<?xml version='1.0' encoding='UTF-8'?><rss xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:openSearch="http://a9.com/-/spec/opensearchrss/1.0/" xmlns:blogger="http://schemas.google.com/blogger/2008" xmlns:georss="http://www.georss.org/georss" xmlns:gd="http://schemas.google.com/g/2005" xmlns:thr="http://purl.org/syndication/thread/1.0" version="2.0"><channel><atom:id>tag:blogger.com,1999:blog-37824392</atom:id><lastBuildDate>Fri, 18 Jul 2014 06:11:14 +0000</lastBuildDate><title>Foro de viviendas VPO y pisos de renta libre</title><description></description><link>http://www.forosuvivienda.com/</link><managingEditor>noreply@blogger.com (su vivienda)</managingEditor><generator>Blogger</generator><openSearch:totalResults>328</openSearch:totalResults><openSearch:startIndex>1</openSearch:startIndex><openSearch:itemsPerPage>25</openSearch:itemsPerPage><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-6197462647924335925</guid><pubDate>Thu, 17 Jul 2014 18:19:00 +0000</pubDate><atom:updated>2014-07-18T08:11:14.772+02:00</atom:updated><title>Seguro de vida e interés máximo en VPO</title><description>Quisiera que me informaran de este asunto: en el año 2007 me entregaron una vivienda de protección oficial de la Comunidad de Madrid, firmé un seguro de vida a favor del BBVA que era (y es) el promotor. Quisiera que me informaran si es obligatorio seguir manteniéndolo y, siendo VPO, ¿cuál es el tipo de interés máximo que me podrían aplicar a la hipoteca, siendo esta &quot;regulada por el gobierno&quot;? En estos casos, ¿acaso el euribor no es aplicable? Y si fuera excesivo, ¿cómo reclamar todos los años que creo que me han cobrado de más?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Gracias de antemano y perdón por la traca de preguntas.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2014/07/seguro-de-vida-e-interes-maximo-en-vpo.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-5348674998611459058</guid><pubDate>Sat, 15 Feb 2014 03:40:00 +0000</pubDate><atom:updated>2014-02-15T13:03:02.277+01:00</atom:updated><title>Seguro de vida del comprador</title><description>Quisiera que me informaran de este asunto: en el año 2005 me entregaron una vivienda de protección oficial de la Comunidad de Madrid, firmé un seguro de vida a favor de la caja de ahorros de Madrid. Quisiera que me informaran si es  obligatorio seguir manteniéndolo y cuándo puedo vender el piso sin tener que devolver a la Comunidad de Madrid el dinero dado. Gracias anticipadamente.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2014/02/seguro-de-vida-del-comprador.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-4259365692213989018</guid><pubDate>Thu, 30 Jan 2014 09:13:00 +0000</pubDate><atom:updated>2014-01-30T10:13:17.161+01:00</atom:updated><title>Compra y venta de VPPL</title><description>Buenos días, mi duda es la siguiente: estoy metida en una cooperativa que ha entrado en concurso de acreedores, aunque los pisos están terminados, pero ya no quiero quedarme con ese piso que es de VPPL. Este año empiezan a construir otro piso de VPPL y me he metido en él, terminarán a mediados de 2015. He pensado que si me dan el piso que no quiero antes del otro, vendo el piso por lo que he pagado y me quedo con el piso que quiero.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¿Qué pasaría si me entregan el piso que yo quiero antes de que se solucione el concurso del piso que no quiero?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Es un poco lío, espero que me hayais entendido. Un saludo.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2014/01/compra-y-venta-de-vppl.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-7973832271671906454</guid><pubDate>Sun, 02 Jun 2013 13:26:00 +0000</pubDate><atom:updated>2013-06-03T08:24:38.539+02:00</atom:updated><title>Comprar VPO sin ocupación inmediata</title><description>Hola, pues tengo una duda: estoy interesado en comprar una vivienda VPO que ya está ocupada, el caso es que quiero comprarla pero no irme inmediatamente a vivir en ella, porque prefiero ahorrar un poco más y adelantar la hipoteca.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Mi pregunta es si podría irme a vivir dentro de 3 años más o menos y sólo ir los fines de semana y algunos días sueltos. Si tuviera problemas, ¿podría alquilar  mi vivienda?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Pdo: es mi primera vivienda.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2013/06/comprar-vpo-sin-ocupacion-inmediata.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-7395320037104835327</guid><pubDate>Thu, 29 Nov 2012 12:21:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-11-29T13:34:06.264+01:00</atom:updated><title>Escriturar antes de aprobación oficial</title><description>Buenos días.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;He comprado una vivienda de vpo, la cual está terminada completamente desde hace 6 meses pero por problemas con los propietarios colindantes, pues el centro de transformación ocupa parte del terrero colindante, aún no se ha podido obtener el visto bueno del ayuntamiento y de la Junta. Mi pregunta es si podemos escriturar las viviendas antes de obtener el visto bueno y poder evitar así la subida del IVA del 2013.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Gracias.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/11/escriturar-antes-de-aprobacion-oficial.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-7856423563978586267</guid><pubDate>Mon, 30 Jul 2012 15:00:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-07-30T17:30:02.802+02:00</atom:updated><title>Asignación de VPO a pareja con piso</title><description>Hola, tengo una duda que me gustaría resolver lo más pronto posible ya que aún no se ha puesto en contacto conmigo Etxebide al saber que el otro día me tocó un piso de vpo. Yo llevo apuntada lo menos 8 años, y me casé hace 2, y ahora me toca un piso. El piso donde vivimos está a nombre de mi marido porque lo compró él de soltero. ¿Me pueden denegar la vpo a mi ahora al estar casada? Él ahora está en paro y tiene una hipoteca muy alta con lo cual estamos hasta el cuello, entonces nos vendría muy bien esa vpo, así venderíamos el piso de él y nos iríamos a la vpo a vivir y pagaríamos menos. Un saludo y gracias.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/07/asignacion-de-vpo-pareja-con-piso.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-2680333094068960275</guid><pubDate>Fri, 11 May 2012 07:48:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-05-11T10:10:10.440+02:00</atom:updated><title>Movilidad geográfica con vivienda VPO</title><description>Desde 2010 tengo una vivienda VPO en la provincia de Albacete (Castilla la Mancha) en la cual vivo y estoy empadronado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Soy funcionario estatal y, por motivo de un ascenso, he sido trasladado a Madrid. Me gustaría empadronarme en Madrid en la vivienda en la que voy a residir a partir de ahora. Tenía entendido que los funcionarios con movilidad geográfica podían residir fuera de la vivienda VPO que tenían adjudicada, pero no encuentro ningún tipo de legislación que lo indique.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¿Me podrían decir si esto es cierto y qué pasos tengo que seguir para notificar a la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha que he sido trasladado y no puedo residir en el piso de VPO que me han adjudicado?</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/05/movilidad-geografica-con-vivienda-vpo.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-4754229694741275435</guid><pubDate>Wed, 25 Apr 2012 19:55:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-04-26T11:46:50.643+02:00</atom:updated><title>Pareja de hecho con dos viviendas</title><description>Me caso en agosto de este año pero ahora no sé si voy a tener problemas con unas viviendas.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Actualmente tengo una vivienda en mi propiedad de VPO, y mi novio hace muchísimos años está metido en una cooperativa para una VPPB, que las entregarán dentro de dos años.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Me he informado en la comunidad de Madrid, y me dicen que si nos casamos, mi novio no va a cumplir los requisitos que le piden, porque ya tendríamos en la unidad familiar una vivienda, aunque nos casáramos con separación de bienes, por lo que no le podrían entregar la casa, y perdería todo el dinero que ha entregado.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;He pensado que para que la empresa nos dieran los quince días de la luna de miel y hasta que le entreguen la casa, poder hacernos una pareja de hecho. ¿Así no tendríamos problemas con las viviendas? ¿Nos darían los quince días? ¿Dónde tenemos que ir para hacernos la pareja de hecho?</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/04/pareja-de-hecho-con-dos-viviendas.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-4811624474567441378</guid><pubDate>Mon, 23 Apr 2012 10:36:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-04-23T12:48:28.209+02:00</atom:updated><title>Alquiler en piso heredado</title><description>Tengo una duda en la que quizás podáis echarme un cable.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Una señora fallece y deja un piso de protección oficial en herencia a todos sus nietos (4) dado que sus hijos han fallecido y son sus legítimos descendientes. Esta mujer vivía en el piso con dos de sus nietos y los otros dos tienen su vida hecha por otro lado. Los dos nietos que vivían con ella estaban empadronados con ella en el piso. Los otros no.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Resulta que ahora los nietos que no vivían con ella reclaman a los nietos que sí vivían con ella el pago de un alquiler mensual en proporción a la parte que les correspondería (dos cuartos) de alquilarse el piso a otra gente. Los nietos que vivían con ella se ocuparon mientras ella estaba mal, los otros pasaban de ella. Ahora que la mujer ha fallecido, los que pasaban de ella están intentando sacar tajada.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Como la señora no lo dejó bien atado el tema, los que están en la vivienda no saben qué hacer. Los de la tajada les han escrito para decirles que dado que si el piso estuviera en alquiler podrían pedir 800 EUR al mes, pues que les tienen que dar su parte proporcional (o sea, 400 EUR).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Entiendo que todos podrían vivir allí pero me parece injusto.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¿Pueden hacerlo? ¿Qué pueden hacer los nietos que viven en el piso en la actualidad? ¿Tienen que pagar esa especie de alquiler?</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/04/alquiler-en-piso-heredado.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-1894722068126828576</guid><pubDate>Sat, 14 Apr 2012 06:54:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-04-16T08:56:00.596+02:00</atom:updated><title>Dejar de pagar la hipoteca</title><description>Un amigo tiene un piso tasado, cuando lo compró hace 5 años, en 275.000 € y tiene una hipoteca de 148.000 €. El piso entró en condiciones de protección oficial, recibió una ayuda de 10.000 € de la Generalitat de Catalunya y la hipoteca es, 80% subvencionada por la Generalitat y el otro 20% libre (los dos con la misma caja).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Ahora está en el paro, todavía le queda un poco de tiempo de prestación, pero sabe que no podrá pagar la hipoteca dentro de poco tiempo. Quiere volver a casa de su familia y dar el piso en dación. En el banco no le han ofrecido ninguna solución, solamente han sugerido que ponga el piso en venta.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¿Que pasaría si no pagara la hipoteca? No le importa el desahucio, quiere irse de allí.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/04/dejar-de-pagar-la-hipoteca.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-2742047547546458071</guid><pubDate>Wed, 04 Apr 2012 12:32:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-04-04T16:13:36.968+02:00</atom:updated><title>Plazo para la formalización de escritura</title><description>Hola, estoy realizando los pagos de la entrada de la vivienda, el último lo tengo para Septiembre de este año. Ahora me llaman y me dicen que la vivienda ya está terminada y que tengo que escriturar. ¿Estoy obligado a esto? ¿O puedo esperar a desembolsar la totalidad de la entrada?</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/04/plazo-para-la-formalizacion-de.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-6174185272270738573</guid><pubDate>Tue, 03 Apr 2012 03:55:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-04-03T08:41:29.784+02:00</atom:updated><title>Aplazar la fecha de escritura por contrato</title><description>Mi pareja y yo tenemos un piso de 7 años de VPO en la comunidad Valenciana, resulta que lo tenemos en venta y al estar ahora las ventas de viviendas complicadas nos ha recomendado la inmobiliaria una opción nueva, que la verdad yo hasta ahora no había oído, es la de firmar un contrato de compra-venta con unos posibles compradores que tiene, de forma que harían una entrega de dinero al comienzo y luego una cuota cada mes de forma que se podría poner como fecha de escritura dentro de 3 años y no tener así que devolver las ayudas. Yo la verdad es que no lo veo claro pues supongo que a la hora de hacer la declaración de renta tanto el futuro comprador como nosotros tendremos que declarar estos pagos y entiendo que, antes o temprano, nos pidan devolver las ayudas y además de devolver las ayudas que nos penalicen por haber hecho un contrato sin haberlas devuelto antes. Estamos un poco liados al respecto la verdad, agradecería si alguien me pudiera ayudar, gracias.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/04/aplazar-la-fecha-de-escritura-por.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>1</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-8964690342623806607</guid><pubDate>Wed, 28 Mar 2012 17:28:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-03-29T08:33:35.033+02:00</atom:updated><title>Dudas sobre comprar un piso y no aparecer en la escritura ni la hipoteca</title><description>Hola, mi novio y yo vamos a comprarnos un piso de segunda mano. Actualmente es propiedad del banco. Yo tengo unos pequeños ahorros para pagar los gastos de la compra: comisiones apertura de hipoteca, notario, etc.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Nuestro acuerdo privado es que yo pago esos gastos y no pago hipoteca hasta que él pague las cuotas que correspondan a la misma cantidad que yo aporto en un principio. Llegado ese momento los dos pagaremos las cuotas a partes iguales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La cuestión es que no puedo figurar yo en la hipoteca ya que actualmente no nos la concederían (ya que tengo un préstamo y actualmente estoy en situación de desempleo), de manera que tampoco estaré en la escritura del piso.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Hemos pensado en hacer un contrato privado pero no sé por dónde empezar. ¿Tendríamos que hacerlo ante notario o sirve sólo con nuestras firmas? ¿Qué efectos legales tiene? ¿Cómo puedo redactar el contrato? ¿Cuándo y cómo podré figurar en la escritura?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Muchas gracias.&lt;br /&gt;Un saludo.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/03/dudas-sobre-comprar-un-piso-y-no.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>1</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-4221080022900345433</guid><pubDate>Tue, 27 Mar 2012 15:07:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-03-27T17:22:18.621+02:00</atom:updated><title>Comprar piso de segunda mano de cooperativa</title><description>Hola, voy a comprar un piso de segunda mano de unos 7 años de antigüedad de cooperativa y quería saber qué implicaciones tendrá para mí como nueva propietaria.&lt;div&gt;¿Al firmar las escrituras me convierto en cooperativista? ¿Debo asumir las futuras cargas y beneficios que obtenga la cooperativa?&lt;/div&gt;&lt;div&gt;&lt;br /&gt;Muchas gracias.&lt;/div&gt;</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/03/comprar-piso-de-segunda-mano-de.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-7913063407012549152</guid><pubDate>Thu, 08 Mar 2012 08:57:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-03-08T10:20:38.312+01:00</atom:updated><title>Propietario de dos viviendas VPO</title><description>Buenos días, me gustaría saber si se puede ser propietario de dos viviendas de segunda mano VPO. La primera (ahora tiene 12 años) la compramos hace 4 años, y no recibimos ninguna ayuda. Ahora queremos comprar otra que tiene 17 años y resulta que también es VPO, aunque tampoco vamos a solicitar ayudas. ¿Es posible o incurrimos en alguna ilegalidad?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Espero su respuesta. Gracias.&lt;br /&gt;Un saludo.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/03/propietario-de-dos-viviendas-vpo.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-1636940987250592238</guid><pubDate>Sun, 15 Jan 2012 16:46:00 +0000</pubDate><atom:updated>2012-01-16T08:13:10.826+01:00</atom:updated><title>Reparto de VPO por separación</title><description>Buenas tardes.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Tengo muchas dudas, pero me gustaría que me pudieran ayudar en una en concreto. Mis padres compraron una VPO y no se beneficiaron de ninguna ayuda. Mi pareja y yo le compramos el piso a ellos hace aproximadamente 6 años, ahora mi pareja y yo hemos roto, y él me dice que como las cosas están tan mal, que nos quedemos él o yo el piso, sin darnos nada a cambio. Yo le digo que no lo veo justo ni para él ni para mí.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;¿Qué más se puede hacer?&lt;br /&gt;Muchísimas gracias.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2012/01/reparto-de-vpo-por-separacion.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-3247609287572273572</guid><pubDate>Sun, 06 Nov 2011 22:17:00 +0000</pubDate><atom:updated>2011-11-07T08:35:19.862+01:00</atom:updated><title>Dación en pago para hipoteca inmobiliaria</title><description>Hola buenas, hace un año y medio nos compramos mi novia y yo un piso en Alovera (Guadalajara), queremos venderlo para comprarnos una casa con terreno, hoy por hoy es muy difícil que la podamos vender, he pensado en hacer una cosa que no sé si será legal o no.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1ª Ir al banco y decir que no puedo pagar la hipoteca (que imagino que tendré que demostrarlo), que el banco se quede la casa y nosotros libre de hipoteca.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2ª Ir al banco y decirles que lo hemos dejado y uno solo no puede cubrir gastos, cosa que es muy evidente que uno solo no podríamos hacernos cargo de la casa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Sé que hace poco salió una ley nueva, que si no puedes hacerte cargo de la hipoteca te puedes quedar libre de ella y el banco se queda con la casa.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Si pudiésemos hacer esto nos podríamos comprar otra casa porque venderla y comprarnos otra es casi imposible hoy por hoy, no sé si esto es legal hacerlo o si el banco se queda con la casa, si tiene que pasar un &quot;X&quot; de tiempo hasta que podríamos comprar otra.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Muchas gracias y disculpen las molestias.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2011/11/dacion-en-pago-para-hipoteca.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>1</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-5745390620737964201</guid><pubDate>Sat, 20 Aug 2011 11:34:00 +0000</pubDate><atom:updated>2011-08-20T13:51:09.075+02:00</atom:updated><title>Ayudas recibidas como cargas</title><description>Hola, tengo el siguiente problema.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Adquirí una vivienda en Valencia de VPO en 2005, de fecha 1995 (10 años), libre de transmisión al primer propietario (primera transmisión). Ahora me encuentro que quiero venderla pero los interesados han pedido precio de tasación y les marcan el máximo estipulado por la Conselleria d&#39;habitatge de la comunidad, que es inferior al precio de mercado, debido a que la vivienda no está libre. Para liberarla me piden que devuelva las ayudas recibidas, pero no las recibí yo, sino a quien se la compré.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Aparte de pagar las ayudas para liberar la vivienda y se tase a precio de mercado real, ¿qué puedo hacer? ¿Es esto ilegal ya que en la escritura figura libre de cargas pero no se indican dichas ayudas recibidas como cargas? ¿Me han &#39;estafado&#39; quedándose las ayudas y vendiéndome el piso sin liberar?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Por otra parte, hemos instalado un ascensor en un edificio de VPO por necesidad. ¿Cómo puedo hacer para esto aparezca como mejora de las viviendas y se revaloricen las viviendas?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Un saludo.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2011/08/ayudas-recibidas-como-cargas.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>1</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-6036650883510686939</guid><pubDate>Wed, 04 May 2011 16:36:00 +0000</pubDate><atom:updated>2011-05-05T08:55:21.230+02:00</atom:updated><title>Piso de VPPB de segunda transmisión</title><description>Hola, me ha tocado un piso de VPPB en Madrid pero de segunda transmisión. Cuando lo solicité (hace ya años) no tenía pareja y ahora sí, aunque no estamos casados, pero nos haremos pareja de hecho próximamente. No he podido escriturarla con él antes de la firma de la escritura (superábamos el IPREM), pero en la hipoteca consta que la pagamos los dos, y el dinero de la entrada también es de los dos. Quisiera saber si el piso lo puedo poner a su nombre también ahora, después de la firma, ya que considero que es lo justo, aunque nos cueste dinero. Creo que se puede hacer por donaciones y apenas hay impuesto, pero lo que me interesa saber es si puedo hacerlo, al ser un VPPB y de segunda transmisión.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2011/05/piso-de-vppb-de-segunda-transmision.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-6757678887797685122</guid><pubDate>Fri, 08 Apr 2011 10:00:00 +0000</pubDate><atom:updated>2011-04-08T12:03:11.636+02:00</atom:updated><title>Cambiar el titular en la escritura</title><description>Buenos días.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Hace dos años me concedieron una vivienda de VPO con el que era mi pareja. El contrato con vivienda lo firmamos los dos, al igual que el aval que hay que hacer por la concesión de la ayuda.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El caso es que lo hemos dejado, y mi ex pareja dice que no le importa que me quede yo el piso. Sé que lo tendríamos que escriturar a nombre de los dos (lógico porque nos lo han concedido a los dos), pero mi duda es si después de este paso, ante notario, podemos hacer algún papel para ponerlo solamente a mi nombre, y de ser posible cual sería el coste que yo tendría que soportar &quot;extra&quot;.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;También me interesa saber el perjuicio que supondría a él cederme su parte. Entiendo que tendría que devolver lo que se ha deducido por compra de vivienda, y que no podría optar a VPO en 5 años (eso ya lo tiene asumido).&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Gracias por la atención prestada, espero haberme expresado correctamente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Un saludo.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2011/04/cambiar-el-titular-en-la-escritura.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>1</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-8166273736632492136</guid><pubDate>Tue, 18 Jan 2011 15:40:00 +0000</pubDate><atom:updated>2011-02-01T14:28:42.641+01:00</atom:updated><title>Obras en un piso de VPO</title><description>Hola, quería saber si se pueden realizar obras en un piso de VPO.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La obra sería quitar un armario empotrado para hacer esa habitación cocina y, donde estaba la antigua cocina, quitar el azulejo, enlucirla y dejarla de habitación.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Gracias.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2011/01/obras-en-un-piso-de-vpo.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>3</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-6630941691039490879</guid><pubDate>Wed, 12 Jan 2011 22:15:00 +0000</pubDate><atom:updated>2011-01-12T23:21:17.016+01:00</atom:updated><title>Dudas sobre reparaciones domésticas</title><description>Las reparaciones en el hogar son una tarea cotidiana debido a los múltiples elementos que conforman la casa. Por este motivo, surgen numerosas dudas acerca de los diferentes problemas que nos podemos encontrar. Las &lt;span style=&quot;font-weight: bold;&quot;&gt;consultas de reparación&lt;/span&gt; engloban muchos temas: cerrajería, electricidad, fontanería, reformas, etc.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Algunas tareas sólo pueden ser realizadas por profesionales que cuentan con la preparación necesaria y las herramientas idóneas.  Por lo tanto, resulta conveniente contratar los servicios de reparación,  reformas y mantenimiento para el hogar de una empresa acreditada.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;&lt;img style=&quot;display: block; margin: 0px auto 10px; text-align: center; width: 400px; height: 225px;&quot; src=&quot;http://2.bp.blogspot.com/_bPOFGohA1io/TS33unQYw4I/AAAAAAAAAik/_otpwq1WVdU/s400/agrada.png&quot; alt=&quot;Agrada&quot; id=&quot;BLOGGER_PHOTO_ID_5561373495056188290&quot; border=&quot;0&quot; /&gt;&lt;br /&gt;El servicio &lt;span style=&quot;font-weight: bold;&quot;&gt;Agrada de Multiservicios Mapfre&lt;/span&gt;  cuenta con más de 3.200 profesionales para ofrecer una disponibilidad plena durante todos los días del año a cualquier hora del día. El proceso de contratación es realmente sencillo y puede realizarse en la página oficial.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;El precio ofrecido es realmente competitivo gracias a &lt;span style=&quot;font-weight: bold;&quot;&gt;pertenecer a una gran empresa&lt;/span&gt; y te evitas posibles sobresaltos ya que no cobran por el presupuesto ni por los costes de desplazamiento.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La &lt;span style=&quot;font-weight: bold;&quot;&gt;garantía&lt;/span&gt;  de su servicio se extiende durante 6 meses cumpliendo un estándar de calidad que es referente en el mercado. El personal que trabaja en la empresa es altamente cualificado gracias a una adecuada  formación y un apropiado proceso de selección.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;La página de Agrada cuenta con un &lt;span style=&quot;font-weight: bold;&quot;&gt;consultorio online&lt;/span&gt; donde cualquier persona puede resolver las dudas que posea relativas a las reparaciones domésticas. En un breve periodo de tiempo un profesional responderá a las dudas planteadas por los usuarios.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Para ampliar información puedes consultar la página del portal de Internet de &lt;a href=&quot;http://www.mapfre.com/agrada/HomeAgrada.do&quot;&gt;Agrada&lt;/a&gt; perteneciente al grupo Mapfre.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2011/01/dudas-sobre-reparaciones-domesticas.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><media:thumbnail xmlns:media="http://search.yahoo.com/mrss/" url="http://2.bp.blogspot.com/_bPOFGohA1io/TS33unQYw4I/AAAAAAAAAik/_otpwq1WVdU/s72-c/agrada.png" height="72" width="72"/><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-5076627793603426700</guid><pubDate>Tue, 02 Mar 2010 11:54:00 +0000</pubDate><atom:updated>2010-03-02T13:04:26.333+01:00</atom:updated><title>Posibilidad de segunda VPO</title><description>El motivo de mi mensaje es hacerles una pregunta sobre un tema del que pienso que hay un general desconocimiento de la materia, según mi propia experiencia tras preguntar a gestores inmobiliarios y algún asesor, con respuestas contradictorias, si bien comentan que ha habido muchos casos similares pero no se ha sentado jurisprudencia.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;En el año 2000 compré en la provincia de Alicante una vivienda con calificación de VPO desde el año 1986, si bien no solicité ningún tipo de ayuda (ni estatal ni autonómica) y el préstamo hipotecario que solicité en su momento tampoco tenía ningún tipo de beneficio por dicho concepto de vivienda protegida, ya que fue generado como &quot;hipoteca libre&quot;. Dicho inmueble consta sólo a mi nombre en la escritura.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Posteriormente, pasados unos años, contraje matrimonio en régimen de bienes gananciales.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;A día de hoy y por motivos laborales, nos hemos trasladado a residir a otra localidad dentro de la misma provincia de Alicante, en la que pensamos en comprar una nueva vivienda, sin vender la citada con anterioridad, puesto que el objetivo es vivir a caballo entre una y otra ciudad. Como la obra nueva escasea (actualmente aquí es más bien nula) estamos viendo viviendas de segunda mano, si bien por esta zona geográfica la mayoría tienen calificación de VPO.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Dicho esto nos surgen varias preguntas:&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;1.- ¿Podríamos tener dos viviendas calificadas como VPO aunque no solicitemos ningún tipo de ayudas para ninguna de las dos y tener en ambas hipotecas libres acogiéndonos al artículo 3.1a) el Plan Estatal 09/12 cuando exige, en relación a las condiciones de los demandantes: &quot;No ser titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o de disfrute sobre alguna vivienda sujeta a protección pública en España, salvo que la vivienda resulte sobrevenidamente inadecuada para sus circunstancias personales o familiares, y siempre que se garantice que no poseen simultáneamente más de una vivienda protegida&quot;, entendiendo que el traslado de residencia por motivos laborales ha tenido un carácter forzoso, que mi mujer a su vez se quedó sin trabajo y que ahora está embarazada?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;2.- ¿Habría alguna posibilidad de hacerlo si se procede por ejemplo a la descalificación de la primera vivienda?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Gracias anticipadas por su respuesta y reciban un cordial saludo.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2010/03/posibilidad-de-segunda-vpo.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-437270689623360513</guid><pubDate>Mon, 27 Jul 2009 09:47:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-07-27T12:01:36.262+02:00</atom:updated><title>Concesión de VPO con vivienda propia</title><description>Buenos días, mi consulta es la siguiente.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Hace 2 años solicité una VPO en Arroyomolinos. No me la concedieron y pasado este tiempo me llaman para decir que me han adjudicado una, pues mucha gente ha renunciado a ellas. Yo en este momento tengo una vivienda propia, dado que me vencía el crédito vivienda no tuve otro remedio que comprar una de renta libre que me está asfixiando. ¿Hay alguna forma de acceder ahora a las VPO?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Me han comentado que la única opción sería si el valor de la tasación de mi piso no superase el 40% del precio total de la vivienda de protección oficial. ¿Es esto verdad? Sé de gente que aún teniendo una vivienda libre han sido adjudicatarios de una de protección oficial. ¿Hay alguna otra opción?&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;Un saludo y gracias.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2009/07/concesion-de-vpo-con-vivienda-propia.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>2</thr:total></item><item><guid isPermaLink="false">tag:blogger.com,1999:blog-37824392.post-478257457411125826</guid><pubDate>Wed, 06 May 2009 15:45:00 +0000</pubDate><atom:updated>2009-05-07T09:03:02.116+02:00</atom:updated><title>Importe por avales en viviendas VPO</title><description>Hola amigos.&lt;br /&gt;&lt;br /&gt;He firmado por un piso de VPO pero en la factura de todo lo relacionado a notaría hay 1.200 euros por traer avales ya que el banco me los pidió y yo cogí de avalistas a mis padres. Mi pregunta es, ¿las viviendas VPO no están exentas de que cobren ese pastón por 4 firmitas de los avales? Dónde puedo encontrar información y, si estoy en lo cierto, ir al banco a pedir explicaciones y a que me devuelvan mi dinero, claro. Espero mucho vuestra ayuda porque les tengo unas ganas tremendas ya que me parece abusivo lo que están haciendo. Un saludo y espero vuestra respuesta lo antes posible.</description><link>http://www.forosuvivienda.com/2009/05/importe-por-avales-en-viviendas-vpo.html</link><author>noreply@blogger.com (su vivienda)</author><thr:total>0</thr:total></item></channel></rss>