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	<title>Bloguismo</title>
	
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	<description>Consejos para blogs y redes sociales</description>
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		<title>¿Me pueden prohibir usar la expresión Community Manager?</title>
		<link>http://feedproxy.google.com/~r/Bloguismo/~3/K2IFiUyswJs/</link>
		<comments>http://www.bloguismo.com/derechos-y-blogs/%c2%bfme-pueden-prohibir-usar-la-expresion-community-manager/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 17 Nov 2011 07:50:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ángel Benito</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos y blogs]]></category>
		<category><![CDATA[Consejos legales para Community Managers]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho de Internet]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho Redes Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Marcas e Internet]]></category>
		<category><![CDATA[Uso exclusivo]]></category>

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		<description><![CDATA[No me voy a detener en si la profesión de Community Manager debe o no ser ejercida por soldados del márketing online perfectamente adiestrados en academias, universidades y postgrados que den su beneplácito para que el aspirante en cuestión obtenga un carnet que le otorgue poderes espaeciales para pastorear comunidades de usuarios. Hay quien ha [...]<p><a href="http://www.bloguismo.com/derechos-y-blogs/%c2%bfme-pueden-prohibir-usar-la-expresion-community-manager/">¿Me pueden prohibir usar la expresión Community Manager?</a> es un articulo de: Bloguismo - <a href="http://www.bloguismo.com">Consejos para blogs</a></p>
]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p></p><p>No me voy a detener en si la <strong>profesión de Community Manager</strong> debe o no ser ejercida por soldados del márketing online perfectamente adiestrados en academias, universidades y postgrados que den su beneplácito para que el aspirante en cuestión <strong>obtenga un carnet</strong> que le otorgue poderes esp<del>a</del>eciales para pastorear comunidades de usuarios. <a href="http://www.marrones.es/y-se-lio-con-el-carne-de-community-manager/">Hay quien ha calificado el tema mejor que yo</a>.</p>
<p>No. A mí me preocupan un poco más las <strong>dudas jurídicas que surgen en el día a día de los blogs y las redes sociales</strong>. Concretamente, el precipitado anuncio del &#8220;<strong>carnet de Community Manager</strong>&#8221; traía consigo cierta incertidumbre sobre si el registro de la marca &#8220;CM Community Managers&#8221;, también anunciado junto al famoso documento acreditativo <a href="http://expertosenredessociales.es/wordpress/?p=460">en este post</a>, impediría el uso libre de tal expresión, <strong>community managers,</strong> en blogs, webs, redes sociales, etc, de tal forma que esas palabras pasasen a ser una especie de patrimonio inmaterial de su titular de cuyo uso se excluye al resto de los mortales en ciertos ámbitos.</p>
<p>Vayan ciertas apreciaciones por delante, no sea que nos quieran hacer &#8220;<a href="http://www.meneame.net/story/ramoncin-emprende-cruzada-contra-webs-publican-comentarios" target="_blank">un Ramoncín</a>&#8220;:<br />
1) El expediente de <strong>marca nacional</strong> (por tanto, válida para España) de denominación más gráfico &#8220;CM COMMUNITY MANAGERS&#8221; está en fase de solicitud. Aún no se ha concedido. No entro en más tecnicismos.<br />
2) Los ámbitos para los que se ha solicitado la marca &#8220;CM COMMUNITY MANAGERS&#8221; son, en general, la Publicidad, las Telecomunicaciones (incluyendo web, redes sociales, blogs, foros y demás comunidades online), y Educación y Formación. Dicho en términos de Niza, la marca está solicitada para las <strong>clases 35, 38 y 41</strong>.<br />
3) <strong>Ya hay alguna marca en España de fecha de registro anterior y concedida</strong> por la Oficina Española de Patentes y Marcas <strong>que usa la expresión COMMUNITY MANAGER en su denominación</strong>.</p>
<p>Todo esto se puede consultar en el <a href="http://sitadex.oepm.es/Localizador/homeLocalizador.jsp">Localizador de Marcas de la OEPM</a> haciendo una <strong>búsqueda sobre la expresión COMMUNITY MANAGER</strong> o este último término en plural.</p>
<p>Ayer el jurista experto en Derecho de Internet, <a href="http://twitter.com/#!/davidmaeztu/status/136854256769695744">David de Maeztu</a> nos dejaba este sabio tweet:</p>
<p style="text-align: center;"> <a href="http://twitter.com/#!/davidmaeztu/status/136854256769695744"><img class="aligncenter size-full wp-image-4170" title="Tweet de David de Maeztu" src="http://www.bloguismo.com/wp-content/uploads/2011/11/Captura-de-pantalla-2011-11-16-a-las-20.45.47.png" alt="" width="420" height="185" /></a></p>
<p>Con ello <strong>De Maeztu</strong> quiere expresar que la <a href="http://www.oepm.es/es/index.html">Oficina Española de Patentes y Marcas</a> no debería conferir derechos exclusivos de uso sobre la expresión &#8220;<strong>community manager</strong>&#8221; a ese solicitante, ni a ningún otro, añado. Es una <strong>expresión que no tiene fuerza distintiva</strong>, un <strong>término que se ha convertido en habitual para designar a esa profesión u oficio</strong> que integra a quienes se dedican a la gestión de comunidades online. Por tanto, <strong>su registro debería prohibirse con base en el artículo 5 de la Ley de Marcas</strong>. Una prohibición legal de apropiación en exclusiva de algo que ya está en el acervo cultural, al menos del entorno Internet, Márketing, etc. Al igual que en condiciones normales de prudencia jurídica la OEPM jamás resolvería a favor de la concesión de una marca sin más distintivo que los términos genéricos referidos a profesiones &#8220;albañil&#8221;, &#8220;fontanero&#8221;, &#8220;ebanista&#8221; o &#8220;médico&#8221;, ¿por qué iba a hacerlo concediendo la marca CM COMMUNITY MANAGERS a un sólo actor, privando al resto de la mención de unas palabras (y aun de su sigla, CM) que tanta tinta (electrónica) ha merecido en blogs, redes sociales, medios de comunicación a lo largo de todos estos años previos?</p>
<p>La única sombra de duda que tengo al respecto de una sensata conclusión de este asunto, es que <strong>la Oficina Española de Patentes y Marcas, </strong>como os decía<strong>, ya ha resuelto positivamente la concesión de varios expedientes en cuyo nombre figura esta expresión</strong>. Esperemos que desde que estos asuntos se resolvieron hasta el momento actual, los encargados de dirimir la cuestión hayan notado que la expresión está ya integrada en la vida diaria como nombre ordinario o común y no merezca patrimonizalizarse en exclusiva por nadie.</p>
<p>¿O es que ya ni siquiera podremos hacer chistes de Community Managers? ¿Tendremos que abrir nuestro blog en Francia para poder escribir estas dos palabras juntas sin temor a represalias jurídicas? Seriedad, please.</p>
<p><a href="http://www.bloguismo.com/derechos-y-blogs/%c2%bfme-pueden-prohibir-usar-la-expresion-community-manager/">¿Me pueden prohibir usar la expresión Community Manager?</a> es un articulo de: Bloguismo - <a href="http://www.bloguismo.com">Consejos para blogs</a></p>

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		<title>Responsabilidad jurídica de los perfiles falsos en redes sociales</title>
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		<comments>http://www.bloguismo.com/derechos-y-blogs/responsabilidad-juridica-de-los-falsos-perfiles-en-redes-sociales/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 03 Nov 2011 07:50:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ángel Benito</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos y blogs]]></category>
		<category><![CDATA[deberes juridicos del community manager]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho Redes Sociales]]></category>
		<category><![CDATA[Suplantación de personalidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Algunos jueces españoles ya han sentenciado que la naturaleza social y viralizadora de redes como Tuenti, Facebook, etc hace que ciertas actuaciones de los usuarios no puedan ser consideradas como &#8221;meras bromas&#8220;. Vamos, que ciertas publicaciones que creemos chorradas inocentes o putaditas entre conocidos, trascienden y superan lo que es algo sin importancia para convertirse en [...]<p><a href="http://www.bloguismo.com/derechos-y-blogs/responsabilidad-juridica-de-los-falsos-perfiles-en-redes-sociales/">Responsabilidad jurídica de los perfiles falsos en redes sociales</a> es un articulo de: Bloguismo - <a href="http://www.bloguismo.com">Consejos para blogs</a></p>
]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p></p><p><a href="http://www.delitosinformaticos.com/06/2011/noticias/condenadas-dos-adolescentes-por-suplantar-a-una-companera-y-crear-un-peril-faso-en-la-red-social-tuenti" target="_blank">Algunos jueces españoles ya han sentenciado</a> que la naturaleza social y <em>viralizadora</em> de redes como <strong>Tuenti</strong>, <strong>Facebook</strong>, etc hace que <strong>ciertas actuaciones de los usuarios no puedan ser consideradas como</strong> &#8221;<em>meras bromas</em>&#8220;. Vamos, que ciertas publicaciones que creemos chorradas inocentes o putaditas entre conocidos, trascienden y superan lo que es algo sin importancia para convertirse en <strong>medios que sí pueden afectar gravemente al derecho al honor, a la buena imagen y, en definitiva a la reputación</strong> de las personas o a su salud física y mental (hay usuarios que han padecido graves depresiones psicológicas). Por ello, las sanciones que están cayendo no son precisamente moco de pavo, sino que se van a los <strong>varios miles de euros</strong>.</p>
<p><strong>Estamos rodeados de perfiles falsos en todas las redes donde socializamos</strong>. <strong>Unos buscan la mera</strong> <strong>parodia</strong> del perfil al que imitan,<a href="http://www.bloguismo.com/derechos-y-blogs/5-consejos-legales-para-blogs-de-satira-y-humor/" target="_blank"> todo el mundo sabe que son falsos y gozan de cierta permisión por la justicia</a> en tanto en cuanto no ofendan el honor del imitado. <strong>Otros perfiles buscan confundir al usuario</strong>, meterle la creencia cierta de que están tratando con una persona determinada a la que falsifican, con el fin de obtener algo a cambio: una confidencia, un dato, una revelación un provecho, un lucro&#8230; Entonces hay <strong>suplantación de personalidad</strong>: se genera una apariencia de que ciertamente estoy tratando en Facebook, en Twitter, en Tuenti con tal persona, cuando realmente es otra que intenta <em>metérmela doblada</em> para sacar de mí tal o cual partido o simplemente para burlarse cruelmente en mi entorno de relaciones amistosas, familiares, etc.</p>
<p>Hay ocasiones en que no se mide bien el efecto que va a tener una determinada gracieta jugando con los perfiles sociales y muchas más son las veces en que la insana ignorancia de quienes <strong>abren una cuenta falsa o suplantando a  otra persona en Twitter, Facebook, Tuenti, Badoo, Google Plus, etc</strong> se atreve a proclamar abiertamente que las autoridades no podrían llegar hasta su casa porque no hay nada que los relacione con esos perfiles. &#8220;<em>¿Qué prueba es una cuenta abierta con una dirección chunga de hotmail donde no pongo ni un dato mío?</em>&#8220;, se preguntan. En unos casos y en otros, mediando la denuncia del afectado ante la Policía, la Guardia Civil o el oportuno Juzgado de guardia, al final las citaciones siempre acaban llegando a los domicilios. Con más o menos retraso, pero llegan. Si queréis un día hacemos un &#8220;<em>back to basics</em>&#8221; hablando de las direcciones IP y de los proveedores ISP, operadoras, etc.</p>
<p>Hace escasos días detecté que cierto conocido (¡qué vamos a hacerle!, le conozco y no puedo cambiar eso) se había autoadjudicado las <a href="http://www.bloguismo.com/community-manager/consejos-para-community-managers-en-facebook/" target="_blank">funciones de <strong>community manager</strong> del perfil en Facebook</a> de una administración pública, donde acudían como moscas a la miel cientos de personas convencidas de que estaban interactuando REALMENTE con ese organismo oficial. A individuos como éste se les detecta a años luz de vista y nunca se conforman con hacerlo una sola vez, como si algo enfermizo en esa recaudación de ingenuos les impulsase a darse ese baño de ego y a solazarse en la <strong>defraudación de la confianza ajena</strong> repetidas veces. Pero todos tenemos también ese familiar o amigo poco vareado en las lides del Internet y, poniéndome en su lugar, tuve que reconocer que el tal conocido <strong>había creado apariencia suficiente para el engaño</strong> y por tanto, desde mi punto de vista, había <strong>notable mala fe</strong> y quizás muchos perjuicios se fueran acreditando según pasase el tiempo. Cuando le dije que su proceder era traicionero y culposo ya sabía de antemano la respuesta: &#8220;<em>El perfil irá teniendo fans y un día negociaré con los de esa administración. ¿Cuánto estimas que vale éste perfil?</em>&#8221; Le respondí lacónico: &#8220;<em>Demasiado poco</em>&#8220;, mientras clicaba el botón de &#8220;Denunciar perfil&#8221; en Facebook y pensando que una multa de la <a href="https://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php" target="_blank">AGPD</a> por recabar ilegalmente datos y más datos personales (pautas de vida, sitios que frecuentan, amistades, etc) de los confiados era débil castigo para tanto trastorno.</p>
<p>Creo que <strong>una de las primeras responsabilidades de los buenos community manager es mantener limpia la red con la que trabajan</strong>, el entorno donde socializan con su marca, con sus seguidores, con sus clientes, no sólo no creando perfiles falsos (con cualesquiera excusas de gestión de las herramientas sociales), sino <strong>contribuyendo a la identificación, denuncia y desaparición de cuantas cuentas impostoras se detecten en el día a día</strong> de su importantísimo oficio.  No me cansaré de reivindicar esa vocación de veladores de legalidad de la red de todos los expertos que trabajan con ella y con la reputación (y la salud, en casos que sólo consideramos extremos o pasados de rosca cuando los vemos en el telediario de turno) de miles y miles de personas.</p>
<p><a href="http://www.bloguismo.com/derechos-y-blogs/responsabilidad-juridica-de-los-falsos-perfiles-en-redes-sociales/">Responsabilidad jurídica de los perfiles falsos en redes sociales</a> es un articulo de: Bloguismo - <a href="http://www.bloguismo.com">Consejos para blogs</a></p>

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		<title>Recuerda! El Jueves 3 es el Hootup Madrid!</title>
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		<pubDate>Wed, 02 Nov 2011 09:22:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Andres Milleiro</dc:creator>
				<category><![CDATA[Social Media]]></category>
		<category><![CDATA[hootsuite]]></category>
		<category><![CDATA[hootupmadrid]]></category>
		<category><![CDATA[redes sociales]]></category>

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		<description><![CDATA[Solo queremos recordarte que mañana Jueves 3 es el Hootup Madrid, así que si estás en Madrid recuerda pasarte para tomar unas cañas y charlar con todos nosotros! ¿Qué es un Hootup? Pues un Hootup no es nada más y nada menos que una quedada informal para tomar algo entre usuarios de Hootsuite y en [...]<p><a href="http://www.bloguismo.com/social-media/recuerda-el-jueves-3-es-hootup-madrid/">Recuerda! El Jueves 3 es el Hootup Madrid!</a> es un articulo de: Bloguismo - <a href="http://www.bloguismo.com">Consejos para blogs</a></p>
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			<content:encoded><![CDATA[<p></p><p><img src="http://www.bloguismo.com/wp-content/uploads/2011/10/Screen-shot-2011-05-18-at-3.34.46-PM-500x119.png" alt="" title="Screen shot 2011-05-18 at 3.34.46 PM" width="500" height="119" class="aligncenter size-large wp-image-4130" /><br />
Solo queremos recordarte que mañana Jueves 3 es el Hootup Madrid, así que si estás en Madrid recuerda pasarte para tomar unas cañas y charlar con todos nosotros!</p>
<p><strong>¿Qué es un Hootup?</strong> Pues un Hootup no es nada más y nada menos que una <em>quedada</em> informal para tomar algo entre usuarios de Hootsuite y en este caso también lectores de Bloguismo. Si trabajas con Redes Sociales, Blogging, y especialmente si eres usuario de Hootsuite, ¡No te lo pienses y anótate!</p>
<p>El <strong><a href="http://www.meetup.com/hootup/Madrid-ES/385352/">I HootUp Madrid</a> será el Jueves 3 de Noviembre a las 20 horas. ¿Dónde? En <a href="http://11870.com/pro/pepa-tencha">Pepa Tencha</a> (Metro Tribunal/Bilbao).</strong> El hashtag para toda la información relacionada en Twitter y blogs será #HootUpMadrid.</p>
<p>Recuerda también <strong>identificarte en el Pepa Tencha</strong> pues hemos llegado a una acuerdo con ellos para tener unos precios interesantes a todos aquellos que vayáis al Hootup! Si quieres tomarte unas cañas con nosotros y conocer a otros usuarios de Hootsuite y apasionados de la Redes Sociales no lo dudes más: <strong><a href="http://www.meetup.com/hootup/Madrid-ES/385352/">¡INSCRÍBETE YA!</a></strong></p>
<p><a href="http://www.bloguismo.com/social-media/recuerda-el-jueves-3-es-hootup-madrid/">Recuerda! El Jueves 3 es el Hootup Madrid!</a> es un articulo de: Bloguismo - <a href="http://www.bloguismo.com">Consejos para blogs</a></p>

<p><a href="http://feedads.g.doubleclick.net/~a/4YNHiuv2LMzVSHaFl231bDSQst8/0/da"><img src="http://feedads.g.doubleclick.net/~a/4YNHiuv2LMzVSHaFl231bDSQst8/0/di" border="0" ismap="true"></img></a><br/>
<a href="http://feedads.g.doubleclick.net/~a/4YNHiuv2LMzVSHaFl231bDSQst8/1/da"><img src="http://feedads.g.doubleclick.net/~a/4YNHiuv2LMzVSHaFl231bDSQst8/1/di" border="0" ismap="true"></img></a></p><img src="http://feeds.feedburner.com/~r/Bloguismo/~4/A4aV4-nJNJ0" height="1" width="1"/>]]></content:encoded>
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		<item>
		<title>Cómo usar legalmente fotos en tu blog</title>
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		<comments>http://www.bloguismo.com/derechos-y-blogs/como-usar-legalmente-fotos-en-tu-blog/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 20 Oct 2011 06:50:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Ángel Benito</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos y blogs]]></category>
		<category><![CDATA[copyright imágenes]]></category>
		<category><![CDATA[derecho de cita]]></category>
		<category><![CDATA[Licencias Creative Commons]]></category>
		<category><![CDATA[problemas jurídicos con fotos]]></category>

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		<description><![CDATA[&#8220;Yo cojo las fotos de Google o del Flickr y ya está&#8221;. Esta es una de las excusas que más a menudo oigo y leo en muchos bloggers para no dedicarle un hueco a la legalidad en sus bitácoras. Hay mucha gente que piensa que Google aloja realmente las imágenes y quienes firmemente aseguran que [...]<p><a href="http://www.bloguismo.com/derechos-y-blogs/como-usar-legalmente-fotos-en-tu-blog/">Cómo usar legalmente fotos en tu blog</a> es un articulo de: Bloguismo - <a href="http://www.bloguismo.com">Consejos para blogs</a></p>
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			<content:encoded><![CDATA[<p></p><p><em>&#8220;Yo cojo las fotos de Google o del Flickr y ya está&#8221;.</em> Esta es una de las excusas que más a menudo oigo y leo en muchos bloggers para no dedicarle un hueco a la <strong>legalidad</strong> en sus bitácoras. Hay mucha gente que piensa que <strong>Google</strong> aloja realmente las imágenes y quienes firmemente aseguran que una foto publicada en Flickr es usable hasta la saciedad y sin ningún requisito, precisamente por proceder de <strong>Flickr</strong>, como si este servicio fuera un pozo de dominio público donde los autores arrojan sus fotos. Lo mismo se podría decir de <strong>Panoramio</strong>, por ejemplo</p>
<p>Si nuestra fuente es el servicio de <a href="http://www.google.es/imghp?hl=es&amp;tab=ii">Imágenes de Google</a>, hemos de llegar al sitio web que está indexando esa foto en el buscador y como mínimo buscar cualquier aviso de tipo legal o enlace que nos lleve a las condiciones de uso de esa web. Seguramente encontraremos alguna mención a la política que sigue el sitio en cuanto al uso de las imágenes allí publicadas. En <a href="http://www.flickr.com/">Flickr</a> y en <a href="http://www.panoramio.com/">Panoramio</a>, los sigo poniendo como ejemplo de <strong>servicios de publicación de imágenes o redes sociales de fotografía</strong> donde más blogueros acuden a ilustrar sus blogs, habrá que mirar bajo qué tipo de mención jurídica o licencia de uso se publican esas fotos.</p>
<p class="alert">Ojo: El que en un sitio web o servicio de imágenes en concreto no exista mención alguna respecto a la política de utilización o a la licencia de uso de sus imágenes, no significa necesariamente que se puedan usar libremente.</p>
<p>Para simplificar el abanico de casos que puede abrirse en función de esas políticas de uso o menciones legales, sobre si podemos usar en nuestra web la foto que hemos encontrado &#8220;por ahí&#8221;, tocamos dos casos muy brevemente:</p>
<h3>Todos los derechos reservados / copyright</h3>
<p>A mucha gente no le apetece que otros utilicen sus fotos y las publican en su web o blog con esta mención, &#8220;<em>Todos los derechos reservados</em>&#8221; o el simbolito del <strong>copyright</strong> (©), a solas o con la fecha. Desde el punto de vista legal, es un aviso encarecido al lector para que respete la titularidad de esas fotos y no las use. Si por cualquier motivo crees que la foto que tu blog necesita ¡¡es esa!!, la forma legal de usarla en tu blog sería <strong>intentar que su autor o quien la publica expresara su consentimiento para ese uso por escrito</strong>, por mail por ejemplo. Ponte en contacto con él y ¡a ver si puede ser!</p>
<p>Igual precaución usaremos cuando la foto que queremos usar esté en un sitio web donde no se hace mención alguna a cómo se rige dicha imagen o qué derechos se reserva su autor: no dice si está publicada en cerrado o en abierto, en copyright o para uso libre. ¿Por qué pedir permiso, entonces? Porque la licencia de uso no deja de ser un acuerdo entre partes y, en defecto de ese acuerdo, prevalece la ley. Y, en efecto, la actual legislación no proclama que las obras fotográficas estén en el dominio público por defecto, es decir, si no se dice nada. Su autor podría reclamar en cualquier momento.</p>
<h3>Algunos derechos reservados / Creative Commons</h3>
<p>Si una fotografía o un álbum de imágenes deja su régimen jurídico a una licencia de uso del tipo <a href="http://es.creativecommons.org/licencia/">Creative Commons</a> u otro similar, <strong>normalmente se va a permitir el uso de la imagen con unas condiciones expresadas en la propia licencia</strong>, y que habría que examinar en cada caso concreto.</p>
<p>Lo más habitual es encontrarse con licencias <strong>Creative Commons</strong> &#8220;and similars&#8221; que nos exigen (exigir con toda eficacia legal) <strong>citar al autor de la fotografía</strong> o al menos el sitio de donde se ha obtenido esa imagen. Como muchas veces no se especifica en qué forma se debe cumplir con esa obligación de cita, os propongo las formas más &#8220;canónicas&#8221; de hacerlo, por si sois puntillosos del <em>fair play legal</em>. Ahí van:</p>
<p>1) <strong>Aprovechar el &#8220;alt&#8221; de la imagen</strong>: En el &#8220;Título&#8221; de la imagen, si editas desde WordPress, puedes añadir el texto que consideres oportuno, bien sea de agradecimiento o simple referencia, aludiendo al nombre del autor de la imagen (o su nick) y el sitio web de donde la has obtenido. De esta forma, dicha información se mostrará cuando el usuario pose el puntero sobre la imagen en cuestión. Podéis incluso enlazar la fotografía al lugar donde se publica la original.</p>
<p>2) <strong>Pie de foto</strong>: Al igual que lo dicho para el &#8220;alt&#8221; en el párrafo anterior.</p>
<p>3) <strong>Pie de post</strong>: Se pierde algo de inmediatez respecto a incluir la cita en la foto misma, pero al menos los usuarios no se marearán buscando la página donde haces créditos de todas las fotos que usas en tu blog. Una mención del tipo: &#8220;<em>La foto que ilustra este post se ha publicado bajo licencia Creative Commons en el Flickr del usuario &#8220;loquesea&#8221;</em>, incluyendo link al álbum de dicho usuario o a la foto en concreto, <strong>cuesta poco trabajo, cumple jurídicamente e incluso puede generar cierto feedback positivo de ese usuario hacia tu blog</strong>.</p>
<p><a href="http://www.bloguismo.com/derechos-y-blogs/como-usar-legalmente-fotos-en-tu-blog/">Cómo usar legalmente fotos en tu blog</a> es un articulo de: Bloguismo - <a href="http://www.bloguismo.com">Consejos para blogs</a></p>

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		<title>I Hootup Madrid con Hootsuite y Bloguismo!</title>
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		<pubDate>Thu, 13 Oct 2011 07:45:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Andres Milleiro</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blogging]]></category>
		<category><![CDATA[hootsuite]]></category>
		<category><![CDATA[hootupmadrid]]></category>
		<category><![CDATA[redes sociales]]></category>

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		<description><![CDATA[Cuando escribí el post de nueva temporada Bloguismo os hablé por encima de la colaboración con Hootsuite, comentando las principales novedades. Pero hoy os traigo una que os va a gustar mucho si vivís en Madrid. ¿Qué es un Hootup? Pues un Hootup no es nada más y nada menos que una quedada informal para [...]<p><a href="http://www.bloguismo.com/blogging/hootup-madrid/">I Hootup Madrid con Hootsuite y Bloguismo!</a> es un articulo de: Bloguismo - <a href="http://www.bloguismo.com">Consejos para blogs</a></p>
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			<content:encoded><![CDATA[<p></p><p><img src="http://www.bloguismo.com/wp-content/uploads/2011/10/Screen-shot-2011-05-18-at-3.34.46-PM-500x119.png" alt="" title="Screen shot 2011-05-18 at 3.34.46 PM" width="500" height="119" class="aligncenter size-large wp-image-4130" /><br />
Cuando escribí el post de <a href="http://www.bloguismo.com/sobre-bloguismo/nueva-temporada-bloguismo-2011-2012/">nueva temporada Bloguismo</a> os hablé por encima de la colaboración con <a href="http://hootsuite.com/p_1086">Hootsuite</a>, comentando las principales novedades. Pero hoy os traigo una <strong>que os va a gustar mucho si vivís en Madrid</strong>.</p>
<p><strong>¿Qué es un Hootup?</strong> Pues un Hootup no es nada más y nada menos que una <em>quedada</em> informal para tomar algo entre usuarios de Hootsuite y en este caso también lectores de Bloguismo. Si trabajas con Redes Sociales, Blogging, y especialmente si eres usuario de Hootsuite, ¡No te lo pienses y anótate!</p>
<p>Pese a que ya había <a href="https://twitter.com/#!/HootSuite_ES/status/116193820823134208">algunas pistas</a> en la red, hoy lo hacemos oficial: <strong><a href="http://www.meetup.com/hootup/Madrid-ES/385352/">I HootUp Madrid</a> el Jueves 3 de Noviembre a las 20 horas. ¿Dónde? En <a href="http://11870.com/pro/pepa-tencha">Pepa Tencha</a> (Metro Tribunal/Bilbao).</strong></p>
<p>Además, tendremos en el Hootup a <a href="http://twitter.com/drobles">Dani Robles</a> de Hootsuite y daremos <strong>40 Hootkits</strong> (<a href="http://mezclaconfusa.blogspot.com/2011/04/el-hootkit-de-hootsuite-fotos.html">foto</a>) a las 40 primeras personas que vengan al Pepa Tencha el Jueves 3!</p>
<p>Si quieres tomarte unas cañas con nosotros y conocer a otros usuarios de Hootsuite y apasionados de la Redes Sociales no lo dudes más: <strong><a href="http://www.meetup.com/hootup/Madrid-ES/385352/">¡INSCRÍBETE YA!</a></strong></p>
<p><em>PD: El hashtag para toda la información relacionada en Twitter y blogs será #HootUpMadrid.</em></p>
<p><a href="http://www.bloguismo.com/blogging/hootup-madrid/">I Hootup Madrid con Hootsuite y Bloguismo!</a> es un articulo de: Bloguismo - <a href="http://www.bloguismo.com">Consejos para blogs</a></p>

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<a href="http://feedads.g.doubleclick.net/~a/Jubs7poORDtrhI8-NEdbcDm8Q6M/1/da"><img src="http://feedads.g.doubleclick.net/~a/Jubs7poORDtrhI8-NEdbcDm8Q6M/1/di" border="0" ismap="true"></img></a></p><img src="http://feeds.feedburner.com/~r/Bloguismo/~4/6AuIyU38_Jk" height="1" width="1"/>]]></content:encoded>
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