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	<title>Comentarios en delaJusticia.com </title>
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	<description>Comentarios del rincón jurídico de José R. Chaves</description>
	<lastBuildDate>Fri, 31 Jul 2026 20:10:04 +0000</lastBuildDate>
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		<title>
		Comentario en Vuelta a la edad de piedra en la impugnación de las desestimaciones presuntas por ROMAN		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/22/vuelta-a-la-edad-de-piedra-en-la-impugnacion-de-las-desestimaciones-presuntas/#comment-75914</link>

		<dc:creator><![CDATA[ROMAN]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 31 Jul 2026 20:10:04 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Estamos ante la excepción de una regla excepcional de origen jurisprudencial cuando la aplicación literal de la norma frustra su finalidad. El Supremo  regresa a la letra de la ley cuando la finalidad que justificaba apartarse de ella ya no está presente. Eso no es volver a las cavernas, es distinguir y aplicar la norma con rigor.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Estamos ante la excepción de una regla excepcional de origen jurisprudencial cuando la aplicación literal de la norma frustra su finalidad. El Supremo  regresa a la letra de la ley cuando la finalidad que justificaba apartarse de ella ya no está presente. Eso no es volver a las cavernas, es distinguir y aplicar la norma con rigor.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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		<title>
		Comentario en Si se notifica en agosto la resolución… calma con el plazo para recurrir por chaosspeedilyaff3b5bd21		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/30/si-se-notifica-en-agosto-la-resolucion-calma-con-el-plazo-para-recurrir/#comment-75913</link>

		<dc:creator><![CDATA[chaosspeedilyaff3b5bd21]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 31 Jul 2026 09:52:05 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[el derecho es apasionante cuando se gana y se gana bien. cuando se pierde de aquella manera se enfría la pasión, verdad? cuando se pierde bien, nada que objetar.

felices descansos en este mes sin tu presencia bloguera, estimado Chaves.

Carlos]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>el derecho es apasionante cuando se gana y se gana bien. cuando se pierde de aquella manera se enfría la pasión, verdad? cuando se pierde bien, nada que objetar.</p>
<p>felices descansos en este mes sin tu presencia bloguera, estimado Chaves.</p>
<p>Carlos</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Si se notifica en agosto la resolución… calma con el plazo para recurrir por pilara112		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/30/si-se-notifica-en-agosto-la-resolucion-calma-con-el-plazo-para-recurrir/#comment-75911</link>

		<dc:creator><![CDATA[pilara112]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Jul 2026 09:21:11 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Pase unas buenas vacaciones y le esperamos en septiembre.
Muchas gracias por su blog.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Pase unas buenas vacaciones y le esperamos en septiembre.<br />
Muchas gracias por su blog.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Si se notifica en agosto la resolución… calma con el plazo para recurrir por JUAN CARLOS		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/30/si-se-notifica-en-agosto-la-resolucion-calma-con-el-plazo-para-recurrir/#comment-75910</link>

		<dc:creator><![CDATA[JUAN CARLOS]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Jul 2026 09:12:46 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Pues nada, a descansar aunque sea sin bocadillo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Pues nada, a descansar aunque sea sin bocadillo.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Si se notifica en agosto la resolución… calma con el plazo para recurrir por mgm5054		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/30/si-se-notifica-en-agosto-la-resolucion-calma-con-el-plazo-para-recurrir/#comment-75909</link>

		<dc:creator><![CDATA[mgm5054]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Jul 2026 08:52:16 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[FELICES VACACIONES JOSE RAMON, Y VEN CON TODA LA FUERZA DEL MUNDO. QUE TE ESPERAMOS.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>FELICES VACACIONES JOSE RAMON, Y VEN CON TODA LA FUERZA DEL MUNDO. QUE TE ESPERAMOS.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Si se notifica en agosto la resolución… calma con el plazo para recurrir por JOSÉ MARÍA SOLER		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/30/si-se-notifica-en-agosto-la-resolucion-calma-con-el-plazo-para-recurrir/#comment-75908</link>

		<dc:creator><![CDATA[JOSÉ MARÍA SOLER]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Jul 2026 07:41:02 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Muchas gracias JR, con o sin bocadillo, que disfrutes tu también de este paréntesis.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Muchas gracias JR, con o sin bocadillo, que disfrutes tu también de este paréntesis.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Si se notifica en agosto la resolución… calma con el plazo para recurrir por Julio César García Sánchez		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/30/si-se-notifica-en-agosto-la-resolucion-calma-con-el-plazo-para-recurrir/#comment-75907</link>

		<dc:creator><![CDATA[Julio César García Sánchez]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Jul 2026 07:32:40 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Gracias por tenernos al tanto, y comprobar que el derecho sigue siendo apasionante. Felices vacaciones]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias por tenernos al tanto, y comprobar que el derecho sigue siendo apasionante. Felices vacaciones</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Aclaradas las dudas del plazo para recurrir actos notificados en agosto por Si se notifica en agosto la resolución... calma con el plazo para recurrir - delaJusticia.com		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2022/06/17/aclaradas-las-dudas-del-plazo-para-recurrir-actos-notificados-en-agosto/#comment-75906</link>

		<dc:creator><![CDATA[Si se notifica en agosto la resolución... calma con el plazo para recurrir - delaJusticia.com]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Jul 2026 07:25:08 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[[&#8230;] que los calores de agosto provoquen zafarranchos y prisas jurídicamente injustificados. Ya abordé con extensión esta [&#8230;]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>[&#8230;] que los calores de agosto provoquen zafarranchos y prisas jurídicamente injustificados. Ya abordé con extensión esta [&#8230;]</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Cuestiones litigiosas de la regularización migratoria extraordinaria por CRG		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/29/cuestiones-litigiosas-de-la-regularizacion-migratoria-extraordinaria/#comment-75904</link>

		<dc:creator><![CDATA[CRG]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Jul 2026 06:51:00 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Con independencia de las cuestiones jurídicas que pueda plantear el reglamento sobre la regularización de extranjeros, existen otras cuestiones que las personas pensantes de este proyecto no han tenido en cuenta, o sí, lo que sería aún peor:

1.- No han tenido en cuenta para su redacción a los profesionales de la materia (policías nacionales, etc...), lo que hubiese ayudado a depurar los fallos técnicos que presenta el reglamento.

2.- Han quedado al margen para la tramitación de esta regularización a los profesionales de la materia (policías nacionales, etc...), por lo que existe un riesgo claro de que se admitan regularizaciones fraudulentas, con documentación falsa, tal y como ya se ha advertido en algún supuesto.

3.- La aprobación de este procedimiento ha supuesto un claro efecto llamada. Eso lo dicen muchos profesionales que atienden diariamente a la ciudadanía y han visto un aumento significativo de extranjeros que desconocen por completo el idioma nacional, amén de otras circunstancias que lo delatan. Asimismo, el dato de solicitudes ha sido más del doble de lo que se esperaba. Por tanto, este reglamento, cuya finalidad es la de regularizar a la gran mayoría de extranjeros que residen en España, puede que haya potenciado, más que solucionar, la residencia irregular de extranjeros en España.

Me dejo otras muchas cuestiones relevantes que, sin duda, hubieran debido servir de objeto de reflexión, estudio y análisis antes de aprobar el reglamento de regularización masiva tal y como se ha hecho.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Con independencia de las cuestiones jurídicas que pueda plantear el reglamento sobre la regularización de extranjeros, existen otras cuestiones que las personas pensantes de este proyecto no han tenido en cuenta, o sí, lo que sería aún peor:</p>
<p>1.- No han tenido en cuenta para su redacción a los profesionales de la materia (policías nacionales, etc&#8230;), lo que hubiese ayudado a depurar los fallos técnicos que presenta el reglamento.</p>
<p>2.- Han quedado al margen para la tramitación de esta regularización a los profesionales de la materia (policías nacionales, etc&#8230;), por lo que existe un riesgo claro de que se admitan regularizaciones fraudulentas, con documentación falsa, tal y como ya se ha advertido en algún supuesto.</p>
<p>3.- La aprobación de este procedimiento ha supuesto un claro efecto llamada. Eso lo dicen muchos profesionales que atienden diariamente a la ciudadanía y han visto un aumento significativo de extranjeros que desconocen por completo el idioma nacional, amén de otras circunstancias que lo delatan. Asimismo, el dato de solicitudes ha sido más del doble de lo que se esperaba. Por tanto, este reglamento, cuya finalidad es la de regularizar a la gran mayoría de extranjeros que residen en España, puede que haya potenciado, más que solucionar, la residencia irregular de extranjeros en España.</p>
<p>Me dejo otras muchas cuestiones relevantes que, sin duda, hubieran debido servir de objeto de reflexión, estudio y análisis antes de aprobar el reglamento de regularización masiva tal y como se ha hecho.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en ¿Subsiste el recurso de queja frente a la inadmisión de la apelación contenciosa? por Abogada Desesperada		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2024/04/18/subsiste-el-recurso-de-queja-frente-a-la-inadmision-de-la-apelacion-contenciosa/#comment-75902</link>

		<dc:creator><![CDATA[Abogada Desesperada]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Jul 2026 03:47:12 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En estos días me enfrento a mi primera inadmisión, y como dirían en ForoCoches, &quot;hilo serio&quot;:
me remiten el recurso c/a contra el SEPE de una solicitud de revisión de oficio (2025) contra un acto nulo de pleno derecho de 2021 (resolución dictada fuera del plazo de 3 meses que la administración misma se otorga para resolver conforme a la LPACAP, amén de otros desmadres administrativos encontrados en el expediente posteriormente),  presuntamente desestimada por silencio administrativo, a la jurisdicción social. Como ya me temo lo peor en apelación ante la Sala, porque yo creo que en esta jurisdicción nadie me quiere, estoy pensando en el plan Q, &quot;recurso de queja tras desestimación de apelación contra auto de inadmisión de recurso c/a frente a la presunta desestimación de solicitud de revisión de oficio de resolución nula de pleno derecho conforme al 47.1.e)&quot;
Antes no había verano sin romano, y ahora no hay verano sin desamor administrativo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En estos días me enfrento a mi primera inadmisión, y como dirían en ForoCoches, «hilo serio»:<br />
me remiten el recurso c/a contra el SEPE de una solicitud de revisión de oficio (2025) contra un acto nulo de pleno derecho de 2021 (resolución dictada fuera del plazo de 3 meses que la administración misma se otorga para resolver conforme a la LPACAP, amén de otros desmadres administrativos encontrados en el expediente posteriormente),  presuntamente desestimada por silencio administrativo, a la jurisdicción social. Como ya me temo lo peor en apelación ante la Sala, porque yo creo que en esta jurisdicción nadie me quiere, estoy pensando en el plan Q, «recurso de queja tras desestimación de apelación contra auto de inadmisión de recurso c/a frente a la presunta desestimación de solicitud de revisión de oficio de resolución nula de pleno derecho conforme al 47.1.e)»<br />
Antes no había verano sin romano, y ahora no hay verano sin desamor administrativo.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Cuestiones litigiosas de la regularización migratoria extraordinaria por Jose Luis Mazon		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/29/cuestiones-litigiosas-de-la-regularizacion-migratoria-extraordinaria/#comment-75901</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jose Luis Mazon]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Jul 2026 11:27:01 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://delajusticia.com/?p=1078661#comment-75901</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://delajusticia.com/2026/07/29/cuestiones-litigiosas-de-la-regularizacion-migratoria-extraordinaria/#comment-75900&quot;&gt;JR Chaves&lt;/a&gt;.

De aquellos  Perfecto Andres, Claudio Movilla, o Peces Morate(a este le dicen ahora los suyos por discrepar de lo woque judicial   que es de Vox) digamos que estos andantes de tiempo pasado que fue mejor ha quedado su espiritu  diluido en la atmosfera de los nuevos y calamitosos tiempos....vivir en acuerdo a la propia esencia y en lucha con el mundo en efecto, ahora es un problema. Pero digamos que dignisimo y honroso problema.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://delajusticia.com/2026/07/29/cuestiones-litigiosas-de-la-regularizacion-migratoria-extraordinaria/#comment-75900">JR Chaves</a>.</p>
<p>De aquellos  Perfecto Andres, Claudio Movilla, o Peces Morate(a este le dicen ahora los suyos por discrepar de lo woque judicial   que es de Vox) digamos que estos andantes de tiempo pasado que fue mejor ha quedado su espiritu  diluido en la atmosfera de los nuevos y calamitosos tiempos&#8230;.vivir en acuerdo a la propia esencia y en lucha con el mundo en efecto, ahora es un problema. Pero digamos que dignisimo y honroso problema.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Cuestiones litigiosas de la regularización migratoria extraordinaria por JR Chaves		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/29/cuestiones-litigiosas-de-la-regularizacion-migratoria-extraordinaria/#comment-75900</link>

		<dc:creator><![CDATA[JR Chaves]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Jul 2026 09:40:20 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://delajusticia.com/2026/07/29/cuestiones-litigiosas-de-la-regularizacion-migratoria-extraordinaria/#comment-75899&quot;&gt;Jose Luis Mazón Costa&lt;/a&gt;.

Si piensas eso, José Luis, tienes un problema. Yo no tengo ninguno sobre lo que pienso, digo y hago, y sigo tan libre como siempre, pues aunque llevo 26 años afiliado a Jueces para la Democracia, he publicado en revistas de todas las asociaciones o donde me da la gana. Ni debo nada ni suplico nada. Y sobre todo, me divierto. Y si ladran, cabalgo…]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://delajusticia.com/2026/07/29/cuestiones-litigiosas-de-la-regularizacion-migratoria-extraordinaria/#comment-75899">Jose Luis Mazón Costa</a>.</p>
<p>Si piensas eso, José Luis, tienes un problema. Yo no tengo ninguno sobre lo que pienso, digo y hago, y sigo tan libre como siempre, pues aunque llevo 26 años afiliado a Jueces para la Democracia, he publicado en revistas de todas las asociaciones o donde me da la gana. Ni debo nada ni suplico nada. Y sobre todo, me divierto. Y si ladran, cabalgo…</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Cuestiones litigiosas de la regularización migratoria extraordinaria por Jose Luis Mazón Costa		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/29/cuestiones-litigiosas-de-la-regularizacion-migratoria-extraordinaria/#comment-75899</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jose Luis Mazón Costa]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Jul 2026 09:32:25 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://delajusticia.com/?p=1078661#comment-75899</guid>

					<description><![CDATA[&quot;Jueces y Juezas...&quot;, quien te ha visto y quien te ve y sombra de lo que fuiste, el otrora sindicato ético de la judicatura mutando de santo a   grupo de presion que oferta o presta servicios de sus purpurados miembros a grupos de presión, incluido el Opus Dei (véase libro -en Google-  de Josefina Hurtado &quot;En cuatro dias morirás&quot; que cuenta detalles de la conexion Opus-Jueces y Juezas) asi que Chaves no te ufanes que los tiempos han cambiado y ahora publicar en su revista no da puntos sino que más bien los quita. Veritas odium parit.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>«Jueces y Juezas&#8230;», quien te ha visto y quien te ve y sombra de lo que fuiste, el otrora sindicato ético de la judicatura mutando de santo a   grupo de presion que oferta o presta servicios de sus purpurados miembros a grupos de presión, incluido el Opus Dei (véase libro -en Google-  de Josefina Hurtado «En cuatro dias morirás» que cuenta detalles de la conexion Opus-Jueces y Juezas) asi que Chaves no te ufanes que los tiempos han cambiado y ahora publicar en su revista no da puntos sino que más bien los quita. Veritas odium parit.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Cuando se abusa de la ingenuidad del abogado por JR Chaves		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2019/09/04/cuando-se-abusa-de-la-ingenuidad-del-abogado/comment-page-2/#comment-75898</link>

		<dc:creator><![CDATA[JR Chaves]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 Jul 2026 10:29:19 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://delajusticia.com/?p=968087#comment-75898</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://delajusticia.com/2019/09/04/cuando-se-abusa-de-la-ingenuidad-del-abogado/comment-page-2/#comment-75897&quot;&gt;Abogada Desesperada&lt;/a&gt;.

Haces bien en desahogarte, estimada letrada, pero por desgracia abunda ese parasitismo...ni agradecido, ni pagado.Saludos]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://delajusticia.com/2019/09/04/cuando-se-abusa-de-la-ingenuidad-del-abogado/comment-page-2/#comment-75897">Abogada Desesperada</a>.</p>
<p>Haces bien en desahogarte, estimada letrada, pero por desgracia abunda ese parasitismo&#8230;ni agradecido, ni pagado.Saludos</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Cuando se abusa de la ingenuidad del abogado por Abogada Desesperada		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2019/09/04/cuando-se-abusa-de-la-ingenuidad-del-abogado/comment-page-2/#comment-75897</link>

		<dc:creator><![CDATA[Abogada Desesperada]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 Jul 2026 00:44:48 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://delajusticia.com/?p=968087#comment-75897</guid>

					<description><![CDATA[Sobrecogida me hallo de haberme identificado como esa prima (y no me refiero a carnal) que ejemplifica en el artículo. Al de 4 días literales de haber abierto mi propio despacho, me llamó una amiga, que si podía ayudar a su amiga, a la que yo conocía de lo que se dice de dos o tres veces, que a la susodicha, su abogado - barra - novio le había dejado y había renunciado a llevarle los asuntos. Como no tengo un pelo de tonta, si no la cabeza entera, la cite en mi despacho, al que acudió con mi amiga original (que ya no es tanto), a fin de que me trasladara todas las cuestiones pertinentes. No exagero ni bromeo cuando digo que acabé con dos penales, uno contra el ex-marido, otro contra el ex-suegro, una jurisdicción voluntaria  y un recurso de apelación correspondiente al procedimiento de divorcio en la AP con periciales a menores incluidas, y no miento si digo que la magistrada en un auto, ante una petición de prueba señala &quot;pero dada la multitud de procedimientos que son bien conocidos por esta Sección entre las partes, procederemos a su práctica&quot;. Sin provisión, una iguala ridícula, que después de un año y pico transcurrido no cubre apenas el procedimiento contra el suegro a precio estándar. Todo esto mientras entre lágrimas alcanzó a reírse e indicarle a su compañera de penas, penurias y demás historias que su exnovio -barra-abogado - sintió envidia cuando vio su IRPF. Todo esto mientras yo apenas alcanzaría los siguientes meses (ni ahora, la verdad) para pagar la cuota colegial, la cuota de la SS, el trimestral de hacienda, y hacer malabares para comprarme un bocadillo de mortadela. Pero, no acaba aquí, regateos a procuradoras a mis expensas, incluso presionarme insistentemente para queda con su ex abogado para que me entregase unos papeles del cártel de coches, con la evidente intención (solicitándome) de que le iniciase el procedimiento con honorarios a quota litis. Afortunadamente pude esquivar esa bala, la del procedimiento, porque evidentemente hice de recadera a instancias de esta señora. Hace unos meses, ante una impertinente pregunta sobre su IRPF, o solo tengo que ser su abogada, si no su asesora fiscal, que ella misma podría haber resuelto sin molestarme ni interrumpirme, acabé mandándola a tomar por donde amargan los pepinos, a lo que me contestó &quot;pero el penal me lo llevas, no?&quot; Penal que se celebra en un Juzgado a 70 kms, que se suspendió hace tres meses, y finalmente terminó celebrándose la semana pasada, y para el cual, me puse el traje de luces y salí a rematar la faena. Pues ahora, lo que voy a hacer, es clavarle la estocada a ella, en forma de minuta, y al menos intentar de resarcirme de alguna manera. Parece surrealista la historia, pero me estoy guardando unos cuantos detalle escabrosos. Como cada post que escribo en el internet, es de desahogo, y no está basado en hechos reales, son hechos reales.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sobrecogida me hallo de haberme identificado como esa prima (y no me refiero a carnal) que ejemplifica en el artículo. Al de 4 días literales de haber abierto mi propio despacho, me llamó una amiga, que si podía ayudar a su amiga, a la que yo conocía de lo que se dice de dos o tres veces, que a la susodicha, su abogado &#8211; barra &#8211; novio le había dejado y había renunciado a llevarle los asuntos. Como no tengo un pelo de tonta, si no la cabeza entera, la cite en mi despacho, al que acudió con mi amiga original (que ya no es tanto), a fin de que me trasladara todas las cuestiones pertinentes. No exagero ni bromeo cuando digo que acabé con dos penales, uno contra el ex-marido, otro contra el ex-suegro, una jurisdicción voluntaria  y un recurso de apelación correspondiente al procedimiento de divorcio en la AP con periciales a menores incluidas, y no miento si digo que la magistrada en un auto, ante una petición de prueba señala «pero dada la multitud de procedimientos que son bien conocidos por esta Sección entre las partes, procederemos a su práctica». Sin provisión, una iguala ridícula, que después de un año y pico transcurrido no cubre apenas el procedimiento contra el suegro a precio estándar. Todo esto mientras entre lágrimas alcanzó a reírse e indicarle a su compañera de penas, penurias y demás historias que su exnovio -barra-abogado &#8211; sintió envidia cuando vio su IRPF. Todo esto mientras yo apenas alcanzaría los siguientes meses (ni ahora, la verdad) para pagar la cuota colegial, la cuota de la SS, el trimestral de hacienda, y hacer malabares para comprarme un bocadillo de mortadela. Pero, no acaba aquí, regateos a procuradoras a mis expensas, incluso presionarme insistentemente para queda con su ex abogado para que me entregase unos papeles del cártel de coches, con la evidente intención (solicitándome) de que le iniciase el procedimiento con honorarios a quota litis. Afortunadamente pude esquivar esa bala, la del procedimiento, porque evidentemente hice de recadera a instancias de esta señora. Hace unos meses, ante una impertinente pregunta sobre su IRPF, o solo tengo que ser su abogada, si no su asesora fiscal, que ella misma podría haber resuelto sin molestarme ni interrumpirme, acabé mandándola a tomar por donde amargan los pepinos, a lo que me contestó «pero el penal me lo llevas, no?» Penal que se celebra en un Juzgado a 70 kms, que se suspendió hace tres meses, y finalmente terminó celebrándose la semana pasada, y para el cual, me puse el traje de luces y salí a rematar la faena. Pues ahora, lo que voy a hacer, es clavarle la estocada a ella, en forma de minuta, y al menos intentar de resarcirme de alguna manera. Parece surrealista la historia, pero me estoy guardando unos cuantos detalle escabrosos. Como cada post que escribo en el internet, es de desahogo, y no está basado en hechos reales, son hechos reales.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Supremo impulso al silencio negativo en las licencias que pueden dañar al medio ambiente por LG Darley		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/27/supremo-impulso-al-silencio-negativo-en-las-licencias-que-pueden-danar-al-medio-ambiente/#comment-75895</link>

		<dc:creator><![CDATA[LG Darley]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Jul 2026 14:52:17 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://delajusticia.com/?p=1078292#comment-75895</guid>

					<description><![CDATA[Curioso. La verdad es qeu casi todo puede afectar al medio ambiente. El sielncio adminsitativo negativo se extiende como mancha de aceite.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Curioso. La verdad es qeu casi todo puede afectar al medio ambiente. El sielncio adminsitativo negativo se extiende como mancha de aceite.</p>
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			</item>
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		<title>
		Comentario en Supremo impulso al silencio negativo en las licencias que pueden dañar al medio ambiente por El silencio administrativo negativo en las licencias urbanísticas con incidencia ambiental | Almacén de Derecho		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/27/supremo-impulso-al-silencio-negativo-en-las-licencias-que-pueden-danar-al-medio-ambiente/#comment-75894</link>

		<dc:creator><![CDATA[El silencio administrativo negativo en las licencias urbanísticas con incidencia ambiental &#124; Almacén de Derecho]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Jul 2026 13:40:40 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[[&#8230;] del caso y la doctrina fijada en la sentencia puede verse el resumen comentado por J.A. Chaves, Supremo impulso al silencio negativo en las licencias que pueden dañar al medio ambiente, Delajusticia, 2026. La resolución estima el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento [&#8230;]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>[&#8230;] del caso y la doctrina fijada en la sentencia puede verse el resumen comentado por J.A. Chaves, Supremo impulso al silencio negativo en las licencias que pueden dañar al medio ambiente, Delajusticia, 2026. La resolución estima el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento [&#8230;]</p>
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			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Supremo impulso al silencio negativo en las licencias que pueden dañar al medio ambiente por FELIPE		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/27/supremo-impulso-al-silencio-negativo-en-las-licencias-que-pueden-danar-al-medio-ambiente/#comment-75892</link>

		<dc:creator><![CDATA[FELIPE]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Jul 2026 10:20:02 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://delajusticia.com/?p=1078292#comment-75892</guid>

					<description><![CDATA[El silencio administrativo es la más eficaz herramienta del poder opaco. ¿Saben por qué? Porque el silencio no tiene límites; los límites los pone la palabra. Con él, la mala Administración ha perfeccionado el uso de la ley —el silencio— para saltarse la ley —su deber de dictar resolución expresa, fundamentarla y motivarla racional y coherentemente— y, de paso, desatender los derechos y garantías del ciudadano.

Por eso, en mi humilde opinión, esta sentencia del Supremo tiene un efecto perverso.
Justifica ese silencio transformándolo en una especie de veredicto mudo, donde la Administración decide sin decidir, niega sin motivar y ejerce poder sin control. Y le dota de una falsa “eficiencia” a la que es fácil llegar… sorteando las reglas: condenar sin juicio, sin motivación, sin posibilidad de defensa.

Cuando los Tribunales legitiman ese silencio —aquí con la “potencialidad dañosa” de lo que se pide— el sistema entero se vuelve hostil al ciudadano.
Porque si el silencio ya es negativo por defecto, ¿qué prisa hay por resolver?
La inactividad se convierte en virtud, y la opacidad, en garantía ambiental.

Algo debo haberme perdido, porque no quedamos en que la Administración tiene el deber de actuar con transparencia, objetividad, buena fe y servicio —qué palabra más incumplida— efectivo a los ciudadanos (art. 3 de la Ley 40/2015).

Mientras tanto, la democracia constitucional —esa cosa antigua que consiste en crear reglas de Derecho para limitar el poder de la mayoría, o directamente el Poder, y tutelar los derechos individuales y/o de la minoría— queda reducida a un eslogan.
Porque si reciclamos el silencio y lo convertimos en decisión, ¿dónde quedan nuestros derechos?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El silencio administrativo es la más eficaz herramienta del poder opaco. ¿Saben por qué? Porque el silencio no tiene límites; los límites los pone la palabra. Con él, la mala Administración ha perfeccionado el uso de la ley —el silencio— para saltarse la ley —su deber de dictar resolución expresa, fundamentarla y motivarla racional y coherentemente— y, de paso, desatender los derechos y garantías del ciudadano.</p>
<p>Por eso, en mi humilde opinión, esta sentencia del Supremo tiene un efecto perverso.<br />
Justifica ese silencio transformándolo en una especie de veredicto mudo, donde la Administración decide sin decidir, niega sin motivar y ejerce poder sin control. Y le dota de una falsa “eficiencia” a la que es fácil llegar… sorteando las reglas: condenar sin juicio, sin motivación, sin posibilidad de defensa.</p>
<p>Cuando los Tribunales legitiman ese silencio —aquí con la “potencialidad dañosa” de lo que se pide— el sistema entero se vuelve hostil al ciudadano.<br />
Porque si el silencio ya es negativo por defecto, ¿qué prisa hay por resolver?<br />
La inactividad se convierte en virtud, y la opacidad, en garantía ambiental.</p>
<p>Algo debo haberme perdido, porque no quedamos en que la Administración tiene el deber de actuar con transparencia, objetividad, buena fe y servicio —qué palabra más incumplida— efectivo a los ciudadanos (art. 3 de la Ley 40/2015).</p>
<p>Mientras tanto, la democracia constitucional —esa cosa antigua que consiste en crear reglas de Derecho para limitar el poder de la mayoría, o directamente el Poder, y tutelar los derechos individuales y/o de la minoría— queda reducida a un eslogan.<br />
Porque si reciclamos el silencio y lo convertimos en decisión, ¿dónde quedan nuestros derechos?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Supremo impulso al silencio negativo en las licencias que pueden dañar al medio ambiente por Javier Sardá		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/27/supremo-impulso-al-silencio-negativo-en-las-licencias-que-pueden-danar-al-medio-ambiente/#comment-75891</link>

		<dc:creator><![CDATA[Javier Sardá]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Jul 2026 08:53:38 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://delajusticia.com/?p=1078292#comment-75891</guid>

					<description><![CDATA[El &quot;bien inmueble&quot; canalización, &quot;Bien inmueble&quot; &quot;instalación&quot; es de características especiales, que ocupa el inmueble &quot;subsuelo&quot; y requiere de licencia preceptiva bajo rasante. 

El silencio positivo se legisla para construir obra para &quot;vivienda&quot; pública o &quot;residencial&quot; privada por derecho constitucional a la &quot;vivienda habitual&quot;.

Resulta sorprendente que se crea alguien que puede &quot;ejecutar&quot; una &quot;instalación&quot; sin mandato público. 

En todo caso estaría &quot;realizando&quot; una &quot;instalación&quot; por iniciativa propia, sin mandato previo que permita utilizar el término &quot;ejecutar&quot;.

La &quot;realización&quot; de &quot;obras&quot; en el terreno, se permiten en terreno privado y será el propietario (público o privado) del terreno quien deba dar permiso para que terceros hagan obras o instalaciones que suponen una servidumbre de ocupación o de paso, obligada de compensación por tratarse de un bien patrimonial con una carga (la servidumbre) que previamente debería inscribirse en el registro de la propiedad con la comunicación fehaciente obligada de la administración actuante, que la haya licenciado. 

Me perdonarán, si soy tan atrevido, pero yo entiendo que una licencia urbanística se limita al ámbito de suelo urbanizable que contiene terrenos urbanizables, los únicos terrenos de naturaleza urbana que conviven con solares rústicos pendientes de adquirir la condición de solares urbanos.

La sentencia menciona el &quot;suelo rural&quot; en 9 ocasiones, y de forma diferenciada menciona el &quot;suelo rústico&quot; en 2 ocasiones, el legislador los diferencia y aquí les dejo para que mediten la diferencia.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El «bien inmueble» canalización, «Bien inmueble» «instalación» es de características especiales, que ocupa el inmueble «subsuelo» y requiere de licencia preceptiva bajo rasante. </p>
<p>El silencio positivo se legisla para construir obra para «vivienda» pública o «residencial» privada por derecho constitucional a la «vivienda habitual».</p>
<p>Resulta sorprendente que se crea alguien que puede «ejecutar» una «instalación» sin mandato público. </p>
<p>En todo caso estaría «realizando» una «instalación» por iniciativa propia, sin mandato previo que permita utilizar el término «ejecutar».</p>
<p>La «realización» de «obras» en el terreno, se permiten en terreno privado y será el propietario (público o privado) del terreno quien deba dar permiso para que terceros hagan obras o instalaciones que suponen una servidumbre de ocupación o de paso, obligada de compensación por tratarse de un bien patrimonial con una carga (la servidumbre) que previamente debería inscribirse en el registro de la propiedad con la comunicación fehaciente obligada de la administración actuante, que la haya licenciado. </p>
<p>Me perdonarán, si soy tan atrevido, pero yo entiendo que una licencia urbanística se limita al ámbito de suelo urbanizable que contiene terrenos urbanizables, los únicos terrenos de naturaleza urbana que conviven con solares rústicos pendientes de adquirir la condición de solares urbanos.</p>
<p>La sentencia menciona el «suelo rural» en 9 ocasiones, y de forma diferenciada menciona el «suelo rústico» en 2 ocasiones, el legislador los diferencia y aquí les dejo para que mediten la diferencia.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Comentario en Supremo impulso al silencio negativo en las licencias que pueden dañar al medio ambiente por Román		</title>
		<link>https://delajusticia.com/2026/07/27/supremo-impulso-al-silencio-negativo-en-las-licencias-que-pueden-danar-al-medio-ambiente/#comment-75890</link>

		<dc:creator><![CDATA[Román]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 27 Jul 2026 08:17:02 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Le faltó al TS explicar mejor por qué considera que la norma urbanística no comprende un régimen cerrado del silencio administrativo para justificar la inoperatividad el principio de especialidad.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Le faltó al TS explicar mejor por qué considera que la norma urbanística no comprende un régimen cerrado del silencio administrativo para justificar la inoperatividad el principio de especialidad.</p>
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