<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>Portoria</title>
	<atom:link href="https://portoria.blog/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://portoria.blog/</link>
	<description>Apuntes sobre derecho aduanero y comercio internacional</description>
	<lastBuildDate>Wed, 23 Apr 2025 10:16:04 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.8.3</generator>

<image>
	<url>https://portoria.blog/wp-content/uploads/2024/11/cropped-3e2af17f-5cdd-40f2-9ac3-051948efde2c-32x32.jpeg</url>
	<title>Portoria</title>
	<link>https://portoria.blog/</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
<site xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">243362503</site>	<item>
		<title>Argentina flexibiliza el régimen sobre pagos de importaciones y cobros de exportaciones</title>
		<link>https://portoria.blog/cambios-comercio-exterior-argentina-2025/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Cassanello]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 23 Apr 2025 10:16:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asuntos cambiarios]]></category>
		<category><![CDATA[Notas]]></category>
		<category><![CDATA[BCRA]]></category>
		<category><![CDATA[exportaciones]]></category>
		<category><![CDATA[importaciones]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://portoria.blog/?p=1424</guid>

					<description><![CDATA[<p>Argentina ha dado un paso importante en la flexibilización de su régimen cambiario con un paquete normativo que impacta directamente en las operaciones de comercio exterior. A través de las Comunicaciones “A” 8226 y 8227 del Banco Central y el Decreto 269/2025, se modifican las condiciones para pagar importaciones y liquidar exportaciones, marcando un punto&#8230;&#160;<a href="https://portoria.blog/cambios-comercio-exterior-argentina-2025/" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Argentina flexibiliza el régimen sobre pagos de importaciones y cobros de exportaciones</span></a></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/cambios-comercio-exterior-argentina-2025/">Argentina flexibiliza el régimen sobre pagos de importaciones y cobros de exportaciones</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Argentina ha dado un paso importante en la flexibilización de su régimen cambiario con un paquete normativo que impacta directamente en las operaciones de comercio exterior. A través de las Comunicaciones “A” <a href="https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A8226.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">8226 </a>y <a href="https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A8227.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">8227</a> del Banco Central y el <a href="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/410000-414999/411653/norma.htm" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Decreto 269/2025</a>, se modifican las condiciones para pagar importaciones y liquidar exportaciones, marcando un punto de inflexión tras años de controles cambiarios.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Pago de Importaciones</h2>



<p>Uno de los principales avances es la posibilidad de realizar pagos de importaciones sin necesidad de cumplir con plazos mínimos. Desde ahora, las empresas pueden acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para pagar importaciones desde el mismo momento en que se registra el ingreso aduanero de la mercadería.</p>



<p>Además, se habilita el <strong>pago a la vista</strong> para las MiPyMEs y personas humanas, incluso antes del registro de ingreso aduanero, siempre que se trate de mercadería embarcada a partir del 14 de abril de 2025 y no se encuentren en las posiciones arancelarias excluidas. Este cambio responde a la necesidad de dotar de mayor liquidez y flexibilidad operativa a los actores más pequeños del comercio internacional.</p>



<p>En cuanto a los <strong>bienes de capital</strong>, se admite un <strong>pago anticipado de hasta el 30% del valor FOB</strong>. Luego, se puede completar hasta un 80% con pagos a la vista o compromisos sin registro de ingreso aduanero. El 20% restante se puede pagar tras la nacionalización de los bienes. Esta medida se aplica a todo tipo de empresas, sin distinción de tamaño, y busca incentivar la inversión productiva en equipamiento e infraestructura.</p>



<p>También se simplifica el acceso al MULC para el <strong>pago de servicios</strong>. Si la contraparte no está vinculada, se permite realizar pagos desde el momento en que el servicio fue prestado o devengado. En el caso de empresas vinculadas, se mantiene una ventana de espera mínima de 90 días, reduciendo a la mitad el plazo vigente hasta ahora.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Exportaciones: fin del «dólar blend», regreso al mercado único</h2>



<p>Por el lado de las exportaciones, el cambio más relevante es el fin del esquema conocido como «dólar blend». Hasta ahora, los exportadores podían liquidar el 80% de sus divisas en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) y el 20% restante mediante operaciones financieras (Contado con liquidación o CCL). Con la nueva normativa, el 100% de las divisas debe ser ingresado y liquidado en el mercado oficial.</p>



<p>Es importante destacar que <strong>los plazos de ingreso y liquidación de divisas no fueron modificados</strong>. Se mantienen según lo dispuesto por el BCRA en su Texto Ordenado de Exterior y Cambios, con rangos que varían entre 30 y 365 días corridos según el tipo de bien o servicio exportado.</p>



<p>En síntesis, estas nuevas medidas suponen un cambio de enfoque por parte del Gobierno argentino, que busca reinsertar gradualmente a la economía en un sistema más abierto y competitivo. Para quienes operan en comercio exterior resulta fundamental revisar sus contratos, cadenas de pagos y estrategias de cobertura para adaptarse a un escenario que, por primera vez en mucho tiempo, muestra señales de mayor previsibilidad.</p>



<div data-wp-interactive="core/file" class="wp-block-file"><object data-wp-bind--hidden="!state.hasPdfPreview" hidden class="wp-block-file__embed" data="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/A8226.pdf" type="application/pdf" style="width:100%;height:600px" aria-label="Incrustado de Comunicación BCRA &quot;A&quot;8226."></object><a id="wp-block-file--media-bb7a07ba-db38-4148-892c-787a6981b19a" href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/A8226.pdf">Comunicación BCRA «A»8226</a><a href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/A8226.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-bb7a07ba-db38-4148-892c-787a6981b19a">Descarga</a></div>



<p></p>



<div data-wp-interactive="core/file" class="wp-block-file"><object data-wp-bind--hidden="!state.hasPdfPreview" hidden class="wp-block-file__embed" data="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/A8227.pdf" type="application/pdf" style="width:100%;height:600px" aria-label="Incrustado de Comunicación BCRA A8227."></object><a id="wp-block-file--media-8125dab9-88ca-41a7-8025-4a2ec689a984" href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/A8227.pdf">Comunicación BCRA A8227</a><a href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/A8227.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-8125dab9-88ca-41a7-8025-4a2ec689a984">Descarga</a></div>



<p>nueva normativa BCRA exportaciones e importaciones</p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/cambios-comercio-exterior-argentina-2025/">Argentina flexibiliza el régimen sobre pagos de importaciones y cobros de exportaciones</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1424</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Repensar el sistema comercial global: la propuesta de un asesor de Trump</title>
		<link>https://portoria.blog/repensar-sistema-global/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Cassanello]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 10 Apr 2025 11:22:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://portoria.blog/?p=1409</guid>

					<description><![CDATA[<p>El 2 de abril de 2025, el presidente Donald Trump declaró el «Día de la Liberación» comercial de Estados Unidos. En una serie de anuncios de alto impacto, la administración comunicó la imposición de un arancel universal del 10 % sobre todas las importaciones, con excepciones limitadas para Canadá y México, junto a tarifas adicionales –denominadas&#8230;&#160;<a href="https://portoria.blog/repensar-sistema-global/" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Repensar el sistema comercial global: la propuesta de un asesor de Trump</span></a></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/repensar-sistema-global/">Repensar el sistema comercial global: la propuesta de un asesor de Trump</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<div data-wp-interactive="core/file" class="wp-block-file"><object data-wp-bind--hidden="!state.hasPdfPreview" hidden class="wp-block-file__embed" data="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/638199_A_Users_Guide_to_Restructuring_the_Global_Trading_System.pdf" type="application/pdf" style="width:100%;height:600px" aria-label="Incrustado de 638199_A_Users_Guide_to_Restructuring_the_Global_Trading_System."></object><a id="wp-block-file--media-3653005e-6660-4f66-bb8b-99808323f11c" href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/638199_A_Users_Guide_to_Restructuring_the_Global_Trading_System.pdf">638199_A_Users_Guide_to_Restructuring_the_Global_Trading_System</a><a href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/638199_A_Users_Guide_to_Restructuring_the_Global_Trading_System.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-3653005e-6660-4f66-bb8b-99808323f11c">Descarga</a></div>



<p>El 2 de abril de 2025, el presidente Donald Trump declaró el «Día de la Liberación» comercial de Estados Unidos. En una serie de anuncios de alto impacto, la administración comunicó la imposición de un <strong>arancel universal del 10 % sobre todas las importaciones</strong>, con excepciones limitadas para Canadá y México, junto a tarifas adicionales –denominadas “recíprocas”– de entre el 20 % y el 50 % dirigidas a más de 60 países. Según lo explicado por la Casa Blanca &#8211;<a href="https://portoria.blog/aranceles-trump-2025/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">lo vimos en este post</a>&#8211; estas medidas buscan corregir desequilibrios comerciales estructurales, proteger a la industria nacional y restaurar la soberanía económica.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Stephen Miran, el Rasputín de Trump (?)</h2>



<p>Detrás de estas decisiones se encuentra la visión estratégica de <strong><a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Stephen_Miran" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Stephen Miran</a></strong>, economista formado en Harvard, exfuncionario del Tesoro durante la administración Trump, inversor institucional y actualmente <strong>principal asesor económico</strong> del expresidente. Su reciente publicación, <em><a href="https://www.hudsonbaycapital.com/documents/FG/hudsonbay/research/638199_A_Users_Guide_to_Restructuring_the_Global_Trading_System.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">A User’s Guide to Restructuring the Global Trading System</a></em>, ha sido leída en Washington no sólo como un diagnóstico sobre los desajustes del orden económico internacional, sino como <strong>un manifiesto doctrinario que fundamenta el retorno de una política exterior más asertiva y defensiva</strong> en materia económica.</p>



<p>El argumento central de Miran parte de una crítica estructural: la <strong>sobrevaloración persistente del dólar </strong>–derivada de su condición de moneda de reserva global– ha erosionado la competitividad manufacturera de EE.UU., incentivado los déficits comerciales crónicos y trasladado al exterior buena parte de la producción que otrora alimentó la prosperidad industrial estadounidense. </p>



<p>La originalidad de su enfoque reside en cómo combina herramientas tradicionales –aranceles, acuerdos cambiarios, incentivos fiscales– con un marco geopolítico explícito. Lejos de disociar economía y poder, <strong>Miran propone integrar la política comercial a la política de defensa</strong>, sugiriendo que el respaldo militar estadounidense debe ser revalorizado como activo estratégico para obtener concesiones económicas. Esta visión contrasta fuertemente con los principios de la globalización liberal, que promovía una separación entre seguridad, comercio y finanzas.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Economía, defensa y poder político</h2>



<p>En términos de política práctica, el informe recomienda tres medidas centrales: <strong>la aplicación sistemática de aranceles como herramienta de presión y reequilibrio, la negociación de un nuevo acuerdo internacional para devaluar coordinadamente el dólar </strong>–el llamado “Mar-a-Lago Accord”–, y <strong>la redistribución del costo del sistema financiero internacional</strong>, mediante el traspaso parcial de responsabilidades a aliados como la Unión Europea y Japón. Estas propuestas, que pueden parecer disruptivas, han comenzado a traducirse en acciones concretas, como lo demuestra el paquete de medidas del 2 de abril.</p>



<p>No obstante, el impacto de estas decisiones no se ha hecho esperar. La <strong>Unión Europea</strong>, que semanas antes había ofrecido un acuerdo de “cero aranceles” para evitar una escalada, respondió con el anuncio de <strong>represalias comerciales por hasta 26.000 millones de euros</strong> &#8211;<a href="https://portoria.blog/aranceles-europeos-eeuu/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">ver este post</a>&#8211; dirigidas a productos estratégicos estadounidenses. <strong>China</strong>, en sintonía, impuso un arancel adicional del <s><a href="https://www.theguardian.com/business/2025/apr/04/china-announce-levy-on-us-imports-in-retaliation-to-donald-trump-trade-war-tariffs?mc_cid=b44fec994d&amp;mc_eid=23fa47843f" target="_blank" rel="noreferrer noopener">34 %</a></s> <strong>104% </strong>(ver <a href="https://gss.mof.gov.cn/gzdt/zhengcefabu/202504/t20250409_3961684.htm" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Anuncio de la Comisión Arancelaria del Consejo de Estado Chino</a>) sobre importaciones de EE.UU., mientras que <strong>Canadá</strong> aplicó <a href="https://www.canada.ca/en/department-finance/programs/international-trade-finance-policy/canadas-response-us-tariffs.html?mc_cid=b44fec994d&amp;mc_eid=23fa47843f" target="_blank" rel="noreferrer noopener">aranceles espejo por valor de 42.000 millones de dólares</a>. Los mercados reaccionaron con nerviosismo: el índice S&amp;P 500 cayó cerca de un 10 %, mientras varias empresas advirtieron sobre aumentos de costos, disrupciones en las cadenas de suministro y riesgos inflacionarios.</p>



<p>Estas respuestas han dado lugar a un debate intenso sobre el verdadero alcance y sostenibilidad del enfoque Miran. En primer lugar, numerosos economistas han señalado que el uso intensivo de aranceles podría tener <strong>efectos regresivos sobre el consumo interno</strong>, afectando especialmente a los sectores de menores ingresos. La devaluación del dólar, aunque beneficiosa para los exportadores, encarece las importaciones americanas y puede alimentar una espiral inflacionaria difícil de contener. Además, la aplicación de medidas unilaterales en un entorno multipolar podría terminar por aislar a EE.UU. o alentar la consolidación de bloques comerciales alternativos.</p>



<h2 class="wp-block-heading">La viabilidad de una estrategia unilateral en un mundo multipolar</h2>



<p>Desde una perspectiva más política, deviene necesario criticar la <strong>instrumentalización de la seguridad nacional como recurso de negociación económica</strong>, alertando sobre el deterioro de alianzas tradicionales. Condicionar el respaldo militar a la cooperación económica no sólo introduce una lógica transaccional en las relaciones exteriores, sino que debilita la posición de EE.UU. como garante de estabilidad global. El costo reputacional de esta estrategia puede ser difícil de revertir.</p>



<p>Asimismo, se ha señalado que <strong>el documento carece de definiciones técnicas precisas</strong> sobre cómo se lograría un acuerdo internacional de devaluación, o qué mecanismos evitarían represalias descontroladas. La propuesta parece partir de un supuesto optimista: que los socios estratégicos de Estados Unidos aceptarán voluntariamente asumir mayores cargas en nombre de la estabilidad global, a pesar de sus propios intereses nacionales. En un mundo crecientemente competitivo y fragmentado, este tipo de concesiones no puede darse por sentadas.</p>



<p>Pese a estas objeciones, el trabajo de Miran debe reconocerse como una narrativa alternativa a los postulados de la economía globalizada. Su capacidad para articular una estrategia económica nacional con una visión de poder realista lo convierte en una figura influyente, especialmente en un entorno donde los consensos de Washington están siendo cuestionados incluso desde dentro de EE.UU.</p>



<p>Más allá de sus riesgos o limitaciones, esta nueva política comercial marca un punto de inflexión. El énfasis ya no está en la integración global, la eficiencia productiva o la optimización de cadenas de valor, sino en la reconstrucción del poder industrial interno, la resiliencia estratégica y el uso instrumental del comercio como herramienta geopolítica. Como ya hemos expresado sobre el final de una <a href="https://portoria.blog/aranceles-trump-2025/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">entrada anterior</a>, <strong>estamos ante un cambio de paradigma, no ante una simple corrección de rumbo</strong>. </p>



<p>En este sentido, entendemos que estos desarrollos no sólo deben observarse con atención, sino que deben formar parte del debate público sobre el futuro del comercio, la gobernanza internacional y la autonomía económica. Lo que parece estar en juego no es sólo el equilibrio entre apertura y protección, sino <strong>la arquitectura misma del orden económico global en el siglo XXI</strong>.</p>



<p></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/repensar-sistema-global/">Repensar el sistema comercial global: la propuesta de un asesor de Trump</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1409</post-id>	</item>
		<item>
		<title>So far so bad: los aranceles de Trump y el nuevo proteccionismo estadounidense</title>
		<link>https://portoria.blog/aranceles-trump-2025/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Cassanello]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 09 Apr 2025 10:54:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Comercio Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[Notas]]></category>
		<category><![CDATA[aranceles]]></category>
		<category><![CDATA[comercio internacional]]></category>
		<category><![CDATA[guerra comercial]]></category>
		<category><![CDATA[política comercial]]></category>
		<category><![CDATA[proteccionismo]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://portoria.blog/?p=1401</guid>

					<description><![CDATA[<p>Con su regreso a la presidencia en 2025, Donald Trump ha vuelto a sacudir el tablero del comercio internacional. Fiel a su estilo, el nuevo enfoque arancelario del gobierno estadounidense se ha convertido en una pieza central de su política económica y exterior. En cuestión de semanas, la administración Trump ha desplegado una batería de&#8230;&#160;<a href="https://portoria.blog/aranceles-trump-2025/" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">So far so bad: los aranceles de Trump y el nuevo proteccionismo estadounidense</span></a></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/aranceles-trump-2025/">So far so bad: los aranceles de Trump y el nuevo proteccionismo estadounidense</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<div class="wp-block-media-text has-media-on-the-right is-stacked-on-mobile"><div class="wp-block-media-text__content">
<p>Con su regreso a la presidencia en 2025, Donald Trump ha vuelto a sacudir el tablero del comercio internacional. Fiel a su estilo, el nuevo enfoque arancelario del gobierno estadounidense se ha convertido en una pieza central de su política económica y exterior. En cuestión de semanas, la administración Trump ha desplegado una batería de medidas que reconfiguran las reglas del intercambio global. Desde vecinos tradicionales como Canadá y México hasta potencias como China, pocos socios comerciales han quedado al margen de esta nueva ola de proteccionismo.</p>
</div><figure class="wp-block-media-text__media"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="768" src="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/image-1-1.jpg" alt="" class="wp-image-1405 size-full" srcset="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/image-1-1.jpg 1024w, https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/image-1-1-300x225.jpg 300w, https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/image-1-1-768x576.jpg 768w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure></div>



<p>A continuación, analizamos las cinco medidas más significativas, sus fundamentos y su alcance sectorial.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>1. Aranceles a todos los productos con origen en Canadá y México</strong></h2>



<p>En una decisión que marca un quiebre con décadas de integración norteamericana, el pasado 3 de marzo Trump ha impuesto un <strong>arancel adicional del 25% a todas las importaciones de mercancías originarias de Canadá y México</strong>. A diferencia de disputas anteriores, que se centraban en productos específicos como el acero, el aluminio o productos agrícolas, esta vez la medida tiene un alcance total.</p>



<p>La administración justificó la decisión por razones que combinan seguridad fronteriza y lucha contra el narcotráfico. <a href="https://www.whitehouse.gov/fact-sheets/2025/03/fact-sheet-president-donald-j-trump-proceeds-with-tariffs-on-imports-from-canada-and-mexico/?mc_cid=d4e92ab154&amp;mc_eid=23fa47843f" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Según declaraciones oficiales</a>, Canadá y México no habrían tomado medidas suficientemente efectivas para detener el flujo de inmigrantes indocumentados y fentanilo hacia Estados Unidos. Trump afirmó que los aranceles se mantendrán «hasta que las drogas, en particular el fentanilo, y todos los inmigrantes ilegales dejen de invadir nuestro país».</p>



<p>En cuanto a los productos afectados, <strong>la medida alcanza prácticamente todos los rubros: manufacturas, bienes de consumo, tecnología, productos agrícolas y autopartes</strong>. Cabe destacar que <strong>las exportaciones de energía desde Canadá recibirán un trato algo más favorable, con un arancel del 10%</strong>, mientras que México no goza de esta excepción, lo que genera un fuerte impacto en su sector energético y de hidrocarburos.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>2. Aranceles a vehículos y autopartes</strong></h2>



<p>La industria automotriz, siempre en el centro del discurso trumpista, ha vuelto a ser blanco de medidas proteccionistas. <a href="https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/03/adjusting-imports-of-automobiles-and-autombile-parts-into-the-united-states/?mc_cid=80dc7d657a&amp;mc_eid=23fa47843f" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Invocando la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962</a>, el presidente ha justificado <strong>nuevos aranceles adicionales del 25% sobre vehículos de pasajeros, camiones ligeros y partes esenciales del sistema automotor</strong>.</p>



<p>El fundamento principal es la protección de la seguridad nacional: según el informe presidencial, <strong>la dependencia de proveedores extranjeros en sectores estratégicos como el automotriz representa una amenaza para la capacidad del país de sostener una base industrial robusta en caso de conflicto</strong>.</p>



<p><strong>Los aranceles alcanzan tanto a productos terminados como a componentes específicos</strong> —motores, transmisiones, partes eléctricas y electrónicas— afectando directamente a exportadores de Japón, Corea del Sur, Alemania, México y Canadá. Además del impacto sobre los fabricantes, la medida podría generar un alza de precios para los consumidores estadounidenses.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>3. Aranceles a países que importen petróleo de Venezuela</strong></h2>



<p>En una jugada que mezcla política internacional con comercio exterior, el 24 de marzo de 2025 <a href="https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/03/imposing-tariffs-on-countries-importing-venezuelan-oil/?mc_cid=80dc7d657a&amp;mc_eid=23fa47843f" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Trump ha impuesto un arancel adicional del 25% </a>a todos los productos importados desde países que mantengan relaciones comerciales activas con el sector petrolero de Venezuela. El objetivo declarado es claro: presionar económicamente al régimen de Nicolás Maduro y desincentivar cualquier apoyo indirecto mediante la compra de crudo venezolano.</p>



<p>A través de esta orden ejecutiva, se extiende el uso de sanciones secundarias: es decir, <strong>no se penaliza directamente a Venezuela (que ya enfrenta bloqueos), sino a sus clientes</strong>. Esto podría generar fricciones con algunos países de América Latina y Asia que siguen importando petróleo venezolano.</p>



<p>En términos prácticos, <strong>la medida afecta a todo tipo de productos provenientes de estos países, no solo al crudo.</strong> Por ejemplo, si una nación asiática importa petróleo de Venezuela y exporta textiles, tecnología o alimentos a EE.UU., todos esos productos enfrentarán el nuevo arancel del 25%.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>4. Aranceles recíprocos</strong></h2>



<p class="has-nv-c-2-color has-text-color has-link-color wp-elements-ae51c843fae73ebdee9e009caac3f07d"><strong>**Actualización 10/4** El 9/4 se anunción la aplicación efectiva de los aranceles adicionales por 90 días, manteniendo la vigencia general del 10%. Los aranceles adicionales a China fueron elevados a 125%.</strong></p>



<p>En otra vuelta de tuerca a su doctrina del «America First», el 2 de abril Trump ha oficializado <a href="https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/04/regulating-imports-with-a-reciprocal-tariff-to-rectify-trade-practices-that-contribute-to-large-and-persistent-annual-united-states-goods-trade-deficits/?mc_cid=b44fec994d&amp;mc_eid=23fa47843f" target="_blank" rel="noreferrer noopener">un sistema de aranceles recíprocos</a>. Bajo esta lógica, <strong>Estados Unidos aplicará a las importaciones los mismos aranceles que los países imponen a los productos estadounidenses</strong>. Esta iniciativa busca corregir desequilibrios comerciales que, según la administración, han contribuido a la desindustrialización de Estados Unidos durante décadas.</p>



<p>La gestión norteamericana estableció <strong>aranceles amplios del 10% a las importaciones de todos los países, con derechos específicos dirigidos a aquellos con los que Estados Unidos tiene un déficit comercial significativo</strong>. El mecanismo ha sido detallado en varios anexos oficiales, que especifican subpartidas arancelarias, exclusiones y ajustes técnicos. El foco está puesto en países con los que EE.UU. tiene déficits comerciales significativos y sostenidos, como China, Alemania, Japón e incluso socios europeos como Francia e Italia. Los sectores más impactados son la agricultura (especialmente productos como la soja, el trigo y la carne), los bienes industriales y los servicios digitales. Uno de los principales objetivos del presidente Trump es reducir la importación de productos terminados y relanzar la producción nacional en diversas industrias.</p>



<p>Mediante la <a href="https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/04/regulating-imports-with-a-reciprocal-tariff-to-rectify-trade-practices-that-contribute-to-large-and-persistent-annual-united-states-goods-trade-deficits/">Orden Ejecutiva del 2 de abril de 2025</a>,&nbsp;se decidió la aplicación de dos tipos de aranceles dependiendo de la balanza comercial y la severidad de las barreras comerciales implementadas por los distintos países:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Un <strong>arancel general adicional del 10% sobre todos los productos importados a Estados Unidos a partir del 5 de abril.</strong></li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>A partir del 9 de abril, se aplicarán <a href="https://www.whitehouse.gov/wp-content/uploads/2025/04/Annex-I.pdf?mc_cid=b44fec994d&amp;mc_eid=23fa47843f">aranceles adicionales </a>adaptados aproximadamente a la mitad del porcentaje de las barreras comerciales estimadas para el país de origen</strong>. De esta forma, todos los bienes originarios de la Unión Europea importados a EE.UU. a partir de esa fecha estarán sujetos a un arancel adicional del 20%. Otros socios se enfrentarán a tasas variables, entre ellos China (34% además del 20% actual), Japón (24%), Suiza (31%) e India (26%). </li>
</ul>



<p>Pocos días después de estos anuncios, China anunció que tomaría represalias con aranceles del 34 % (hoy 9 de abril fueron elevadas al 84%) sobre las importaciones estadounidenses, entre otras medidas. En una aparente escalada de represalias, <strong>la Casa Blanca&nbsp;<a href="https://www.cbsnews.com/news/china-104-tariff-threat-retaliatory/">anunció</a>&nbsp;su intención de imponer aranceles de reciprocidad del 50% a las importaciones chinas, a partir de las 00:01 del 9 de abril</strong>. <strong>Además, muchos productos procedentes de China se verán afectados por el arancel NMF (el arancel regular que siempre han aplicado), aranceles del 20% al fentanilo de la IEEPA, aranceles recíprocos del 34% de la IEEPA y aranceles de represalia del 50%. Esto representa un 104% en aranceles impuestos durante la segunda administración Trump.</strong></p>



<p><strong>Cabe destacar que muchas importaciones procedentes de China siguen sujetas a aranceles de la Sección 301 del 25% desde la administración Trump, ampliados durante la administración Biden. Si la importación también está sujeta a la Sección 301, se enfrentaría a un arancel de al menos el 129% al ingresar a Estados Unidos.</strong></p>



<p>Por otro lado, siguen sujetos a tarifas específicas según órdenes ejecutivas emitidas anteriormente (detalladas más arriba):</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Acero y aluminio y sus derivados, sujetos a aranceles adicionales del 25% desde el 12 de marzo;</li>



<li>Vehículos automotores y sus partes, sujetos a aranceles del 25%, vigentes a partir del 3 de abril y 3 de mayo de 2025, respectivamente;</li>



<li>Las mercancías originarias de Canadá y México ya están sujetas a aranceles adicionales del 25%, excepto aquellas elegibles para tratamiento preferencial bajo el T-MEC. Una vez que estas órdenes ejecutivas expiren o se suspendan, la tasa se reducirá al 12%&nbsp;<em>ad valorem</em>&nbsp;.</li>
</ul>



<p>Sin perjuicio de lo reseñado, algunos productos enumerados en el <a href="https://www.whitehouse.gov/wp-content/uploads/2025/04/Annex-II.pdf?mc_cid=b44fec994d&amp;mc_eid=23fa47843f">Anexo II del Decreto Ejecutivo </a>quedan excluidos de los derechos adicionales.&nbsp;Entre ellos se incluyen códigos de productos básicos en los sectores de la sal, combustibles minerales, diversos productos químicos, plásticos, caucho, madera, productos editoriales y metales preciosos y básicos.&nbsp;</p>



<p>En esta etapa, los <strong>productos farmacéuticos del Capítulo 30 del HTSUS&nbsp;</strong>también quedan excluidos de aranceles adicionales. Sin embargo, el presidente Trump enfatizó que lograr la autonomía en el sector farmacéutico es una de sus prioridades. Aunque actualmente los medicamentos están exentos de derechos adicionales, lo mismo no se aplica a artículos como dispositivos médicos, prótesis o suplementos dietéticos clasificados bajo otros códigos. </p>



<p>Del mismo modo, varios <strong>dispositivos semiconductores </strong>también están exentos de aranceles adicionales debido a su papel esencial en numerosas industrias estadounidenses.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>5. Modificación de exenciones para bienes de China y Hong Kong</strong></h2>



<p>Uno de los cambios más significativos —aunque menos visibles para el gran público— es la eliminación del sistema de exenciones arancelarias para envíos de bajo valor, conocido como régimen <em>de minimis</em>.</p>



<p><strong>Bajo el régimen <em>de minimis</em>, los productos enviados a Estados Unidos con un valor inferior a 800 dólares podían ingresar sin pagar aranceles y sin estar sujetos a controles aduaneros rigurosos.</strong> Este sistema fue aprovechado masivamente por plataformas de comercio electrónico y pequeñas empresas, permitiendo una entrada rápida y económica de productos como indumentaria, artículos electrónicos, juguetes, accesorios y todo tipo de bienes de consumo directo. Para los consumidores, significaba precios más bajos y entregas más rápidas. Para las empresas chinas y hongkonesas, una ventaja competitiva evidente.</p>



<p>El mismo 2 de abril en que se anunciaba el paquete de medidas  del «liberation day» <a href="https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/04/further-amendment-to-duties-addressing-the-synthetic-opioid-supply-chain-in-the-peoples-republic-of-china-as-applied-to-low-value-imports/?mc_cid=b44fec994d&amp;mc_eid=23fa47843f" target="_blank" rel="noreferrer noopener">la administración Trump ha decidido <strong>eliminar este beneficio exclusivamente para productos originarios de China y Hong Kong</strong></a>, alegando razones de seguridad nacional y de salud pública. Según la Casa Blanca, el sistema <em>de minimis</em> facilitaba el ingreso de fentanilo y otras drogas sintéticas desde China, aprovechando la falta de inspección de paquetes pequeños. Además, argumentan que el régimen favorecía una competencia desleal contra los productores estadounidenses, que sí deben cumplir con regulaciones fiscales y aduaneras más estrictas.</p>



<p>A partir de esta decisión, <strong>todos los envíos provenientes de China y Hong Kong, sin importar su valor, estarán sujetos al pago de aranceles y controles aduaneros completos</strong>, eliminando así una de las principales vías de ingreso de bienes baratos al mercado estadounidense.</p>



<p>Las mercancías con un valor de $800 o menos, procedentes de China y Hong Kong <strong>importadas a través de canales distintos a la red postal internacional</strong>, estarán sujetas a todos los derechos aplicables según los procedimientos estándar de entrada y pago y es posible que no se aplique la disposición de derechos&nbsp;<em>de minimis</em>&nbsp;.&nbsp;<a href="https://www.govinfo.gov/content/pkg/USCODE-2023-title19/pdf/USCODE-2023-title19-chap4-subtitleII-partI-sec1321.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">19 USC § 1321(a)(2)(C)</a>&nbsp;). En consecuencia, estas mercancías estarán sujetas a todos los aranceles aplicables. Los transportistas internacionales serán responsables de informar los detalles del envío, mantener una fianza internacional y abonar todos los aranceles.</p>



<p><strong>Los artículos enviados a través de la red postal internacional con un valor igual o inferior a $800 estarán sujetos a un arancel del 30% o a una tarifa fija de $25 por artículo, la que sea mayor</strong>. Esta tarifa fija aumentará a $50 por artículo después del 1 de junio de 2025. Estas tarifas sustituyen a otros aranceles impuestos anteriormente. Sin embargo, a discreción de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU., se podría exigir a los importadores que presenten una declaración formal para cualquier paquete postal en lugar de pagar aranceles o tarifas asociadas.</p>



<p>Este cambio impacta de lleno en el comercio electrónico internacional, encarece los costos para el consumidor estadounidense y obliga a las empresas asiáticas a replantear sus modelos logísticos. También introduce una distorsión importante: empresas de otros países que siguen beneficiándose del régimen <em>de minimis</em> (como Vietnam o México) podrían captar parte del comercio desviado, aunque sin el mismo volumen ni eficiencia que las plataformas chinas.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p>Cabe señalar que con este nuevo paquete de medidas, Donald Trump reactiva una política comercial abiertamente agresiva y unilateral, en la que los aranceles vuelven a ser utilizados como herramienta de presión, castigo y negociación. Aunque el discurso oficial insiste en la necesidad de proteger la seguridad nacional, reducir déficits estructurales y revitalizar la industria local, el impacto real de estas decisiones ya se están sintiendo con fuerza en otros frentes: desde el bolsillo del consumidor estadounidense hasta la ruptura de las cadenas globales de valor, que hoy dependen de una logística internacional interconectada y frágil.</p>



<p>Luego de décadas de crisis, el Sistema Multilateral de Comercio iniciado en 1947 con la adopción del GATT, se encuentra en una posición extremadamente vulnerable. Las medidas reseñadas no configuran ajustes al mismo o cambios de rumbo: parece haber quedado atrás la concepción del comercio internacional como una red de cooperación con defectos pero aún así virtuosa y preferible, sino como un campo de batalla por influencia y poder económico.</p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/aranceles-trump-2025/">So far so bad: los aranceles de Trump y el nuevo proteccionismo estadounidense</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1401</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Derecho Aduanero y GATT. 30 años después</title>
		<link>https://portoria.blog/derecho-aduanero-gatt-1994/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Cassanello]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Apr 2025 14:27:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asuntos aduaneros]]></category>
		<category><![CDATA[Comercio Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[Notas]]></category>
		<category><![CDATA[Políticas Públicas]]></category>
		<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<category><![CDATA[derecho aduanero]]></category>
		<category><![CDATA[GATT]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://portoria.blog/?p=1391</guid>

					<description><![CDATA[<p>En marzo de 2025, la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires publicó una edición especial de su Revista Debates, con motivo de las X Jornadas de Derecho Aduanero, celebradas el 25 de octubre de 2024. El encuentro conmemoró los 30 años del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT&#8230;&#160;<a href="https://portoria.blog/derecho-aduanero-gatt-1994/" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Derecho Aduanero y GATT. 30 años después</span></a></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/derecho-aduanero-gatt-1994/">Derecho Aduanero y GATT. 30 años después</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<div data-wp-interactive="core/file" class="wp-block-file"><object data-wp-bind--hidden="!state.hasPdfPreview" hidden class="wp-block-file__embed" data="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/Revista-Tributario-Ed0014.pdf" type="application/pdf" style="width:100%;height:600px" aria-label="Incrustado de Revista-Tributario-Ed0014."></object><a id="wp-block-file--media-e3792de7-e393-4003-a794-7d7c09bf765f" href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/Revista-Tributario-Ed0014.pdf">Revista-Tributario-Ed0014</a><a href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2025/04/Revista-Tributario-Ed0014.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-e3792de7-e393-4003-a794-7d7c09bf765f">Descarga</a></div>



<p></p>



<p>En marzo de 2025, la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires publicó una edición especial de su <em><a href="http://www.derecho.uba.ar/institucional/centro-estudios-der-tributario/revista/revista-Tributario-Ed0014.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Revista Debates</a></em>, con motivo de las <a href="http://www.derecho.uba.ar/institucional/deinteres/2024/x-jornada-de-derecho-aduanero-a-treinta-anos-del-gatt-de-aa994" target="_blank" rel="noreferrer noopener">X Jornadas de Derecho Aduanero</a>, celebradas el 25 de octubre de 2024. El encuentro conmemoró los 30 años del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT de 1994) y, en esa línea, este número de <em>Debates</em> reúne una valiosa selección de exposiciones y trabajos académicos que invitan a reflexionar sobre el presente y el futuro del comercio internacional y su marco normativo.</p>



<p>Esta edición —de acceso libre y sumamente recomendable— ofrece una mirada profunda y plural desde múltiples perspectivas: académica, institucional y práctica. Tal como destaca el editorial de Harry Schurig, la iniciativa busca no sólo repasar la evolución normativa del GATT, sino también reflexionar sobre los desafíos actuales, en un contexto internacional donde resurgen las tensiones proteccionistas y los debates sobre soberanía, facilitación del comercio y nuevas formas de gobernanza aduanera.</p>



<p>A continuación compartimos el índice de los temas abordados en la publicación.</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong><em>Panel I – Principios generales del GATT. Orígenes e impacto actual:</em></strong></h4>



<p><strong>• Historia y antecedentes del GATT<br></strong>Autor: Enrique Barreira</p>



<p><strong>• Princípio da transparência e seus impactos na digitalização dos procedimentos aduaneiros<br>(El principio de transparencia y la digitalización de los procedimientos aduaneros)</strong><br>Autora: Raquel Segalla Reis</p>



<p><strong>• Los principios del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y el Comercio (GATT)<br></strong>Autor: Juan Patricio Cotter</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>Panel II – Presente y futuro en materia de facilitación del comercio internacional:</strong></h4>



<p><strong>• La cooperación pública – privada en el marco del Acuerdo de Facilitación del Comercio<br></strong>Autora: Lorena Bartomioli</p>



<p><strong>• El Acuerdo de Facilitación del Comercio. Estado actual de implementación. Impacto en la República Argentina<br></strong>Autor: Héctor Juárez Allende</p>



<p><strong>• Facilitación del comercio y Derecho Aduanero Sancionatorio: una mirada desde el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio<br></strong>Autor: Andrés Varela</p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>Segunda Parte – Trabajos de investigación</strong></h4>



<p><strong>• Reflexiones sobre los principios que emanan del GATT<br></strong>Autor: Ricardo Xavier Basaldúa</p>



<p><strong>• El Acuerdo de Facilitación del Comercio (AFC/OMC) y su implementación en Brasil<br></strong>Autor: Rosaldo Trevisan</p>



<p><strong>• A softlaw como direito adaptável: homenagem aos 30 anos de GATT<br></strong>Autor: Cláudio Augusto Gonçalves Pereira</p>



<p><strong>• Régimen de responsabilidad objetiva en las infracciones aduaneras. Cambio urgente (versión en español)<br></strong>Autora: Renata Sucupira Duarte</p>



<p><strong>• Regime de responsabilidade objetiva nas infrações aduaneiras. Mudança urgente (versión original en portugués)<br></strong>Autora: Renata Sucupira Duarte</p>



<p><strong>• Avances y previsiones sobre facilitación del comercio a la luz del 30º aniversario del GATT de 1994 (versión en español)</strong><br>Autora: Carmen Grasiele da Silva</p>



<p><strong>• Avanços e Previsões sobre a Facilitação do Comércio à luz dos 30 Anos do GATT 1994 (versión original en portugués)</strong><br>Autora: Carmen Grasiele da Silva</p>



<p><strong>• Las prohibiciones a la importación y a la exportación en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación</strong><br>Autora: Noel Lascano</p>



<p><strong>• El futuro del Derecho Aduanero en la era de las guerras arancelarias. Del pacifismo al posmacartismo aduanero<br></strong>Autor: Diogo Bianchi Fazolo</p>



<p><strong>• OMC e OMA: modelo de cooperação ou jurisdições sobrepostas?<br></strong>Autora: Daniela Floriano</p>



<p>En estos días tumultuosos de 2025, los profesionales dedicados al derecho aduanero necesitamos retomar estos debates y renovar nuestro compromiso con el estudio crítico del comercio internacional.  a digitalización, la inteligencia artificial, la cooperación entre organismos y el rol del Estado en tiempos de incertidumbre económica son temas que deben integrarse a nuestra agenda diaria. Esta edición de la <em>Revista Debates</em> no sólo nos invita a mirar hacia atrás, sino a pensar en las herramientas que necesitamos para afrontar un incierto panorama para el Sistema Multilateral de Comercio como lo hemos conocido.</p>



<p></p>



<p> Compartimos además el video correspondiente a las Jornadas.</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<div class="nv-iframe-embed"><iframe title="A treinta años del GATT de 1994 - PARTE I - X Jornada de Derecho Aduanero" width="1200" height="675" src="https://www.youtube.com/embed/hAZI1JpZfwQ?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe></div>
</div></figure>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<div class="nv-iframe-embed"><iframe title="A treinta años del GATT de 1994 - PARTE II - X Jornada de Derecho Aduanero" width="1200" height="675" src="https://www.youtube.com/embed/ewwgIaASLiI?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe></div>
</div></figure>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/derecho-aduanero-gatt-1994/">Derecho Aduanero y GATT. 30 años después</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1391</post-id>	</item>
		<item>
		<title>La UE responde al aumento de aranceles decidido por EEUU</title>
		<link>https://portoria.blog/aranceles-europeos-eeuu/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Cassanello]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 Mar 2025 10:47:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asuntos aduaneros]]></category>
		<category><![CDATA[Comercio Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[Notas]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://portoria.blog/?p=1387</guid>

					<description><![CDATA[<p>El 12 de marzo de 2025, la Comisión Europea anunció contramedidas rápidas y proporcionales en respuesta a los nuevos aranceles «injustificados» impuestos por Estados Unidos sobre las exportaciones de acero y aluminio de la UE. Estos aranceles estadounidenses, que alcanzan un 25%, afectan más de 18 mil millones de euros en exportaciones europeas y se&#8230;&#160;<a href="https://portoria.blog/aranceles-europeos-eeuu/" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">La UE responde al aumento de aranceles decidido por EEUU</span></a></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/aranceles-europeos-eeuu/">La UE responde al aumento de aranceles decidido por EEUU</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El 12 de marzo de 2025, la Comisión Europea anunció contramedidas rápidas y proporcionales en respuesta a los nuevos aranceles «injustificados» impuestos por Estados Unidos sobre las exportaciones de acero y aluminio de la UE. Estos aranceles estadounidenses, que alcanzan un 25%, afectan más de 18 mil millones de euros en exportaciones europeas y se suman a medidas previas de 2018 y 2020 que ya impactaban 8 mil millones de euros (ajustados a valores de 2024). </p>



<p>En un comunicado <a href="https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/ip_25_740" target="_blank" rel="noreferrer noopener">publicado en su sitio web oficial</a>, el organismo lamenta la adopción de esta medida, argumentando que perjudica el comercio transatlántico, eleva los precios para los consumidores y afecta empleos y cadenas de suministro.</p>



<p>Las contramedidas de la UE se implementarán en dos fases:</p>



<ol start="1" class="wp-block-list">
<li><strong>A partir del 1 de abril</strong>, se permitirá que expiren las suspensiones de contramedidas previas de 2018 y 2020 sobre productos estadounidenses. Quedan alcanzados productos industriales que incluyen, entre otros: productos de acero y aluminio, textiles, artículos de cuero, electrodomésticos, herramientas para el hogar, plásticos y productos de madera. Se afecta además a productos agrícolas que incluyen, entre otros: aves de corral, carne de res, ciertos mariscos, frutos secos, huevos, lácteos, azúcar y verduras.</li>



<li><strong>A partir del 13 de abril</strong>, tras consultas con los Estados miembros y partes interesadas, entrarán en vigor nuevas contramedidas sobre exportaciones estadounidenses valoradas en hasta 26 mil millones de euros, equiparándose al impacto económico de los aranceles de EE.UU. La Comisión ha identificado productos originarios de Estados Unidos que podrían estar sujetos a una posible suspensión de concesiones y aranceles de importación adicionales. La lista completa de productos se detalla más abajo o <a href="https://circabc.europa.eu/ui/group/e9d50ad8-e41f-4379-839a-fdfe08f0aa96/library/9f483239-477f-4f14-8e2a-a09e1edb1f3d/details?download=true" target="_blank" rel="noreferrer noopener">puede consultarse aquí</a>.</li>
</ol>



<p>El proceso incluye una consulta de dos semanas a partir de hoy con partes interesadas hasta el 26 de marzo, seguida de la finalización de las propuestas y su adopción bajo el reglamento de ejecución de la UE. El documento también proporciona contexto histórico sobre los aranceles estadounidenses iniciados en 2018 bajo la administración Trump y las respuestas previas de la UE.</p>



<div data-wp-interactive="core/file" class="wp-block-file"><object data-wp-bind--hidden="!state.hasPdfPreview" hidden class="wp-block-file__embed" data="https://nicolascassanello.com/wp-content/uploads/2025/03/Commission_responds_to_unjustified_US_steel_and_aluminium_tariffs_with_countermeasures__.pdf" type="application/pdf" style="width:100%;height:600px" aria-label="Incrustado de Commission_responds_to_unjustified_US_steel_and_aluminium_tariffs_with_countermeasures__."></object><a id="wp-block-file--media-1eb79f4b-71fb-4c82-9fb1-886ddec3ca68" href="https://nicolascassanello.com/wp-content/uploads/2025/03/Commission_responds_to_unjustified_US_steel_and_aluminium_tariffs_with_countermeasures__.pdf">Commission_responds_to_unjustified_US_steel_and_aluminium_tariffs_with_countermeasures__</a><a href="https://nicolascassanello.com/wp-content/uploads/2025/03/Commission_responds_to_unjustified_US_steel_and_aluminium_tariffs_with_countermeasures__.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-1eb79f4b-71fb-4c82-9fb1-886ddec3ca68">Descarga</a></div>



<p></p>



<p>El listado de productos norteamericanos que podrían ser alcanzados por aranceles adicionales o la suspensión de concesiones es el siguiente:</p>



<div data-wp-interactive="core/file" class="wp-block-file"><object data-wp-bind--hidden="!state.hasPdfPreview" hidden class="wp-block-file__embed" data="https://nicolascassanello.com/wp-content/uploads/2025/03/List-of-products-which-could-be-subject-to-possible-commercial-policy-measures.pdf" type="application/pdf" style="width:100%;height:600px" aria-label="Incrustado de List of products which could be subject to possible commercial policy measures."></object><a id="wp-block-file--media-ee733a85-a3e5-483a-b2f8-94c8544b2b3b" href="https://nicolascassanello.com/wp-content/uploads/2025/03/List-of-products-which-could-be-subject-to-possible-commercial-policy-measures.pdf">List of products which could be subject to possible commercial policy measures</a><a href="https://nicolascassanello.com/wp-content/uploads/2025/03/List-of-products-which-could-be-subject-to-possible-commercial-policy-measures.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-ee733a85-a3e5-483a-b2f8-94c8544b2b3b">Descarga</a></div>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/aranceles-europeos-eeuu/">La UE responde al aumento de aranceles decidido por EEUU</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1387</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Mesa Aduanera en la 1º Jornada Tributaria organizada por el Tribunal Fiscal de la Nación #ARG</title>
		<link>https://portoria.blog/jornada-tributaria-tfn/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Cassanello]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Dec 2024 15:06:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://portoria.blog/?p=1376</guid>

					<description><![CDATA[<p>El pasado 4 de diciembre de 2024 tuvo lugar la Primera Jornada Tributaria organizada por el Tribunal Fiscal de la Nación en la ciudad de Buenos Aires, Argentina. Compartimos el video de la Mesa Aduanera, que estuvo a cargo de los Doctores Pablo Garbarino (Vocal de la 16ª nominación), Christian González Palazzo (Vocal de la&#8230;&#160;<a href="https://portoria.blog/jornada-tributaria-tfn/" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Mesa Aduanera en la 1º Jornada Tributaria organizada por el Tribunal Fiscal de la Nación #ARG</span></a></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/jornada-tributaria-tfn/">Mesa Aduanera en la 1º Jornada Tributaria organizada por el Tribunal Fiscal de la Nación #ARG</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El pasado 4 de diciembre de 2024 tuvo lugar la Primera Jornada Tributaria organizada por el <a href="https://x.com/Tribunal_Fiscal" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Tribunal Fiscal de la Nación </a>en la ciudad de Buenos Aires, Argentina.</p>



<p>Compartimos el video de la Mesa Aduanera, que estuvo a cargo de los Doctores  Pablo Garbarino (Vocal de la 16ª nominación), Christian González Palazzo (Vocal de la 17ª nominación), Héctor Juárez (Vocal de la 15ª nominación) y Juan Manuel Soria (Vocal de la 13ª nominación).</p>



<figure class="wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<div class="nv-iframe-embed"><iframe loading="lazy" title="1ra Jornada Tributaria TFN / Mesa Aduanera" width="1200" height="675" src="https://www.youtube.com/embed/pyGWzx5p6tk?feature=oembed" frameborder="0" allow="accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share" referrerpolicy="strict-origin-when-cross-origin" allowfullscreen></iframe></div>
</div></figure>



<p></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/jornada-tributaria-tfn/">Mesa Aduanera en la 1º Jornada Tributaria organizada por el Tribunal Fiscal de la Nación #ARG</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1376</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Más plazo para liquidar exportaciones y otras novedades cambiarias #ARG</title>
		<link>https://portoria.blog/coma-8137-plazos-divisas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Cassanello]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 Nov 2024 09:28:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asuntos cambiarios]]></category>
		<category><![CDATA[Notas]]></category>
		<category><![CDATA[BCRA]]></category>
		<category><![CDATA[exportaciones]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://portoria.blog/?p=1363</guid>

					<description><![CDATA[<p>El Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó ayer la Comunicación «A» 8137 que introduce modificaciones al régimen sobre Exterior y Cambios que incorpora importantes beneficios a ciertas exportaciones de productos y subproductos de origen agropecuario. Compartimos los puntos más destacados de la medida: &#x2705; Amplía a 30 días corridos el plazo para ingresar&#8230;&#160;<a href="https://portoria.blog/coma-8137-plazos-divisas/" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Más plazo para liquidar exportaciones y otras novedades cambiarias #ARG</span></a></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/coma-8137-plazos-divisas/">Más plazo para liquidar exportaciones y otras novedades cambiarias #ARG</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó ayer la <a href="https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A8137.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Comunicación «A» 8137</a> que introduce modificaciones al régimen sobre Exterior y Cambios que incorpora importantes beneficios a ciertas exportaciones de productos y subproductos de origen agropecuario. </p>



<p>Compartimos los puntos más destacados de la medida:</p>



<p><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/2705.png" alt="✅" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" /> Amplía a 30 días corridos el plazo para ingresar y liquidar divisas por exportaciones de:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/1f33e.png" alt="🌾" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" />grano de trigo duro (NCM 1001.19.00) </li>



<li><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/1f33e.png" alt="🌾" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" />grano trigo pan y otros (NCM 1001.99.00) </li>



<li><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/1f33d.png" alt="🌽" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" />grano de maíz, excepto maíz pisingallo (NCM 1005.90.10) </li>



<li><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/1f331.png" alt="🌱" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" />poroto de soja (NCM 1201.90.00) </li>



<li><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/1f7e1.png" alt="🟡" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" />harina de soja sin desgrasar (NCM 1208.10.00) </li>



<li><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/1fa94.png" alt="🪔" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" />aceite de soja sin mezclar, en bruto incluso desgomado (NCM 1507.10.00) </li>



<li><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/1fa94.png" alt="🪔" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" />aceite de soja sin mezclar, refinado (NCM 1507.90.19) </li>



<li><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/1fa94.png" alt="🪔" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" />mezclas alimenticias de aceites, excepto aquellos que no contengan soja (1517.90.90) </li>



<li><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/1f7e1.png" alt="🟡" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" /> harina de soja hipro (2304.00.10) </li>



<li><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/1f7e1.png" alt="🟡" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" />expeller de soja (2304.00.90)</li>
</ul>



<p><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/2705.png" alt="✅" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" /> Se amplía a 20 días hábiles el plazo para liquidar cobros de exportación de bienes y servicios y devoluciones por pagos de importaciones.</p>



<p><img src="https://s.w.org/images/core/emoji/16.0.1/72x72/2705.png" alt="✅" class="wp-smiley" style="height: 1em; max-height: 1em;" />Amplía a 20 días hábiles el plazo para liquidar anticipos de exportación de bienes. (Antes 5)</p>



<div data-wp-interactive="core/file" class="wp-block-file"><object data-wp-bind--hidden="!state.hasPdfPreview" hidden class="wp-block-file__embed" data="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2024/12/BCRA-Comunicacion-A-8137.pdf" type="application/pdf" style="width:100%;height:600px" aria-label="Incrustado de BCRA - Comunicación A 8137."></object><a id="wp-block-file--media-b6eab0d0-4fd4-4232-b3f6-34eaf5416a10" href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2024/12/BCRA-Comunicacion-A-8137.pdf">BCRA &#8211; Comunicación A 8137</a><a href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2024/12/BCRA-Comunicacion-A-8137.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-b6eab0d0-4fd4-4232-b3f6-34eaf5416a10">Descarga</a></div>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/coma-8137-plazos-divisas/">Más plazo para liquidar exportaciones y otras novedades cambiarias #ARG</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1363</post-id>	</item>
		<item>
		<title>El BCRA facilita normas en materia de pagos al exterior de mercancías y servicios #ARG</title>
		<link>https://portoria.blog/bcra-coma-8133/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Cassanello]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 22 Nov 2024 10:18:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Asuntos cambiarios]]></category>
		<category><![CDATA[Notas]]></category>
		<category><![CDATA[BCRA]]></category>
		<category><![CDATA[importaciones]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://portoria.blog/?p=1369</guid>

					<description><![CDATA[<p>El Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó este 21/11/2024 la Comunicación A 8133 sobre pagos al exterior de importaciones de mercancías y servicios. Se trata de un paso más en la dirección de normalización y liberalización de las restricciones cambiarias vigentes en Argentina, cuyos principales puntos son los siguientes: Importación de bienes de&#8230;&#160;<a href="https://portoria.blog/bcra-coma-8133/" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">El BCRA facilita normas en materia de pagos al exterior de mercancías y servicios #ARG</span></a></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/bcra-coma-8133/">El BCRA facilita normas en materia de pagos al exterior de mercancías y servicios #ARG</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó este 21/11/2024 la <a href="https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A8133.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Comunicación A 8133 </a>sobre pagos al exterior de importaciones de mercancías y servicios. Se trata de un paso más en la dirección de normalización y liberalización de las restricciones cambiarias vigentes en Argentina, cuyos principales puntos son los siguientes:</p>



<h4 class="wp-block-heading">Importación de bienes de capital: </h4>



<ul class="wp-block-list">
<li>Se podrán pagar de forma anticipada empleando USD propios depositados en cuentas locales. Se pueden incorporar repuestos además, hasta un 10% del FOB total.</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">Importación de bienes de toda clase de mercaderías:</h4>



<ul class="wp-block-list">
<li>Se permite pago a la vista empleando USD propios depositados en cuentas locales.</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">Importación de servicios:</h4>



<ul class="wp-block-list">
<li>Autoriza pago a la vista de los mismos, empleando USD propios depositados en cuentas locales, siempre que el prestador del servicio no sea una parte vinculada.</li>
</ul>



<div data-wp-interactive="core/file" class="wp-block-file"><object data-wp-bind--hidden="!state.hasPdfPreview" hidden class="wp-block-file__embed" data="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2024/12/BCRA-Comunicacion-A-8133.pdf" type="application/pdf" style="width:100%;height:600px" aria-label="Incrustado de BCRA - Comunicación A 8133."></object><a id="wp-block-file--media-c4873d30-7ec7-4158-9392-c50d4beb8740" href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2024/12/BCRA-Comunicacion-A-8133.pdf">BCRA &#8211; Comunicación A 8133</a><a href="https://portoria.blog/wp-content/uploads/2024/12/BCRA-Comunicacion-A-8133.pdf" class="wp-block-file__button wp-element-button" download aria-describedby="wp-block-file--media-c4873d30-7ec7-4158-9392-c50d4beb8740">Descarga</a></div>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/bcra-coma-8133/">El BCRA facilita normas en materia de pagos al exterior de mercancías y servicios #ARG</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1369</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Nuevos intereses aplicables a deudas aduaneras</title>
		<link>https://portoria.blog/nuevos-intereses-aplicables-a-deudas-aduaneras/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Cassanello]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Feb 2024 14:44:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://portoria.com.ar/?p=1241</guid>

					<description><![CDATA[<p>El pasado 22/1/2024 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía de la Nación. La norma establece, en lo que aquí interesa, la tasa de interés aplicable en el caso de los artículos 794, 797, 811, 838, 845 y 924 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, que&#8230;&#160;<a href="https://portoria.blog/nuevos-intereses-aplicables-a-deudas-aduaneras/" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Nuevos intereses aplicables a deudas aduaneras</span></a></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/nuevos-intereses-aplicables-a-deudas-aduaneras/">Nuevos intereses aplicables a deudas aduaneras</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El pasado 22/1/2024 fue publicada en el Boletín Oficial la <a href="https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/301982/20240122" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía de la Nación</a>. </p>



<p>La norma establece, en lo que aquí interesa, la tasa de interés aplicable en el caso de los artículos 794, 797, 811, 838, 845 y 924 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones, que puede ser esquematizado como sigue:</p>



<h3 class="wp-block-heading">Deudas a favor del servicio aduanero</h3>



<figure class="wp-block-table"><table><tbody><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Interés</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Moneda</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Artículo del Código Aduanero</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Descripción</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Alicuota</strong></td></tr><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center">Resarcitorio</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Pesos argentinos</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">794, 845, 924</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">* Pago tardío de tributos<br><br>* Restitución de los importes que el Fisco hubiere pagado indebidamente en virtud de los regímenes de estímulos a la exportación regidos por la legislación aduanera<br><br>* Pago tardío de multa aduanera impuesta por resolución firme</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">vigente en cada bimestre, será equivalente a <strong>una coma tres (1,3) veces </strong>la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre.</td></tr><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center">Punitorio</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Pesos argentinos</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">797</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">* Supuesto de inicio de ejecución fiscal por falta de pago de deuda y accesorios</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">vigente en cada bimestre, será equivalente a <strong>una coma cinco (1,5) veces </strong>la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre.</td></tr><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center">Resarcitorio</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">*Dólares estadounidenses</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">794, 845, 924</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">idem anterior</td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>0,83% mensual</strong></td></tr><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center">Punitorio</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">*Dólares estadounidenses</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">797</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">idem anterior</td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>1% mensual</strong></td></tr></tbody></table><figcaption class="wp-element-caption">Cuadro de intereses establecidos por Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía de la Nación</figcaption></figure>



<p>(*) Se trate se encuentren expresadas en dólares estadounidenses o deban abonarse de acuerdo con el monto de categorías u otros conceptos similares vigentes a la fecha de su efectivo pago.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Deudas a favor del administrado</h3>



<figure class="wp-block-table"><table><tbody><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Interés</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Moneda</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Artículo del Código Aduanero</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Descripción</strong></td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>Alicuota</strong></td></tr><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center">Mora en restitución por el fisco</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Pesos argentinos</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">811, 838</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">* Se reclamare la devolución de importes pagados indebidamente en concepto de tributos, ya fuera que el pago se hubiere efectuado espontáneamente o a requerimiento del servicio aduanero,<br><br>* Cuando el servicio aduanero no pagare, no acreditare o no autorizare las medidas tendientes al pago o acreditación, según correspondiere, de los importes que debiere en concepto de estímulos a la exportación dentro del plazo que al efecto se hubiere establecido</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">vigente en cada bimestre, será la efectiva mensual surgida de considerar el <strong>promedio de la tasa publicada por el Banco Central de la República Argentina en el apartado “Tasas de interés por depósitos a 30 días de plazo en entidades financieras” </strong>para el período de treinta (30) días finalizado el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido bimestre.</td></tr><tr><td class="has-text-align-center" data-align="center">Mora en restitución por el fisco</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">Dólares estadounidenses </td><td class="has-text-align-center" data-align="center">811, 838</td><td class="has-text-align-center" data-align="center">idem anterior</td><td class="has-text-align-center" data-align="center"><strong>0,20 % mensual</strong></td></tr></tbody></table><figcaption class="wp-element-caption">Cuadro de intereses establecidos por Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía de la Nación</figcaption></figure>



<p>Las tasas de interés antedichas serán publicadas al inicio de cada bimestre en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (<a href="http://www.afip.gob.ar" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.afip.gob.ar</a>).</p>



<p>Establece la Resolución en su artículo 7 que para determinar la tasa de interés diaria a aplicar se deberá dividir la tasa mensual que corresponda por treinta (30).</p>



<p>Cabe mencionar que la resolución se encuentra vigente desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, pero surtirá efectos pero conforme a lo previsto por el artículo 10, <strong>sus efectos se computan efectivamente a partir del 1 de febrero de 2024.</strong></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/nuevos-intereses-aplicables-a-deudas-aduaneras/">Nuevos intereses aplicables a deudas aduaneras</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1241</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Novedades cambiarias: importaciones de PyMES y nuevo texto ordenado MLC</title>
		<link>https://portoria.blog/novedades-cambiarias-importaciones-de-pymes-y-nuevo-texto-ordenado-mlc/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Nicolás Cassanello]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Feb 2024 14:43:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sin categoría]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://portoria.com.ar/?p=1239</guid>

					<description><![CDATA[<p>Pequeños y Medianos importadores podrán regularizar deudas por hasta USD 500 mil El Banco Central de la República Argentina junto a la Secretaría de Comercio de la Nación informaron el pasado 25 de enero que se habilitará el acceso al mercado de cambios a cerca de 10.000 empresas dentro de la categoría micro, pequeña y&#8230;&#160;<a href="https://portoria.blog/novedades-cambiarias-importaciones-de-pymes-y-nuevo-texto-ordenado-mlc/" rel="bookmark">Leer más &#187;<span class="screen-reader-text">Novedades cambiarias: importaciones de PyMES y nuevo texto ordenado MLC</span></a></p>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/novedades-cambiarias-importaciones-de-pymes-y-nuevo-texto-ordenado-mlc/">Novedades cambiarias: importaciones de PyMES y nuevo texto ordenado MLC</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<h3 class="wp-block-heading">Pequeños y Medianos importadores podrán regularizar deudas por hasta USD 500 mil  </h3>



<p>El Banco Central de la República Argentina junto a la Secretaría de Comercio de la Nación <a href="https://bcra.gob.ar/Noticias/80-por-ciento-mipymes-mercado-cambios-febrero-24.asp">informaron el pasado 25 de enero </a>que se habilitará el acceso al mercado de cambios a cerca de 10.000 empresas dentro de la categoría micro, pequeña y mediana (MiPyME) con deudas declaradas por hasta USD 500.000 para que puedan cancelar la totalidad de sus compromisos con el exterior en los próximos 3 meses. La medida obedece a la la verificación de los siguientes supuestos:  </p>



<ul class="wp-block-list">
<li>haberse completado el Padrón de Deuda Comercial con el exterior, (</li>



<li>la acumulación de reservas internacionales durante las últimas semanas, y </li>



<li>la alta aceptación de los BOPREAL Serie 1, </li>
</ul>



<p>Agrega el comunicado que las empresas que califiquen dentro del segmento MiPyME con deudas registradas en el Padrón por hasta USD 500.000 tendrán acceso al Mercado Libre de Cambios para saldar sus deudas comerciales con el exterior entre febrero y abril de 2024. </p>



<ul class="wp-block-list">
<li>A partir del 10 de febrero próximo podrán acceder por un máximo temporal de hasta USD 50.000, </li>



<li>a partir del 10 de marzo próximo podrán acceder por un adicional de USD100.000 y </li>



<li>a partir del 10 de abril por el monto restante de su deuda registrada.</li>
</ul>



<p>En consecuencia, la entidad monetaria emitió la <a href="https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7952.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Comunicación A 7952 </a>que establece las pautas para que las PyMES puedan acceder a las divisas que le permitan cumplir con sus compromisos comerciales. </p>



<p  style=" margin: 12px auto 6px auto; font-family: Helvetica,Arial,Sans-serif; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: normal; font-size: 14px; line-height: normal; font-size-adjust: none; font-stretch: normal; -x-system-font: none; display: block;">   <a title="View Com. A7952 BCRA on Scribd" href="https://www.scribd.com/document/702716254/Com-A7952-BCRA#from_embed"  style="text-decoration: underline;" >Com. A7952 BCRA</a> by <a title="View Nicolás Cassanello's profile on Scribd" href="https://es.scribd.com/user/8725411/Nicolas-Cassanello#from_embed"  style="text-decoration: underline;" >Nicolás Cassanello</a> on Scribd</p><iframe loading="lazy" class="scribd_iframe_embed" title="Com. A7952 BCRA" src="https://es.scribd.com/embeds/702716254/content?start_page=1&#038;view_mode=scroll&#038;access_key=key-ckXSnjyH7JOYAz9IxmFu" data-auto-height="false" data-aspect-ratio="0.7061128526645768" scrolling="no" id="doc_81118" width="100%" height="600" frameborder="0"></iframe>



<h3 class="wp-block-heading">Nuevo texto ordenado en materia de Comercio Exterior y Cambios</h3>



<p>En virtud de las recientes modificaciones normativas introducidas por el BCRA, la entidad emitió el 26 de enero la <a href="https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7953.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Comunicación A 7953 </a>con el texto ordenado vigente en materia de comercio exterior y cambios. Luego, en virtud de haber detectado errores en el listado de posiciones arancelarias indicadas en el apartado 12.1, emitió la <a href="https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/C97215.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Comunicación C 97215</a> con el detalle correcto. </p>



<p  style=" margin: 12px auto 6px auto; font-family: Helvetica,Arial,Sans-serif; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: normal; font-size: 14px; line-height: normal; font-size-adjust: none; font-stretch: normal; -x-system-font: none; display: block;">   <a title="View Com. A7953 BCRA on Scribd" href="https://www.scribd.com/document/702731261/Com-A7953-BCRA#from_embed"  style="text-decoration: underline;" >Com. A7953 BCRA</a> by <a title="View Nicolás Cassanello's profile on Scribd" href="https://es.scribd.com/user/8725411/Nicolas-Cassanello#from_embed"  style="text-decoration: underline;" >Nicolás Cassanello</a> on Scribd</p><iframe loading="lazy" class="scribd_iframe_embed" title="Com. A7953 BCRA" src="https://es.scribd.com/embeds/702731261/content?start_page=1&#038;view_mode=scroll&#038;access_key=key-1EGehnuD8oxFBMylXRDw" data-auto-height="false" data-aspect-ratio="0.7061128526645768" scrolling="no" id="doc_40865" width="100%" height="600" frameborder="0"></iframe>



<p  style=" margin: 12px auto 6px auto; font-family: Helvetica,Arial,Sans-serif; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: normal; font-size: 14px; line-height: normal; font-size-adjust: none; font-stretch: normal; -x-system-font: none; display: block;">   <a title="View Com. C97215 BCRA on Scribd" href="https://www.scribd.com/document/702733445/Com-C97215-BCRA#from_embed"  style="text-decoration: underline;" >Com. C97215 BCRA</a> by <a title="View Nicolás Cassanello's profile on Scribd" href="https://es.scribd.com/user/8725411/Nicolas-Cassanello#from_embed"  style="text-decoration: underline;" >Nicolás Cassanello</a> on Scribd</p><iframe loading="lazy" class="scribd_iframe_embed" title="Com. C97215 BCRA" src="https://es.scribd.com/embeds/702733445/content?start_page=1&#038;view_mode=scroll&#038;access_key=key-y5L79vCirbQDoZP31IJG" data-auto-height="false" data-aspect-ratio="0.7061128526645768" scrolling="no" id="doc_45997" width="100%" height="600" frameborder="0"></iframe>
<p>La entrada <a href="https://portoria.blog/novedades-cambiarias-importaciones-de-pymes-y-nuevo-texto-ordenado-mlc/">Novedades cambiarias: importaciones de PyMES y nuevo texto ordenado MLC</a> se publicó primero en <a href="https://portoria.blog">Portoria</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">1239</post-id>	</item>
	</channel>
</rss>
