id><published>2026-09-25T07:03:15.538-07:00</published><updated>2026-09-25T07:03:15.538-07:00</updated><title type='text'>Subasta Judicial BCP de Almacã‰n en La Libertad Guadalupe Precio Base $ 351150</title><content type='html'>Terreno con un Frente a Calle 5, con Extensi�n de 113 Mts Lineales. por la Derecha Colinda con Lote 1-a y Terrenos Eriazos en L�?nea Quebrada de 03 &lt;br&gt;
Tasación: $ 526,725.00. &lt;b&gt;Precio Base: $ 351,150.00&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 1,053.45. Arancel: S/. 1,100.00. Oblaje: $ 52,672.50.. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. &lt;b&gt;Departamento: LA LIBERTAD&lt;/b&gt;. Provincia: PACASMAYO. Distrito: GUADALUPE. &lt;br&gt;
Partida Registral: 11001745 &lt;b&gt;Tipo Inmueble: ALMACÉN.&lt;/b&gt; Dirección: Inmueble Ubicado En la Mz. L-lote 1-urb. los �?ngeles, Centro Poblado Menor Ciudad de Dios, Distrito de Guadalupe, Provincia de Pacasmayo, Departamento de la Libertad. Porcentaje a Rematar: 100 %
&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
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  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;25/09/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;04/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación de Inscripción&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;05/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;07/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Presentación de Ofertas&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;08/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;09/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Pago Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;12/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;14/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Validación del Saldo&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;15/10/2026&lt;/td&gt;
   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
  &lt;/tr&gt;
 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 00077-2020-0-1614-JR-CI-01. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: FALEN BARRERA ANA MARIA. Especialista: WILLIAM MARTIN SANTILLAN MORALES. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: ONCE. Fecha Resolución: 30/09/2024. Tipo Cambio: S/. 3.38 a la fecha 23/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
&lt;p&gt;Ingrese al link del REMATE: &lt;a rel=&quot;nofollow&quot; target=&quot;_blank&quot; href=&quot;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&quot;&gt;https://remaju.pj.gob.pe/remaju/pages/publico/remateExterno.xhtml&lt;/a&gt;&lt;br&gt;
 En el campo Número de REMATE ingrese el código: &lt;big&gt;25355&lt;/big&gt;&lt;br&gt;
 Luego ingrese el CAPTCHA y haga clic en APLICAR&lt;/p&gt;
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&lt;/div&gt;
&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
 &lt;ul&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/venta-de-casa-en-ica-santiago-precio.html&quot;&gt;Venta de Casa en Ica Santiago Precio Base S/ 86498&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/casa-en-venta-en-san-martin-tarapoto.html&quot;&gt;Casa en Venta en San Martin Tarapoto Precio Base S/ 114036&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/04/remate-judicial-en-lambayeque-chiclayo.html&quot;&gt;Remate Judicial en Lambayeque Chiclayo de Terrenos Precio Base $ 12300&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
&lt;/div&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LA LIBERTAD?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU &lt;br&gt;
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECIOCHO San Pedro de Lloc, tres de setiembre Del año dos mil veintiséis &lt;br&gt;
AUTOS Y VISTOS, Dado cuenta con un escrito que antecede, AGRÉGUESE a los autos; Y, CONSIDERANDO: &lt;br&gt;
RESPECTO A DEJAR SIN EFECTO UN EXTREMO DE RESOLUCIÓN &lt;br&gt;
PRIMERO.- Por resolución número ONCE de fecha 30 de setiembre del 2024, se resolvió entre otros, llevar a cabo el REMATE JUDICIAL ELECTRÓNICO respecto de cuatro inmuebles materia de la ejecución del presente proceso, entre los que se detalla el bien inmueble �A) Unidad Inmobiliaria I ubicada en Centro Poblado Pacasmayo-Sector Parte Alta Pacasmayo Mz, 24- Lote 29-Distrito y Provincia de Pacasmayo- Departamento La Libertad inscrito en la Partida Electrónica N� P14135190 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N� V-Sede Trujillo, por el precio base de CINCUENTA Y DOS MIL OCHO Y 24/100 DÓLARES AMERICANOS, monto que corresponde a las dos terceras partes del valor de su tasación convencional de SETENTA Y OCHO MIL DOCE Y 36/100 DÓLARES AMERICANOS.� SEGUNDO.- Sin embargo, por escrito de fecha 05 de marzo del año 2025, la parte ejecutante hizo de conocimiento que, en la Copia Literal del citado inmueble, a través del asiento N� 00011, la garantía constituida a favor del Banco de Crédito del Perú (BCP) había sido cancelada, por lo que, informó que no correspondía continuar con la ejecución sobre dicho predio, al haber desaparecido la afectación que lo vinculaba al presente proceso. TERCERO.- Siendo así, efectivamente a fs. 327 consta el Asiento 00011 de la Partida Electrónica P14135190, en donde con fecha 04 de julio del 2024 se ha inscrito la CANCELACIÓN DE HIPOTECA constituida en el asiento 00008 que tenía a su favor la acreedora Banco de Crédito del Perú; por lo que, efectivamente ha desaparecido el motivo que lo vinculaba con el presente proceso, correspondiendo DEJAR SIN EFECTO la resolución once, únicamente en el extremo que dispuso la ejecución forzada respecto al bien inmueble inscrito en la Partida Electrónica P14135190. &lt;br&gt;
DE LA INTEGRACIÓN DE RESOLUCIÓN JUDICIAL &lt;br&gt;
CUARTO.- El cuarto párrafo del artículo 172� del Código Procesal Civil, aplicado supletoriamente al presente proceso, establece: �El Juez puede integrar una resolución antes de su notificación. Después de la notificación, pero dentro del plazo que las partes dispongan para apelarla, de oficio o a pedido de parte, el Juez puede integrarla cuando haya omitido pronunciamiento sobre algún punto principal o accesorio. El plazo para recurrir la resolución integrada se computa desde la notificación de la resolución que la integra�. SAN PEDRO DE LLOC (VÍA DE EVITAMIENTO), Juez:FALEN BARRERA Ana Maria FAU 20477550429 soft Fecha: 04/09/2026 16:07:48,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LA LIBERTAD / SAN PEDRO DE LLOC,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LA LIBERTAD - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SAN PEDRO DE LLOC (VÍA DE EVITAMIENTO), Secretario:SANTILLAN MORALES William Martin FAU 20477550429 soft Fecha: 04/09/2026 16:40:21,Razón: RESOLUCIÓN JUDICIAL,D.Judicial: LA LIBERTAD / SAN PEDRO DE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LA LIBERTAD - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE QUINTO.- Teniendo en cuenta que se ha dejado sin efecto la disposición de remate electrónico sobre uno de los bienes inmuebles señalados por resolución once, tenemos que se mantiene con orden de remate los siguientes bienes: [�] B) Unidad Inmobiliaria II: ubicada en el centro poblado Pacasmayo sector Independencia Mz. 5, Lote 19, Distrito y Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica N� P14132966 del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral N� V � Sede Trujillo. C) Inmueble en la Mz. L, Lote 1, Urb. Los Ángeles, Centro Poblado menor Ciudad de Dios, Distrito de Guadalupe, Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica N� 11001745 del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral N� V � Oficina San Pedro de Lloc. D) Inmueble ubicado en la posesión informal La Perla, Mz. �A� Lote 12, Distrito y Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica N� P14131364 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N� V � Oficina Trujillo. [�] &lt;br&gt;
SEXTO.- Asimismo, en dicha resolución ONCE se ha señalado las cargas y gravámenes de cada unidad inmobiliaria sujeta a remate, sin embargo, la parte ejecutante por escrito de fecha 05 de marzo del 2025, indica que, se ha señalado la información incompleta respecto a las cargas y gravámenes de los bienes inscritos tanto en la Partida Electrónica P14132966 y N� 11001745. Además, por escrito de fecha 17/08/2026, la parte ejecutante cumple con adjuntar las Copias Literales actualizadas de los bienes inmuebles objeto de remate judicial, por lo que, bajo el tenor de lo informado y documentación sustentatoria presentada, corresponde integrar la resolución número once, en el siguiente extremo: &lt;br&gt;
[�] B) Unidad Inmobiliaria II: ubicada en el centro poblado Pacasmayo sector Independencia Mz. 5, Lote 19, Distrito y Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica N� P14132966 del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral N� V � Sede Trujillo. (�) CARGAS Y GRAVÁMENES - Asiento 00011. Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de $ 118,106.61 con el objeto de garantizar la obligación crediticia hasta por la suma de $ 171,908.25. - Asiento 00012. Embargo en forma de inscripción a favor del Banco Internacional del Perú � Interbank, hasta por la suma de S/65,000.00. (�) C) Inmueble ubicado en la Mz. L-Lote 1-Urb. Los Ángeles, Centro Poblado menor Ciudad de Dios, Distrito de Guadalupe, Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electrónica N� 11001745 del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral N� V � Oficina San Pedro de Lloc. (�) CARGAS Y GRAVÁMENES - Asiento D00008. Hipoteca a favor de Banco Internacional del Perú � Interbank, hasta por la suma de US$ 407,101.00, a fin de garantizar el pago de un préstamo por el monto de S/399,000.00. - Asiento D00008. Hipoteca a favor de Banco de Crédito del Perú � BCP, hasta por la suma de US$ 497,462.50, a fin de garantizar todas las deudas y obligaciones, que consten en contratos y/o títulos valores derivadas de los créditos directos o indirectos que le haya otorgado y/o que en el futuro le otorgue el Banco, y las demás establecidas en el instrumento público de la referencia. [�] &lt;br&gt;
SÉTIMO.- Finalmente, habiéndose realizado las precisiones respecto al remate ordenado en el presente proceso, corresponde proceder conforme lo dispuesto en la resolución ONCE y, realizar la publicación del aviso de convocatoria de remate conforme al artículo 15� de la Ley N� 30229, en el Portal Web del Poder Judicial, debiendo fijarse los avisos en el local del Juzgado e inmuebles sub Litis. &lt;br&gt;
Por tales consideraciones y, de conformidad con las normas antes citadas, SE RESUELVE: &lt;br&gt;
1. TENER POR PRESENTADAS las copias literales actualizadas de los bienes inmuebles materia de Litis. 2. DEJAR SIN EFECTO la resolución once, únicamente en el extremo que dispuso la ejecución forzada respecto al bien inmueble inscrito en la Partida Electrónica P14135190. 3. INTEGRAR la resolución número ONCE de fecha treinta de setiembre del año dos mil veinticuatro, únicamente en el extremo de CARGAS Y GRAVÁMENES conforme lo señalado en el considerando sexto de la presente resolución. 4. PROCEDER a realizar la publicación del aviso de convocatoria de remate electrónico conforme lo dispuesto por resolución ONCE Y DIECIOCHO, en el Portal Web del Poder Judicial, debiendo fijarse los avisos de remate, en el local del Juzgado e inmuebles sub Litis, previa coordinación de la parte ejecutante con el órgano jurisdiccional. 5. NOTIFICAR conforme a ley. - &lt;br&gt;&lt;br&gt;&lt;img border=&quot;0&quot; data-original-height=&quot;226&quot; data-original-width=&quot;243&quot; height=&quot;72&quot; src=&quot;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg6-Pq2H1HFIcJSwt07zGML9BuSV_7N6XhzPqBB6DzPLiiQQebnaS93xk7On3DDkO9MfFVaj-ZT-fCWdSlU_gqB88bsxgylAhIjXGso2tKcWEzD9J2YxQsmDEm6_dBCsAUPiXeeqniz3j5E8XDzUfjrkldruzl9LVsJdv65Sif9QXjqM-8yEqVspt9d/s72-c/casa-la-libertad.PNG&quot; width=&quot;72&quot;&gt;&lt;!-- LA LIBERTAD, Almac�n --&gt;&lt;!-- id=25355 --&gt;
</content><link rel='edit' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/4407159793647818662'/><link rel='self' type='application/atom+xml' href='http://www.blogger.com/feeds/6593978085809356091/posts/default/4407159793647818662'/><link rel='alternate' type='text/html' href='http://www.rematecasas.com/2026/09/subasta-judicial-bcp-de-almacan-en-la.html' title='Subasta Judicial BCP de Almacã‰n en La Libertad Guadalupe Precio Base $ 351150'/><author><name>Unknown</name><email>noreply@blogger.com</email><gd:image rel='http://schemas.google.com/g/2005#thumbnail' width='16' height='16' src='https://img1.blogblog.com/img/b16-rounded.gif'/></author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg6-Pq2H1HFIcJSwt07zGML9BuSV_7N6XhzPqBB6DzPLiiQQebnaS93xk7On3DDkO9MfFVaj-ZT-fCWdSlU_gqB88bsxgylAhIjXGso2tKcWEzD9J2YxQsmDEm6_dBCsAUPiXeeqniz3j5E8XDzUfjrkldruzl9LVsJdv65Sif9QXjqM-8yEqVspt9d/s72-c/casa-la-libertad.PNG" height="72" width="72"/></entry><entry><id>tag:blogger.com,1999:blog-6593978085809356091.post-2537727079138782690</id><published>2026-09-25T07:02:08.406-07:00</published><updated>2026-09-25T07:02:08.406-07:00</updated><title type='text'>Remate Judicial BCP de Casa en La Libertad Pacasmayo Precio Base $ 67526</title><content type='html'>Terreno con un Frente a Calle la Perla con Extensi�n de 11.24 Mts. Lineales.por la Derecha Colinda con Lote 13 con Longitud de 29 Mts. Lineales.por &lt;br&gt;
Tasación: $ 101,290.46. &lt;b&gt;Precio Base: $ 67,526.97&lt;/b&gt;. Incremento entre ofertas: $ 202.58. Arancel: S/. 825.00. Oblaje: $ 10,129.05.. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. &lt;b&gt;Departamento: LA LIBERTAD&lt;/b&gt;. Provincia: PACASMAYO. Distrito: PACASMAYO. &lt;br&gt;
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&lt;table id=&quot;tabpanel3&quot;&gt;
 &lt;tbody&gt;
  &lt;tr&gt;
   &lt;th&gt;Remate judicial&lt;/th&gt;
   &lt;th&gt;Desde&lt;/th&gt;
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  &lt;tr&gt;
   &lt;td&gt;Publicación e Inscripcion&lt;/td&gt;
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   &lt;td&gt;19/10/2026&lt;/td&gt;
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 &lt;/tbody&gt;
&lt;/table&gt; Expediente: 00077-2020-0-1614-JR-CI-01. Distrito Judicial: LA LIBERTAD. Órgano Jurisdisccional: JUZGADO ESPECIALIZADO. Instancia: JUZGADO ESPECIALIZADO. Juez: FALEN BARRERA ANA MARIA. Especialista: WILLIAM MARTIN SANTILLAN MORALES. Materia: EJECUCION DE GARANTIAS. Resolución: ONCE. Fecha Resolución: 30/09/2024. Tipo Cambio: S/. 3.38 a la fecha 23/09/2026 según la SBS. &lt;br&gt;
&lt;h4 class=&quot;h2title&quot;&gt;¿Cómo participar en el remate judicial del inmueble?&lt;/h4&gt;
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&lt;div class=&quot;miradiv&quot;&gt;
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  &lt;li&gt;&lt;a class=&quot;miraa&quot; href=&quot;http://www.rematecasas.com/2026/09/remate-sunat-inmuebles-end-output-from.html&quot;&gt;Remate SUNAT Inmuebles &lt;!-- END OUTPUT from &#39;core/modules/views/templates/views-view-field.html.twig&#39;&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;&lt;a class=&#39;miraa&#39; href=&#39;http://www.rematecasas.com/2026/09/casa-inmueble-en-remate-bcp-en-loreto.html&#39;&gt;Casa Inmueble en Remate BCP en Loreto Iquitos Precio Base S/ 121264&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;&lt;a class=&#39;miraa&#39; href=&#39;http://www.rematecasas.com/2026/09/venta-de-casa-en-junin-parco-precio.html&#39;&gt;Venta de Casa en Junin Parco Precio Base S/ 38721&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;/ul&gt;&lt;/div&gt; &lt;h4 class=&#39;h2title&#39;&gt;¿Cómo se realizará el remate del inmueble en LA LIBERTAD?&lt;/h4&gt;DEMANDANTE : BANCO DE CR&amp;Eacute;DITO DEL PER&amp;Uacute; DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU &lt;br/&gt;RESOLUCI&amp;Oacute;N N&amp;Uacute;MERO DIECIOCHO San Pedro de Lloc, tres de setiembre Del a&amp;ntilde;o dos mil veintis&amp;eacute;is &lt;br/&gt;AUTOS Y VISTOS, Dado cuenta con un escrito que antecede, AGR&amp;Eacute;GUESE a los autos; Y, CONSIDERANDO: &lt;br/&gt;RESPECTO A DEJAR SIN EFECTO UN EXTREMO DE RESOLUCI&amp;Oacute;N &lt;br/&gt;PRIMERO.- Por resoluci&amp;oacute;n n&amp;uacute;mero ONCE de fecha 30 de setiembre del 2024, se resolvi&amp;oacute; entre otros, llevar a cabo el REMATE JUDICIAL ELECTR&amp;Oacute;NICO respecto de cuatro inmuebles materia de la ejecuci&amp;oacute;n del presente proceso, entre los que se detalla el bien inmueble �A) Unidad Inmobiliaria I ubicada en Centro Poblado Pacasmayo-Sector Parte Alta Pacasmayo Mz, 24- Lote 29-Distrito y Provincia de Pacasmayo- Departamento La Libertad inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� P14135190 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N� V-Sede Trujillo, por el precio base de CINCUENTA Y DOS MIL OCHO Y 24/100 D&amp;Oacute;LARES AMERICANOS, monto que corresponde a las dos terceras partes del valor de su tasaci&amp;oacute;n convencional de SETENTA Y OCHO MIL DOCE Y 36/100 D&amp;Oacute;LARES AMERICANOS.� SEGUNDO.- Sin embargo, por escrito de fecha 05 de marzo del a&amp;ntilde;o 2025, la parte ejecutante hizo de conocimiento que, en la Copia Literal del citado inmueble, a trav&amp;eacute;s del asiento N� 00011, la garant&amp;iacute;a constituida a favor del Banco de Cr&amp;eacute;dito del Per&amp;uacute; (BCP) hab&amp;iacute;a sido cancelada, por lo que, inform&amp;oacute; que no correspond&amp;iacute;a continuar con la ejecuci&amp;oacute;n sobre dicho predio, al haber desaparecido la afectaci&amp;oacute;n que lo vinculaba al presente proceso. TERCERO.- Siendo as&amp;iacute;, efectivamente a fs. 327 consta el Asiento 00011 de la Partida Electr&amp;oacute;nica P14135190, en donde con fecha 04 de julio del 2024 se ha inscrito la CANCELACI&amp;Oacute;N DE HIPOTECA constituida en el asiento 00008 que ten&amp;iacute;a a su favor la acreedora Banco de Cr&amp;eacute;dito del Per&amp;uacute;; por lo que, efectivamente ha desaparecido el motivo que lo vinculaba con el presente proceso, correspondiendo DEJAR SIN EFECTO la resoluci&amp;oacute;n once, &amp;uacute;nicamente en el extremo que dispuso la ejecuci&amp;oacute;n forzada respecto al bien inmueble inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica P14135190. &lt;br/&gt;DE LA INTEGRACI&amp;Oacute;N DE RESOLUCI&amp;Oacute;N JUDICIAL &lt;br/&gt;CUARTO.- El cuarto p&amp;aacute;rrafo del art&amp;iacute;culo 172� del C&amp;oacute;digo Procesal Civil, aplicado supletoriamente al presente proceso, establece: �El Juez puede integrar una resoluci&amp;oacute;n antes de su notificaci&amp;oacute;n. Despu&amp;eacute;s de la notificaci&amp;oacute;n, pero dentro del plazo que las partes dispongan para apelarla, de oficio o a pedido de parte, el Juez puede integrarla cuando haya omitido pronunciamiento sobre alg&amp;uacute;n punto principal o accesorio. El plazo para recurrir la resoluci&amp;oacute;n integrada se computa desde la notificaci&amp;oacute;n de la resoluci&amp;oacute;n que la integra�. SAN PEDRO DE LLOC (V&amp;Iacute;A DE EVITAMIENTO), Juez:FALEN BARRERA Ana Maria FAU 20477550429 soft Fecha: 04/09/2026 16:07:48,Raz&amp;oacute;n: RESOLUCI&amp;Oacute;N JUDICIAL,D.Judicial: LA LIBERTAD / SAN PEDRO DE LLOC,FIRMA DIGITAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LA LIBERTAD - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE SAN PEDRO DE LLOC (V&amp;Iacute;A DE EVITAMIENTO), Secretario:SANTILLAN MORALES William Martin FAU 20477550429 soft Fecha: 04/09/2026 16:40:21,Raz&amp;oacute;n: RESOLUCI&amp;Oacute;N JUDICIAL,D.Judicial: LA LIBERTAD / SAN PEDRO DE CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA LA LIBERTAD - Sistema de Notificaciones Electronicas SINOE QUINTO.- Teniendo en cuenta que se ha dejado sin efecto la disposici&amp;oacute;n de remate electr&amp;oacute;nico sobre uno de los bienes inmuebles se&amp;ntilde;alados por resoluci&amp;oacute;n once, tenemos que se mantiene con orden de remate los siguientes bienes: [�] B) Unidad Inmobiliaria II: ubicada en el centro poblado Pacasmayo sector Independencia Mz. 5, Lote 19, Distrito y Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� P14132966 del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral N� V � Sede Trujillo. C) Inmueble en la Mz. L, Lote 1, Urb. Los &amp;Aacute;ngeles, Centro Poblado menor Ciudad de Dios, Distrito de Guadalupe, Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 11001745 del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral N� V � Oficina San Pedro de Lloc. D) Inmueble ubicado en la posesi&amp;oacute;n informal La Perla, Mz. �A� Lote 12, Distrito y Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� P14131364 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N� V � Oficina Trujillo. [�] &lt;br/&gt;SEXTO.- Asimismo, en dicha resoluci&amp;oacute;n ONCE se ha se&amp;ntilde;alado las cargas y grav&amp;aacute;menes de cada unidad inmobiliaria sujeta a remate, sin embargo, la parte ejecutante por escrito de fecha 05 de marzo del 2025, indica que, se ha se&amp;ntilde;alado la informaci&amp;oacute;n incompleta respecto a las cargas y grav&amp;aacute;menes de los bienes inscritos tanto en la Partida Electr&amp;oacute;nica P14132966 y N� 11001745. Adem&amp;aacute;s, por escrito de fecha 17/08/2026, la parte ejecutante cumple con adjuntar las Copias Literales actualizadas de los bienes inmuebles objeto de remate judicial, por lo que, bajo el tenor de lo informado y documentaci&amp;oacute;n sustentatoria presentada, corresponde integrar la resoluci&amp;oacute;n n&amp;uacute;mero once, en el siguiente extremo: &lt;br/&gt;[�] B) Unidad Inmobiliaria II: ubicada en el centro poblado Pacasmayo sector Independencia Mz. 5, Lote 19, Distrito y Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� P14132966 del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral N� V � Sede Trujillo. (�) CARGAS Y GRAV&amp;Aacute;MENES - Asiento 00011. Hipoteca a favor del Banco de Cr&amp;eacute;dito del Per&amp;uacute; hasta por la suma de $ 118,106.61 con el objeto de garantizar la obligaci&amp;oacute;n crediticia hasta por la suma de $ 171,908.25. - Asiento 00012. Embargo en forma de inscripci&amp;oacute;n a favor del Banco Internacional del Per&amp;uacute; � Interbank, hasta por la suma de S/65,000.00. (�) C) Inmueble ubicado en la Mz. L-Lote 1-Urb. Los &amp;Aacute;ngeles, Centro Poblado menor Ciudad de Dios, Distrito de Guadalupe, Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica N� 11001745 del Registro de Propiedad Inmueble de la zona registral N� V � Oficina San Pedro de Lloc. (�) CARGAS Y GRAV&amp;Aacute;MENES - Asiento D00008. Hipoteca a favor de Banco Internacional del Per&amp;uacute; � Interbank, hasta por la suma de US$ 407,101.00, a fin de garantizar el pago de un pr&amp;eacute;stamo por el monto de S/399,000.00. - Asiento D00008. Hipoteca a favor de Banco de Cr&amp;eacute;dito del Per&amp;uacute; � BCP, hasta por la suma de US$ 497,462.50, a fin de garantizar todas las deudas y obligaciones, que consten en contratos y/o t&amp;iacute;tulos valores derivadas de los cr&amp;eacute;ditos directos o indirectos que le haya otorgado y/o que en el futuro le otorgue el Banco, y las dem&amp;aacute;s establecidas en el instrumento p&amp;uacute;blico de la referencia. [�] &lt;br/&gt;S&amp;Eacute;TIMO.- Finalmente, habi&amp;eacute;ndose realizado las precisiones respecto al remate ordenado en el presente proceso, corresponde proceder conforme lo dispuesto en la resoluci&amp;oacute;n ONCE y, realizar la publicaci&amp;oacute;n del aviso de convocatoria de remate conforme al art&amp;iacute;culo 15� de la Ley N� 30229, en el Portal Web del Poder Judicial, debiendo fijarse los avisos en el local del Juzgado e inmuebles sub Litis. &lt;br/&gt;Por tales consideraciones y, de conformidad con las normas antes citadas, SE RESUELVE: &lt;br/&gt;1. TENER POR PRESENTADAS las copias literales actualizadas de los bienes inmuebles materia de Litis. 2. DEJAR SIN EFECTO la resoluci&amp;oacute;n once, &amp;uacute;nicamente en el extremo que dispuso la ejecuci&amp;oacute;n forzada respecto al bien inmueble inscrito en la Partida Electr&amp;oacute;nica P14135190. 3. INTEGRAR la resoluci&amp;oacute;n n&amp;uacute;mero ONCE de fecha treinta de setiembre del a&amp;ntilde;o dos mil veinticuatro, &amp;uacute;nicamente en el extremo de CARGAS Y GRAV&amp;Aacute;MENES conforme lo se&amp;ntilde;alado en el considerando sexto de la presente resoluci&amp;oacute;n. 4. PROCEDER a realizar la publicaci&amp;oacute;n del aviso de convocatoria de remate electr&amp;oacute;nico conforme lo dispuesto por resoluci&amp;oacute;n ONCE Y DIECIOCHO, en el Portal Web del Poder Judicial, debiendo fijarse los avisos de remate, en el local del Juzgado e inmuebles sub Litis, previa coordinaci&amp;oacute;n de la parte ejecutante con el &amp;oacute;rgano jurisdiccional. 5. NOTIFICAR conforme a ley. - &lt;br/&gt; &lt;br/&gt;&lt;img border=&#39;0&#39; data-original-height=&#39;226&#39; data-original-width=&#39;243&#39; height=&#39;72&#39; src=&#39;https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg6-Pq2H1HFIcJSwt07zGML9BuSV_7N6XhzPqBB6DzPLiiQQebnaS93xk7On3DDkO9MfFVaj-ZT-fCWdSlU_gqB88bsxgylAhIjXGso2tKcWEzD9J2YxQsmDEm6_dBCsAUPiXeeqniz3j5E8XDzUfjrkldruzl9LVsJdv65Sif9QXjqM-8yEqVspt9d/s72-c/casa-la-libertad.PNG&#39; width=&#39;72&#39; /&gt;&lt;!-- LA LIBERTAD, Casa --&gt;&lt;!-- id=25357 --&gt; &lt;/a&gt;&lt;/li&gt;
 &lt;/ul&gt;
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